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Ratificaron la condena al «Tano» Gigli

Deberá cumplir con una pena de 19 años de prisión, ya que todas las instancias de revisión están agotadas.

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Esta mañana (13/02) el fiscal Luciano Garrido informó que el recurso de queja presentado por la defensa particular de Octavio Gigli en el Superior Tribunal de Justicia, fue rechazado.

“Rechazar in limine la queja plateada por el imputado y sus letrados defensores, por su manifiesta improcedencia y para evitar un dispendio jurisdiccional inútil”, expresa la resolución del lunes pasado.

Más adelante, en el acuerdo los jueces del Superior Tribunal de Justicia, explican que “dado que la invocación genérica de garantías constitucionales, sin procurar vincularlas con lo ocurrido específicamente en el legajo, resulta ineficaz para la demostración del supuesto habilitante que esgrime la defensa, a la luz del Art. 242” de la Ley 5020.

“Además, la recurrente no se hace cargo de las respuestas dadas por el Tribunal de Impugnación a los agravios que luego reitera, lo que pone en evidencia el carácter genérico de la crítica. En este sentido, basta repasar cada planteo: a) los cuestionamientos a la recusación de los miembros del Tribunal de Impugnación fueron rechazados por este Cuerpo, atento a la Sentencia 27/18 Ley 5020; b) el agravio vinculado con el cambio de calificación jurídica de los hechos realizado en la audiencia de formulación de cargos se encuentra precluido (a lo que cabe agregar que ni siquiera fue acogido por el juzgador en su subsunción de los hechos); c) el ofrecimiento de prueba ante el Tribunal de Impugnación era inadmisible por no encuadrar en el Art. 239 del código adjetivo y no se dedujo revocatoria ante la negativa, decisión esta adecuada al ordenamiento jurídico y a la postura de este Cuerpo al respecto; d) hubo un tratamiento apropiado de las cuestiones probatorias y se demostró la razón suficiente al valorar la prueba indiciaria para arribar a una sentencia de condena, en cumplimiento del doble conforme exigible; e) el resguardo del lugar del hecho se verificó sobre la base de diversos testimonios que acreditaron la permanencia de una consigna policial y se aclaró la temática de la existencia de pisadas, y f) se brindaron consideraciones fundadas sobre la rotura de la faja de seguridad de una camioneta perteneciente al imputado, que alejan toda duda sobre la custodia de la prueba”, detalló el Superior Tribunal de Justicia.

De esta manera, las instancias de revisión ordinarias y extraordinarias provinciales respecto de la condena por el “homicidio simple” de Guillermo Martínez, con una pena de 19 años de prisión, están agotadas y la sentencia se encontraría firme.

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Circulaba por la banquina, se le desprendió un carro y chocó un auto: Condenan la conducta imprudente

Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

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Un hombre transitaba en su Renault 12 por el acceso a Luis Beltrán junto a su esposa y su hijo. En una recta de la Ruta Provincial Nº 7, el auto fue embestido por un carretón que se soltó de una camioneta. La Ford F-100 circulaba por la banquina derecha, en el mismo sentido que el auto. Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios iniciada por el hombre. La acción se presentó después de que el conductor de la camioneta incumpliera sus promesas de pago. La demanda incluyó a la aseguradora.

Durante el trámite judicial, el hombre declaró que utilizaba el Renault 12 para tareas cotidianas y para comprar mercadería para su comercio. Después del accidente, y ante la imposibilidad de adquirir otro vehículo, dejó la actividad comercial. Por esta razón, comenzó a trabajar como albañil.

El conductor de la camioneta negó su responsabilidad. Alegó que el carro se encontraba detenido sobre la banquina y atribuyó negligencia, impericia y exceso de velocidad al otro conductor. La aseguradora también rechazó la demanda, sosteniendo que el accidente fue responsabilidad exclusiva del demandante. Según su versión, colisionó de manera imprudente contra un carro inmóvil.

Como prueba, el hombre damnificado presentó un informe de la Comisaría 19°. Al día siguiente del accidente, el conductor de la camioneta ya había reconocido que el carro que remolcaba se desenganchó e impactó contra el Renault.

