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Judiciales

La producción de la industria pyme cayó 8,8% en enero

Descendió 4,7% si se la compara con diciembre.

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El sector no tuvo un buen inicio de año y bajó por noveno mes consecutivo. El uso de la capacidad instalada se redujo a 52,9% y sólo 27,5% de las empresas consultadas crecieron. El descenso en la demanda interna fue muy fuerte y las exportaciones no repuntan por lo que no ayudan a compensar la debilidad del mercado interno. A pesar de la crisis de producción, los empresarios proyectan un dólar tranquilo este año, en torno a $ 49,8 para diciembre.

La producción de las pymes industriales cayó 8,8% en enero frente a igual mes del año pasado y 4,7% cuando se la compara con diciembre (sin desestacionalizar).

Los datos surgen de la Encuesta Mensual Industrial de CAME entre 300 industrias pymes del país. El Índice de Producción Industrial Pyme (IPIP) registró un valor de 78,2 puntos en el mes, un nivel 18% inferior que el alcanzado, por ejemplo, en enero de 2012.

En la comparación contra enero de 2018, el declive se acentúa porque se compara contra un mes donde la actividad había crecido 3,4%, arrancando aquel año con buenas perspectivas.

Las bajas más acentuadas en la comparación anual se dieron en “Material de transporte” (-17,7%), “Productos de madera y muebles” (-16,5%), “Calzado y marroquinería” (-15,5%), “Productos eléctrico-mecánicos, informática y manufacturas varias” (-14%), “Productos minerales no metálicos” (-13,3%), “Productos de caucho y plástico” (-10,6%), “Productos de metal, maquinaria y equipo” (-8,9%), “Productos textiles y prendas de vestir” (-8,4%), “Productos químicos” (-6,0%), “Papel, cartón, edición e impresión” (-5,9%), y “Alimentos y Bebidas” (-1,2).

La realidad dentro de cada subsector de esos rubros ha sido muy heterogénea. Según Daniel García, presidente de la Cámara Argentina de Fabricantes de Luminarias Eficientes y Domótica (CAFLED), en su ramo las empresas trabajaron en enero al 30% de su capacidad instalada, y por ahora no se vislumbra un cambio de tendencia. Es que “las importaciones provenientes principalmente desde China, están complicando nuestra situación”, advierte.

En enero el 57% de las industrias consultadas finalizaron con descensos en la producción anual (53,2% en diciembre y 50,6% en noviembre), el 27,5% tuvo aumentos (39,3% en diciembre y 41,2% en noviembre) y 15,5% se mantuvo sin cambios. Son muy pocas las industrias que progresan.

Bajó la cantidad de industrias con rentabilidad: 30,6% frente al 33,5% de diciembre. En cambio, 31% tuvo rentabilidad negativa y 38% nula. Muchos empresarios continuaron liquidando stocks por debajo del precio de equilibrio para generar liquidez. Los compromisos financieros e impositivos son uno de los principales obstáculos que enfrenta el empresario, con presiones constantes para cumplir con sus pasivos sin posibilidad de hacerlo con el flujo de ingresos que está generando el negocio. Un factor que atenuó, fue la disminución de la carga impositiva en los sectores calzado, textil y marroquinería donde los empleadores recibieron un descuento de $ 12 mil de la base imponible del cálculo de las alícuotas por aportes patronales en los salarios.

Las perspectivas hacia adelante no terminan de consolidarse: sólo 25% de las empresas cree que la producción de su firma aumentará en los próximos seis meses, en función de cómo vienen los pedidos y el mercado.

Como dato positivo, las expectativas sobre el dólar, una variable sensible para el productor, se mantuvieron estables: el promedio de los industriales espera que se ubique en $ 49,8 a fin de año.

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Judiciales

Fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era buscada en Roca

La joven de años se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º.

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La Fiscalía de turno de General Roca informó que fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era intensamente buscada.

Según la información difundida por el Ministerio Público de Río Negro, la joven se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º. Está en buen estado de salud.

Las autoridades agradecieron a la comunidad por su apoyo y dieron por finalizado el protocolo de búsqueda de paradero.

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Judiciales

La Justicia condenó a YPF a indemnizar a un distribuidor de Roca

El fallo consideró justificada la rescisión del contrato por parte del distribuidor y ordenó el pago de una indemnización.

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Durante más de una década, un distribuidor oficial de productos YPF construyó su negocio en Roca. La relación comercial comenzó con la venta de lubricantes y, con el paso de los años, la empresa familiar se convirtió en una de las más reconocidas de la red. El contrato lo obligaba a comercializar exclusivamente productos de la petrolera.

Con el tiempo, el escenario cambió. La empresa de energía incorporó a otro distribuidor en la misma zona. Así, el hombre comenzó a recibir menos bonificaciones y sufrió restricciones en el abastecimiento de mercadería. La menor disponibilidad de productos redujo su capacidad para competir y afectó sus ventas.

