Sociedad
#RNvota: 20 claves que tenés que saber
Detalles para ir a votar.

1) A qué cargos presentó candidatos cada partido
En las elecciones de este domingo 7 de abril se eligen tres categorías: gobernador y vice, legisladores por representación poblacional (denominada comúnmente lista sábana) y legisladores por circuito electoral.
Los dos primeros rubros los candidatos son iguales para toda la provincia. En cambio, los candidatos a legisladores por circuito varían en cada una de las ocho regiones en que se divide la provincia.
En total se eligen 46 legisladores. Por representación poblacional se eligen 22 legisladores. Por cada uno de los circuitos, tres.
Son 7 las agrupaciones políticas que presentaron candidatos: Alianza Cambiemos Río Negro, Alianza Frente para la Victoria (FpV), Alianza Juntos Somos Río Negro, Alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT), partido Movimiento al Socialismo (MAS), Partido Unión y Libertad (PUL) y partido Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST).
Las 7 agrupaciones partidarias que participan presentaron candidatos a gobernador y vice y postulantes a legisladores por representación poblacional. En cambio, en algunos circuitos hay partidos que no cuentan con candidatos por el circuito.
Por primera vez en las elecciones provinciales, las boletas llevarán color.
2) Cantidad de electores
Son electores los argentinos nativos y por opción a partir de los 16 años, los naturalizados desde los 18 años de edad, que se encuentren en el padrón electoral. En total, 545.695 personas están en condiciones de elegir gobernador, vice y legisladores.
Los votantes sufragarán en 1651 mesas distribuidas en toda la geografía provincial.
3) Qué ciudades tienen voto parroquial
Tres ciudades cuentan con este sistema: Viedma, Roca y Bariloche.
4) ¿Cuáles son las ciudades con más electores?
- Bariloche 97.582
- Roca 78.192
- Cipolletti 66.106
- Viedma 51.123
- Villa Regina 23.023
- Allen 21.761
- Cinco Saltos 19.834
- Catriel 17.120
- El Bolsón 16.802
- San Antonio Oeste 15.292
- Río Colorado 12.448
- Fernández Oro 11.027
5) Veda proselitista
Se encuentran prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos o cualquier otra propaganda proselitista desde 32 horas antes de la iniciación de las elecciones, es decir, a las 24 del día viernes 5 de abril.
6) Celebraciones familiares durante las elecciones
Si una persona debe realizar una celebración o evento particular el sábado o el domingo que implique una reunión masiva, deberá notificarla ante el Juzgado de Paz de la localidad, ya que rige la veda.
7) Apertura de locales durante las elecciones
Los casinos y lugares bailables podrán funcionar hasta las 24 del día viernes 5 de abril y podrán reabrir sus puertas tres horas después de la hora de finalización de las elecciones, o sea a las 21 del 7 de abril.
Está permitida la apertura y funcionamiento de restaurantes, casas de comidas, confiteras y afines pero con la expresa prohibición de venta de bebidas alcohólicas hasta después de las tres horas de la clausura de las elecciones, es decir, hasta las 21 del 7 de abril.
Por último, el Tribunal Electoral dispuso que se encuentran prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante las horas de las elecciones.
8) Encuesta de boca de urna
La difusión de encuestas está prohibida desde 10 días antes de las elecciones. Las encuestas y sondeos del día de la elección (comunmente denominada encuesta de boca de urna) podrán realizarse en la medida en que no se constituyan en un factor de perturbación a la libre circulación de los electores en las proximidades de los establecimientos de votación, pero no podrán difundirse hasta una hora después de cerradas las elecciones.
La infracción será sancionada con una multa equivalente al 100 por ciento del valor del centimetraje de publicidad o de minutos de publicidad de un día correspondiente al medio de difusión en donde se hubiere publicado la encuesta. En caso de reincidencia las sanciones se duplicarán.
También serán solidariamente responsables, el solicitante, la empresa realizadora y el responsable del medio de difusión que lo publicase.
