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Ford deberá entregar una camioneta 0 km y pagar una indemnización millonaria a una clienta

La sentencia ratificó una clara violación a los derechos del consumidor.

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La Cámara Civil de Apelaciones de Roca condenó a una concesionaria de Bahía Blanca y a la empresa Plan Óvalo de Ford a entregar una camioneta 0 km y a pagar una indemnización millonaria a una clienta que se vio perjudicada por sus prácticas comerciales abusivas. El Tribunal ordenó además el pago de una multa de $5.000 diarios “por cada día de mora en el cumplimiento de esta obligación”.

Sumada a la indemnización por “gastos emergentes, daño moral y pérdida de uso”, la Cámara aplicó una sanción de $1.000.000 en concepto de “daño punitivo” con la intención aleccionadora de hacer “desistir a las empresas de la práctica comercial reprochable”.

La sentencia tiene el voto rector del juez Gustavo Martínez y la adhesión de su par Dino Maugeri. Sostiene, invocando otro precedente propio, que “aun cuando por allí nos parezca desproporcionada la condena (…) habrá que pensar en sanciones que realmente tengan entidad para doblegar la práctica no deseada, haciendo que a la empresa le resulte más conveniente comportarse como es debido. ¿Por qué nuestro país, un día, no ha de ser como la inmensa mayoría, donde realmente se le acuerda la razón al consumidor y las empresas compiten para ganar clientes y mantenerlos, mejorando sus prestaciones, en lugar de obtener utilidades a partir de abusos de los más variados? Necesariamente debemos aspirar a ello y asumir desde la jurisdicción la responsabilidad que nos corresponde al respecto”.

El caso

La demanda fue iniciada por una mujer de Río Colorado que participaba del plan de ahorro de Ford en la concesionaria oficial Guspamar S.A. para la compra de una Eco Sport.

Tras cumplir con los requisitos que le imponía el contrato de adhesión que le dio a firmar la empresa, finalmente resultó adjudicada. Sin embargo, nunca pudo hacerse de la camioneta porque a último momento le informaron la exigencia de nuevos requisitos, fuera de contrato, que la mujer no cumplía.

Surge del fallo que el contrato se firmó en febrero de 2015. Como la mujer quería licitar la unidad, le informaron que el dinero de la licitación “lo retendrían durante tres meses a fin de participar de otras licitaciones si era necesario y luego, eventualmente, se le devolvería sin actualizar y descontándole un 10%”. Eso motivó una primera denuncia ante la Oficina de Defensa del Consumidor de Río Colorado.

La Cámara Civil encontró en ese hecho un abuso -posiblemente generalizado- cometido con los anticipos de los ahorristas, al que calificó como “muy grave y arbitrario” pues significa para “las empresas un crédito gratuito con el que obtendrían jugosas e ilícitas rentas, potenciadas por la altos índices de inflación y tasas de interés del mercado”.

“Lo que podría haberse hecho funcionar como una herramienta formidable para permitir que un mayor número de personas acceda con mecanismos transparentes y económicamente accesibles a vehículos 0 km, ha concluido siendo formas absolutamente reprobables de financiamiento y enriquecimiento espurio de las terminales automotrices y sus concesionarias. No solo trabajan con dineros ajenos sin costo alguno, sino que, por el contrario, cobran por operar con tales recursos”, sostuvo el Tribunal.

Más problemas

La mujer siguió pagando sus cuotas y en mayo de 2016 le informaron que había resultado adjudicada por sorteo. Fue entonces cuando supo que -a pesar de contar con dos garantes, un seguro a favor de la empresa, el crédito prendario por el saldo de la camioneta y el pago de las cuotas por débito automático, condiciones que estaban previstas en el contrato-, no era apta para adquirir la unidad por estar registrada en la categoría más baja del sistema de Monotributo.

