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Río Negro

Avanza el proceso para constituir el Fondo de Vivienda Docente

Se conformó un Consejo administrado por cuatro miembros de UnTER y otros cuatro del gobierno.

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Con el objetivo de reglamentar el proceso para la constitución y funcionamiento del Fondo para la Vivienda Docente, la ministra de Educación, Mónica Silva, encabezó una reunión con los representantes del Consejo de Administración de la iniciativa.

El órgano está conformado por 4 miembros del gremio UnTER y 4 del gobierno provincial (Educación, Obras y Servicios Públicos, Economía e IPPV). El encuentro se desarrolló en General Roca.

“Es la primera reunión para reglamentar la conformación del Fondo. Nosotros presentamos un anteproyecto que será discutido y analizado hasta que nos pongamos de acuerdo, lo aprobemos y comience a constituirse este Consejo de Administración para determinar el uso y modo de uso de los fondos”, explicó Silva.

La funcionaria indicó tener “grandes expectativas para que nos pongamos de acuerdo en cuáles son las reglas de juego de este Consejo de Administración, para que el depósito que mensualmente se hace para constituir el Fondo muy pronto se vea funcionando; y, a partir de eso, se puedan construir viviendas nuevas, ampliar o refaccionar otras existentes de los docentes de la provincia”.

Consultada por las expectativas y recepción de este programa, Silva destacó que desde “el sindicato docente ha sido muy buena. He evaluado que el conjunto de la docencia rionegrina ha valorado este esfuerzo de constituir el Fondo; es esperado. Hay un aporte muy importante que hace el gremio, ya que hace mucho tiempo atrás viene obteniendo de distintos modos terrenos en toda la provincia, en donde seguramente se podrán construir núcleos de viviendas nuevos, con el aporte de este Fondo, o generar procesos conjuntos de construcción de distintas maneras que hoy estaremos analizando”.

El Consejo para la Vivienda Docente tendrá a su cargo la administración de un fondo fiduciario, que por mes contará con el aporte del 0,5% de la masa salarial total del sector.

Los recursos estarán dirigidos a la construcción de casas en terrenos del gremio, su ampliación o refacción, así como la instalación de los servicios básicos donde fuera necesario.

De la reunión también participó, por Educación, el subsecretario de Asuntos Institucionales, Gabriel Belloso; y su par de Coordinación, Adrián Carrizo. Por el gremio, estuvieron la secretaria general, Patricia Cetera; el adjunto, Marcelo Nervi;y miembros de la conducción.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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