9) Qué pasa con quienes no figuran en el padrón
No podrán votar. Oportunamente se publicó un padrón provisorio que tenía un plazo para hacer correcciones. El padrón definitivo incorporó unas 800 personas más que el provisorio, luego del trabajo que realizó el Tribunal Electoral Provincial con las observaciones que llegaron de la ciudadanía tras la publicación de la versión inicial.
10) Como consultar donde vota cada ciudadano
En la página http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/institucional/tribunal-electoral/padron-definitivo-buscar.php, o ingresando a www.jusrionegro.gov.ar, se puede chequear la escuela y mesa en la cual cada ciudadano vota.
11) Como votarán los agentes policiales afectados al servicio y comando electoral
Si el personal se encuentra empadronado en la ciudad donde cumple servicios, podrá votar como un elector más en la mesa que le corresponda.
De lo contrario, deberá votar únicamente para gobernador y legisladores por representación poblacional en el sobre que al efecto se le entregará y que dice “voto comando”. En este caso, el agente policial se presentará a votar con una constancia extendida por la Secretaría Electoral donde conste que está empadronado en Río Negro. El voto no se escrutará y se remitirá junto a la restante documental para ser escrutado por el tribunal.
12) Juez de amparo al alector
Si una persona no figura en el padrón, no podrá votar. Tampoco podrá hacerlo si el documento de identidad. Para otros reclamos, la ley contempla que puede hacer una presentación ante el “juez de amparo al elector”.
La norma electoral, en su artículo 12, define la noción del amparo del elector: “El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad o privado del ejercicio del sufragio podrá solicitar amparo por sí o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al Tribunal Electoral o al magistrado judicial o Juez de Paz más próximo, quienes estarán obligados a adoptar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento, si fuese ilegal o arbitrario. Para ejercer la acción prevista en el párrafo anterior el ciudadano deberá estar incluido en el padrón electoral.
En su artículo 13, se refiere a la Retención Indebida de Documento Cívico: “El elector también puede pedir amparo al Tribunal Electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero”.
13) Como se presenta el amparo electoral
El artículo 224 explica el procedimiento: “Al efecto de sustanciar las acciones de amparo a que se refieren los artículos 12 y 13 de la presente, los funcionarios y magistrados mencionados en los mismos resolverán inmediatamente en forma verbal. Sus decisiones se cumplirán sin más trámite por intermedio de la fuerza pública, si fuese necesario y en su caso serán comunicadas de inmediato al Tribunal Electoral”.
Luego, agrega que “A esos efectos los juzgados de primera instancia y los de paz mantendrán abiertas sus oficinas durante el transcurso del acto electoral. El Tribunal Electoral podrá asimismo destacar el día de elección, dentro de su distrito, funcionarios del juzgado, o designados ad-hoc, para transmitir las órdenes que dicten y velar por su cumplimiento. El Tribunal a ese fin deberá preferir a los magistrados provinciales y funcionarios de la justicia provincial”.
De esta forma, los jueces de amparo al elector solo actuarán el 7 de abril, fecha de las elecciones provinciales, a los fines de garantizar el derecho a sufragar.
14) Los jueces de amparo electoral designados
En Viedma, fue designado el juez Leandro Oyola; en San Antonio Oeste; la jueza Karina Vanessa Kozaczuk; en Roca, Andrea de la Iglesia; en Villa Regina, Paola Santarelli y en Choele Choel, Natalia Costanzo.
Por su parte, en San Carlos de Bariloche fue designado el juez Mariano Alejandro Castro; en el Bolsón, Érika Fontela, y en la Cuarta Circunscripción, con cabecera en Cipolletti, el magistrado Diego Andrés De Vergilio.
15) ¿Cómo se prepara el cuarto oscuro?
Se debe habilitar un recinto inmediato al de la mesa, que se encuentre a la vista de todos y en lugar de fácil acceso. No podrá tener más de una puerta utilizable, debiéndose cerrar y sellar las demás en presencia de los fiscales, así como también las ventanas que tuviere.
16) ¿Cómo se colocan las boletas?
Se depositan en el cuarto oscuro los mazos de boletas que hubieran sido remitidos por el Tribunal Electoral o que entregaren los fiscales, confrontándolas con las boletas autenticadas. Las boletas se ordenarán por el número asignado a cada partido de menor a mayor.
