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Caso Patricia Parra: Concluyó etapa de testimonios

«Si a mi padre no lo hubieran echado como un perro de la casa, se hubiera hecho algo», sostuvo una de las hijas del imputado.

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Hoy (29/03) concluyó la etapa de los testimonios por el homicidio triplemente calificado del cual resultó víctima fatal Patricia Parra. El defensor público penal Eduardo Luis Carrera presentó a sus testigos y el imputado prestó declaración testimonial.

“Declaró una de las hijas del matrimonio, expresó que su padre no era golpeador, que con Parra sólo tenían discusiones esporádicas y que las mismas comenzaron después de que fue operado y no pudo seguir trabajando. ‘Si a mi padre no lo hubieran echado como un perro de la casa, se hubiera hecho algo, esto no hubiera pasado’”, destacó Carrera.

“Además uno de los compañeros de trabajo de mi asistido, subrayó que el imputado amaba a su familia, que era muy trabajador, que toda su vida trabajó, y que este hecho lo sorprendió porque él veía en la pareja una relación normal”, señaló el defensor.

Estos testigos sostuvieron la teoría del caso de Carrera como también el estado psicológico que padecía su asistido.

Tras la declaración del imputado el fiscal del caso Luciano Garrido oralizó la prueba documental a incorporar. Entre otros mencionó “el informe del Gabinete de Criminalística que determinó que las manchas encontradas en: los borceguies, el cuchillo de un solo filo de 30 cm de largo, exhibido en debate, la hoja de cuchillo y el mango color blanco, y las manchas recolectadas en el auto y la ropa del sujeto. Todas eran de sangre”.

Como así también otra pericia del mismo instituto acerca de la correspondencia de las huellas halladas en el lugar que habitaba el imputado y en la casa de la señora: “Todas coinciden con el calzado que llevaba el hombre ese día”, dijo Garrido.

El análisis realizado por el Laboratorio Regional de Investigación Forense de Comodoro Rivadavia, que arrojó como resultado que el sujeto no tenía alcohol en sangre ni estupefacientes al momento de cometer el hecho.

Se suma a lo anterior, varias denuncias realizadas por la víctima, entre ellas la del maltrato físico y psicológico que sufría por parte de su victimario, como también la 3040, la del arma que tenía el sujeto en la casa, y que la mujer manifestó que tenía miedo que la usara contra ella o el nieto con el que convivían.

Por último, Garrido mencionó el certificado médico de defunción confeccionado por el Forense Ariel Bustos, acerca de que “la causa de fallecimiento fue por un trauma torácico cerrado, politraumatismos, y ataque con varios elementos contusos”.

El debate continúa el próximo lunes 1 de abril a las 8:00 momento en que la querella como la defensa pública oralizarán su prueba documental.

El hecho

El hecho que se le atribuye al imputado es el ocurrido el día 10 de octubre de 2018 a las 12.18 aproximadamente en la vivienda de en calle Jacobo Glanz, del Barrio Colonia Fátima de Cervantes; lugar donde residía la ex pareja del imputado, Patricia Verónica Parra Roa, con quién había convivido durante 28 años y tenían cuatro hijos en común. En esas circunstancias el imputado dio muerte a la mujer. Y en ese momento se encontraba vigente una orden de prohibición de acercamiento y una exclusión del hogar, todo ello dispuesto por el Juzgado de Familia N° 11, de la que el hombre se encontraba debidamente notificado. Luego de cometer el hecho, tras amenazar a los vecinos de la señora, el imputado se dirigió a su domicilio a bordo de su vehículo, lugar donde fue detenido.

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Judiciales

Imputaron a los tres detenidos acusados de asesinar a Riquelme

A uno de ellos le formularon cargos como autor del homicidio y a los otros dos como partícipes secundarios. El hecho ocurrió el domingo en la zona norte de Roca.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a tres hombres por el homicidio de Juan Ramón Riquelme perpetrado el domingo pasado (13/07). Uno de ellos fue acusado como autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, mientras que los otros dos fueron imputados por el mismo hecho en calidad de partícipes secundarios.

Según la acusación pública, el imputado principal se presentó en una vivienda donde se encontraba la víctima y, con la intención de causarle la muerte, le efectuó al menos tres disparos. Las lesiones provocadas derivaron en el fallecimiento de Riquelme. Minutos después arribó al lugar el padre del acusado, y entre ambos arrastraron el cuerpo hacia el interior del domicilio. Posteriormente intentaron cargarlo en una camioneta con el fin de trasladarlo, pero fueron advertidos por la hermana de la víctima, quien se encontraba frente al lugar e inmediatamente alertó a la línea de emergencias 911.

La intervención policial quedó documentada en el acta de procedimiento correspondiente, que da cuenta del despliegue realizado tras el llamado de la testigo. En el marco de la investigación se incorporaron entrevistas, pericias, relevamientos de cámaras y documentación diversa. Asimismo, se secuestraron elementos de interés, tales como la camioneta utilizada en la maniobra, vainas servidas y municiones todo lo cual será peritado.

Ayer (14/07), la Fiscalía encabezó múltiples allanamientos que concluyeron con la entrega voluntaria del principal imputado. Aún se encuentran pendientes diversas diligencias, entre ellas requisas personales, pericias odorológicas, pericias de disparo, análisis de rastros de calzado y huellas vehiculares. El informe preliminar de autopsia indicó que la causa de la muerte fueron heridas compatibles con disparos de arma de fuego.

