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Video: Así fueron los alegatos en el Caso Solano

Tanto la querella como la Fiscalía solicitan prisión perpetua para los siete policías imputados en la causa.

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Con los alegatos de la parte querellante y la Fiscalía comenzó hoy (3/07) en Roca la instancia final del juicio oral y público por la desaparición y homicidio del joven trabajador rural Daniel Solano, ocurrido en noviembre de 2011 en Choele Choel. Las dos partes acusadoras solicitaron al Tribunal que los siete policías imputados sean condenados a la pena de prisión perpetua, aunque optaron por encuadrar los hechos en calificaciones legales diferentes.

El juicio se desarrolla ante la ex Cámara Criminal Segunda de Roca, que preside la jueza María Evelina García Balduini e integran sus pares Oscar Gatti y Gastón Martín.

El salón Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca fue ocupado al límite de su capacidad por el público que asistió a la audiencia. Los alegatos continúan este miércoles 4 de julio a partir de las 12:30 con la exposición de los abogados defensores Ricardo Thompson y Pablo Iribarren y finalizan el jueves 5 a las 9 horas con los alegatos finales del defensor particular Pablo Barrionuevo y el defensor oficial Gustavo Viecens.

La querella

El abogado por la parte querellante, Leandro Aparicio, expuso hoy en primer término y utilizó las dos horas y media asignadas por el Tribunal como tiempo máximo para alegar. Concluyó con un pedido de prisión perpetua contra los siete imputados, a quienes atribuyó la coautoría del delito de “homicidio agravado por alevosía, por promesa remuneratoria, por el concurso premeditado de dos o más personas, por ser criminis causa (para facilitar, consumar u ocultar otro delito) y por haber sido cometido en abuso de la función policial”.

La Fiscalía

Por su parte la fiscal Teresa Giuffrida, por la acusación pública, solicitó para todos la pena de “prisión perpetua más inhabilitación perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y tareas de seguridad privada, más las accesorias legales y costas del proceso”.

Acusó a los imputados Sandro Gabriel Berthe, Pablo Federico Bender y Juan Francisco Barrera como “coautores del delito de vejaciones en concurso real con desaparición forzada de persona seguida de muerte”; a Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Cuello como “coautores de desaparición forzada de persona seguida de muerte, en concurso ideal con incumplimiento de deberes de funcionario público” y a Héctor César Martínez como “coautor de desaparición forzada de persona seguida de muerte, en concurso real con abuso de autoridad, en concurso ideal con falsedad ideológica -en carácter de autor-”.

Giuffrida sostuvo que si bien el delito principal (desaparición forzada) es una figura cuyo juzgamiento corresponde a la Justicia Federal, el Tribunal rionegrino que lleva adelante el presente proceso fue habilitado por la Corte Suprema de Justicia para dictar una eventual condena por ese delito, en oportunidad de pronunciarse el máximo tribunal del país sobre la competencia para realizar este juicio.

Por último la fiscalía requirió que en caso de dictar una condena el Tribunal imponga también a los acusados la prisión preventiva, por considerar latente el peligro de fuga.

Disposiciones para el público

El Tribunal recordó que están vigentes para el público en general las pautas de seguridad y organización que se vienen implementando desde el inicio del debate. Eso incluye la prohibición de efectuar manifestaciones o exponer consignas o símbolos de cualquier tipo que puedan perturbar el normal desarrollo de la audiencia o generar situaciones de conflicto.

Por otra parte, el uso de teléfonos celulares y equipos de fotografía y/o grabación sólo está permitido a los trabajadores de medios de comunicación que hayan solicitado su credencial en la Delegación de Comunicación Judicial de la Segunda Circunscripción.

Cabe señalar que esas disposiciones derivan de las facultades disciplinarias que la ley asigna a la Presidencia del Tribunal durante el juicio, que incluyen la posibilidad de ordenar el desalojo de la sala y de aplicar sanciones de distinta gravedad en casos de incumplimiento.

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Judiciales

Choque fatal en la Ruta 22: Imputaron al conductor que manejaba con 2,06 de alcohol en sangre

La víctima, Ángel Lautaro Monsalve, murió tras un impacto frontal entre su moto y un auto, conducido por el imputado.

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Un hombre fue formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer (15/03) a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22, a la altura de Cervantes.

