Judiciales
Con veredicto unánime terminó el simulacro de juicio por jurados en Roca
Los delitos cometidos a partir del 1 de marzo para los cuales la Fiscalía anticipe que pedirá una condena superior a los 12 años de prisión, serán juzgados por Tribunales Populares.
Con un veredicto unánime de no culpabilidad por legítima defensa finalizó hoy (3/04) en Roca el simulacro de Juicio por Jurados organizado por la Escuela de Capacitación Judicial con el apoyo de la Oficina Judicial.
La presentación de la actividad estuvo a cargo de la jueza del Superior Tribunal de Justicia y Presidenta de la Escuela de Capacitación, Liliana Piccinini, quien sostuvo la importancia de llevar a la práctica autogestionada todo el conocimiento adquirido por los operadores judiciales durante las numerosas capacitaciones que brindó la Escuela en torno a la Reforma Procesal Penal durante los últimos dos años.
“Este ha sido un muy buen ejercicio, nos permitirá ajustar por supuesto algunos detalles, pero se llenaron las expectativas. Más allá de la teoría, esto de poner en la práctica lo que estudiamos y lo que se nos enseña es el mejor método de aprendizaje; es con la práctica como uno realmente va asentando los conocimientos y va entrenando sus destrezas”, sostuvo la jueza Piccinini al finalizar el simulacro.
La titular de la Escuela de Capacitación expresó su agradecimiento “muy especial a los empleados que han sacrificado horas de descanso, han viajado para ensayar, han estudiado el guión” para intervenir como jurados “a conciencia, con seriedad”. También felicitó a los funcionarios judiciales que participaron y recalcó que perfeccionar el sistema de Jurados Populares “es un gran desafío para el Poder Judicial, con el objetivo de tener jurados que puedan hacer justicia con tranquilidad y con responsabilidad”.
Sistema vigente
Cabe recordar que todos los delitos cometidos a partir del 1 de marzo de 2019 para los cuales la Fiscalía anticipe que pedirá una condena superior a los 12 años de prisión serán juzgados por Tribunales Populares. Los ciudadanos que serán convocados con carga pública para esa tarea ya fueron sorteados y están siendo notificados a través de las Oficinas Judiciales de las cuatro Circunscripciones.
El simulacro se realizó sobre la base de un caso ficticio pero con características totalmente realistas y el jurado estuvo integrado por agentes judiciales que prestan sus servicios en juzgados y organismos ajenos al fuero Penal. Al frente de la audiencia, como juez profesional, estuvo el juez de juicio de Roca Oscar Gatti, en tanto que la acusación fue sostenida por el Fiscal Jefe de Cipolletti Santiago Márquez Gauna y la defensa estuvo a cargo de la Defensora Oficial de Villa Regina Celia Delgado.
El jurado escuchó los alegatos de apertura de la Fiscalía y la defensa, luego a los testigos y peritos, posteriormente el relato de la imputada y por último los alegatos de clausura de las partes y las instrucciones para deliberar que les dio el juez. Así pasaron a discutir en una sesión totalmente secreta y 80 minutos más tarde el Presidente del Jurado comunicó al Tribunal que habían alcanzado el consenso unánime.
El caso
En la simulación la Fiscalía le atribuyó a una mujer ser autora del delito de “homicidio calificado por el vínculo, agravado por el uso de arma de fuego”, en tanto que la defensa reclamó la absolución por legítima defensa, sosteniendo evidencia de una riesgosa situación de violencia doméstica que atravesaba la acusada y que la llevó esa noche, en medio de una agresión, a disparar contra su esposo, que era policía, utilizando el arma reglamentaria del mismo.
El simulacro tuvo un alto nivel de producción, guión y organización para recrear lo más fielmente posible las audiencias que en el corto plazo comenzarán a ser realidad en toda la provincia.
La práctica permitió analizar la distribución de las partes y el público en la sala, detalles edilicios, necesidades de los testigos para la espera, el ingreso y la salida de la audiencia, medidas de seguridad y de orden en el Auditorio durante el debate y el despliegue de medios técnicos o audiovisuales para la exposición de peritos, entre otras particularidades. Al mismo tiempo permitió a las partes poner en práctica la nueva dinámica del interrogatorio a testigos y peritos y tener a la vista diversas situaciones que, en los hechos, pueden exceder a la propia reglamentación del proceso penal.
Judiciales
Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca
La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.
La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.
Judiciales
Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión
El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.
El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.
La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.
El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.
Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.
La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.
En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.
Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.
Judiciales
Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños
Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.
Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.
Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.
El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.
Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.
El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.
También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.
Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.
Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.
El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.
Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.





