Río Negro
Imputaron al policía que golpeó a su pareja
Según la acusación fiscal, la agarró de los pelos, la golpeó, le sacó la ropa y la dejó fuera de la vivienda. Luego, la dejó ingresar y le apuntó con un arma en la cabeza amenazándola de muerte.

Este mediodía (18/06) la titular de la Fiscalía de Violencia de género y doméstica Norma Reyes, junto a la adjunta Analía Cofré, formularon cargos contra un empleado policial por los delitos de “lesiones leves doblemente calificadas por la relación de pareja y por ser cometidas por un hombre a una mujer y mediando violencia de género, daño y amenazas calificadas, todo en concurso real”.
Según la acusación fiscal el hecho ocurrió el pasado sábado, cerca de las 14.30 en el domicilio en donde reside la denunciante, “en momentos en que se encontraba con un compañero de trabajo. Allí se presentó su ex pareja quien rompió la puerta de ingreso de la vivienda, la agarró de los pelos y comenzó a golpearla, y continúo haciéndolo mientras la mujer estaba en el piso. Luego la persiguió una cuadra por la vía pública, hasta que la alcanzó y siguió pegándole. La arrastró de los pelos nuevamente hasta el domicilio, allí le sacó la ropa y la dejó afuera de la vivienda, hasta que le permitió ingresar. Luego tomó el arma reglamentaria, se la apoyó en la cabeza y le dijo ‘me la vas a pagar vos y el otro, te voy a matar’”.
Las lesiones provocadas a la mujer fueron certificadas como leves por el médico policial de la Comisaría de la Familia, quien las describió como “contusión con escoriaciones y hematomas varios, hematomas en el lado derecho del rostro, en el pómulo izquierdo, en la base de cuello lateral izquierdo, en el hombro y región escapular izquierdo. Como también en ambos glúteos, ambas rodillas”.
La representante del Ministerio Público Fiscal señaló como sustento probatorio, el relato de la víctima, el certificado médico, los testimonios de los agentes policiales que concurrieron al lugar del hecho, el acta de secuestro judicial del arma reglamentaria perteneciente al imputado, y el acta de inspección ocular realizada en el lugar, donde consta el daño en la puerta de ingreso de la vivienda.
La defensa particular solicitó la libertad del hombre, mientras que la fiscal Reyes mencionó que previo a la audiencia de formulación de cargos, se había entrevistado con la víctima denunciante “quien no tiene observaciones respecto de que el hombre fije domicilio en otra ciudad, se presente semanalmente en la Comisaría más cercana a su nuevo lugar de residencia y se respeten las medidas protectivas ya notificadas por el Juzgado de Paz, que consisten en una prohibición de acercamiento entre ambos. En definitiva, el hombre fue liberado.
Judiciales
Por el aumento de causas, Roca tendrá una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia
El Poder Judicial detectó durante la última década un incremento sostenido de expedientes en el Fuero de Familia de General Roca.

La Legislatura de Río Negro aprobó el proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia para crear una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia con sede en General Roca, correspondiente a la Segunda Circunscripción Judicial.
Al fundamentar la iniciativa, la legisladora Natalia Reynoso (JSRN) explicó que la propuesta surge a partir de los estudios realizados por la Dirección de Planificación Estratégica del Poder Judicial, que durante los últimos diez años registró un crecimiento sostenido de las causas y expedientes que ingresan al fuero de Familia.
Según detalló, el relevamiento correspondiente al período comprendido entre 2016 y 2026 permitió detectar un incremento que calificó como «exponencial, sostenido y estructural», particularmente en la Segunda Circunscripción Judicial.
Reynoso destacó además que el Poder Judicial modificó la metodología utilizada para determinar la carga que soportan los distintos organismos. Hasta ahora, uno de los principales parámetros era simplemente cuantitativo: se contabilizaba la cantidad de expedientes ingresados y tramitados.
La nueva metodología incorpora el concepto de «carga ponderada de trabajo», que busca determinar no solamente cuántos expedientes tramita un organismo, sino también cuánto esfuerzo y tiempo demanda cada uno de ellos de acuerdo con su complejidad.
Para establecer ese indicador se tuvieron en cuenta variables como la complejidad de las causas, su duración y el grado de intervención judicial requerido.
«No es lo mismo una causa que puede resolverse mediante una audiencia y posterior homologación que aquellos procesos que demandan seguimientos durante dos años o más, sucesivas audiencias y la participación de equipos interdisciplinarios», explicó la legisladora.
Entre las problemáticas de mayor complejidad mencionó las situaciones de violencia de género e intrafamiliar, además de causas relacionadas con alimentos, filiaciones y adopciones.
La metodología, elaborada con participación de juezas de Familia de las diferentes circunscripciones judiciales, permitió establecer con mayor precisión la carga efectiva de trabajo de cada organismo.
En el caso de General Roca, los resultados mostraron no solamente un aumento en la cantidad de expedientes, sino también una creciente exigencia funcional derivada de la complejidad de las causas.
Reynoso sostuvo que la ciudad viene registrando «un nivel de demanda estructural superior al resto de las localidades analizadas», pese a contar con estructuras organizativas similares a las existentes en organismos que atienden volúmenes y niveles de demanda considerablemente menores.
Ese desequilibrio, explicó, determinó la necesidad de avanzar con la creación de una nueva Unidad Procesal de Familia.
La iniciativa busca así adecuar la estructura judicial de General Roca a una realidad que se modificó sustancialmente durante la última década y mejorar la capacidad de respuesta del fuero frente a causas que, además de haber aumentado en cantidad, requieren intervenciones cada vez más prolongadas y complejas.
Río Negro
Los estatales de Río Negro dejan de estar obligados a permanecer en IPROSS y podrán elegir otra obra social
La Legislatura aprobó la reforma que elimina la obligatoriedad de permanecer en IPROSS. La opción alcanza a trabajadores activos, jubilados y sus grupos familiares.

