Río Negro
Río Negro cerró 2018 con seis nuevas áreas hidrocarburíferas adjudicadas
El objetivo es ampliar las reservas de gas y petróleo. Habrá una inversión de U$S 68.000.000 en los próximos cinco años.

El gobierno provincial adjudicó en diciembre pasado a las compañías President Petroleum y Petrolera Aconcagua Energía la concesión de explotación de seis áreas hidrocarburíferas con planes de inversión millonarios. En ambos casos será en asociación con la empresa estatal EDHIPSA, para efectuar actividades valorizadas en más de U$S 68.000.000 durante el próximo quinquenio.
Las áreas adjudicadas son Catriel Oeste, Catriel Viejo, Loma Guadalosa, Tres Nidos, que fueron adjudicadas por decreto 1523/18 a Petrolera Aconcagua Energía; y Las Bases y Puesto Prado, a President Petroleum, por decreto 1507/18; ambas en el marco de una licitación pública internacional.

Se trata de áreas que en su momento no fueron renegociadas por lo que sus contratos vencieron y volvieron al Estado Provincial. El secretario de Energía, Sebastián Caldiero, explicó que “lo que hicimos fue lanzar una convocatoria pública que tuvo un gran interés por parte de las empresas. De hecho, hubo una decena de compañías de primera línea que adquirieron pliegos y, en el caso de las ofertas recibidas, en todos los casos estuvieron por encima de las condiciones mínimas que establecimos”.
Sobre las inversiones previstas para los primeros cinco años de concesión, el funcionario contó que “son compromisos firmes de inversión en nuestro territorio que tendrán un impacto directo e inmediato en la producción y en la recaudación impositiva, así como en la generación de mano de obra rionegrina y en la contratación de empresas que funcionan en nuestra Provincia”.
Los acuerdos establecieron la exigencia a las empresas de efectuar el pago de un bono fijo de dinero en efectivo para la Provincia de unos U$S 16.900.000, que se está haciendo en forma desdoblada. Del total, las compañías ya pagaron el 72% de lo establecido, restando la cancelación de poco más de U$S 4.200.000 que llegarán durante el transcurso del año.
Los dos acuerdos establecen que la empresa provincial EDHIPSA participe en los bloques adjudicados en un 10% de los derechos y obligaciones que se cedieron. Es por ello que el decreto previó que tanto President como Aconcagua firmen un contratro de Unión Transitorio de Empresas (UTE) con EDHIPSA, lo cual les permite comenzar con la actividad en los bloques.
En el caso de President Petroleum, el acuerdo establece que la empresa explotará Puesto Prado y Las Bases, donde ejecutará inversiones cercanas a los U$S 29.000.000, muy por encima de lo establecido como mínimo en la licitación. “Entre las inversiones destacadas se puede señalar que harán tres pozos exploratorios, cuatro pozos nuevos y pondrán en marcha una planta de tratamiento de gas, además de dar continuidad con trabajos de reparación a la explotación productiva del área”, precisó Caldiero.
El titular de Energía también se refirió a las cuatro áreas adjudicadas a Petrolera Aconcagua donde “esperamos que realicen otros cuatro pozos exploratorios, seis pozos nuevos y una gran cantidad de reparaciones de los pozos existentes, que necesitan un acomodamiento para poder incrementar su producción”. “Aquí, las inversiones serán por más de U$S 39.000.000, siendo el 70% de las mismas en Catriel Oeste y Catriel Viejo”, añadió.
A la hora de evaluar el proceso, Caldiero reconoció que “fue muy satisfactorio ya que al momento de establecer las condiciones del pliego se plantearon objetivos altos y exigentes, considerando no sólo la inversión productiva sino la vinculada a la preservación y remediación del ambiente, así como la situación de los superficiarios del lugar, para quienes también se previó un importante reconocimiento dinerario”.
Por caso, CIC, la anterior operadora de las áreas adjudicadas a President dejó una deuda de $21.000.000 con una decena de superficiarios de tierras donde se realizan las actividades por parte de la concesionaria. Caldiero destacó que «por una decisión gubernamental, se incluyó esta cancelación como una obligación adicional a todo aquel que quisiera licitar por las áreas Puesto Prado y Las Bases».
Río Negro
Río Negro se consolida como el destino más elegido del invierno argentino
En todo el país se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones.

