Sociedad
El STJ habilitó a Weretilneck como candidato
El máximo órgano judicial provincial revocó el fallo del Tribunal Electoral.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) revocó el fallo del Tribunal Electoral Provincial (TEP), e hizo lugar al planteo de la Alianza Juntos Somos Río Negro para que se oficialice la candidatura de Alberto Weretilneck. La decisión cuenta con el voto unánime y conjunto de los 4 integrantes del STJ y la abstención -tras haber alcanzado la mayoría- del juez subrogante. En el mismo sentido había dictaminado el Procurador General.
El STJ corrige la idea expuesta en el fallo de primera instancia respecto a que el gobernador y el vice forman ambos parte del Poder Ejecutivo. El STJ sostiene que al no estar Weretilneck incurso en ninguna de las prohibiciones expresas establecidas por la Constitución Provincial, el TEP tomó atribuciones constituyentes, al crear requisitos que la Constitución no establece.
El fallo del STJ analiza pormenorizadamente cinco puntos centrales: qué premisas y límites tiene el Poder Judicial en su tarea de interpretación de las leyes; si es pertinente en Río Negro -en términos constitucionales- aplicar la noción de fórmula electoral; un análisis del artículo 175 de la Constitución Provincial, en armonía con todo el articulado de la Carta Magna; qué significa el concepto republicano y su relación con los sistemas electorales; y por último, que entiende la Constitución por acefalía.
Interpretación
Dice el fallo: “Toda norma jurídica para poder ser aplicada tiene previamente que ser interpretada. Sin interpretación no hay posibilidad de que funcione en la práctica ningún orden jurídico”. Sin embargo, la interpretación no debe “establecer lo que el intérprete estime conveniente. La interpretación es un acto de conocimiento y no un acto de voluntad creadora de preceptos jurídicos”. Además, subraya que el acto de interpretación requiere “un abordaje armónico, sistemático con otros preceptos constitucionales”.
Cita a la Corte Suprema de Justicia, al asegurar que la primera regla consiste en respetar la voluntad del legislador. Esta introducción cobra total sentido cuando más adelante el fallo sentencia que el Tribunal Electoral Provincial incurrió “en un claro exceso de las facultades de interpretación”.
Fórmula
“En el orden nacional el vicepresidente comparte la fórmula con el presidente pero no está llamado a cumplir funciones dentro del Poder Ejecutivo. El sistema le asigna una función de sucesión temporaria o definitiva”, dice el fallo del STJ. “A nivel local, el homólogo del vicepresidente es el vicegobernador. En la Provincia de Río Negro el Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano (no dos) con el título de Gobernador (art. 170 Constitución Provincial)”, asevera.
En efecto, “el texto constitucional remarca que el Vicegobernador reemplaza al Gobernador” pero “no puede inferirse de ello que el Poder Ejecutivo se integra y es ejercido conjuntamente por ambos, toda vez que el Vicegobernador es el titular de otro Poder del Estado (Legislativo, arts. 131 y 182, inc. 2)”.
“Interpretar que ambos integran el Poder Ejecutivo no solo es desconocer la tríada republicana, sino también consentir la vulneración de la división de poderes”, argumenta el STJ. Es contundente al recalcar que “no se registra en la historia constitucional del país, tanto menos de las provincias, la instauración de un Poder Ejecutivo que no sea unipersonal”.
Al analizar la Convención Constituyente, recuerda que hasta entonces el gobernador era reemplazado por un Ministro, que no había surgido del voto popular. Con la nueva Constitución, se “estableció la titularidad del Poder Legislativo en la figura del Vicegobernador y dotó a éste de la obligación constitucional de reemplazo, equiparando así las jerarquías republicanas”.
Concluye que la interpretación del Tribunal Electoral Provincial respecto a este tema “resulta equivocada desde lo estrictamente literal y desde lo histórico institucional”.
Artículo 175
Explica el STJ que “el artículo referido contempla dos supuestos diferentes con las expresiones “reelectos” o “sucederse recíprocamente”.
“En el primer supuesto se trata del caso en el que cada candidato continúa en el cargo por un nuevo período inmediato (cuando el Gobernador es reelecto como Gobernador y el Vicegobernador como Vicegobernador)”, analiza.
“El segundo supuesto implica que esa continuidad no es lineal, sino que se da una sustitución entre las figuras del Gobernador y Vicegobernador, pero en forma recíproca”, recuerda. De esta forma, “debe entenderse que no hay sucesión recíproca entre el Gobernador y Vicegobernador si no son las mismas personas las que hacen entrecruzamiento de esos cargos”.
