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Río Negro

Domingo fundamentó la creación de la tarjeta para los empleados públicos

Será tratado hoy en la Legislatura.

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La plenaria de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Presupuesto y Hacienda aprobó ayer (31/10) por la mañana la iniciativa del Poder Ejecutivo para crear la empresa “Río Negro Compras Sociedad Anónima”, que va a administrar una tarjeta de compra para los empleados públicos provinciales.

Para explicar la iniciativa estuvo presente el ministro de Economía, Agustín Domingo, quien señaló que se trata de una posibilidad más que van a tener los empleados para hacer compras y optar por el descuento en sus recibos de sueldo.

Destacó que se busca dar una opción de bajo costo, más beneficiosa que las brinda el mercado actual, en una coyuntura económica y financiera que se torna difícil y donde las tasas de interés de los créditos son cada vez más altas.

Indicó que la tarjeta podría comenzar a funcionar en aproximadamente tres meses y que, en una primera instancia servirá solamente para el descuento en el recibo de sueldo del mes siguiente, pero que a medida que la Sociedad tome volumen y tenga fondeo a partir de la propia operatoria, se evaluará la posibilidad de incluir el pago en cuotas de esa misma compra.

Según el ministro el primer paso es aprobar la conformación de esta Sociedad Anónima, que será tratado en la sesión legislativa de mañana, y luego se creará una pequeña estructura administrativa para hacer los convenios necesarios para brindar los servicios de administración de los cuentas corrientes y adhesión de los comercios.

En este sentido, sostuvo que la tarjeta tendrá una alta adhesión de los comercios y Pymes rionegrinos, “que van a poder vender a crédito a los empleados estatales con un riesgo casi nulo, porque al garantizar el Estado el descuento del sueldo y el pago a fin de mes, va a tener un altísimo nivel seguridad”.

Otras iniciativas

En otro orden, se aprobó el dictamen del proyecto que busca regular la responsabilidad de la provincia de Río Negro por los daños que su actividad o inactividad produzca a los bienes o derechos de las personas, para lo cual existe actualmente un vacío legislativo.

El fiscal de Estado, Julián Fernández Eguía, expuso en la reunión algunos puntos de la iniciativa. Explicó que la sanción y entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994) dejó desreguladas las consecuencias jurídicas que provienen de la actuación de los órganos del Estado provincial y los daños que pueda producir en los particulares.

Aseguró que el proyecto amplía derechos y aclaró que si bien busca mantener los conceptos básicos de la ley nacional de Responsabilidad del Estado, plantea una adaptación a la realidad jurídica provincial. Por el FpV, Nicolás Rochás valoró el proyecto, coincidió en los lineamientos generales y consideró que es absolutamente necesario teniendo en cuenta el vacío legal existente.

Asimismo, se aprobó una iniciativa del Poder Ejecutivo que propicia la autorización para el uso del expediente electrónico, documento electrónico, comunicaciones electrónicas, firma digital, de domicilio electrónico constituido, de clave informática simple, firma electrónica y firma digital, en todos los procesos administrativos que se tramitan en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y demás Entes del Poder Ejecutivo Provincial, con idéntica validez jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.

Se avaló además el proyecto de los legisladores Facundo López, Mariana Domínguez Mascaró y Leandro Lescano, para suspender, por el término de 360 días, la ejecución de juicios y la interposición de medidas cautelares dictadas, derivadas de la aplicación de Propiedad Intelectual, contra establecimientos hoteleros-gastronómicos y afines.

A su vez, se dio dictamen favorable a la iniciativa que modifica la ley de Salud Mental de la provincia, presentada por Lescano y Jorge Vallazza.

También del legislador Lescano, se aprobó el proyecto para crear el Sistema de Gestión de Reservas de Pasajes Gratuitos, en beneficio de las personas alcanzadas por el Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad.

En concordancia con la ley nacional, la comisión avaló la propuesta de Marta Milesi, Graciela Valdebenito y Facundo López, para establecer el 13 de noviembre de cada año como «Día Provincial de la Lucha contra el Ciberacoso o Grooming».

La comisión aprobó también una iniciativa de la legisladora Norma Coronel para corregir un error en la nomenclatura catastral de unos 15 lotes de la localidad de Allen, que se expropiaron por ley en 1986.

Se dio dictamen favorable además a la iniciativa de Soraya Yauhar para que la “Oficina Tutelar de la Mujer, el Niño y la Familia”, creada por la ley nº 4510, pase a denominarse “Oficinas de la Familia”, y a la propuesta de la legisladora Elsa Inchassendague para instituir a la ciudad de Chimpay, Cuna de Ceferino, como la Capital Provincial del Peregrino.

Asimismo, se votó favorablemente la iniciativa de los legisladores Mario Sabbatella, unificada con las de Viviana Germanier y Marcelo Mango, para prohibir el ingreso a la Provincia de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos provenientes de países de Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino (PRRS).

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Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

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Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

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El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

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