Esa sorpresiva exigencia motivó una nueva serie de reclamos por parte de la mujer, quien incluso viajó a Bahía Blanca para tratar de destrabar personalmente el trámite, hasta que finalmente en octubre le notificaron que había “caducado la adjudicación” por vencimiento del plazo para hacer el pedido de la unidad.

Daño punitivo ejemplar

Para imponer la sanción ejemplar a las empresas, la Cámara consideró que violaron los principios de “buena fe” en el proceso judicial y que gestaron situaciones “por demás abusivas” de la situación de poder que tenían sobre la cliente: exigencias que no figuraban en el contrato, tasas de interés diferenciadas a su favor, la posibilidad (prohibida por ley) de elegir la jurisdicción para una eventual ejecución del contrato, la violación del deber de brindar adecuada información y trato digno al consumidor y, finalmente, haber “desbaratado los derechos de la actora, impidiéndole acceder a la unidad automotriz”.

La sentencia concluye que si las trabas que se pusieron a la mujer hubiesen sido un simple error, las empresas tuvieron varias oportunidades de corregirlo en la instancia administrativa y en la judicial. Sin embargo, “por el contrario, se pretendió ocultar la verdad y seguir negando el derecho del consumidor(…). Y sea que estemos ante un acto discriminatorio frente a la accionada o, lo que tengo como más probable, un accionar generalizado para entregar menos unidades que las que posibilitaban los ingresos de los grupos de ahorro (…) el caso es de extrema gravedad”, concluye la sentencia.

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Sociedad

La evolución de las máquinas tragamonedas: De carretes mecánicos a jackpots digitales

Desde simples dispositivos mecánicos con unos pocos símbolos hasta sofisticados juegos digitales con miles de formas de ganar, las tragamonedas han evolucionado constantemente.

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Las máquinas tragamonedas han recorrido un largo camino desde sus humildes comienzos a finales del siglo XIX. Desde simples dispositivos mecánicos con unos pocos símbolos hasta sofisticados juegos digitales con miles de formas de ganar, las tragamonedas han evolucionado de maneras que reflejan tanto la innovación tecnológica como las preferencias cambiantes de los jugadores. Comprender este recorrido muestra cómo uno de los juegos de casino más populares de la historia ha logrado adaptarse para seguir siendo una pieza clave del entretenimiento de apuestas.

El nacimiento de la máquina tragamonedas mecánica

La historia de slot gacor gampang menang maxwin comienza en 1895 con la invención de la Liberty Bell por Charles Fey, un mecánico estadounidense. Esta máquina de tres carretes presentaba cinco símbolos: diamantes, picas, corazones, herraduras y la campana de la libertad. Los jugadores insertaban monedas y tiraban de una palanca para hacer girar los carretes, esperando alinear los símbolos para obtener un premio.

Estas primeras máquinas eran completamente mecánicas, funcionando mediante engranajes, resortes y palancas. Los premios eran simples, generalmente monedas, y las máquinas rápidamente se volvieron populares en bares y salones de todo Estados Unidos. La simplicidad de su diseño y jugabilidad las hizo accesibles para todos, estableciendo la base de las tragamonedas modernas.

La introducción de las máquinas de frutas y las adaptaciones legales

A principios del siglo XX, las leyes sobre el juego se volvieron más estrictas en muchas regiones, limitando los pagos en efectivo. Para adaptarse a estas restricciones, los fabricantes crearon máquinas que ofrecían premios como dulces o chicles en lugar de dinero. Fue durante este período cuando se introdujeron los símbolos de frutas —cerezas, limones, naranjas y ciruelas— para representar diferentes sabores de chicle como premio.

Estas “máquinas de frutas” se convirtieron en una característica reconocible de las tragamonedas. No solo cumplían con las restricciones legales, sino que sus símbolos coloridos y brillantes también atraían a jugadores ocasionales. Con el tiempo, los símbolos de frutas se convirtieron en un sello distintivo de las tragamonedas, incluso cuando las máquinas volvieron a ofrecer pagos en efectivo.

