Seguinos

Judiciales

Millonaria multa a Aguas Rionegrinas

La sanción conminatoria supera los 5 millones y medio de pesos.

el

Foto: Archivo (Patagonia FotoPress)

Así lo dispuso la Justicia en el marco del amparo iniciado por el Municipio de General Roca en representación de los vecinos del barrio Los Olmos, a raíz de la contaminación producto de las constantes perdidas de líquidos cloacales en dicho sector. Con fecha 23/5/2019, el Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 dispuso confirmar las astreintes impuestas a las demandadas -Aguas Rionegrinas, Departamento Provincial de Aguas y la Provincia de Río Negro-, el monto de la sanción conminatoria asciende a $5.700.000.

Asimismo, dicha sanción económica podría incrementarse de continuar el retraso en el cumplimiento de las medidas de mitigación y cese de contaminación ordenadas por el Tribunal.

En síntesis, el fallo de la Justicia consideró que el «proceso se inició el 12 de octubre de 2018, que en el curso del trámite se han llevado a cabo numerosas medidas de prueba para determinar la verosimilitud de la grave denuncia formulada por la parte actora. En tal derrotero surgen claros la pericia obrante en autos, la inspección ocular llevada a cabo y cuyas constancias quedaron grabadas en DVD, con la salvedad que no se puede demostrar de manera alguna lo percibido por el sentido del olfato, que indudablemente conlleva a la conclusión de la alteración del medio ambiente y del riesgo al cual se está exponiendo a los vecinos del Barrio Los Olmos. Se le han concedido prorrogas a la provincia y a sus empresas ARSA y DPA, no cumpliendo con lo ordenado».

Pericialmente se ha concluido que entre otras describe que «el lecho del desagüe esta en muy mal estado por los vertidos cloacales, siendo un peligro de contaminación para la población que circula por el sector». Además, recomienda «seguimiento de avance de obra por la precariedad de los trabajos, tiempo estimado de obra 3 meses, marzo de 2019, también que existen vestigios de desbordes de líquidos cloacales por la boca donde está la bomba, presencia de olor y derrame sobre tierra y asfalto».

La Justicia constató, el incumplimiento reiterado de ARSA, DPA y la Provincia, afirmando que, «en mayo de 2019, la situación no ha variado, se han generado nuevos volcados de líquidos cloacales y se ha empeorado la situación en el sector, sin que la demandada haya asumido las obligaciones que le fueron impuestas a fs. 333/342 en el mes de diciembre de 2018». Llegando a considerar que «se vislumbra en el caso concreto una desidia de los demandados, quienes se han mostrado reacios a cumplir con las obligaciones a su cargo, por lo cual, encontrándose efectivizadas las astreintes a fs. 383, mediante auto de fecha 28-01-2019, se impone liquidar las mismas. (…)Se debe agregar que en autos se ha dado cumplimiento con el debido proceso, la demandada ha podido ejercer válidamente su derecho de defensa, y ha quedado acreditado que ésta ha vulnerado el derecho de los habitantes del Barrio Los Olmos de General Roca, con lo cual se justifica la liquidación efectuada precedentemente, la que podrá ser ampliada hasta el efectivo cumplimiento del saneamiento del sector». En el fallo judicial, se dispuso solicitar informe a la Fiscalía Penal correspondiente, a fin de que indique si se ha iniciado causa penal, en su caso, ante que Fiscalía tramita, carátula y estado de la causa.

Judiciales

Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

el

El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

Continuar leyendo

Judiciales

Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

el

Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

Continuar leyendo

Judiciales

Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

el

Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement