Judiciales
Golpeó a su pareja y la encerró junto a su hija por casi 48 horas
Fue imputado por violencia de género y le dictaron prisión preventiva por 4 meses.

El equipo de fiscales de feria de la 2° Circunscripción, Belén Calarco y Laura Olea formularon cargos a un hombre de 26 años por varios delitos cometidos contra dos víctimas en el marco de violencia de género. Asimismo solicitaron la prisión preventiva del sujeto por el término de 4 meses.
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió desde el 14 de enero pasado hasta el 16 de enero, momento en que la víctima pudo efectivizar la denuncia en la Comisaría de la Familia. Durante ese lapso de tiempo el hombre no la dejó salir de la casa a la mujer ni a su hija menor de edad, además de haberla golpeado en reiteradas oportunidades en distintas partes del cuerpo y de haberla amenazado. Todas las lesiones fueron certificadas por el médico policial como leves.
Específicamente la calificación legal es para la víctima mayor de edad y pareja del imputado: “lesiones leves doblemente agravadas por ser la victima mujer y el hecho de ser perpetrado por un hombre mediando violencia de género y por el vínculo (relación de pareja), y privación ilegítima de la libertad, doblemente agravado por haberse cometido mediando violencia y por el vínculo” (Arts. 89 y 92 en función del 80 inc 1 y 11 y 142 inc 1 y 2 del Código Penal). Mientras que para el caso de la menor de 7 años, hija de la mujer, los delitos que el Ministerio Público Fiscal le endilgó al hombre fueron “privación ilegítima de la libertad, doblemente agravado por haberse cometido mediando violencia y por el vínculo (Arts. 142 inc 1 y 2 del Código Penal).
Por su parte el defensor público penal de feria Luis Eduardo Carrera, se opuso a la calificación respecto de la privación ilegítima de la libertad, ya que “en la casa habitan otras personas, como el padre y hermanos de mi asistido”. Por otra parte dijo que la medida cautelar propuesta por la fiscal era la más gravosa ya que “se tratan de lesiones leves”.
“Por lo anterior es que solicito se tenga en cuenta una medida de seguridad para la víctima, como un botón antipánico, y para mi asistido una pulsera electrónica y prisión en un domicilio alternativo alejado del lugar del hecho. En caso de que esto no sea probable, pido subsidiariamente un mes de preventiva”, expuso Carrera.
Finalmente, teniendo presente los argumentos vertidos por el Ministerio Público Fiscal, el juez de Garantías Julio Martinez Vivot, dijo que “se trata de un hecho muy grave, muy reciente, en el que ya ha habido amenazas por parte de familiares del imputado a la víctima, y tal como explicitó la Fiscalía hay varios antecedentes en el Juzgado de Familia por violencia de género y Ley 3040. Es así que dispongo un mes de prisión preventiva, considerando que hay medidas de prueba que restan tomar, como la Cámara Gesell a la menor víctima”.
Judiciales
Pidieron más de 4 años de prisión para la mujer que atacó a la ex pareja y 3 años y medio para su cómplice
La agresión ocurrió en abril de 2025 en una vivienda de San Juan al 2200.

Tras haber sido declarados culpables por atacar a la ex pareja de la mujer en abril de 2025, en General Roca, un hombre y una mujer esperan conocer las penas que deberán cumplir. La Fiscalía solicitó 4 años y 6 meses de prisión efectiva para ella y 3 años y 6 meses para él.
El fiscal Daniel Zornitta requirió al Tribunal que condene a la mujer como autora de lesiones graves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Para el hombre pidió 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de las lesiones graves.
Durante sus alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que ambos atacaron a la víctima por la espalda, impidiéndole defenderse. También señaló que el objetivo era causarle daño y remarcó que su vida corrió riesgo, ya que un amigo debió trasladarlo al hospital local, donde fue internado inmediatamente en terapia intensiva.
Zornitta también hizo referencia a las consecuencias que dejó la agresión. Explicó que las lesiones le impidieron a la víctima trabajar con normalidad y lo obligaron a cerrar su taller. Además, mencionó el informe de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien indicó que el hombre continúa con un alto grado de vulnerabilidad y temor, al igual que integrantes de su familia.
Durante la audiencia de cesura realizada este lunes (02/11) declararon la víctima, quien también había brindado su testimonio durante el debate de responsabilidad penal, y Virginia Ansola, psicóloga de la OFAVI del Ministerio Público. También lo hicieron familiares y conocidos de los autores del hecho, por parte de las defensas particulares.
El Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler, dará a conocer la sentencia el próximo miércoles 11 de noviembre al mediodía en los Tribunales roquenses.
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Una mediación permitió resolver el contacto de una madre detenida con su hijo y autorizar viajes al exterior
El acuerdo establece comunicaciones por Zoom tres veces por semana, sujetas a las condiciones del establecimiento penitenciario. También contempla una autorización para que el padre pueda viajar con el niño fuera del país hasta que cumpla 18 años.

