Sociedad
Juntos presentó sus fundamentos sobre la impugnación ante Weretilneck
«No existe impedimento legal para que una persona que accede al cargo de gobernador por medio de las normas que regulan la acefalía, luego tenga derecho a ser elegido por dos veces consecutivas al mismo cargo», indicaron los abogados.
Este jueves (21/02) los apoderado de Juntos Somos Río Negro, los abogados Damián Torres e Ignacio Aguirrezabala, presentaron la documentación sobre las impugnaciones presentadas por el Frente para la Victoria y Cambiemos en contra de la candidatura del gobernador Alberto Weretilneck para las elecciones provinciales.
«Sostenemos que no existe impedimento legal para que una persona que accede al cargo de gobernador por medio de las normas que regulan la acefalía (art. 180) luego tenga derecho a ser elegido por dos veces consecutivas al mismo cargo, atento a que el periodo que ejerció el cargo por reemplazo legal no se considera primer mandato», manifiesta el escrito.
«¿Cuando el art. 180 sostiene ‘En caso de fallecimiento, destitución, renuncia o inhabilidad definitiva del gobernador, antes o después de su asunción, lo reemplaza el vicegobernador hasta el término del mandato’, ¿del mandato de quién habla? No hay dudas que está hablando justamente del mandato del gobernador electo, no del que reemplaza», agregaron Torres y Aguirrezabala.
Los apoderados de JSRN recordaron que «en el caso Fellner sostuvo el Tribunal electoral de Jujuy argumentos que sustentan la postura: ‘Asimismo, se torna necesario remarcar que el primero de los períodos durante el cual se desempeñara como gobernador el ciudadano Fellner, no lo fue por un lapso de cuatro años, como lo impone la Constitución Provincial, sino por uno menor de dos años a efectos de completar el período de los mandatarios que le precedieran, por acefalía del cargo, habiendo fallecido el gobernador y renunciado el vicegobernador, ya en ejercicio de la gobernación. Entonces, cabe concluir que en esa primera oportunidad el ciudadano Eduardo Alfredo Fellner no accedió al Poder Ejecutivo como derivación de una elección popular'».
Agregan además que «el artículo 175 de la Constitución Provincial no fue pensado para el caso de acefalía, sino para una situación electoral ordinaria. La reelección es volver a ser elegido en el mismo cargo. La sucesión reciproca es cuando ambas personas (gobernador-vice) se alternan en dichos cargos».
«Se desprende del análisis de la Convención Constituyente que el convencional tuvo ese espíritu al redactar el art. 175, puesto que esta discusión se dio al incorporarse la figura del Vicegobernador y, a partir de ello, introduce el supuesto de sucesión reciproca, siempre pensando en la sucesión de “ambos funcionarios” (textuales palabras convencional Carosio)», sostienen Torres y Aguirrezabala.
«Tampoco es cierto que la interpretación que se esgrime habilitaría a candidaturas testimoniales. Rige en materia electoral los principios del respeto a la voluntad popular y la no inducción al error del electorado, por ende cualquier intento de esta naturaleza podría ser sancionado por el T.E.P. Nunca un instituto se analiza desde el abuso del mismo, sino desde la literalidad y lo que el constituyente sostuvo en los debates», agregan.
«El caso de Alberto Wereltineck claramente no encuadra en ninguna de las situaciones limitativas previstas por la norma actual. No ha sido re-elegido en ninguno de los cargos ejecutivos (gobernador y vicegobernador) y no se cumplió el supuesto de la ‘reciprocidad’ previsto por la norma constitucional como segundo impedimento para postularse a la re-elección.
Cuando la ley electoral en el artículo 125 habla de formula completa habla de la forma de elección de gobernador y vice (no podría un elector elegir a Weretilneck y Odarda o Soria y Carreras). Así lo dijeron los constituyentes cuando sostuvieron que ambos funcionarios provengan del “mismo proyecto político”. Ahora bien, ambos cargos son distintos, cada uno tiene sus funciones asignadas (uno titular poder Ejecutivo otro Legislativo) y las inhabilidades e incompatibilidades son personales. Si se cayera uno de los dos integrantes de la formula no por ello se caería el otro. Es por ello que no es cierto que el gobernador y vicegobernador son inescindibles», indica el escrito.
