Río Negro
Domingo fundamentó la creación de la tarjeta para los empleados públicos
Será tratado hoy en la Legislatura.

La plenaria de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Presupuesto y Hacienda aprobó ayer (31/10) por la mañana la iniciativa del Poder Ejecutivo para crear la empresa “Río Negro Compras Sociedad Anónima”, que va a administrar una tarjeta de compra para los empleados públicos provinciales.
Para explicar la iniciativa estuvo presente el ministro de Economía, Agustín Domingo, quien señaló que se trata de una posibilidad más que van a tener los empleados para hacer compras y optar por el descuento en sus recibos de sueldo.
Destacó que se busca dar una opción de bajo costo, más beneficiosa que las brinda el mercado actual, en una coyuntura económica y financiera que se torna difícil y donde las tasas de interés de los créditos son cada vez más altas.
Indicó que la tarjeta podría comenzar a funcionar en aproximadamente tres meses y que, en una primera instancia servirá solamente para el descuento en el recibo de sueldo del mes siguiente, pero que a medida que la Sociedad tome volumen y tenga fondeo a partir de la propia operatoria, se evaluará la posibilidad de incluir el pago en cuotas de esa misma compra.
Según el ministro el primer paso es aprobar la conformación de esta Sociedad Anónima, que será tratado en la sesión legislativa de mañana, y luego se creará una pequeña estructura administrativa para hacer los convenios necesarios para brindar los servicios de administración de los cuentas corrientes y adhesión de los comercios.
En este sentido, sostuvo que la tarjeta tendrá una alta adhesión de los comercios y Pymes rionegrinos, “que van a poder vender a crédito a los empleados estatales con un riesgo casi nulo, porque al garantizar el Estado el descuento del sueldo y el pago a fin de mes, va a tener un altísimo nivel seguridad”.
Otras iniciativas
En otro orden, se aprobó el dictamen del proyecto que busca regular la responsabilidad de la provincia de Río Negro por los daños que su actividad o inactividad produzca a los bienes o derechos de las personas, para lo cual existe actualmente un vacío legislativo.
El fiscal de Estado, Julián Fernández Eguía, expuso en la reunión algunos puntos de la iniciativa. Explicó que la sanción y entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994) dejó desreguladas las consecuencias jurídicas que provienen de la actuación de los órganos del Estado provincial y los daños que pueda producir en los particulares.
Aseguró que el proyecto amplía derechos y aclaró que si bien busca mantener los conceptos básicos de la ley nacional de Responsabilidad del Estado, plantea una adaptación a la realidad jurídica provincial. Por el FpV, Nicolás Rochás valoró el proyecto, coincidió en los lineamientos generales y consideró que es absolutamente necesario teniendo en cuenta el vacío legal existente.
Asimismo, se aprobó una iniciativa del Poder Ejecutivo que propicia la autorización para el uso del expediente electrónico, documento electrónico, comunicaciones electrónicas, firma digital, de domicilio electrónico constituido, de clave informática simple, firma electrónica y firma digital, en todos los procesos administrativos que se tramitan en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y demás Entes del Poder Ejecutivo Provincial, con idéntica validez jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.
Se avaló además el proyecto de los legisladores Facundo López, Mariana Domínguez Mascaró y Leandro Lescano, para suspender, por el término de 360 días, la ejecución de juicios y la interposición de medidas cautelares dictadas, derivadas de la aplicación de Propiedad Intelectual, contra establecimientos hoteleros-gastronómicos y afines.
A su vez, se dio dictamen favorable a la iniciativa que modifica la ley de Salud Mental de la provincia, presentada por Lescano y Jorge Vallazza.
También del legislador Lescano, se aprobó el proyecto para crear el Sistema de Gestión de Reservas de Pasajes Gratuitos, en beneficio de las personas alcanzadas por el Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad.
En concordancia con la ley nacional, la comisión avaló la propuesta de Marta Milesi, Graciela Valdebenito y Facundo López, para establecer el 13 de noviembre de cada año como «Día Provincial de la Lucha contra el Ciberacoso o Grooming».
La comisión aprobó también una iniciativa de la legisladora Norma Coronel para corregir un error en la nomenclatura catastral de unos 15 lotes de la localidad de Allen, que se expropiaron por ley en 1986.
Se dio dictamen favorable además a la iniciativa de Soraya Yauhar para que la “Oficina Tutelar de la Mujer, el Niño y la Familia”, creada por la ley nº 4510, pase a denominarse “Oficinas de la Familia”, y a la propuesta de la legisladora Elsa Inchassendague para instituir a la ciudad de Chimpay, Cuna de Ceferino, como la Capital Provincial del Peregrino.
Asimismo, se votó favorablemente la iniciativa de los legisladores Mario Sabbatella, unificada con las de Viviana Germanier y Marcelo Mango, para prohibir el ingreso a la Provincia de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos provenientes de países de Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino (PRRS).
Judiciales
Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos
El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.
La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.
Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.
El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.
En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.
Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.
El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.
Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.
Política
Caen los fondos que recibe Río Negro por coparticipación nacional
La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable.