Una mujer que se encuentra privada de su libertad en General Roca acordó, mediante una mediación, un nuevo régimen de comunicación con su hijo. El entendimiento establece que podrán mantener contacto a través de videollamadas por Zoom tres veces por semana, de acuerdo con las condiciones del establecimiento penitenciario.
El encuentro se realizó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) de Roca. El padre participó de manera presencial, mientras que la madre intervino por videollamada desde el establecimiento donde permanece alojada. El proceso estuvo dirigido por una mediadora oficial.
El objetivo fue modificar un régimen de comunicación acordado anteriormente y establecer una modalidad que permitiera sostener el vínculo entre la mujer y su hijo, pese a las limitaciones derivadas de su situación de detención.
Durante la audiencia, el padre manifestó su conformidad con que el niño mantenga contacto con su madre y propuso dos franjas horarias por la tarde para realizar las comunicaciones: de 17 a 18 o de 18 a 19, según su disponibilidad laboral.
La puesta en marcha del régimen dependerá de las disposiciones del establecimiento penitenciario. Su Centro de Monitoreo deberá coordinar los días, horarios y enlaces de las videollamadas mediante una plataforma digital.
La mediación también permitió resolver otra cuestión familiar: la madre otorgó una autorización general para que el niño pueda salir del país acompañado por su padre hasta alcanzar la mayoría de edad. Como parte del acuerdo, el hombre se comprometió a informar las fechas y los destinos de cada viaje.
Las partes solicitarán la homologación judicial del acuerdo para formalizar la autorización de viaje y poner en funcionamiento la nueva modalidad de comunicación. Hasta que se concrete ese trámite, continuará vigente el régimen anterior.
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Buscó recuperar el vínculo con su hermano menor y logró un acuerdo para volver a verlo
El joven, mayor de edad, solicitó una mediación para retomar el vínculo con su hermano, que vive con su madre. Acordaron encuentros presenciales dos veces por semana y llamadas telefónicas.

Un joven mayor de edad que vive con su padre recurrió a una mediación para retomar el vínculo con su hermano menor, que reside con su madre en el Alto Valle. La iniciativa permitió alcanzar un acuerdo para establecer encuentros y sostener el contacto entre ambos. A diferencia de los regímenes de comunicación más habituales, que organizan la relación entre progenitores e hijos, en este caso el pedido partió del propio joven y tuvo como eje el vínculo fraterno.
El acuerdo se alcanzó con la madre del niño. Ambas partes participaron del procedimiento con asesoramiento letrado de la defensa pública de mediación.
La particularidad del caso está en quién impulsó el trámite y con qué finalidad. No se trató de organizar la comunicación de una madre o un padre con su hijo, sino de establecer las condiciones para que dos hermanos que viven en hogares distintos pudieran compartir tiempo y mantener contacto frecuente. Esa fue la cuestión que se abordó durante la mediación prejudicial.
El acuerdo contempló encuentros presenciales dos veces por semana, los martes y domingos, en espacios públicos que las partes coordinarán con anticipación. También previó llamadas telefónicas cuatro días a la semana. De esta forma, el régimen combina momentos de encuentro personal con otras oportunidades de comunicación entre los hermanos.
Durante los tres primeros encuentros estará presente la madre. Después, el tiempo compartido se desarrollará entre ambos hermanos, sin la compañía del padre del hermano mayor, de acuerdo con lo establecido. Si por alguna circunstancia excepcional no se pudiera concretar una reunión, las partes deberán comunicarse previamente para reorganizarla.
También se contempló la voluntad del niño en las conversaciones telefónicas. La madre asumió el compromiso de atender las llamadas y, si el niño no desea hablar en alguna ocasión, deberá informárselo a su hermano y señalarle cuándo podrá volver a comunicarse.
Además de acordar encuentros y comunicaciones, el hermano mayor y la madre del niño asumieron compromisos sobre su trato. Pactaron mantener una relación cordial y respetuosa en los asuntos relacionados con el régimen, y no trasladar al niño las diferencias o los conflictos que pudieran surgir entre las personas adultas.
La mediación fijó pautas específicas para la relación entre los hermanos y las partes ratificaron lo acordado con asesoramiento legal.
El procedimiento se desarrolló en el marco del servicio de Mediación del Poder Judicial, con la intervención de una mediadora oficial de su plantel y una comediadora. Ambas partes contaron con asesoramiento letrado de dos defensoras adjuntas especializadas en mediación. La reunión tuvo lugar en Cipolletti.