«Tampoco es verdad que esta interpretación conlleve la perpetuidad en el cargo de Weretilneck. Si resulta electo en 2019, en el 2023 no puede presentarse para ninguno de ambos cargos (gobernador y vice). Alli si se daría el supuesto de re-elección», añaden.
«Por último el sistema debe siempre tender a habilitar la mayor cantidad de participantes en un proceso electoral. Este principio, por lo demás, tiene acogida en el sistema internacional de derechos humanos», concluyeron los apoderados de JSRN.
Roca
Inauguraron un nuevo comercio mediante la habilitación municipal virtual
Se trata de un local gastronómico, que está ubicado en Avenida Roca casi Canalito.
Ayer por la tarde (19/12), la intendenta María Emilia Soria acompañó la inauguración de un nuevo local comercial gastronómico en la ciudad, a través de la habilitación municipal tramitada en forma digital a través de la plataforma virtual.
El nuevo comercio, dedicado a la elaboración y venta de tequeños y sus variedades, está instalado en Avenida Roca 1328, entre Yrigoyen y 25 de Mayo.
El joven emprendedor de «TequeRoca» abrió sus puertas para la venta de esta comida originaria de Venezuela que consiste de un queso especial envuelto en masa, acompañado con salsas a gusto.
A la fecha, el sistema de habilitaciones ya cuenta con casi 800 trámites online de comerciantes que realizan sus licencias por este medio. Para adherir a esta modalidad, se puede ingresar a https://st1habcommgr.sistemasng.com/.
El Municipio inaugurará mañana sábado (21/12) a las 17 horas el primer Parque Acuático de la ciudad, que está ubicado en el balneario municipal Apycar.
Este nuevo espacio recreativo contará con diversas atracciones para el disfrute de vecinos y turistas, consolidando el balneario como un destino ideal para la temporada estival.
Actualmente, y finalizada la instalación de los juegos para los más chiquitos en la margen sur del piletón, se está trabajando en la torre acuática y el tobogán de tres cuerpos.
El parque está dividido en dos sectores con juegos diseñados para todas las edades. En el margen norte se instalará una torre triple acuática, apta tanto para niños como para adultos. Mientras tanto, en el margen sur se dispondrán cuatro juegos acuáticos interactivos: una flor aspersora, una palmera aspersora, un bosque acuático y una cascada, ideales para el entretenimiento de los más pequeños/as.
Sociedad
Seguro de hogar: ¿Qué es y cómo elegir el adecuado?
Conocé qué cubre un seguro de hogar y cuáles son sus ventajas. Además, descubrí los mejores tips para elegir el adecuado.
En este artículo te contaremos todo lo que tenés que saber sobre el seguro de hogar. ¿Qué es y cuáles son sus beneficios? ¿Qué tener en cuenta al momento de elegir uno? Seguí leyendo para conocer la mejor información sobre las pólizas para el hogar.
Seguro de hogar: definición
Como su nombre lo indica, el seguro de hogar es un tipo de póliza destinado a proteger tu casa de diferentes imprevistos y siniestros. Gracias a este servicio, tu vivienda estará respaldada en caso de incendios, robos, inundaciones u otros hechos inesperados. ¿De qué manera? Contratando los servicios de una compañía de seguros que se comprometerá a indemnizar económicamente el daño producido por estos eventos. Al mismo tiempo, vos como cliente te comprometes a pagar la prima correspondiente en los tiempos establecidos.
¿Qué es un seguro de hogar, entonces? En resumidas cuentas, es un contrato que se firma entre una empresa (compañía aseguradora) y un cliente (asegurado). Allí, se establece ante qué situaciones la empresa deberá indemnizar al cliente y también el monto a abonar por el cliente para contratar el servicio.
¿Qué cubre un seguro hogareño?