Río Negro fue la provincia más elegida durante las vacaciones de invierno 2026, con Bariloche alcanzando hasta un 90% de ocupación hotelera y consolidándose una vez más como el principal destino del turismo invernal argentino, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
Las vacaciones de invierno 2026 concluyeron con un saldo positivo para el turismo nacional. De acuerdo con el informe de CAME, se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones. En un contexto marcado por un escenario económico desafiante y por factores atípicos como el Mundial de Fútbol, los destinos de nieve y montaña fueron los más demandados, consolidando a Río Negro como la principal elección de quienes viajaron durante el receso.
Bariloche volvió a posicionarse como el destino más elegido del país, con niveles de ocupación hotelera de hasta el 90%. Las intensas nevadas registradas durante la segunda quincena de julio, sumadas a la calidad de sus centros de esquí, su amplia oferta turística y un nivel histórico de conectividad aérea, permitieron que la ciudad encabezara una vez más la temporada invernal. Al mismo tiempo, Río Negro se ubicó entre los principales destinos receptores de turismo internacional, con una importante llegada de visitantes brasileños y de otros países no limítrofes, lo que contribuyó a sostener una alta ocupación en toda la provincia.
El buen desempeño también se reflejó en el resto del territorio rionegrino. Playas Doradas alcanzó un 90% de ocupación, Viedma y el Valle llegaron al 80%, mientras que Las Grutas, San Antonio Oeste y San Antonio Este registraron un 70%, con propuestas vinculadas a la naturaleza, la gastronomía y las actividades recreativas, según consigna el informe de CAME.
La secretaria de Turismo de Río Negro, María Sol Canalda, señaló que «que Río Negro haya sido uno de los destinos más elegidos durante estas vacaciones de invierno, liderando las búsquedas en los principales portales de viajes y registrando un nivel histórico de conectividad aérea, demuestra que el trabajo previo a la temporada está dando resultados. Estos indicadores reflejan la confianza de los viajeros en nuestros destinos y el enorme esfuerzo que realizan municipios, prestadores y trabajadores del turismo para ofrecer experiencias de calidad. Nuestro desafío ahora es consolidar este crecimiento, atraer más inversiones, mejorar la competitividad y seguir posicionando a Río Negro como uno de los grandes destinos turísticos de la Argentina durante todo el año».
Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia de Turismo Río Negro (ATUR), Diego Piquín, destacó que «el trabajo entre el sector público y privado, junto con la diversidad y la calidad de la oferta en cada una de nuestras regiones, nos permite seguir siendo una gran opción para miles de visitantes que nos eligen año tras año».
El informe de CAME también señala que durante las vacaciones viajaron 4,6 millones de personas, un 5,9% más que en 2025, de las cuales 4,2 millones fueron turistas nacionales y 400.000 visitantes extranjeros. El impacto económico alcanzó los $2,12 billones (US$1.412 millones), con un crecimiento real interanual del 2,5%. La estadía promedio fue de cuatro días y el gasto diario por persona llegó a $115.115. Mientras varios destinos de la Costa Atlántica registraron una temporada moderada, el turismo de nieve, encabezado por Bariloche, lideró las preferencias de los viajeros en todo el país.
Río Negro
¿Sabés las diferencias entre el matrimonio y la unión convivencial?
Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente.

