Río Negro
El aceite de cannabis será gratuito para pacientes incluidos en el Programa Nacional
La norma lo declara en etapa de investigación para determinar su uso medicinal.

“Garantizamos la gratuidad, en el acceso al cannabis medicinal, desde Salud Pública o Ipross, a las personas incluidas en el programa nacional”, anunció el legislador de Juntos Somos Río Negro, Alejandro Palmieri, luego que se lograra un dictamen de consenso en comisiones, lo que preanuncia un tratamiento favorable del proyecto en la sesión de este viernes (22/06).
Luego de escuchar el testimonio de familiares de pacientes, sobre todo de su lucha por ser incluidos en el programa nacional de estudio de las propiedades terapéuticas de esta sustancia, el presidente del bloque de JSRN indicó que “nos comprometimos a acompañarlos y a reclamar al gobierno nacional para que se facilite y agilice el acceso de pacientes al programa, para que puedan acceder al aceite de cannabis, y que se garanticen las partidas presupuestarias necesarias para avanzar en el estudio y en la investigación”.
“No podemos mentirle a los padres, ni generar expectativas que no se puedan cumplir”, agregó Palmieri, quien aclaró que “aun no hay un reconocimiento definitivo en el vademécum nacional de medicamentos, por lo tanto las provincias no pueden ir más allá de lo que la Ley establece”.
“Nosotros, lo que sí podemos hacer, es sumar nuestra voz en favor de un rápido tratamiento de este tema, por cierto controvertido, para que en Nación definan la situación”, comentó.
Lo cierto es que “a partir del viernes, Río Negro entra en el pequeño lotes de provincias que adhirieron a la Ley Nº 27.350, que fue aprobada en el Congreso Nacional en marzo pasado”.
Esa norma declara al cannabis medicinal como en etapa de investigación para determinar su uso medicinal. Quienes logran, luego de un gran esfuerzo burocrático, ser incorporados al programa de investigación, pueden comprar en el exterior el aceite que se extrae de esta especie herbácea originaria de las cordilleras del Himalaya, en Asia.
Cada frasco, cuesta hasta 300 dólares, y ese es el costo que por esta ley provincial afrontara el estado rionegrino.
Por otra parte, se aclaró, ante una demanda puntual, que el Charlotte Webs es una marca comercial. “No podemos habilitar el uso de una marca en sí, sino enmarcarnos en las investigaciones que se están llevando adelante para el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados «.
Palmieri destacó que “hay voluntad de avanzar en este tema, pero dentro de las competencias que tiene la provincia, y las limitaciones y atribuciones que establece la ley nacional. Debemos, como en el resto de los desafíos que afrontamos desde el bloque, actuar con responsabilidad”.
Por su parte, el legislador del Frente para la Victoria, Nicolás Rochas, enfatizó que “esto representa un aletargado logro de la lucha que llevan adelante tantas familias que necesitan de esta medicina”.
A su vez, durante el debate, Javier Iud (FpV) celebró el cambio de orientación ideológica para hablar sobre el tema. “Hace unos meses atrás, en esta Legislatura se trataba el tema como si estuviéramos frente a una lucha por un estupefaciente, para llegar hoy a debatir sobre una medicina que mejora la calidad de vida de quienes la utilizan «
“Hace más de dos años iniciábamos acá en la Legislatura los primeros proyectos tratando de reconocer una realidad”, afirmó Rochas. Agregó que “luego vimos, en función de la necesidad e incluso la desesperación de las familias que debían violar la ley porque parecía que una determinada planta estigmatizaba y desde nuestra legislación su uso era causal de una conducta criminal. Hoy por suerte, esa visión está cambiando y en Río Negro se avanza para dar, aunque tarde, algunas respuestas”.
En el debate estuvieron presentes Laura Guanca, María Eugenia Sar y Gabriel Navarro, madre y abuelos de niños que necesitan el cannabis medicinal para tener una vida digna.
Asimismo, para enriquecer el debate parlamentario, fue convocada a la comisión la Farmacéutica Marne Livigni , Gerente General de la Profarse (Productora Farmacéutica Rionegrina Sociedad del Estado). Esta profesional explicó detalladamente el marco procedimental para el registro y reconocimiento de un medicamento en la República Argentina, el rol de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y las etapas de investigación y estudio para uso medicinal en que se encuentra actualmente el aceite de cannabis.
Judiciales
Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa
El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.
El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.
En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.
El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.
Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.
Judiciales
Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente
Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.
El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.
Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.
El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.
La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.
También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.
El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.
Gremios
El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC
ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.
Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».
La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.
Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.
Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.
Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.
«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.
Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes
Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.
En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.
En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.
En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.
La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).