Cubre diferentes tipos de siniestros dependiendo de lo firmado en el contrato. Sin embargo, es habitual que ofrezca las siguientes coberturas:
Robos y hurtos
Los seguros para la casa son fundamentales para contar con un respaldo económico antes los daños producidos por robos o hurtos. Además de cubrir eventuales daños a la estructura de la vivienda, el seguro suele cubrir tus objetos personales como electrodomésticos y artículos de valor (joyas, por ejemplo).
Incendios
El seguro de hogar es muy importante para contar con un respaldo en caso de sufrir un incendio en casa. La póliza debe cubrir cualquier daño causado por el fuego a la vivienda y a los bienes personales que se encontraban en ella. De igual manera, es común que se brinde cobertura ante explosiones por fuga de gas u eventos desafortunados.
Inundaciones y rotura de caños
La póliza hogareña también sirve para estar respaldado ante inundaciones u otros daños causados por el agua por diversos motivos: rotura de cañerías, deterioro de tanques o bombas, caída de granizo.
Catástrofes naturales
Es necesario saber que las pólizas de vivienda también deben respaldarte en caso que tu hogar sea víctima de una catástrofe natural. En tal sentido, la póliza abarca diferentes fenómenos como tormentas, ciclones, tornados o huracanes.
Por otro lado, algunas empresas de seguros brindan cobertura para los costos de limpieza o retiro de escombros después de incendios o inundaciones. Sumado a eso, pueden cubrir los gastos de hospedaje temporal cuando la vivienda queda inhabitable.
Daños a electrodomésticos
En la actualidad, es habitual que los seguros de hogar también cubran los daños a tus equipos electrónicos como notebooks, televisores, heladeras y más. En algunos casos también ofrecen servicios de asistencia como técnicos electricistas, gasistas, plomeros u otro tipo de profesionales.
¿Cuáles son los beneficios de tener un seguro de hogar?
Contar con un seguro para el hogar trae muchos beneficios, pero principalmente brinda tranquilidad y seguridad para vos y tu familia:
Tranquilidad
Contratar un seguro para tu casa te ayudará a reducir el estrés y disfrutar tu hogar sabiendo que estás respaldado ante cualquier imprevisto. Así mismo, podrás afrontar mejor cualquier situación negativa que sufras en tu vivienda: tendrás el respaldo económico para afrontar gastos y reparaciones y también ahorrarás mucho tiempo en cuestiones burocráticas. La compañía aseguradora se ocupará de todos los trabajos de reconstrucción y de enviar a los profesionales adecuados.
Seguridad
Por otro lado, un seguro de vivienda ofrece más seguridad para vos y tus seres queridos. Además de tener cobertura en caso de robos o hurtos, este tipo de pólizas suele incluir elementos adicionales para la prevención de delitos, como cámaras de seguridad o alarmas. Sumado a eso, podrás reparar rápidamente cualquier daño a puertas o ventanas que signifique un mayor peligro.
¿Cómo elegir el seguro adecuado para tu hogar? Consejos prácticos
Para elegir el seguro de hogar adecuado para tu vivienda es importante tener en cuenta algunos aspectos. A continuación, te compartimos algunos consejos prácticos para ayudarte a elegir el tuyo:
1- Definir cuáles son tus necesidades
Antes de contratar un seguro es necesario tener en claro para qué necesitás la póliza. Para eso es conveniente evaluar tus necesidades actuales y a qué peligros se encuentra expuesto tu hogar. ¿Vivís en una zona propensa a inundaciones o tormentas? ¿Hay muchos hechos de inseguridad en tu barrio? En base a eso, podrás elegir el seguro que ofrezca las coberturas más adecuadas para tus urgencias.
2- Fijar un presupuesto y realizar un análisis de mercado
Una vez que tengas bien claras tus necesidades, es momento de establecer un presupuesto realista para el pago del seguro de hogar. ¿Cuánto dinero por mes podés destinar al pago del seguro? Además, es recomendable hacer una análisis de mercado de compañías aseguradoras y elegir la que te parezca mejor en relación precio-calidad.