Aunque muchas veces se los confunde, el matrimonio y la unión convivencial no son lo mismo. Ambos permiten reconocer legalmente una relación de pareja, pero cada uno tiene requisitos, derechos y efectos diferentes. Desde el Registro Civil de Río Negro se recuerda que conocer estas diferencias es fundamental para que cada persona pueda elegir la opción que mejor se adapte a su proyecto de vida.
Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente. En cambio, para registrar una unión convivencial es necesario acreditar al menos dos años de convivencia.
También cambian algunos de los derechos que genera cada vínculo. El matrimonio, por ejemplo, reconoce el derecho a heredar entre los cónyuges y, en determinadas situaciones previstas por la ley, permite solicitar alimentos después de un divorcio. La unión convivencial no otorga esos mismos derechos.
Además, para inscribir una unión convivencial ambos integrantes deben ser mayores de 18 años y declarar un mismo domicilio de convivencia. En el caso del matrimonio, las personas pueden tener domicilios diferentes antes de la celebración y existen excepciones previstas por la ley para quienes son menores de edad.
Tanto el matrimonio como la unión convivencial permiten acceder a beneficios como la incorporación a una obra social o el reconocimiento para una pensión, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en cada caso.
Quienes tengan dudas o quieran conocer cuál de estas opciones se ajusta mejor a su situación pueden acercarse a la delegación del Registro Civil más cercana, donde recibirán asesoramiento y la información necesaria para realizar el trámite.
Judiciales
El STJ confirmó un amparo y ordenó agilizar la entrega de una silla de ruedas y pañales para un niño con discapacidad
La obra social argumentó que los trámites administrativos seguían su curso, pero el STJ entendió que ello no justificaba las demoras.

Un niño con discapacidad necesitaba una silla de ruedas especial. La obra social nunca negó la cobertura, pero ante los reclamos sostenía que el trámite seguía su curso. Algo similar ocurría con los pañales: la familia reclamaba que no respondían a las indicaciones médicas ni a las necesidades concretas del menor.
Frente a esa situación, la madre promovió una acción de amparo. Un juzgado hizo lugar parcialmente al planteo y ordenó a la obra social estatal entregar la silla de ruedas y los pañales con las características y el talle prescriptos por los profesionales tratantes. La Fiscalía de Estado apeló esa decisión en representación de la obra social, pero el Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo.
En la apelación, la provincia sostuvo que nunca había negado las prestaciones. Explicó que la discusión estaba vinculada con «los plazos propios del régimen de contrataciones públicas y los requerimientos de auditoría médica», y no con un rechazo de la cobertura. También señaló que la silla de ruedas se encontraba en trámite y que las prestaciones habían sido autorizadas.
El Superior Tribunal entendió que esos argumentos no alcanzaban para modificar la sentencia. Señaló que la obra social puso el acento en los procedimientos administrativos, pero no logró rebatir los fundamentos centrales del fallo de primera instancia.
En relación con los pañales, el STJ advirtió que el informe presentado por la auditoría médica describía las características generales del producto que entregaba la obra social, pero no analizaba la situación específica del niño. Además, observó que la propia auditoría reconocía que el cambio de talle todavía estaba pendiente.
La sentencia también valoró que la madre había informado una mejoría en el cuadro de dermatitis de su hijo luego del cambio de marca y remarcó que esa circunstancia «no fue rebatida con un examen médico propio y específico de la demandada». En ese contexto, concluyó que una evaluación técnica general no era suficiente para desplazar las necesidades concretas acreditadas en el expediente.
El STJ descartó que la sentencia implicara una intromisión en el funcionamiento de la obra social. Explicó que la exhortación para que la obra social actúe «en forma diligente, rápida y oportuna» no modifica el régimen de contrataciones ni los procedimientos de auditoría interna, sino que «se limita a instar una mayor diligencia administrativa, sin imponer modalidad, plazo ni procedimiento específico». Esa medida, concluyó, no representa una extralimitación de las competencias judiciales.
La sentencia recordó que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y que el Estado debe brindarles una protección reforzada. En ese sentido, afirmó que las políticas públicas deben garantizar «el nivel de vida más alto posible», especialmente en materia de salud, rehabilitación e integración social.