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 6.00 de la mañana, cuando el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste-este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el cuidado ni el dominio exigidos para circular por una Ruta Nacional.

De acuerdo a la Fiscalía, el hombre se movilizaba a unos 100 kilómetros por hora, cuando el máximo permitido en ese sector es de 80 km/h. Además, manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos por litro de sangre.

En ese mismo momento, Monsalve circulaba en una motocicleta en sentido contrario, es decir, de este a oeste. Por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario y se produjo un impacto frontal excéntrico con el sector delantero izquierdo del automóvil.

Producto de la violencia del choque, el conductor de la moto falleció en el lugar.

La Fiscalía formuló cargos por el delito de homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel superior a 0,5 gramos por litro de sangre.

Entre las evidencias reunidas hasta el momento se mencionaron el relevamiento realizado por el Gabinete de Criminalística en el lugar del hecho, el test de alcoholemia practicado al conductor, entrevistas a testigos y registros fotográficos.

Durante la audiencia, la defensa penal pública no presentó objeciones a la formulación de cargos.

Respecto a las medidas cautelares, la fiscalía indicó que no se advierten riesgos procesales como entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, ya que el imputado tiene domicilio fijo, trabajo y una hija a la que mantiene.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso como medidas cautelares la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo y la obligación de no modificar su domicilio, bajo apercibimiento de revocar su libertad provisoria.

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Chocó su auto nuevo y la reparación nunca quedó bien: La Justicia condenó a la aseguradora

Además, el vehículo ingresó al taller con 42.183 kilómetros y fue entregado meses después con casi 4.000 kilómetros más.

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Una mujer de General Roca que había comprado un auto cero kilómetro y contratado un seguro contra todo riesgo logró que la Justicia condenara a la aseguradora por las reparaciones defectuosas realizadas tras un choque.

El caso comenzó cuando la mujer adquirió un Renault Kwid y, para proteger su inversión, contrató una póliza de seguro. Dos años después protagonizó un siniestro vial y la compañía derivó el vehículo a un taller para su reparación.

Sin embargo, el establecimiento no contaba con habilitación municipal ni con respaldo técnico del fabricante del vehículo. Durante meses, la mujer recibió promesas sobre repuestos y arreglos que, según le indicaban, dejarían el auto en condiciones óptimas.

El vehículo ingresó varias veces al taller debido a que las fallas persistían. Los ruidos extraños y las luces de advertencia en el tablero nunca desaparecieron, lo que generó reiterados reclamos ante la aseguradora y el taller.

Tras una instancia de mediación sin resultados, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. Durante el proceso explicó que el auto ingresó al taller con 42.183 kilómetros y que tres meses después fue entregado con más de 46.000 kilómetros, es decir, con unos 3.800 kilómetros adicionales y con las mismas fallas.

La pericia mecánica determinó que las reparaciones se realizaron en distintas etapas y fuera de los parámetros sugeridos por el fabricante. Además, señaló que el taller no estaba homologado y que no existía documentación técnica que permitiera verificar las tareas realizadas.

También se estableció que el establecimiento no tenía habilitación municipal vigente. Por ese motivo, el Tribunal hizo lugar a la excepción planteada por el mecánico demandado y rechazó la demanda en su contra, ya que no era titular del taller.

Finalmente, el fuero Civil de Roca concluyó que existió un cumplimiento defectuoso de las obligaciones de la aseguradora y aplicó la responsabilidad prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo durante aproximadamente un mes y medio, la desvalorización del automotor y el daño moral ocasionado a la propietaria.

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Apareció el joven que era intensamente buscado en Roca

La búsqueda había sido iniciada luego de que fuera visto por última vez el fin de semana en el Camping Municipal.

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El joven que era intensamente buscado en General Roca apareció en buen estado de salud y el Ministerio Público Fiscal confirmó que se dio por finalizado el pedido de paradero.

Se trata de Ezequiel Vázquez, de 26 años, cuya búsqueda había sido difundida por la Policía de Río Negro luego de que fuera visto por última vez entre el sábado (07/03) y el domingo (08/03) en el sector del Camping Municipal.

Tras diversas tareas realizadas para dar con su ubicación, finalmente se confirmó que el joven se encuentra en buen estado de salud.

Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal dispuso dar por finalizada la búsqueda y dejar sin efecto el pedido de colaboración a la comunidad.

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