Río Negro
El 22% de los rionegrinos tiene IPROSS como obra social
El 55% del total son afiliadas.

El año pasado, la obra social provincial IPROSS brindó cobertura de salud a más de 160.000 afiliados. Esto significa que está llegando al 22% de la población total de Río Negro.
«Con el objetivo central de garantizar la cobertura prestacional básica a sus afiliados con los recursos disponibles y sin afectar el equilibrio financiero, la obra social se consolida como un gran sistema articulador de la salud», destacaron desde IPROSS.
El 55% del total de afiliados son mujeres. En relación a las edades, el 31% de la población asistida son niñas, niños y adolescentes y el 11 % son mayores de 65 años.
«En términos de gestión sanitaria, uno de los hechos más importante de crecimiento y fortalecimiento de la obra social fue la decisión de modificar el sistema de contrataciones con los prestadores, pasando de tener convenios con las corporaciones a rubricar acuerdos individuales con cada clínica o sanatorio en forma particular, con indicadores de calidad», agregaron.
«De esta forma, se puso punto final a una etapa de más 18 años donde el Estado era solo un simple administrador del sistema, sin tener injerencia en la definición de políticas de salud», añadieron desde la obra social.
El presupuesto total ejecutado para el período 2018 fue de casi 3.300 millones de pesos, lo que implicó una ejecución del 105% respecto del presupuesto inicial de 3.150 millones. Esto pudo realizarse por el aporte de la provincia de $150 millones de pesos, justificado por el fuerte efecto devaluatorio del 2018.
Del total de gastos, el 91,07% correspondió a prestaciones médicas. De este monto, casi el 72% fue invertido en asistencia médica. El segundo rubro de mayor asignación fue el de medicamentos, con un 19,60% (especialmente por la incidencia de medicamentos oncológicos y enfermedades de baja incidencia y alto costo).
Y a los fines de mejorar la atención a los afiliados de toda la provincia, se pusieron en marcha sistemas informáticos para la facturación de prestaciones, auditoría médica centralizada y derivaciones extra provinciales.
Además, durante el año 2018 se comenzó a desarrollar la reestructuración del call center (que pasará a ser un Contact Center) a los fines de reemplazar al 0-800 actual. Este cambio mejorará la calidad de servicio al mantener al beneficiario en un primer plano.
En materia edilicia, se trasladaron las delegaciones de San Antonio, Las Grutas, Valcheta, Los Menucos y Fernández Oro a locales con mayor capacidad de espacio; se inauguró un edificio nuevo para la delegación de Sierra Grande, se encuentra en proceso de reestructuración la delegación propia de Viedma y se trabaja en las nuevas sedes de Allen, Fernández Oro y Sierra Colorada.
A eso, se suma la monumental obra de la nueva casa central en la capital provincial. Con una superficie total de 3.605 m2 y una inversión que supera los $116.500.000, financiada por el Plan Castello, jerarquizará a la obra social, a la ciudad y al empleado público.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Río Negro
GNL: Concluyó la descarga de caños en el puerto de San Antonio Este
«Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino», destacó el gobernador Weretilneck.

Terminó en el puerto de San Antonio Este la descarga de las 10.000 toneladas de caños de acero que arribaron hace días a bordo del buque Billion Star, con materiales clave para el gasoducto del proyecto GNL de Southern Energy. El gobernador Alberto Weretilneck destacó la novedad y adelantó que «con los materiales ya acopiados, se prepara el obrador y el inicio del traslado hacia los frentes de obra».
«Cada avance confirma algo importante: Río Negro es clave en el futuro energético argentino, con un Estado activo que acompaña inversiones estratégicas y genera oportunidades para nuestra gente», manifestó el mandatario.
El Billion Star, de 175,53 metros de eslora y 29,4 metros de manga, había arribado con unas 2.265 unidades de caños de acero de distintos diámetros, que conforman el primer cargamento crítico para la construcción del gasoducto dedicado al proyecto. Estos tubos serán clave tanto para los tramos terrestres como los segmentos submarinos del ducto que conectará la red troncal con las futuras unidades flotantes de licuefacción (FLNG) previstas en el marco del proyecto.
Operativo portuario: término y siguientes pasos
El operativo portuario se desarrolló conforme al cronograma previsto, con maniobras de izaje, manipulación especializada y acopio seguro de la carga. Concluida la descarga, los caños fueron depositados en el predio de la terminal portuaria de San Antonio Este, donde permanecerán almacenados en forma ordenada.
En las próximas semanas se llevará adelante la adecuación del sitio destinado al obrador, para luego organizar el traslado de los tubos desde el puerto hacia los frentes de obra. Fuentes del proyecto estiman que este traslado comenzará en aproximadamente un mes.
Qué representa este avance para la obra del gasoducto
La finalización de la descarga marca el cierre de la primera fase logística y da paso al armado del sistema de acopio, la logística terrestre y los preparativos para el tendido del ducto. Con ello, el proyecto de GNL ingresa en su fase visible de construcción luego de un largo período de planificación y gestiones administrativas.
San Antonio Este consolida así su rol como hub portuario estratégico para la infraestructura energética nacional, habilitando la logística necesaria para conectar la red de gas con las futuras plantas flotantes de licuefacción.
Sobre SESA
Southern Energy SA (SESA) es una compañía integrada por un consorcio de cinco grandes jugadores del sector energético: Pan American Energy (PAE) con el 30% de participación, YPF con el 25%, Pampa Energía con el 20%, Harbour Energy con el 15% y Golar LNG con el 10%.
Este esquema accionario combina productores de gas de Vaca Muerta, empresas con fuerte presencia en generación y trading energético, y un socio tecnológico especializado en infraestructura flotante de GNL, lo que le da al proyecto una base empresarial sólida y diversificada para competir en el mercado global.