La transición de lo mecánico a lo electromecánico

La década de 1960 marcó el primer gran cambio tecnológico en las máquinas slot 5000 con la introducción de máquinas electromecánicas. Empresas como Bally desarrollaron máquinas que combinaban carretes mecánicos con componentes eléctricos, permitiendo funciones como pagos automáticos y mecánicas de juego más complejas.

Las máquinas electromecánicas permitieron incluir más símbolos y funciones de bonificación más elaboradas, ampliando las posibilidades del diseño de tragamonedas. Estas innovaciones abrieron el camino para el desarrollo de tragamonedas con múltiples líneas de pago y temas de juego más diversos, atrayendo a un público más amplio más allá de los clientes habituales de los bares.

El auge de las tragamonedas de video

La verdadera revolución en las máquinas tragamonedas llegó en la década de 1970 con la aparición de las tragamonedas de video. La primera máquina tragamonedas completamente electrónica, desarrollada en 1976, utilizaba una pantalla de video en lugar de carretes físicos. Este cambio permitió a los diseñadores crear temas más atractivos, animaciones y rondas de bonificación que eran imposibles con dispositivos mecánicos.

Las tragamonedas de video ganaron rápidamente popularidad en los casinos y más tarde en internet. La flexibilidad de las pantallas digitales permitió a los desarrolladores experimentar con historias, símbolos únicos y funciones interactivas, transformando las tragamonedas en experiencias altamente entretenidas e inmersivas.

Tragamonedas en línea y accesibilidad global

Las décadas de 1990 y principios de los 2000 introdujeron los casinos en línea, llevando las tragamonedas a los hogares de todo el mundo. Las tragamonedas online conservaron la mecánica básica de las tragamonedas tradicionales, pero añadieron innumerables innovaciones. Los desarrolladores pudieron implementar cientos de líneas de pago, jackpots progresivos y rondas de bonificación sofisticadas que eran imposibles en máquinas físicas.

La tecnología móvil amplió aún más la accesibilidad, permitiendo a los jugadores disfrutar de juegos de tragamonedas en cualquier momento y lugar. Hoy en día, las tragamonedas en línea incluyen gráficos en 3D, animaciones cinematográficas e incluso elementos de gamificación que combinan el juego de casino con narrativas interactivas.

Innovaciones y tendencias modernas

Las máquinas tragamonedas modernas continúan evolucionando rápidamente. Los desarrolladores integran temas de películas, mitología, cultura pop e incluso franquicias famosas para atraer a diferentes tipos de jugadores. Los generadores avanzados de números aleatorios garantizan un juego justo e impredecible, mientras que los jackpots progresivos conectan máquinas en casinos y plataformas en línea para crear premios potenciales enormes.

La gamificación y los elementos sociales de casino también se han convertido en tendencias importantes, permitiendo a los jugadores competir, ganar recompensas y compartir logros. Experiencias de slot mahjong ways resmi con realidad virtual y realidad aumentada están comenzando a surgir, mostrando el posible futuro del entretenimiento de casino totalmente inmersivo.

Desde la sencilla máquina Liberty Bell hasta las modernas tragamonedas de video en línea, la evolución de las tragamonedas refleja tanto el avance tecnológico como los cambios en los gustos de los jugadores. Lo que comenzó como un dispositivo mecánico en un pequeño salón se ha convertido en un fenómeno global de entretenimiento que combina azar, habilidad y narrativa.

Hoy en día, las máquinas tragamonedas son más que un simple juego de suerte: son un ícono cultural que mezcla nostalgia con innovación. Ya sea que gires una clásica máquina de frutas en un bar o una tragamonedas de video de alta tecnología en tu teléfono, la historia de las tragamonedas sigue cautivando a jugadores de todo el mundo.

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Judiciales

«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena

La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

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Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.

Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.

Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.

La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».

A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.

En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.

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Judiciales

Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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