Río Negro
Río Negro firmó con President Petroleum la concesión de dos áreas hidrocarburíferas
La empresa se asoció con la estatal EDHIPSA para explotar los recursos del subsuelo rionegrino. Habrá una inversión de U$D29.000.000 en los próximos cinco años.

El gobierno provincial firmó el contrato de adjudicación de concesiones de explotación para dos áreas hidrocarburíferas con la empresa President Petroleum. El acto fue presidido por el gobernador, Alberto Weretilneck, quien firmó el contrato para las áreas Las Bases y Puesto Prado, que fueron adjudicadas por decreto 1507/18 a la empresa.
Al igual que con la adjudicación de cuatro áreas a la Petrolera Aconcagua Energía realizada en Catriel, el entendimiento establece una participación societaria de la empresa provincial EDHIPSA. En todos los bloques adjudicados, la compañía rionegrina tendrá un 10% de los derechos y obligaciones que se cedieron. Por ello, fue que en la previa se firmó un acuerdo para conformar una Unión Transitoria de Empresas (UTE) para la operación conjunta de las áreas.
Durante la última renegociación de contratos, no hubo un acuerdo por estos bloques con la anterior concesionaria que estuviera en sintonía con las pretensiones provinciales. Por eso, tras el vencimiento de los contratos esas áreas volvieron al Estado Provincial. El paso posterior fue el lanzamiento de una convocatoria pública que concitó el interés de una decena de compañías de primera línea que adquirieron pliegos y, en el caso de las ofertas recibidas, en todos los casos estuvieron por encima de las condiciones mínimas que se establecieron.
En cuanto a las inversiones previstas para los primeros cinco años de la concesión, son compromisos firmes de inversión en nuestro territorio que tendrán un impacto directo e inmediato en la producción y en la recaudación impositiva, así como en la generación de mano de obra rionegrina y en la contratación de empresas que funcionan en nuestra Provincia.
El secretario de Energía, Sebastián Caldiero, apuntó que «el acuerdo con President Petroleum estableció la exigencia de efectuar el pago de un bono fijo de dinero en efectivo para Río Negro de unos U$D9.900.000, que ya fue materializado en un 90%».
La actividad en campo que President Petroleum realizará, según lo acordado, consiste en la perforación de tres pozos exploratorios, cuatro pozos nuevos y pondrán en marcha una planta de tratamiento de gas, además de dar continuidad con trabajos de reparación a la explotación productiva del área.
El acuerdo también incluye el pago de una deuda de $21.000.000 que la anterior operadora, CIC, tenía con una decena de superficiarios de tierras donde se realizan las actividades por parte de la concesionaria.
Caldiero destacó que «por una decisión gubernamental, se incluyó esta cancelación como una obligación adicional a todo aquel que quisiera licitar por las áreas Puesto Prado y Las Bases».
Por su parte, el apoderado legal de President Petroleum en Argentina, Warren Levy, fue quien suscribió el contrato y luego agradeció la posibilidad que el Gobierno de Río Negro le da a su compañía de poder expandir sus negocios. «Es una provincia donde nos sentimos muy cómodos y estamos confiados por sentirnos acompañados. Cómo compañía privada siempre es muy importante sentir el apoyo de los gobiernos, lo cual en Río Negro ocurre. Por lo que estamos muy emocionados sobre la posibilidad de seguir creciendo y trabajando en conjunto con nuestro socio que es EDHIPSA», señaló.
Levy participó junto a la presidenta de la firma en Argentina, Lucía Mercedes D’Agostino.
Entrega de certificados
Durante el acto, las autoridades procedieron además a la entrega de certificados de financiamiento de 54 proyectos de microemprendimientos, en el marco del programa economía social solidaria, de actividades socio productivas, comerciales o de servicios, que promueven el desarrollo local y las economías regionales, por una suma total de $ 1.041.405.
Se trata de los rubros: criadero de pollos y gallinas ponedoras, radio móvil, estética y spa, muñequería, minimuebles, metalúrgica, elaboración de dulces, herrería, peluquería, grabado laser, elaboración de alimentos, masoterapia, soldadura, tapicería, plomería construcción, elaboración de conservas, panificación, repostería, elaboración de comidas caseras y elaboración de churros.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».