La situación se agravó cuando también asumió la distribución de productos en Bahía Blanca. Aunque se trataba de una operación distinta, los problemas financieros de esa actividad comenzaron a repercutir sobre el negocio que desarrollaba en Río Negro. La empresa vinculó ambas operaciones mediante una única cuenta corriente y las dificultades de una terminaron condicionando el funcionamiento de la otra.

Con menos mercadería disponible y condiciones comerciales desfavorables, el negocio se deterioró de manera progresiva. Finalmente, el distribuidor dio por terminado el contrato mediante una carta documento y responsabilizó a YPF por haber incumplido obligaciones esenciales de la relación comercial.

Luego recurrió al Poder Judicial y presentó una demanda en el fuero Civil de Roca. Pidió que se declarara justificada la resolución del contrato por los incumplimientos de YPF y que se la condenara a indemnizar los daños ocasionados. La jueza hizo lugar al planteo, consideró válida la decisión del distribuidor de extinguir el vínculo contractual y condenó a la empresa a pagar una indemnización.

La empresa pidió el rechazo de la demanda. Sostuvo que nunca interrumpió el suministro de mercadería y que las dificultades obedecieron a las deudas acumuladas por el distribuidor y al incumplimiento de sus compromisos comerciales. También afirmó que brindó asistencia permanente, autorizó entregas excepcionales, mantuvo bonificaciones adicionales y negó haber favorecido a otro distribuidor o haber incumplido el contrato.

La sentencia analizó la relación como un contrato de distribución celebrado por adhesión y concluyó que varias de sus cláusulas colocaban al distribuidor en una situación de desigualdad.

Mientras el comerciante estaba obligado a comercializar exclusivamente productos YPF, la empresa podía designar otros distribuidores en la misma zona. Además, el contrato le permitía otorgar bonificaciones diferentes entre distribuidores sin posibilidad de reclamo. Para la jueza, esas condiciones rompían el equilibrio contractual y resultaban incompatibles con el principio de buena fe.

El fallo también concluyó que no existió un corte total e inmediato del suministro, pero sí una restricción progresiva que afectó el desarrollo del negocio.

La magistrada entendió que YPF utilizó una cuenta corriente única para vincular las deudas generadas en Bahía Blanca con el contrato de Roca, lo que redujo la provisión de mercadería y agravó el deterioro económico del distribuidor.

Consideró que ese mecanismo desnaturalizó la autonomía de ambos contratos y configuró un ejercicio abusivo de las facultades de la empresa.

Para fijar la indemnización, la sentencia reconoció el lucro cesante por las ganancias que el distribuidor dejó de obtener y el daño extrapatrimonial por las consecuencias personales derivadas de la pérdida de una actividad que había desarrollado durante años.

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Judiciales

Despidieron a una niñera por usar el celular, pero la Justicia declaró injustificada la medida

La mujer fue despedida por el supuesto uso excesivo de auriculares y teléfono celular mientras cuidaba a una niña.

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La Cámara Primera del Trabajo de General Roca declaró injustificado el despido con causa de una trabajadora de casas particulares que se desempeñaba como cuidadora de una niña. La empleadora la había desvinculado al sostener que utilizaba de manera excesiva el teléfono celular y auriculares durante la jornada laboral, una conducta que, según afirmó, ponía en riesgo a la menor.

De acuerdo al expediente, la madre de la niña aseguró que la trabajadora permanecía buena parte del tiempo utilizando el celular, mientras que la cuidadora negó esas acusaciones y sostuvo que nunca recibió sanciones ni llamados de atención por esa conducta.

Tras ser despedida, la mujer rechazó la decisión mediante telegrama laboral y promovió una demanda para reclamar las indemnizaciones correspondientes.

Al analizar el caso, los jueces recordaron que el despido con causa solo puede aplicarse cuando existe un incumplimiento grave que haga imposible continuar la relación laboral. En ese sentido, advirtieron que la carta documento enviada por la empleadora no describía con precisión los hechos atribuidos a la trabajadora y que tampoco se aportaron pruebas que respaldaran las acusaciones.

La sentencia sostuvo que existía «ausencia de precisión y vaguedad de los incumplimientos que se le reprocha» y agregó que la empleadora tampoco acreditó «los hechos objetivos en los que funda la presunta pérdida de confianza».

Por ello, la Cámara declaró injustificado el despido y ordenó el pago de las indemnizaciones previstas por la ley para el personal de casas particulares.

No obstante, el tribunal rechazó otros reclamos de la demanda, ya que la trabajadora no logró demostrar que la relación laboral hubiera comenzado antes de la fecha registrada ni acreditó las horas extras que reclamaba.

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