Los trabajadores estatales de Río Negro podrán elegir libremente su obra social y dejar de estar obligados a permanecer en el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), a partir de la reforma aprobada por la Legislatura provincial. La nueva norma establece un régimen de afiliación voluntaria u optativa que alcanza a agentes públicos activos y pasivos y contempla también a sus grupos familiares.
La modificación cambia el esquema vigente y permite que quienes actualmente tienen afiliación obligatoria a IPROSS puedan optar por otra entidad para su cobertura de salud.
La opción tendrá determinadas condiciones. Quien decida cambiar de cobertura deberá permanecer durante un período mínimo de 12 meses en la entidad elegida. Cumplido ese plazo, podrá optar por otra cobertura.
Además, una vez transcurridos 36 meses desde el primer ejercicio de la opción, el afiliado podrá solicitar su reincorporación a IPROSS como afiliado obligatorio directo, sin períodos de carencia.
La reforma también contempla situaciones vinculadas con tratamientos médicos. Durante el proceso de cambio deberá garantizarse la continuidad de los tratamientos, mientras que también se prevé el regreso a IPROSS cuando la cobertura elegida cese por causas ajenas al afiliado.
De esta manera, el nuevo esquema modifica la relación entre los trabajadores estatales y la obra social provincial: IPROSS deja de ser la única alternativa obligatoria y los afiliados pasan a contar con la posibilidad de elegir otra cobertura.
El cambio había sido anunciado por el Gobierno provincial y finalmente fue convertido en ley por la Legislatura, que aprobó la iniciativa por 35 votos a favor y 9 en contra.
Desde el Gobierno sostuvieron que el nuevo escenario busca que IPROSS compita por mantener a sus afiliados a partir de la calidad de sus prestaciones y atención. Esa posición fue planteada públicamente por el gobernador Alberto Weretilneck al presentar la iniciativa.
Judiciales
Una hermana de la vida: Autorizaron a una mujer a donarle un riñón a su amiga
La donante y la receptora se conocieron en 2017 y construyeron una amistad que se extendió a sus familias. Los estudios confirmaron que son compatibles.

«Una hermana de la vida». Así definió una mujer a su amiga de varios años al explicar ante la Justicia por qué decidió donarle uno de sus riñones. El vínculo comenzó en 2017, cuando ambas se conocieron en un espacio de trabajo comunitario de Bariloche, y con el tiempo se extendió también a sus familias.
La receptora se encuentra en lista de espera para un trasplante renal desde el año pasado y necesita realizar tratamiento de diálisis. Su amiga decidió postularse como potencial donante y comenzó los estudios médicos correspondientes. Los análisis determinaron que ambas son compatibles.
La situación requería, sin embargo, una autorización judicial. La Ley N° 27.447 permite la donación de órganos en vida entre determinados vínculos familiares, cónyuges o convivientes, pero una relación de amistad no está incluida dentro de esa enumeración.
Por ese motivo, el pedido fue presentado mediante una medida autosatisfactiva ante el fuero de Familia de Bariloche. El objetivo fue acreditar que la donación era voluntaria, que la mujer conocía los riesgos de la intervención y que no existía dinero, compensación ni otro beneficio detrás de su decisión.
La urgencia también fue analizada. Una pericia médica estableció que la postergación u omisión del tratamiento de diálisis podía provocar complicaciones sistémicas severas, mientras que el trasplante permitiría discontinuarlo y representaría un beneficio clínico para preservar la salud de la receptora.
La potencial donante fue evaluada por profesionales médicos, psicólogos y trabajadores sociales. Los estudios confirmaron la compatibilidad inmunológica y analizaron su estado de salud y los riesgos asociados a vivir con un solo riñón. La evaluación psicológica concluyó que comprendía los alcances, riesgos y consecuencias de la intervención.
También se analizó el vínculo entre ambas. La mujer explicó que se trataba de una amistad cercana de varios años y que había decidido donar el órgano más de un año antes. Los informes señalaron que su voluntad estaba vinculada con el deseo de ayudar a su amiga a mejorar su calidad de vida.
Dos testigos declararon ante el tribunal y dieron cuenta de la relación entre las mujeres y de las circunstancias en las que conocieron la decisión de donar.
La donante además ratificó su voluntad en una audiencia y fue informada de que puede arrepentirse hasta el momento de la cirugía, sin necesidad de justificar la decisión y sin que esa retractación le genere una obligación.
La receptora también fue evaluada y las pericias determinaron que comprende el procedimiento, sus riesgos y la importancia que el trasplante tiene para su salud.
Con todos esos elementos, la Justicia tuvo por acreditada la relación de amistad, la voluntad libre de la donante y la inexistencia de pagos o retribuciones. De esta manera, autorizó la ablación de un riñón para su posterior implante a su amiga.
Ahora, el trasplante deberá cumplir las restantes exigencias médicas y contar con el dictamen favorable del equipo que llevará adelante la intervención.





