Judiciales
Dos meses de intensas capacitaciones en el Poder Judicial de Río Negro
Durante julio y agosto se llevarán adelante una decena de cursos y talleres centrados en la Reforma Procesal Penal y en el Juicio por Jurados.

El Plan de Capacitación correspondiente al año judicial 2018 incluye, para los meses de julio y agosto, una decena de cursos y talleres centrados en la Reforma Procesal Penal y en el Juicio por Jurados. Sin embargo la Escuela de Capacitación Judicial también incluyó temáticas de otros fueros como por ejemplo la adopción, niñez, adolescencia, familia y algunas clases para el personal de la administración.
Desde hoy (03/07), en Viedma, los profesionales que intervienen en el procedimiento de la adopción podrán participar del taller sobre “Adopción, camino de encuentro” a cargo de la licenciada en Psicología María Federica Otero.
El 5 de julio, en Viedma, comienza el tercer módulo del curso de litigación en Juicio por Jurados destinado a jueces con una extensión de tres jornadas seguidas.
Al día siguiente, en Roca, se dicta el curso de actualización en “Derecho Privado patrimonial en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación” que continúa el 13 de julio.
A partir de agosto, también en Roca, se llevarán a cabo los distintos módulos del curso de posgrado “Derechos del niño, niñas y adolescentes” presentado recientemente por la Dra. Aida Kemelmajer en el auditórium de la Ciudad Judicial.
El 3 de agosto en Viedma se realizará la primera parte del taller sobre “Derecho del consumidor: la competencia de los Juzgados de Paz en la Ley Orgánica 5190”.
El 9 de ese mes continúa en Roca el curso de actualización en “Derecho Privado patrimonial en el nuevo CCCN” y en Bariloche está previsto el curso sobre “Litigación en Juicio por Jurados” a desarrollarse durante tres jornadas.
El 10, en Roca, se realizará la segunda parte del taller sobre “Consolidación y desarrollo de competencias de los equipos interdisciplinarios” que comenzó en junio Cipolletti con el dictado del primer módulo. Está destinado a los profesionales de los Equipos Interdisciplinarios de los Juzgados de Familia y de las Oficinas de Atención a la Víctima.
El 13 de agosto, en Bariloche, se dictará el taller sobre “La Escena del Crimen. Técnicas de Investigación Criminal y Rol del Investigador en el marco del sistema acusatorio”, también durante tres jornadas.
El 15, en Roca, comienza el curso de “Herramientas prácticas de Coaching Ontológico” (Módulo 1) destinado jueces, secretarios y equipos técnicos de los Juzgados de Familia. Ese mismo día, en Viedma, también se realizará el curso sobre “Procedimiento Administrativo” destinado a Personal de la Administración General, de la Contaduría General y de las Gerencias Administrativas del Poder Judicial.
A partir del 16 de agosto y durante tres días seguidos se dicta en Roca el curso sobre “Litigación en Juicio por Jurados” destinado a fiscales y defensores.
El 17, en Bariloche, está previsto el seminario intensivo sobre “Argumentación Jurídica: un nuevo paradigma para la práctica del derecho” que además se transmitirá al resto de las ciudades cabeceras de circunscripción por el sistema de videoconferencia.
El 22 de agosto continúa en Roca el curso de “Herramientas prácticas de Coaching Ontológico” y en Viedma el de “Procedimiento Administrativo”.
Al día siguiente comienza en Bariloche el taller sobre “Audiencias preliminares y juicio Oral en el sistema acusatorio” destinado a jueces y en Viedma el taller sobre “Comunicación efectiva para mediadores”, destinado a mediadores. Mientras tanto ese día continuará en Roca el curso sobre actualización en “Derecho Privado patrimonial en el nuevo CCCN”.
El 24 y 25 en Roca continúa el seminario sobre “Argumentación Jurídica: un nuevo paradigma para la práctica del derecho”.
Para finalizar el mes, el 27 de agosto también en Roca se realizará el taller sobre “Adopción, camino del encuentro”. Al otro día, la actividad se dictará en Cipolletti.
Los días 29, 30 y 31 de agosto serán intensos en materia de capacitación. En Roca está previsto el tercer módulo del curso de “Herramientas prácticas de Coaching Ontológico” y el de “Consolidación y desarrollo de competencias de los equipos interdisciplinarios“; en Viedma el de “Procedimiento Administrativo” y el módulo 6 del curso de actualización en “Derecho Privado patrimonial en el nuevo CCCN”, éste último en Roca.
En materia penal, esos días continuará en Viedma el taller sobre “Audiencias preliminares y juicio Oral en el sistema acusatorio”. A su vez, en Bariloche comenzará el taller sobre “Pruebas y Técnicas de Litigación Oral Civil”, destinado a Jueces, Secretarios y Defensores Civiles con cupo para abogados litigantes, previsto para el 30 y 31 de agosto.
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Un cliente perdió casi $15 millones y la Justicia responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén
Las operaciones se realizaron luego de una maniobra de phishing. El fallo cuestionó la falta de alertas y controles frente a movimientos que se apartaban del comportamiento habitual de la cuenta.