Así, “de la primera parte del art. 175 de la Constitución Provincial sólo surgen tres supuestos distintos: 1) que el Gobernador sea reelecto como tal por un nuevo período; 2) que el Vicegobernador sea reelecto como tal por un nuevo período y 3) que haya una inversión de los cargos entre las mismas personas de forma tal que “recíprocamente” el Gobernador ocupe el lugar del Vicegobernador y éste el de aquél”.
Sin embargo, “el TEP crea un cuarto supuesto” por el cual también está limitado quien fue electo Vicegobernador y en el período siguiente electo como Gobernador. “Esta última hipótesis no está contemplada de modo expreso ni implícito en el texto del artículo 175 de la Constitución Provincial”. Concluye que el TEP se arrogó “facultades constituyentes (porque) si la intención del convencional hubiera sido la que sostiene el TEP como cuarto supuesto inhabilitante, la redacción del postulado constitucional hubiera sido otra”.
En efecto, si se aceptara la formulación del TEP, se estaría ante “una derogacion tácita” del supuesto de sucesión recíproca, “al vaciarlo de contenido literal y jurídico”.
Forma republicana de gobierno
El STJ también se refiere a la supuesta afectación de la forma republicana de gobierno. El máximo Tribunal explicita que la misma “se encuentra garantizada por la periodicidad de los mandatos de los gobernantes independientemente de que una misma persona pueda ser nuevamente seleccionada -voto mediante- para continuar en un cargo ya ostentado, en los términos del art. 175 analizado”.
En efecto, “no se ve afectada la República si se establecen disposiciones que prohíban, limiten o permitan eventuales reelecciones”. En este sentido, realiza un repaso de las distintas situaciones constitucionales en las provincias, mostrando que en algunas la reelección es indefinida, en otras limitada y en algunas prohibida. “No hay antecedentes que en ninguna provincia por dichos motivos se hubiese considerado violentada la forma republicana de gobierno”, concluye.
En todo caso, concluye, estas posibilidades forman parte de las autonomías provinciales, por lo tanto remarca que la interpretación del TEP es “dogmática”.
Acefalía
Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia analiza el concepto de acefalía y concluye que, en los términos del artículo 175 de la Constitución Provincial, no puede considerarse “que el ejercicio de la titularidad del Poder Ejecutivo en virtud de una situación de acefalía se equipare a ser electo Gobernador.
Considera, en este punto, que el caso es análogo al supuesto previsto en la ley n° 25.716, cuya disposición se aplicó permitiendo que Néstor Kirchner (elegido Presidente de la Nación para el período 10/12/2003-10/12/2007) asumiera tal cargo el día 25 de mayo de 2003, sin que el plazo ocurrido hasta el inicio del período para el que fue elegido se cuente como primer “período” de ejercicio de la Presidencia”.
Río Negro
Proyectar Futuro: Se extiende el plazo de inscripción para estudiantes
Será hasta el próximo 3 de mayo.

El Gobierno de Río Negro extendió el plazo de inscripción al programa Proyectar Futuro, una propuesta gratuita de orientación vocacional y ocupacional destinada a acompañar a estudiantes en el tramo final de su escolaridad obligatoria, brindándoles más tiempo para sumarse y planificar su futuro académico o laboral.
Desde el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, se determinó que las inscripciones para estudiantes, se extenderán hasta el próximo 3 de mayo ingresando al siguiente enlace proyectarfuturo.com.ar o bien a la página oficial del Ministerio y sus redes sociales, donde se podrá encontrar la información actualizada y el acceso correspondiente.
Proyectar Futuro es una propuesta gratuita y está organizada territorialmente a través de los Consejos Escolares, con el objetivo de garantizar que estudiantes de distintas localidades puedan acceder a un proceso de orientación vocacional acompañado.
La iniciativa está dirigida a jóvenes 4° año de Escuela para Jóvenes , de 5º año de las ESRN y 6º año de los CET tanto de instituciones públicas como privadas de toda la provincia y se desarrollará principalmente en modalidad virtual y grupal, con encuentros sincrónicos coordinados por profesionales especialistas en orientación vocacional. A lo largo del proceso se realizarán 13 encuentros virtuales, además de una instancia final presencial organizada en cada Consejo Escolar.