17) ¿Cómo vota un elector no vidente?
Este elector será acompañado por el presidente y los fiscales que quieran hacerlo, quienes se retirarán cuando el ciudadano haya comprobado la ubicación de las distintas boletas y quede en condiciones de practicar a solas la elección de la suya. (Art. 187).
18) ¿Cómo vota un elector discapacitado habilitado a sufragar, pero que se encontrare imposibilitado físicamente para tomar su voto en el cuarto oscuro e introducirlo debidamente en el sobre y cerrarlo?
Este elector será acompañado al cuarto oscuro por el presidente de la mesa, quien procederá a introducir la boleta que eligiere el ciudadano en el sobre correspondiente, cerrándolo y colaborando en los pasos sucesivos hasta la introducción en la urna, en la medida que la discapacidad lo requiera.
19) ¿Quién verifica la existencia de boletas?
El presidente cuidará que en el cuarto oscuro existan en todo momento ejemplares suficientes de las boletas oficializadas de todos los partidos. No se admitirá en el cuarto oscuro otras boletas que las aprobadas por el Tribunal Electoral.
20) Instructivos para autoridades de mesa
El Tribunal Electoral Provincial publicó un instructivo en video para autoridades de mesa en https://www.youtube.com/watch?v=_JeNobHx8Ho&feature=youtu.be.
También es posible acceder en PDF en http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/institucional/tribunal-electoral/documentos/2019/INFORMACION%20PARA%20AUTORIDADES%20DE%20MESA%20PROVINCIA%20DE%20RIO%20NEGRO%202019.pdf.
Estos instructivos son públicos, para que puedan acceder aquellos ciudadanos y ciudadanos interesados.
Roca
Una adolescente terminó inconsciente tras recibir un botellazo en la cabeza en una fiesta de fin de año en Roca
La joven sufrió un corte profundo y un hematoma en la cabeza; ahora se recupera en su casa mientras crecen los reclamos de su familia y amigos por lo sucedido.

Una grave denuncia comenzó a circular en las últimas horas en General Roca luego de un violento episodio ocurrido durante una fiesta de fin de año realizada en un salón privado de la ciudad, ubicado en calle Mendoza, a metros de la Ruta Nacional N° 22. Según el relato del padre, la joven resultó gravemente herida tras ser impactada en la cabeza por una botella de vidrio arrojada al aire, lo que la dejó inconsciente y con una importante pérdida de sangre.
De acuerdo al testimonio publicado por el papá de la víctima en las redes sociales, el incidente se produjo durante la madrugada del jueves (01/01), cuando dos botellas fueron lanzadas al aire por desconocidos en medio del evento. Una de ellas cayó directamente sobre la cabeza de la joven, provocándole un corte profundo y un hematoma de consideración. La víctima perdió el conocimiento y quedó tendida en el lugar.
Aunque el predio contaba con un puesto de emergencia, solo habría una enfermera que se encontraba ocupada. Fue por ello que la primera atención fue brindada por personal de seguridad que tenía conocimientos básicos de primeros auxilios, quien retiró restos de vidrio y realizó curaciones con gasas para intentar frenar la hemorragia.
La situación generó aún más indignación cuando, de acuerdo al relato del padre, la adolescente fue retirada del interior del evento y dejada en la vereda, todavía inconsciente, mientras se aguardaba la llegada de una ambulancia privada que nunca arribó. Tampoco habría llegado una unidad sanitaria solicitada al 911.
Ante la falta de respuestas, fue el propio papá quien finalmente trasladó a su hija en un vehículo particular hasta el Hospital Francisco López Lima, donde recibió atención médica inmediata. Allí se constató que, además del corte, presentaba un hematoma importante en la cabeza que requerirá controles posteriores.
Tras dejar a la joven bajo cuidado médico, el familiar regresó al predio en busca de explicaciones por lo ocurrido. Según denunció, la respuesta del organizador fue minimizar el hecho y justificar la ausencia de ambulancias, lo que profundizó el malestar de la familia.
