Sociedad
En Río Negro hay casi 200 familias anotadas para adoptar niños
Algo más del 90% de los inscriptos buscan adoptar bebés de hasta un año y solo el 2% aceptan adolescentes de más de 13 años.

En Río Negro hay 191 familias inscriptas en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. Algo más del 90% de los inscriptos están anotados para adoptar bebés y niños de hasta un año y solo el 2% aceptan adolescentes de más de 13 años. Los datos, en permanente actualización, están disponibles en http://www.jus.gob.ar/registro-aspirantes-con-fines-adoptivos.aspx.
La creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos tuvo lugar por medio de la Ley N° 25854 del año 2004, a la que adhirió Río Negro en el año 2012 mediante la Ley N° 4764, siendo Catamarca la última provincia argentina en adherirse a la Red de Registros, lo que tuvo lugar en el año 2017. Con la Reforma del Código Civil de 2015, se instaura un nuevo paradigma, el que coloca en el centro del instituto de la adopción al interés superior del niño.
Actualmente, de las 191 familias más del 70% aceptan grupos de niños, es decir, hermanitos. En cuanto a niños con discapacidad, más del 80% de los inscriptos no los incluyen en sus solicitudes.
En Viedma hay 24 familias anotadas que son de toda la Primera Circunscripción; mientras que en General Roca, cabecera de la Segunda Circunscripción hay 47 familias; en Bariloche hay 68 y en Cipolletti, cabecera de la Cuarta Circunscripción, hay 14 inscriptos.
Estos datos, se modifican constantemente. Actualmente hay 153 postulantes disponibles y los 38 postulantes restantes se encuentran como transitoriamente no disponibles (TND), situación que puede darse por diversas causas: por iniciar vinculación con niño, niña o adolescente, por encontrarse atravesando alguna situación particular/personal o por voluntad del postulante.
El Registro Único de Aspirantes
El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, creado por Ley N° 25.854, tiene como objetivo principal formalizar una lista de aspirantes denominada «Nómina de Aspirantes».
El antiguo paradigma de que los padres que no pudieron concebir o que desean saciar su deseo de criar un niño pueden recurrir al Estado para que los satisfaga en su anhelo quedó en la actualidad completamente perimido. Hoy, el interés está puesto en darle una familia a los niños, niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden ser cuidados definitivamente por su familia de origen.
El Registro Único garantiza a los postulantes una inscripción única, que se realiza en la jurisdicción de su domicilio real, de forma personal y gratuita. Esta inscripción única tiene validez en todas las jurisdicciones adheridas.
La Ley N° 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes establece que, en el marco del reconocimiento al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, se deberá respetar su centro de vida, entendido como el lugar donde hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia. Asimismo, el citado interés superior obliga a agotar las posibilidades de inserción adoptiva en su mismo ámbito de origen, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Por ello, toda selección de aspirantes comenzará por la jurisdicción donde se encuentre el niño, niña o adolescente y de no existir postulantes aptos para el caso, resultará adecuado recurrir a postulantes de otra jurisdicción, siempre priorizando la proximidad geográfica.
Por último, dentro de la Página del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación hay un apartado llamado “Buscamos Familia”, y funciona como una convocatoria pública destinada a brindar información relevante de niñas, niños y/o adolescentes que se encuentran en estado de adoptabilidad y que aún no han encontrado familia.
Para más información
Segunda Circunscripción Judicial – General Roca
[email protected] | Responsable: Gabriel Mozzoni
San Luis 853 – 1º Piso
Teléfono: (0298) 4439900 int. 2079
Judiciales
Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa
El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.
El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.
En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.
La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.
El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.
La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.
La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.
El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.
En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.
Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.
Roca
Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca
8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.
Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.
Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.
De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.
Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.
Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.
La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.
Río Negro
Obras en la Ruta Provincial N° 6: Habrá un desvío temporario y piden circular con extrema precaución
Vialidad Rionegrina solicitó respetar la señalización y reducir la velocidad a 20 km/h en el sector intervenido.

Los conductores que transiten por la Ruta Provincial N° 6 deberán circular con precaución debido a la implementación de un desvío temporario de ripio, ubicado a 57 kilómetros de la intersección con la Ruta Nacional N° 22, como consecuencia de obras que se ejecutan en el sector.
Según informó Vialidad Rionegrina, los trabajos consisten en el armado de alcantarillas y el levantamiento de la vía, tareas que forman parte del proyecto de repavimentación de las Rutas Provinciales N° 6 y N° 8. Por este motivo, se habilitó un desvío de aproximadamente 1.500 metros de extensión, con circulación en ambos sentidos.
Desde el organismo provincial indicaron que las tareas demandarán alrededor de 45 días, por lo que solicitaron a los usuarios extremar las medidas de precaución al atravesar el sector.
Además, recordaron que en el tramo intervenido la velocidad máxima permitida es de 20 kilómetros por hora. También pidieron respetar la cartelería instalada y las indicaciones de los banderilleros que trabajan en la zona.
Las autoridades remarcaron que «estas obras buscan mejorar la infraestructura vial, fortalecer la conectividad regional y acompañar el crecimiento productivo y social de distintas localidades de Río Negro».