Durante la audiencia de formulación, la defensa pública no objetó la atribución de hechos ni los elementos probatorios incorporados, aunque sí cuestionó la calificación legal, que fue sostenida por la fiscal jefa que encabezó la acusación. Finalmente, el Juez de Garantías tuvo por formulados los cargos conforme lo requerido por la Fiscalía.

La acusación pública solicitó la prisión preventiva de los tres imputados por un plazo de cuatro meses, en coincidencia con el tiempo establecido para concluir la investigación. En particular, se argumentó riesgo de fuga en relación al hombre señalado como autor y riesgo de entorpecimiento, en función del temor manifestado por testigos para declarar, dado el vínculo previo entre la víctima y los imputados.

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Imputaron a un sujeto por intentar prender fuego a su ex pareja

El hoy detenido ya la había golpeado una semana atrás. Ahora enfrentará un juicio por violencia de género.

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Esta mañana (14/07), la Fiscalía de turno de General Roca imputó a un hombre los delitos de violación de domicilio, daño, tentativa de incendio y desobediencia a una orden judicial, todo en concurso real, en el marco de violencia de género, por un hecho ocurrido el pasado sábado (12/07). Además solicitó la prisión preventiva del imputado, y de esta manera continuará detenido.

Según la acusación fiscal, «eran alrededor de las 11 de la noche, cuando el imputado ingresó contra la voluntad de la dueña a la casa de la ex pareja. Habría dañado la cerradura de la puerta de ingreso, y una vez allí bloqueó la entrada con una mesa y sillas, impidiendo que personal policial», explicó la fiscal del caso.

«El hombre habría cortado una manguera que se encontraba conectada a una garrafa de gas y de esta manera comenzó a incinerar cajas y elementos plásticos. Finalmente no pudo concretar su cometido, ya que personal Comisaría 31° logró ingresar y detenerlo», agregó la representante fiscal.

Entre el sustento probatorio para esta instancia se encuentra el acta de procedimiento de la comisaría mencionada, la denuncia penal de la víctima, quien ya había vivido una situación de violencia el sábado 5 de julio, y la Fiscalía ya había tenido intervención.

Se mencionó además la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), del Gabinete de Criminalística y el legajo acerca de la exclusión del hogar y prohibición de acercamiento de fecha 6 de julio de este año dispuesta por la jueza de Familia.

El Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva del hombre teniendo presente el posible entorpecimiento a la investigación. «Nos bastan estas acciones que quedaron en evidencia que el imputado está dispuesto a concretar, no podemos permitir que la víctima continúe sintiendo temor por ello», enfatizó la fiscal.

Además «tenemos presente que el sujeto cuenta con antecedentes penales y que no cumplió con las medidas dispuestas por Familia», dijo la representante fiscal.

Por su parte, el defensor penal oficial que asiste al hombre no se opuso a la formulación, tampoco al sustento probatorio ni a la calificación legal.

Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en los términos fiscales y resolvió que el imputado cumpla con la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de tres meses.

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Un niño cruzó los vagones de un tren que estaba detenido pero justo inició su marcha y sufrió heridas de gravedad

La Justicia condenó a la empresa ferroviaria a la que responsabilizó por el accidente.

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Jugaba con sus amigos en el Paseo de la Familia, en Chichinales. Era una tarde calurosa de diciembre, y la formación ferroviaria se encontraba estacionada frente a la plaza. El niño cruzó los vagones que estaban detenidos. Sin aviso, el tren inició su marcha y el menor sufrió heridas graves.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de General Roca confirmó la resolución de primera instancia que condenó a la empresa de trenes y a la aseguradora por los daños y secuelas sufridos por el niño.

La demanda fue presentada por los padres del niño y recurrida por la empresa ferroviaria. Alegaron que el accidente se debió a una conducta imprudente. También cuestionaron la ausencia de una persona adulta a su cuidado.

El Tribunal desestimó los planteos y confirmó la responsabilidad de la empresa. Señaló que la cercanía de las vías al área parquizada y recreativa exige medidas adicionales para advertir sobre los movimientos del tren.

Un testigo que circulaba en su vehículo declaró que el tren no estaba en movimiento. Afirmó que comenzó a desplazarse sin emitir ningún sonido, bocina ni señal por parte de un operario que advirtiera a los presentes. La máquina estaba compuesta por una locomotora y 63 vagones.

La Cámara sostuvo que el accidente ocurrió en una zona urbana de la ciudad de Chichinales. Esto impone mayores exigencias de cuidado al medio de transporte, en este caso una máquina ferroviaria, frente a sus obligaciones de prevención en zonas transitadas.

El fallo también destacó que no debe perderse de vista la idiosincrasia de los habitantes del corredor del Valle. Las vías del tren atraviesan las localidades y forman parte del paisaje urbano, dividiendo a pueblos y ciudades por el trazado férreo.

Tras revisar el material probatorio, el Tribunal concluyó que el daño fue causado por la formación ferroviaria y que no se probó culpa de la víctima ni de un tercero. Por lo tanto, se mantuvo la atribución de responsabilidad exclusiva a los demandados.

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