Sociedad
El STJ falló a favor de ATE y en contra de UPCN
El gremio de Scalesi había pedido declarar inconstitucional la Ley N° 5277.
Una sentencia unánime del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro puso fin a la demanda de UPCN por declarar inconstitucional la Ley N° 5277 y le dio la razón a la Asociación Trabajadores del Estado (ATE).
“Destacamos esta sentencia que nos da tranquilidad a todos los empleados públicos y defiende los mayores avances que en materia de democratización del Estado se alcanzaron en la vida democrática de nuestra provincia”, expresó el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar.
“En síntesis, el máximo órgano judicial puso en evidencia que lo único que hay con la nueva Función Pública son egos heridos y no una norma que violente la Constitución Nacional”, precisó el dirigente.
Luego de que la Legislatura de la provincia votara la incorporación de ATE al Consejo de la Función Pública en mayo pasado, UPCN promovió una demanda sobre la que los magistrados observan “sólo disconformidad del gremio con la ley sancionada pero sin dar cuenta de razones de peso, menos aún acreditadas, que sustenten la alegada inconstitucionalidad, por lo que el planteo deviene insuficiente”.
De este modo, el máximo tribunal ratificó que la representación plural del empleado público es un derecho constitucional y menciona que dentro del sector público está reglado que puedan coexistir más de un sindicato con personería gremial, rechazando el argumento de UPCN de que se trata de una cuestión de encuadramiento que le daría a ella la exclusividad de la representación.
“Admitir solo al sindicato con mayor representación como el único con facultades de representación resultaría incompatible con el principio de libertad y pluralidad sindical, máxime en el ámbito estatal donde existen personerías gremiales concurrente”, señala el fallo.
Los jueces hacen referencia también a que la pluralidad sindical resulta un mandato impuesto por los tratados internacionales de OIT (convenio 87) y por el 14 bis de la Constitución Nacional, y que la Provincia tiene claramente facultades para dictar las leyes cuestionadas.
Por último, el STJ recuerda que ATE se fundó en 1925 y obtuvo la personería gremial n° 2 en 1946, dos años antes de la creación de UPCN que no fue excluida del sistema de representación de trabajadores del sector público.
Río Negro
Defensa del Consumidor recomienda hacer reclamos a través del sitio oficial
Todas las denuncias se realizan mediante usuario y clave.

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, a través del área de Defensa del Consumidor, recuerda a la ciudadanía la importancia de canalizar los reclamos directamente mediante el sitio oficial del organismo, defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar, a fin de garantizar una atención ágil, completa y efectiva.
En este sentido, se advierte que los reclamos iniciados por plataformas externas, como Mi Argentina, suelen ingresar con demoras y sin la información necesaria, lo que dificulta su correcta tramitación y retrasa la intervención del organismo provincial.
Realizar el reclamo en el sitio oficial defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar permite:
- Cargar toda la información requerida desde el inicio.
- Adjuntar documentación respaldatoria de manera correcta.
- Facilitar el análisis del caso y acortar los plazos de respuesta.
- Garantizar una comunicación directa con el organismo provincial competente.
Todas las denuncias se realizan mediante usuario y clave, que se crean por única vez, lo que permite iniciar reclamos de forma sencilla y guiada, además de realizar el seguimiento del trámite y conocer su estado en cada etapa.
Por este motivo, desde el organismo recomiendan a las y los consumidores ingresar directamente al sitio web oficial de Defensa del Consumidor Río Negro, donde se encuentra el acceso al sistema de reclamos online.
«Centralizar las denuncias en el canal correspondiente es clave para mejorar la gestión, optimizar los tiempos de respuesta y fortalecer la defensa de los derechos de las y los consumidores en la provincia», destacaron.
Sociedad
Inicia el ciclo 2026 en la Facultad de Ingeniería de la UNLPam
A partir de febrero, los estudiantes comienzan la cursada.

El lunes 2 de febrero, con el dictado de Preliminares de Matemática, primera materia de las carreras de la facultad, comienzan las clases para el ciclo lectivo 2026 en la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam).
La Facultad de Ingeniería de la UNLPam ofrece la posibilidad de estudiar:
- Tecnicatura en Telecomunicaciones
- Analista Programador
- Ingeniería en Sistemas
- Ingeniería en Computación
- Ingeniería Electromecánica
- Ingeniería Mecatrónica
- Ingeniería Industrial
Todas las carreras están orientadas a formar profesionales de alto nivel, para enfrentar los desafíos que representan hoy estas tecnologías. La Facultad de Ingeniería cuenta con un sólido reconocimiento tanto en el ámbito académico como en el mercado laboral, a partir del desempeño de sus graduados.
Quienes tengan interés en alguna de las carreras pueden inscribirse a través de la web: www.ing.unlpam.edu.ar o pueden consultar al número de teléfono 2302 41-6955. También personalmente en el Centro Universitario, calle 7 esq. 110, en General Pico, La Pampa.
Roca
Controles de tránsito en Roca: Labraron más de 100 actas y retuvieron 15 vehículos
La falta de licencia, de seguro y el mal estacionamiento encabezaron el ranking de infracciones.

Como ocurre semanalmente en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante operativos de control en distintos sectores de General Roca, tanto en la zona urbana como rural, con el objetivo de reforzar la seguridad vial.
Según se informó oficialmente, los controles realizados entre el lunes (19/01) y el domingo (25/01) arrojaron un total de 107 actas de infracción. De ese número, 7 correspondieron a alcoholemias positivas, lo que derivó en la retención preventiva de 4 vehículos.
A estas actuaciones se sumaron otras 11 retenciones por diferentes infracciones, alcanzando un total de 15 vehículos retenidos, de los cuales 10 fueron motocicletas y 5 automóviles.
Entre las infracciones más frecuentes detectadas durante los operativos se encuentran la falta de licencia de conducir, la ausencia de seguro obligatorio y el mal estacionamiento.
Desde la Dirección de Tránsito del Municipio recordaron que se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre. El incumplimiento de esta normativa es considerado una falta grave y contempla multas que van de 1.000 a 3.000 USAM, equivalentes a montos que oscilan entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Finalmente, las autoridades municipales remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades mínimas, incrementa significativamente el riesgo de siniestros viales», por lo que instaron a evitar su ingesta al momento de conducir o a designar un conductor responsable, «en resguardo de la seguridad de todos los usuarios de la vía pública».






