Judiciales
Femicidio de Leticia: «No hay elementos para considerar que el sujeto presentara dificultades psicológicas»
El viernes continuará el juicio. El imputado cada vez más complicado.

Hoy (20/02) declararon nueve testigos en el marco del debate oral y público que se lleva adelante al enfermero Mario Bravo por el “homicidio doblemente calificado” (Art. 45, 80 inc. 1 y 11), cuya víctima fatal fue Leticia Gómez.
En primera instancia lo hizo el cuñado de la víctima, con quien la joven había realizado una denuncia en el marco de la Ley 3040 contra el ahora imputado.
Luego, el médico forense del Poder Judicial, Ariel Bustos explicitó los puntos de pericia solicitados por el fiscal del caso Luciano Garrido al momento de realizarle la autopsia a la chica. “Pudimos ubicar 12 lesiones periféricas de menor jerarquía como esquimosis en la cabeza, en el cuello, y otras de mayor jerarquía, algunas punzo cortantes, y otras cortantes. La de mayor jerarquía es una cortante en el intercostal izquierdo, que luego continúa hacia el corazón con una herida cortante que involucra hasta la cavidad del mismo. Y sigue hacia abajo perforando el diafragma y en el abdomen sobre el baso hay dos lesiones de similares características”, detalló Bustos.
Respecto de la causa de la muerte, Bustos expresó que “se debió a la pérdida masiva de sangre, sobre todo por la herida que recibió en el corazón”.
Garrido consultó al médico forense en relación a la posible mecánica de la muerte, y Bustos dijo que “es probable que la víctima haya sido sujetada por uno de los miembros del agresor y con el otro la haya agredido”.
Luego siguió la psiquiatra forense del Poder Judicial Celina Vermal, quien entrevistó al imputado junto al perito de la defensa. “No hay elementos para considerar que al momento del hecho, Bravo presentara alteraciones o dificultades psicológicas. No estamos ante un caso en el que se constituyan los elementos exhimientes de la responsabilidad penal o se configure la inimputabilidad”.
Vermal agregó que “hay un buen registro de la memoria al momento del hecho, no hay elementos de emoción violenta. El sujeto tuvo capacidad de dirección de su conducta, no fue algo intempestivo, y presentaba una adecuada capacidad de organización y de planificación”.
En relación al legajo del Juzgado de Familia, la psiquiatra expresó que “hay un antecedente y se desprende de ese documento, que este caso puede constituirse como de violencia de género, es decir, hay asimetría de poder y económica, hay una cosa obsesiva sobre ella, muchos celos, una necesidad de dominar. En la entrevista se observa que es un hombre con gran dificultad de terminar con este vínculo, basándonos en su dependencia de otros, no poder estar solo, y el uso de la violencia para resolver los conflictos”.
Le siguió el licenciado en Psicología Walter Müller, perito de parte, quien expresó que se entrevistó con el imputado en 6 oportunidades.
Pablo Romera, médico policial que trabaja para la Reginal Segunda de la Policía de Rio Negro y en comisarías, fue quien examinó a Gómez en agosto de 2017 cuando realizó la denuncia de Ley 3040, contra el acusado, y cuyas lesiones fueron certificadas como leves.
Más tarde sucedió la declaración de un vecino de la víctima fatal que tras escuchar gritos en la calle, pudo observar que a 15 metros de su ventana, se encontraba la joven y que el imputado le dijo que llamara a la policía. Este señor presentó una fotografía del momento posterior al ataque que hoy fue exhibida en la audiencia.
También se escuchó la palabra de un amigo y compañero de trabajo del imputado, con quien compartió una cena previo a que sucediera el hecho. También declaró una señora que fue testigo presencial, y finalmente una de las integrantes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la policía, quien tuvo a su cargo la investigación de las últimas 24 horas del hombre antes de que cometiera el homicidio. Fue así que se entrevistó con uno de los yernos del sujeto, con su ex-mujer y con compañeros de trabajo.
La próxima audiencia de testigos será el viernes (22/02), a las 9 de la mañana frente a los jueces Oscar Gatti, Gustavo Quelín y Daniel Tobares.
El hecho juzgado
“El 21 de junio del año pasado, alrededor de las 22:40, en la vía pública, sobre calle San Luis al 1800. En un contexto de violencia de género, el sujeto le dio muerte a su ex pareja, Leticia Gómez, con quien tenía una hija en común de 3 años. Aplicándole al menos una puñalada en la zona mamaria, herida que le provocó la muerte”, describió el fiscal Garrido en su alegato de apertura a juicio.
Judiciales
Choque fatal en la Ruta 22: Imputaron al conductor que manejaba con 2,06 de alcohol en sangre
La víctima, Ángel Lautaro Monsalve, murió tras un impacto frontal entre su moto y un auto, conducido por el imputado.