Río Negro registró en los primeros meses de 2026 una caída real en los fondos que recibe por coparticipación, producto de la baja en la recaudación nacional. La disminución de los ingresos por IVA, junto con una menor cantidad de días hábiles de recaudación y otros factores, configuran una tendencia a la baja que también se refleja en la actividad económica y el consumo.
De acuerdo con los datos del Ministerio de Hacienda de Río Negro, en términos reales los recursos coparticipables enviados por Nación cayeron un -7,87% en enero y un -7,7% en febrero, consolidando una volatilidad negativa marcada en los recursos coparticipados.
La coparticipación constituye una de las principales fuentes de financiamiento para las provincias, por lo que cualquier variación en la recaudación nacional impacta directamente en los recursos disponibles para sostener servicios, obras y políticas públicas.
La caída se explica principalmente por el retroceso del IVA, el impuesto que más incide en la masa coparticipable. Tras varios meses de desaceleración, registró bajas reales de -12,1% en enero y -13% en febrero, reflejando una menor dinámica de la actividad económica y del consumo.
Este escenario se vincula con la evolución del consumo a nivel nacional. Según datos de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), las ventas minoristas acumulan variaciones negativas desde mayo de 2025 y en diciembre registraron una caída interanual de -5,2%. En la misma línea, la consultora Scentia informó que el consumo masivo cayó -1,1% interanual en enero de 2026.
En contraste con este contexto nacional, la recaudación propia de Río Negro muestra un comportamiento más estable, ofreciendo un resguardo relativo, aunque no exento de la desaceleración general. El impuesto sobre los Ingresos Brutos registró subas reales de 5,7% en enero y 6,2% en febrero.
La menor recaudación nacional se traslada directamente a las provincias a través de la coparticipación, reduciendo los recursos que reciben para sostener el funcionamiento del Estado y las inversiones en el territorio.
Política
Nuevas cesantías por faltas en la administración pública de Río Negro
En lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.

En los primeros meses del año, la Junta de Disciplina aplicó sanciones por faltas graves. «Las medidas ratifican la continuidad del control disciplinario para cuidar los recursos públicos y garantizar la eficiencia», indicó la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra.
«Bajo la premisa de valorar al agente que cumple y garantizar un servicio efectivo a la ciudadanía, el Gobierno de Río Negro sostiene con firmeza el ejercicio de la potestad disciplinaria», agregó la funcionaria. En ese marco, en lo que va del 2026, se dictaron dos cesantías, 11 suspensiones sin goce de haberes y dos apercibimientos.
Desde enero de 2024, el trabajo de la Junta implicó el análisis de más de 1.000 expedientes administrativos. Este dinamismo permitió agilizar procesos históricamente demorados, logrando duplicar el promedio anual de resoluciones en comparación con años anteriores.
Como resultado de este ordenamiento, desde el comienzo de la gestión se dictaron 94 cesantías, 6 exoneraciones, 448 suspensiones sin goce de haberes y 24 apercibimientos. Asimismo, el sistema de justicia interna determinó 77 absoluciones.
«Tenemos el mandato claro de construir una administración eficiente y preparada para el futuro. Eso requiere reglas claras y tolerancia cero frente a faltas graves o abandonos de servicio, garantizando siempre procesos transparentes», afirmó Lastra.
Los motivos de las sanciones
Las actuaciones disciplinarias abarcan una amplia gama de incumplimientos en el ámbito estatal. Estas irregularidades van desde faltas en el servicio -como desatención de tareas, ausencias injustificadas o negligencia en el cuidado de insumos- hasta inconductas y conflictos interpersonales que incluyen denuncias por malos tratos, insultos y agresiones entre compañeros.
Para los casos de mayor gravedad, la ley prevé las sanciones más severas. Por un lado, la cesantía implica la desvinculación del agente con la prohibición de reingresar al Estado por un plazo de cinco años. Esta medida se aplica ante la acumulación de sanciones previas, abandono prolongado de servicio o faltas graves.
Por otro lado, la exoneración representa la medida más dura del sistema: supone la expulsión definitiva y la inhabilitación permanente para volver a trabajar en la administración pública. Esta sanción se reserva para casos extremos, como delitos dolosos con condena penal firme.
«Un proceso riguroso y transparente», aseguró Lastra
Las sanciones impuestas no son automáticas, sino el resultado de un riguroso sumario administrativo. Al detectarse una posible falta, instructores especializados investigan los hechos, reúnen pruebas y elevan un informe a la Junta de Disciplina. Este organismo, integrado por representantes del Poder Ejecutivo y vocales gremiales (ATE y UPCN), evalúa la gravedad de los hechos y los antecedentes para emitir su resolución.
La Ley Provincial prevé una escala progresiva: desde el apercibimiento y las suspensiones, hasta la cesantía (desvinculación con posibilidad de reingreso a los cinco años) y la exoneración (expulsión definitiva ante delitos con pena de prisión).