Una pericia accidentológica determinó que el siniestro ocurrió cuando el carro remolcado por la camioneta se soltó y cruzó hacia el carril contrario, donde impactó con el auto.

La jueza concluyó que la versión de los hechos presentada por el conductor del auto fue coherente, probada y verosímil, y que la responsabilidad del siniestro recayó exclusivamente en el demandado. Rechazó la defensa basada en culpa de la víctima y caso fortuito. Consideró que no existía prueba suficiente para demostrar una conducción negligente del hombre.

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La Justicia intervino por presunto caso de grooming en la ESRN 116

Una estudiante afirmó haber recibido comunicaciones inapropiadas por parte de un docente.

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Foto: Archivo.

La Fiscalía Nº 5 tomó intervención ante un posible caso de grooming que se habría registrado en la Escuela Secundaria Río Negro (ESRN) Nº 116, ubicada en el barrio Noroeste de General Roca. La denuncia fue de una estudiante hacia un docente.

Según informaron fuentes del Ministerio Público Fiscal (MPF), la investigación está en su etapa inicial y se analizarán los elementos recogidos para definir los pasos procesales a seguir. La comunidad educativa atraviesa un momento de profunda conmoción e incluso los estudiantes realizaron una sentada para manifestar su descontento con lo que describen como falta de respuestas institucionales, y para exigir asimismo que se active el protocolo de protección ante acoso digital.

La denuncia señala que el docente en cuestión habría enviado mensajes digitales inapropiados a una alumna del establecimiento. Ya se entregaron capturas de las conversaciones que la víctima mantuvo con el docente, y afirmaron que las autoridades de la escuela no actuaron cuando los hechos ocurrieron inicialmente.

El delito de grooming está tipificado en el Artículo 131 del Código Penal argentino, el cual establece una pena de 6 meses a 4 años de prisión para quien contacta a un menor vía medios digitales con fines sexuales.

La causa sigue su curso y la Fiscalía aguarda la designación de nuevas medidas de investigación en las próximas horas. Mientras tanto, la comunidad educativa permanece en alerta, reclamando protección y transparencia en el avance del proceso.

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Violencia de género: Un policía de Roca irá a juicio por balear a su pareja

El hecho ocurrió en mayo pasado pero la victima lo hizo público en redes sociales y exige Justicia.

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Un policía de Roca fue acusado por lesiones graves agravadas por la relación de pareja y mediando violencia de género, en concurso real con amenazas con armas y abuso de armas, tras un grave episodio ocurrido el pasado 18 de mayo en un departamento del centro de la ciudad.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial, la audiencia de control de acusación ya se concretó y el juez admitió la calificación legal propuesta por la Fiscalía. La Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días la fecha del juicio oral, que será ante un Tribunal colegiado.

Según consta en la denuncia, el hecho investigado ocurrió cuando la víctima, una joven de 24 años, recibió una herida de bala en un pie. En aquel momento, su pareja -el efectivo policial ahora acusado- la trasladó hasta la Clínica Roca, desde donde se dio aviso a las autoridades.

En su declaración inicial, el acusado sostuvo que el arma se había disparado accidentalmente mientras la mujer se cambiaba, pero habría evidencia que apunta a una hipótesis distinta, con elementos que indicarían una agresión intencional en un contexto de violencia de género.

En los últimos días, la víctima decidió hacer pública su historia en redes sociales, relatando el calvario de maltratos físicos y psicológicos que sufrió durante la relación. Según su testimonio, el ataque ocurrió luego de una discusión al regresar de una festejo en un bar de Cervantes.

«Por suerte fue en el pie, porque me podría haber pegado en cualquier lado y matarme», contó la joven, quien además denunció que el acusado intentó manipularla para armar una versión falsa del hecho, con la colaboración de otro policía.

Actualmente, el imputado permanece en libertad, aunque pesan sobre él medidas cautelares de restricción de acercamiento.

«No puedo entender cómo alguien así puede portar un arma y seguir siendo parte de la Policía», expresó la víctima, que ahora reclama justicia y protección mientras continúa el proceso judicial.

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