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Sociedad

La importancia de denunciar y reclamar ante Defensa del Consumidor

Ayer fue el Día de los Derechos del Consumidor, por eso la Agencia de Recaudación Tributaria brindó ciertos consejos a tener en cuenta.

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En el marco del Día Internacional de los Derechos del Consumidor, que se celebra todos los 15 de marzo, la Agencia de Recaudación Tributaria recuerda la importancia de denunciar o reclamar ante el organismo y brinda algunos consejos a los consumidores rionegrinos.

Desde el organismo se considera importante que los consumidores denuncien ante el área de defensa del consumidor sobre situaciones que afecten sus derechos porque solo de esa manera se puede intervenir para iniciar acciones sobre las empresas o prestadores de servicios.

¿Dónde reclamar?

De forma Online:www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar o www.agencia.rionegro.gov.ar.

De manera presencial: En todas las oficinas de la Agencia de Recaudación de Río Negro

En las Oficinas Municipales de Defensa del Consumidor (OMIC) de toda la provincia:
En Cipolletti, 0299-4494900 – ([email protected] )
En Villa Regina, [email protected]
En San Antonio Oeste, [email protected]/[email protected] ó (0294-421169)
En San Carlos de Bariloche, 02944-4425151 – 427339 ([email protected])
En Sierra Grande, 02934-481044
En Río Colorado: Moreno Nº 559 – (02931-432349)

Consejos útiles

Cada consumidor puede verse afectado por otros motivos. Por eso es importante busquen asesoramiento en el área de defensa del consumidor cuando vean vulnerados sus derechos.

Tarjeta SUBE: La recarga de la tarjeta SUBE es gratis. Ningún centro o comercio puede cobrar adicional por este servicio.

Botón de baja: Todas las páginas web de empresas de servicio de telefonía fija, móvil, internet y de televisión digital o cable por suscripción deben tener habilitado el botón de baja.

Compras Online: En las compras online, es importante controlar los datos del vendedor y sus calificaciones. Y evitar hacer compras en sitios que no sean seguros. Leer los términos y condiciones para evitar engaños es importante.

Compras o débitos no realizadas: Siempre verificar los estados de cuentas bancarias y resúmenes de tarjeta de crédito. Si hay cobros indebidos o compras no realizadas se pueden objetar dentro de los 30 días.

Planes de ahorro: Las empresas no pueden realizar un aumento indiscriminado de cuotas, efectuar débitos o cobros indebidos, cobrar gastos de entrega que no fueran previstos en los contratos, imponer seguros que no hayan sido solicitados por el comprador. Y además deben: devolver las cuotas aportadas en caso de rescisión de contrato. Brindar información lo más detallada posible del contrato y hacerlo previo a su firma. Cumplir con la oferta, promoción y bonificaciones utilizada para le venta del plan de ahorro.

Ticket o factura: es importante siempre guardar la factura o ticket, te permitirá exigir el cumplimiento de tus derechos. Estos son documentos de suma importancia porque prueban tu relación de consumo con un comercio o proveedor de servicio.

Medicina prepaga: Las empresas deben prestar como cobertura básica los servicios previstos por el Programa Médico Obligatorio (P.M.O.). La falta de cumplimiento te habilita a realizar una denuncia ante Defensa al Consumidor. Las empresas del sector no pueden negarte la afiliación por padecer enfermedades preexistentes. Del mismo modo, deben cubrir los tratamientos oncológicos, de HIV y el plan materno-infantil. Para conocer los alcances de la cobertura que establece el P.M.O. comunícate con el 0800-222-72583, o ingresá a www.sssalud.gov.ar.

Telefonía celular: Ninguna empresa de telefonía celular puede obligarte a cambiar de plan. Antes de cerrar la operación de compra de un teléfono celular, asegúrese de que la entrega sea inmediata o que se encuentre estipulado el tiempo de entrega.

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Río Negro

Río Negro abonó la totalidad de los salarios al personal estatal

Este martes cobraron todos los trabajadores públicos rionegrinos.

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El Gobierno Provincial concretó hoy (02/06) el pago de sueldos al personal de la Administración Pública, «ratificando la política sostenida de previsiblidad, con un orden financiero que permite llevar certezas a estatales de Río Negro», destacaron desde el Ejecutivo.

«De esta manera, se sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales», agregaron.

Percibieron sus haberes personal de la Salud Pública, con guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial; docentes y porteros; agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, y los poderes Legislativo y Judicial junto a organismos de control.

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Judiciales

Quisieron cobrarle una deuda en dólares, pero la firma del pagaré era falsa

El fuero Civil ordenó una pericia caligráfica y el estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa.

