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Río Negro

Pondrán bajo riego 1800 hectáreas en el oeste de Río Negro

Es una obra de riego que se financió a través del Plan Castello.

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“Hoy se realizó la última licitación del Plan Castello, que permitirá poner bajo riego 1.800 nuevas hectáreas en el oeste rionegrino. Un acto histórico y cargado de simbolismos en si mismo porque es una síntesis de nuestro gobierno: Planificación, estrategia, pensamiento a futuro, desarrollo de las potencialidades de nuestra provincia”, declaró el legislador Alejandro Palmieri, presidente del bloque de Juntos Somos Río Negro, al culminar el acto en Campo Grande.

Se presentaron 5 empresas (con propuestas que fueron de los 203 a los 308 millones de pesos), “lo cual habla a las claras la confianza que hay en esta provincia de parte de los empresarios”.

“Desde la época del Dique Ballester que no se encara en la provincia una obra de riego de este tipo, con tecnología de avanzada, un adecuado cuidado del medioambiente y un aprovechamiento eficiente de los recursos, que se va a traducir en más actividad económica y en generación de empleo para la región”, resumió.

Esta última licitación, para la dirigencia de Juntos, tiene un significado particular porque “los que hoy se presentan ante los rionegrinos como una opción para gobernar la provincia, son los mismos que se opusieron desde el principio a todas estas obras por mezquindad política. Son los que boicotearon y bastardearon este plan desde sus inicios. Decían que ninguna de estas obras eran ciertas, o que no teníamos un plan de gobierno. Tuvimos que escucharlos diciendo que ningún mercado financiero serio le iba a prestar fondos a una provincia como Río Negro. El tiempo rápidamente demostró que estaban totalmente equivocados. Nuestra provincia no solo logró el financiamiento sino que lo hizo a plazos y tasas de interés más beneficiosas que otras provincias argentinas. Y hoy con todas y cada una de las 25 obras licitadas, el Plan Castello es más realidad que nunca”.

Palmieri destacó además el impacto económico de todas las obras en marcha, que trepa a $4.000 millones en obra pública en ejecución en forma simultánea, “y esto ubica a Río Negro entre las 9 primeras provincias del país y la primera en la Patagonia, en ejecución de obra pública del país en estos momentos”.

“Tomamos un rumbo muy distinto al que han seguido los que sólo se dedican a poner palos en la rueda sin importarles en lo más mínimo lo que necesitan los rionegrinos. Claramente somos muy distintos», enfatizó.

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Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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