Actualmente, la víctima se encuentra en recuperación en su domicilio, fuera de peligro, aunque con seguimiento médico. La familia remarcó que decidió hacer público lo ocurrido no solo por lo vivido, sino también como advertencia para otros padres y asistentes a este tipo de eventos, cuestionando la seguridad, la entrega de botellas de vidrio y la falta de protocolos reales ante emergencias.
Roca
Refuerzan los controles por pirotecnia sonora en Roca durante las fiestas de fin de año
Las inspecciones se realizan en comercios y a partir de denuncias vecinales, con secuestro preventivo y multas.

En el marco de la Ordenanza Nº 4919/20, que prohíbe la venta y el uso de pirotecnia sonora en General Roca, el Municipio intensificó los controles en distintos puntos de la ciudad, especialmente durante las fechas festivas.
Las tareas están a cargo del área de Inspección General, en articulación con la Dirección de Medio Ambiente, y se desarrollan tanto en comercios en general como en puntos específicos que surgen a partir de denuncias telefónicas realizadas por vecinos y vecinas.
Desde el Municipio explicaron que, ante la detección de irregularidades o venta de pirotecnia no autorizada, se procede a labrar el acta de infracción correspondiente y al secuestro preventivo de los artículos, tal como lo establece la normativa vigente. Además, el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones económicas, por lo que se reiteró el pedido de respetar la legislación para evitar multas.
Canales de denuncia
Las denuncias por uso, venta o depósito de pirotecnia sonora pueden realizarse a través de los siguientes medios:
- Lunes a viernes, de 8 a 17: 0800-222-9742
- Lunes a viernes, de 7 a 20: Inspección General – 4431400 (interno 2120)
- Fines de semana o fuera de horario: 4431400
- Correo electrónico: [email protected]
Qué pirotecnia está permitida
La Ordenanza Nº 4919/20 solo autoriza la venta de pirotecnia lumínica sin efecto sonoro, siempre que cuente con la habilitación correspondiente. En ese sentido, el Municipio difundió el listado de comercios habilitados para la venta minorista de este tipo de productos:
- Kiosco Josue, Mitre 2326
- Planeta Regalo, La Plata 950
- Kiosco La Reina, Av. Roca 1993
- Despensa Morena, Ushuaia 2174
- MiniShopping, O’higgins 1607
- Regalería y Bazar Aguman, Tucumán 1320
Desde el Municipio reiteraron el llamado a la responsabilidad social, recordando que la prohibición de pirotecnia sonora busca proteger a personas con sensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, animales y al ambiente, y pidieron la colaboración de toda la comunidad para cumplir la normativa vigente.
Policiales
Murió el hombre que sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo
El fuego se desató mientras trabajaba en un taller dentro de una vivienda ubicada en el barrio La Martina y sufrió quemaduras en casi todo su cuerpo.

El hombre que había resultado gravemente herido en el incendio ocurrido ayer martes (30/12) por la mañana en el barrio La Martina de General Roca falleció hoy (31/12) en la madrugada, luego de permanecer internado en estado crítico. La víctima fue identificada como Javier Sati, de 41 años. Había sufrido quemaduras en hasta el 90% de su cuerpo.
Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR) el deceso se produjo alrededor de las 4 de la mañana de este miércoles, mientras el paciente permanecía internado en una sala de Terapia Intensiva, a la que había ingresado bajo código rojo tras ser trasladado por el Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).
El trágico incendio se registró en un taller que funcionaba dentro de una vivienda ubicada en la intersección de calles Malvinas y Tres Arroyos, en el sector oeste de la ciudad. Al momento de iniciarse el fuego, el hombre se encontraba trabajando en el lugar.
En el sitio intervinieron Bomberos Voluntarios y personal de emergencias médicas, que brindaron las primeras atenciones. Vecinos del barrio relataron que escucharon gritos provenientes del interior de la vivienda y advirtieron que la puerta estaba cerrada con un candado, por lo que colaboraron para abrirla y permitir que la víctima pudiera salir.
El propio Sati alcanzó a explicar que el incendio se habría iniciado cuando se prendió fuego una lata de thinner, lo que provocó que las llamas se propagaran rápidamente dentro del taller.
Los restos de Javier Sati serán velados este miércoles (31/12), de 12.30 a 15.30, en la empresa Dinielo, en Roca.