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Una mujer de Cipolletti enfrentó un intento de cobro por una suma en dólares a través de un pagaré. Ella se opuso a la ejecución, negó que la firma fuera suya y el fuero Civil ordenó una pericia caligráfica. El estudio determinó que la rúbrica estampada en el documento era falsa, por lo que se rechazó el reclamo y se dejó sin efecto la sentencia monitoria dictada al inicio del trámite.

El reclamo fue promovido por un hombre que poseía un pagaré. En una primera etapa, el trámite avanzó con una sentencia monitoria. Luego, la mujer se presentó en el expediente y planteó una excepción de falsedad de título, una defensa prevista en el Código Procesal Civil y Comercial para discutir la autenticidad del documento utilizado como base de una ejecución.

En su presentación, la mujer sostuvo que la firma atribuida a ella no le pertenecía. También negó haber mantenido trato con la persona que reclamó el pago y desconoció la existencia de la deuda. El planteo abrió el análisis sobre la validez del pagaré presentado para exigir el cobro.

La contraparte no contestó el traslado de esa defensa. Ante esa situación, el fuero Civil dispuso la producción de prueba y ordenó una pericia caligráfica. La medida tuvo como objetivo examinar la firma cuestionada y comparar sus características con material indubitado de la mujer.

El informe técnico marcó varios puntos. La perita indicó que no resultaba posible determinar la antigüedad relativa de las inscripciones ni establecer si la firma y el resto del contenido del pagaré se realizaron en el mismo momento. También señaló que se utilizaron dos instrumentos escriturales distintos y que el completado del documento revelaba una secuencia de plasmación.

La conclusión central fue categórica: «La firma estampada en el documento base de la presente acción no fue realizada de puño y letra» por la mujer. En otros términos, según el dictamen, esa firma no le pertenecía. La pericia no recibió impugnaciones ni pedidos de explicaciones.

La resolución del fuero Civil destacó que, en los procesos ejecutivos, la excepción de falsedad de título puede plantearse cuando se cuestiona una adulteración del documento. En el caso de la firma, la falsedad puede configurarse si se acredita que la rúbrica inserta en el instrumento no pertenece a la persona contra la cual se dirige el reclamo.

El fallo también recordó que la pericia caligráfica resulta una prueba fundamental cuando se discute la autenticidad de una firma. Aunque ese dictamen no obliga de manera automática a quien decide, la resolución indicó que no corresponde apartarse de sus conclusiones sin fundamentos.

En este expediente, el informe fue considerado claro, preciso y ajustado a las exigencias procesales. La resolución valoró que la especialista detalló la metodología empleada, el instrumental científico utilizado, la bibliografía de base y los materiales de cotejo.

Con esos elementos, el fuero Civil hizo lugar a la excepción de falsedad de título presentada por la mujer. En consecuencia, rechazó la ejecución promovida en su contra y dejó sin efecto la sentencia monitoria. También dispuso que, una vez firme la resolución, se levante el embargo trabado sobre sus fondos.

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Roca

Retuvieron 45 vehículos en una semana de controles de tránsito en Roca

8 vehículos fueron retenidos por delegar la conducción a menores de edad y 7 por generar ruidos molestos.

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Los operativos de control de tránsito realizados en General Roca durante la última semana finalizaron con 93 actas de infracción labradas y la retención preventiva de 45 vehículos por distintas irregularidades.

Según informó el Municipio, los procedimientos fueron llevados adelante por inspectores de Tránsito entre el lunes (25/05) y el domingo (31/05) en distintos puntos de la ciudad, con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en el sector urbano como en la zona rural.

Como resultado de los controles, se detectaron 10 casos de alcoholemia positiva. Además, se procedió al secuestro preventivo de 33 motocicletas y 12 automóviles.

De acuerdo con el detalle oficial, 7 vehículos fueron retenidos por alcoholemia positiva, otros 7 por generar ruidos molestos, 8 por delegar la conducción a menores de edad y 23 por falta de documentación obligatoria.

Las infracciones más recurrentes estuvieron relacionadas con la falta de licencia de conducir, ausencia de seguro, falta de chapa patente y circulación en contramano.

Desde la Dirección de Tránsito recordaron que en la ciudad se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una graduación alcohólica superior a cero.

La normativa contempla multas que van desde los 1.000 hasta los 3.000 USAM, equivalentes actualmente a entre $1.200.000 y $3.600.000, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.

Las autoridades insistieron en la necesidad de evitar el consumo de alcohol antes de conducir y recomendaron designar un conductor responsable para prevenir siniestros viales y proteger la seguridad de toda la comunidad.

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