La Justicia Civil de Cipolletti responsabilizó al Banco Provincia del Neuquén S.A. por una estafa digital que terminó con dos transferencias no autorizadas desde la cuenta de un cliente, por un total de $14.999.997.
Según relató la persona afectada, había ingresado desde su computadora al homebanking para realizar operaciones habituales. Durante el procedimiento apareció un mensaje sobre un supuesto nuevo sistema de seguridad destinado a prevenir estafas y se le solicitó el ingreso de un código token.
Luego, la página mostró un aviso sobre una actualización del sistema y las funciones quedaron bloqueadas. Horas más tarde, al ingresar desde su teléfono celular, el cliente constató dos transferencias que no había autorizado: una por $9.999.997 y otra por $5.000.000.
Tras advertir la situación, se comunicó con el banco, realizó una exposición policial, presentó un reclamo formal y formuló una denuncia penal.
La entidad sostuvo durante el juicio que las operaciones se habían concretado con usuario, contraseña y token válidos y que sus sistemas no habían registrado fallas. También argumentó que se trató de una estafa informática ajena a su responsabilidad.
Sin embargo, una pericia informática tuvo especial relevancia en la resolución. El especialista determinó que los sistemas del banco funcionaron correctamente y no detectó fallas en la generación ni en la validación de los códigos de seguridad. Al mismo tiempo, señaló que la maniobra pudo concretarse mediante phishing, una modalidad de ingeniería social que busca obtener credenciales mediante sitios falsos.
El informe también indicó que las transferencias no se realizaron desde las direcciones IP más habituales de la cuenta, que hubo intentos fallidos de validación del token y que el cliente no recibió notificaciones específicas sobre las operaciones.
La sentencia consideró que el banco no acreditó medidas preventivas suficientes frente a esos movimientos. El fallo destacó que las entidades financieras deben contar con mecanismos capaces de detectar operaciones sospechosas y adoptar medidas de verificación cuando se apartan del perfil habitual de un cliente.
Además, sostuvo que las maniobras de ingeniería social forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria digital y que la participación de terceras personas no alcanza, en este caso, para liberar de responsabilidad a la entidad.
Para determinar el daño moral, la Justicia valoró testimonios sobre la angustia, desesperación y nerviosismo que atravesó el cliente luego de descubrir la extracción de los fondos, además de que necesitó ayuda de otras personas para afrontar sus gastos.
La sentencia es de primera instancia y todavía no está firme, por lo que puede ser apelada.
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Un fallo del STJ protegió la gratuidad de quien ganó un juicio de consumo
El Banco Patagonia había recurrido la decisión y pretendía aplicar el tope previsto para la responsabilidad por costas.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó una sentencia que declaró inaplicable, por inconstitucional, el límite establecido en el artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación en un juicio de consumo. De esta manera, protegió el beneficio de gratuidad de la persona consumidora que había ganado el proceso.
La discusión surgió luego de que Banco Patagonia, condenado en costas, pretendiera aplicar el límite previsto en esa norma. La aplicación del tope reducía la parte de los honorarios que debía afrontar la entidad y trasladaba la diferencia a la persona consumidora que había resultado vencedora.
La persona consumidora y su abogado cuestionaron esa situación y plantearon que el límite no podía aplicarse porque la Ley de Defensa del Consumidor reconoce el beneficio de gratuidad para quienes recurren a la Justicia para defender sus derechos.
La Cámara de Apelaciones hizo lugar al planteo y declaró inaplicable el artículo 730 para el caso concreto. El banco recurrió ante el STJ, entre otros motivos, porque consideraba que el planteo de inconstitucionalidad había sido realizado fuera de tiempo.
El máximo Tribunal rechazó ese argumento. Explicó que el perjuicio generado por la norma se hizo concreto recién cuando se regularon los honorarios y se dispuso la aplicación del artículo 730. Antes de ese momento, el impacto económico todavía no estaba determinado.
El STJ también analizó el beneficio de gratuidad de la Ley de Defensa del Consumidor y señaló que las relaciones de consumo cuentan con un régimen especial de protección. Ante una duda, sostuvo, debe prevalecer la interpretación más favorable a la persona consumidora.
El Tribunal aclaró que la gratuidad no es absoluta: en los reclamos individuales, una empresa puede demostrar que el consumidor posee solvencia económica y solicitar que el beneficio cese. En este caso, Banco Patagonia no acreditó esa circunstancia.
Por esos fundamentos, el STJ rechazó el recurso del banco y confirmó la sentencia que declaró inaplicable e inconstitucional el artículo 730 para este expediente.
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Intentó esconder y hurtar cables del Autódromo: Fue imputado y cumple prisión preventiva
Un allanamiento permitió secuestrar cables y restos en el domicilio del hombre. Ahora serán sometidos a una pericia para determinar si corresponden a los sustraídos.

Primero adquirió o recibió -sabiendo el origen ilícito- cables con ánimo de lucro que pertenecían a la instalación eléctrica del sector de boxes del Autódromo Parque de General Roca. Horas más tarde, ese martes se dirigió al lugar e intentó apoderarse de más material.
La Fiscalía le formuló cargos y solicitó su prisión preventiva teniendo presente que al momento de los hechos el imputado tenía colocado un dispositivo de geolocalización.
«En el marco de este legajo se solicitó un allanamiento, donde personal de la Comisaría 48° logró constatar que en el domicilio del hombre señalado por estos hechos había cables y restos de cables. Además pedimos al Gabinete de Criminalística que realice la pericia correspondiente para confrontarlos con los que aún se conservan en la zona de boxes», explicó la fiscal del caso Natalia Pascual y la adjunta Alejandra Poblete.
El defensor penal público Luis Carrera asistió al hombre, realizó consultas respecto del reconocimiento por parte del damnificado de lo secuestrado y el imputado brindó su versión de los hechos.
«Para esta parte faltan elementos para sostener que él haya sido el autor de estos hechos, y pedimos que no se haga lugar a la formulación de cargos», agregó Carrera.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente Claudia Lemunao tuvo por formulados los cargos en los mismos términos que la fiscalía, y el hombre quedó imputado por los delitos de “encubrimiento y tentativa de hurto agravado por escalamiento”.
En esa misma audiencia, y tras la solicitud fiscal, la jueza resolvió que quede detenido en prisión preventiva.