Un hombre fue formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer (15/03) a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22, a la altura de Cervantes.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 6.00 de la mañana, cuando el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste-este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el cuidado ni el dominio exigidos para circular por una Ruta Nacional.
De acuerdo a la Fiscalía, el hombre se movilizaba a unos 100 kilómetros por hora, cuando el máximo permitido en ese sector es de 80 km/h. Además, manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos por litro de sangre.
En ese mismo momento, Monsalve circulaba en una motocicleta en sentido contrario, es decir, de este a oeste. Por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario y se produjo un impacto frontal excéntrico con el sector delantero izquierdo del automóvil.
Producto de la violencia del choque, el conductor de la moto falleció en el lugar.
La Fiscalía formuló cargos por el delito de homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel superior a 0,5 gramos por litro de sangre.
Entre las evidencias reunidas hasta el momento se mencionaron el relevamiento realizado por el Gabinete de Criminalística en el lugar del hecho, el test de alcoholemia practicado al conductor, entrevistas a testigos y registros fotográficos.
Durante la audiencia, la defensa penal pública no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Respecto a las medidas cautelares, la fiscalía indicó que no se advierten riesgos procesales como entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, ya que el imputado tiene domicilio fijo, trabajo y una hija a la que mantiene.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso como medidas cautelares la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo y la obligación de no modificar su domicilio, bajo apercibimiento de revocar su libertad provisoria.
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Chocó su auto nuevo y la reparación nunca quedó bien: La Justicia condenó a la aseguradora
Además, el vehículo ingresó al taller con 42.183 kilómetros y fue entregado meses después con casi 4.000 kilómetros más.

Una mujer de General Roca que había comprado un auto cero kilómetro y contratado un seguro contra todo riesgo logró que la Justicia condenara a la aseguradora por las reparaciones defectuosas realizadas tras un choque.
El caso comenzó cuando la mujer adquirió un Renault Kwid y, para proteger su inversión, contrató una póliza de seguro. Dos años después protagonizó un siniestro vial y la compañía derivó el vehículo a un taller para su reparación.
Sin embargo, el establecimiento no contaba con habilitación municipal ni con respaldo técnico del fabricante del vehículo. Durante meses, la mujer recibió promesas sobre repuestos y arreglos que, según le indicaban, dejarían el auto en condiciones óptimas.
El vehículo ingresó varias veces al taller debido a que las fallas persistían. Los ruidos extraños y las luces de advertencia en el tablero nunca desaparecieron, lo que generó reiterados reclamos ante la aseguradora y el taller.
Tras una instancia de mediación sin resultados, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. Durante el proceso explicó que el auto ingresó al taller con 42.183 kilómetros y que tres meses después fue entregado con más de 46.000 kilómetros, es decir, con unos 3.800 kilómetros adicionales y con las mismas fallas.
La pericia mecánica determinó que las reparaciones se realizaron en distintas etapas y fuera de los parámetros sugeridos por el fabricante. Además, señaló que el taller no estaba homologado y que no existía documentación técnica que permitiera verificar las tareas realizadas.
También se estableció que el establecimiento no tenía habilitación municipal vigente. Por ese motivo, el Tribunal hizo lugar a la excepción planteada por el mecánico demandado y rechazó la demanda en su contra, ya que no era titular del taller.
Finalmente, el fuero Civil de Roca concluyó que existió un cumplimiento defectuoso de las obligaciones de la aseguradora y aplicó la responsabilidad prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo durante aproximadamente un mes y medio, la desvalorización del automotor y el daño moral ocasionado a la propietaria.
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Apareció el joven que era intensamente buscado en Roca
La búsqueda había sido iniciada luego de que fuera visto por última vez el fin de semana en el Camping Municipal.

El joven que era intensamente buscado en General Roca apareció en buen estado de salud y el Ministerio Público Fiscal confirmó que se dio por finalizado el pedido de paradero.
Se trata de Ezequiel Vázquez, de 26 años, cuya búsqueda había sido difundida por la Policía de Río Negro luego de que fuera visto por última vez entre el sábado (07/03) y el domingo (08/03) en el sector del Camping Municipal.
Tras diversas tareas realizadas para dar con su ubicación, finalmente se confirmó que el joven se encuentra en buen estado de salud.
Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal dispuso dar por finalizada la búsqueda y dejar sin efecto el pedido de colaboración a la comunidad.