Los encuentros estarán a cargo de psicólogos o psicopedagogos con matrícula de salud, quienes acompañarán a los grupos en actividades orientadas al autoconocimiento, la reflexión sobre proyectos personales y el acceso a información sobre estudios superiores, formación técnica, oficios y oportunidades laborales regionales y nacionales.
Para más información se pueden realizar consultas en el correo electrónico [email protected].
Río Negro
Río Negro y Neuquén lanzan el AutoVac para acercar la vacunación a la gente
El puesto principal estará este sábado, de 10 a 16, en el Puente Carretero Neuquén-Cipolletti.

Río Negro, en conjunto con Neuquén, pondrá en marcha el AutoVac, un dispositivo de vacunación en vía pública que permitirá a la comunidad acceder a distintas dosis sin bajarse del vehículo, de forma ágil y segura. La iniciativa busca ampliar el acceso y fortalecer la cobertura en todo el territorio.
«Pará. Vacunate y seguí». La propuesta que impulsan ambas provincias bajo la estrategia del AutoVac consiste en un dispositivo de vacunación que se instalará en principales rutas y calles, diseñado para que, desde la comodidad del vehículo y de manera ágil, las personas adultas, mayores, embarazadas y a partir de los 11 años puedan acceder a vacunas del Calendario Nacional.
El puesto principal estará este sábado (25/04), de 10 a 16, en el Puente Carretero Neuquén-Cipolletti, en la zona del ex Peaje, sobre la mano que ingresa a la provincia de Río Negro, como parte del inicio de la Semana de la Vacunación en las Américas 2026.
El objetivo es facilitar la accesibilidad a la vacunación, sumando esta modalidad a los espacios habituales como centros de salud, hospitales, escuelas, ferias y fiestas populares.
Circuito del AutoVac
Puesto 1: Consulta sobre el Calendario de Vacunación.
Puesto 2: Verificación de vacunas faltantes y registro.
Puesto 3: Vacunación.
Según acordaron los ministerios de Salud de ambas provincias, los equipos de vacunación contarán en los puestos ubicados en ambas manos con dosis de vacunas antigripal para adultos, neumococo, hepatitis B y doble adultos.
Semana de la Vacunación en las Américas 2026
Desde el Ministerio de Salud se trabaja para brindar una mayor accesibilidad a las vacunas en todo el territorio, así como para sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de alcanzar y mantener coberturas adecuadas.
La 24° Semana de Vacunación en las Américas (SVA) y la 15° Semana Mundial de Inmunización se celebran con el objetivo de crear conciencia sobre la importancia de la inmunización y promover el acceso equitativo a las vacunas.
En este sentido, es importante recordar que la vacunación es un acto responsable, solidario y un derecho de todas las personas. Argentina cuenta con un calendario de vacunación de los más completos de América Latina. Las vacunas son seguras y eficaces para prevenir y disminuir las manifestaciones más graves de muchas enfermedades.
Roca
Pronóstico en Roca: Fin de semana fresco e inestable y repunte térmico el lunes
La semana que viene se espera una mejora con aumento de la temperatura.

El pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC) anticipa condiciones variables para General Roca durante los próximos días, con un fin de semana fresco e inestable y una mejora hacia el inicio de la próxima semana.
Para este miércoles (22/04) se prevé una máxima de 19°C con cielo mayormente despejado. Durante la jornada pueden darse vientos con ráfagas de hasta 55 km/h. Por su parte para mañana jueves (23/04), el termómetro llegaría a 21°C y el viernes (24/04) a 19°C. En la previa del fin de semana, el cielo estará mayormente cubierto pero no se anunciaron lluvias.
Para el sábado (25/04), mientras tanto, se espera una jornada mayormente despejada durante el día, con una máxima de 14°C, aunque hacia la noche aumentará la inestabilidad con probables precipitaciones y una mínima de 4°C.
El domingo (26/04) se presentará mayormente cubierto, con temperaturas similares, una máxima de 14°C y una mínima de 1°C, acompañado por viento moderado durante el día.
En tanto, el lunes (27/04) se prevé una mejora en las condiciones, con cielo parcialmente nublado y un ascenso de la temperatura que alcanzará los 20°C, aunque con ráfagas que podrían llegar a los 69 km/h durante la noche.
Desde el organismo también advirtieron sobre la presencia de viento durante gran parte de la semana, por lo que se recomienda tomar precauciones, especialmente en actividades al aire libre.





