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Histórico fallo de la Justicia Federal autoriza el cultivo de cannabis en Río Negro

Su abuela, que ahora podrá cultivar marihuana, dialogó en exclusiva con La Super.

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«Se trata de un fallo judicial que sienta precedente y avanza en el respaldo a las familias que utilizan cannabis con fines medicinales para patologías que no están incluidas en la Ley Nacional N° 27.350 aprobada en 2017 o que -estando incluidas- tienen dificultades logísticas para conseguirlo», destacó al respecto María Eugenia Sar, abuela de Joaquín Navarro, un niño de siete años con síndrome de Tourette.

Es que la sentencia de la jueza Marta Filipuzzi autoriza el cultivo y consumo bajo pautas acordadas con la mamá de Joaquín, Julia Macarena Navarro, y sus abuelos Gabriel Andrés Navarro y María Eugenia, que incluyen la inscripción en el Registro Voluntario de la Ley N° 27.350.

La familia de San Antonio Oeste (SAO) tuvo que acudir a un recurso de amparo porque la ley aprobada por el Congreso de la Nación fue muy restrictiva y acotó el uso de cannabis para casos de epilepsia y con fines de investigación por lo que cientos de familias en todo el país quedaron desamparadas frente a las leyes de persecución del narcotráfico.

Muchos chicos y adultos con distintas enfermedades están en situación similar a la de Joaquín Navarro que padece de Síndrome de la Tourette, diagnosticado en 2016, a los 5 años de edad. Esta enfermedad discapacitante se caracterizada por provocar tics motores y vocales, además de hiperactividad, TDAH, ansiedad, fobia social, TOD, TOC, agresividad.

En su resolución, la jueza Filipuzzi cita un informe de la Dra. María Celeste Romero que da cuenta de los diferentes tratamientos por los que pasó el niño, y describe la evolución que tuvo desde que le recetaron Risperidona (antipsicótico atípico considerado primera línea para el tratamiento según revisiones científicas) y Flunarizina-Sibelium, hasta que comenzó a consumir aceites naturales de cannabis.

“Luego de describir los síntomas de esa dolencia, señalan que los mismos fueron aumentando y complejizándose, interfiriendo en su vida cotidiana por cuanto ante ese cuadro, decidieron abandonar la medicina tradicional y, fruto de la investigación particular de los efectos del consumo medicinal del cannabis y del contacto con otras familias con problemáticas similares, comenzaron con el tratamiento en noviembre del 2016, suministrándole gotas de aceite de la cepa Black Widow, obteniendo una notable mejoría dado que disminuyeron los tics vocales y físicos y cambiando por completo la vida de Joaquín y su familia, la que se fue acrecentando con la rotación de otras cepas”, indica la sentencia a la que se suman informes positivos de la escuela.

La resolución de la jueza se asienta en el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el fallo Arriola, que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.737, que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal. Además, cuenta con dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio Público de la Defensa de la Nación y de la Fiscalía Federal de Narcocriminalidad.

María Eugenia Sar, abuela de Joaquín, indicó que «sin este amparo judicial la actividad de la familia de Joaquín es comparable a la de un narcotraficante porque tener una planta, aceite o cualquier insumo la ley de estupefacientes marca de 6 a 15 años de prisión».

«Que todo eso esté alineado resulta ser una cuestión de suerte para Joaquín pero esto no puede ser una cuestión de suerte. Es una cuestión de salud. Por eso, si los jueces y los fiscales y defensores lo empiezan a entender, también lo tienen que entender quienes legislan, quienes nos están gobernando», reclamó.

Para seguridad de la familia, la resolución será informada al Estado Nacional a través del Ministerio de Salud de la Nación y a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales como Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina y Jefatura de la Policía de la Provincia de Río Negro.

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Roca

Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año

Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

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En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.

Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.

Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.

Canales de denuncia

Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:

  • Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
  • Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
  • Fines de semana o fuera de horario: 4431400
  • Correo electrónico: [email protected]

Qué pirotecnia está permitida

La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:

  • Kiosco Josue, Mitre 2326
  • Planeta Regalo, La Plata 950
  • Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
  • Despensa Morena, Ushuaia 2174
  • MiniShopping, O’higgins 1607
  • Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320

Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.

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Policiales

Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo

El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

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El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.

En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.

El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.

Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.

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Río Negro

Río Negro abonará los salarios en la primera semana de enero

El cronograma se extenderá desde el 6 al 8 de enero.

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El Gobierno de Río Negro iniciará el martes próximo (06/01) el cronograma de pago de salarios correspondientes al mes de diciembre para las y los trabajadores de la Administración Pública Provincial.

De esta manera, los días 6, 7 y 8 de enero se realizará el pago correspondiente al mes de diciembre.

Cronograma de sueldos de Enero 2026

Martes 6/01

  • Salud Pública
  • Guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro
  • Servicio Penitenciario Provincial

Miércoles 7/01

  • Docentes
  • Porteros

Jueves 8/01

  • Ley N° 1.844
  • Vialidad Rionegrina
  • Pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo
  • Poder Judicial
  • Órganos de Control
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