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Río Negro

Del Bello fue ratificado al frente de la UNRN

Una histórica elección caracterizada por la masiva participación estudiantil.

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La fórmula a Rector y Vicerrectores/a de la Lista Compromiso -encabezada por Juan Carlos Del Bello, María Andrea Tapia, Diego Aguiar y Anselmo Torres-, se impuso en todos los claustros universitarios, logrando el apoyo del 77,6% de los votos ponderados en las elecciones para el período 2019/2023, según el escrutinio provisorio.

La fórmula logró la adhesión del 79% de los Profesores, del 86% de las/os Auxiliares de docencia, del 89% de las/os Nodocentes y el 63% del Estudiantado.

En medio de un intenso clima electoral y de una concurrencia masiva histórica -con una participación del 78,48% del claustro Docentes, 77,44% del claustro Auxiliares, 92,78 % del claustro NoDocente, 52,25% del claustro Estudiantes-, la Universidad Nacional de Río Negro efectuó su tercera elección a autoridades unipersonales y colegiados de gobierno. Entre el 18 y 19 de junio, 2793 electoras/es se volcaron a la urnas para elegir las autoridades para el período 2019-2023. La significativa concurrencia de todos los claustros universitarios da cuenta de la consolidación de los mecanismos democráticos de la Universidad en relación a la última elección efectuada en 2015, destacándose la masiva participación estudiantil impulsada por la sorprendente participación que ese claustro tuvo en la Sede Alto Valle y Valle Medio.

En ese marco, fue notable el caudal electoral en General Roca, pese al amedrentamiento a las/os votantes por parte de un grupo minúsculo de no más de 20 personas, mayoritariamente ajena a la Universidad, quienes, durante los dos días del acto eleccionario, se apostaron en la calle y en la acera, manifestándose con violencia contra el Rector y otras autoridades de la Universidad, así como hacia docentes y nodocentes. Paradójicamente, fue la ciudad en las que más adhesiones obtuvo el Lic. Juan Carlos Del Bello por parte de las/os estudiantes: en esa ciudad concurrió a votar el 70,6% del padrón, quienes en un 79% lo hicieron por el candidato a Rector -el Lic. Juan Carlos Del Bello- y la candidata a Vicerrectora de la Sede -la Dra. Andrea Tapia-. La Sede Alto Valle y Valle Medio -que reúne las localizaciones de General Roca, Villa Regina, Cinco Saltos, Choele Choel y Cipolletti- fue la que expuso el valor más alto de concurrencia al acto eleccionario por parte del estudiantado manifestando un claro y contundente rechazo a los métodos violentos y antidemocráticos a los que se vieron sometidos por los sucesos de público conocimiento que esa Sede vivió durante los últimos tres meses del año pasado.

Asimismo, en las listas de representantes del estudiantado para los Consejos de Sede, en la Sede Andina la Lista 1 se impuso con el 52% sobre la Lista 2, que obtuvo el 42% de los votos; mientras que, en la Sede Atlántica, la Lista 3 obtuvo el 44,7% frente al 42,2% de la Lista 2; implicando la representación de dos consejeros para las listas ganadoras frente a un consejero para la segunda fuerza en los Consejos de dichas Sedes. En la Sede Alto Valle y Valle Medio, la Lista 2 Compromiso se impuso por el 79% de los votos.

Juan Carlos Del Bello agradeció a todos los claustros universitarios que “respaldaron la continuidad de un proyecto de universidad de calidad, inclusiva, sana financieramente y acoplada al desarrollo regional” y manifestó “su satisfacción por el apoyo de la comunidad universitaria a un proyecto de universidad que con sólo 10 años de vida académica se destaca en el concierto de las universidades argentinas, superando en muchos planos a universidades de más de 40 años de existencia”. Señaló, además, que su meta es “consolidar la trayectoria innovadora de la universidad -que en 2008 sólo tenía un aula de la Manzana Histórica de Viedma y actualmente despliega actividades en todas las subregiones del territorio provincial- y generar la transición para la próxima gestión que asumirá la conducción en 2023, la que pertenecerá a otra generación de académicos”. En ese camino, destacó “la renovación parcial de los vicerrectorados de las sedes Andina y Alto Valle y Valle Medio, y la incorporación de una mujer a la conducción, así como la mayoría de mujeres en los órganos colegiados de gobierno de la institución”.

Del Bello destacó que en los próximos cuatro años enfatizará las políticas de apoyo y mejora para el estudiantado, proponiéndose aumentar en un 50% el rendimiento académico de las/os estudiantes, que se expresa en la tasa de egreso. Señaló, además, que a la consolidación de los logros ya alcanzados en investigación científica y tecnológica (puesto 10 del sistema universitario argentino) se focalizará en consolidar los procesos de gestión.

Por último, Del Bello agradeció “a la comunidad universitaria su masiva presencia en el acto eleccionario y la renovación de la confianza para continuar liderando el proyecto de la UNRN”. También reconoció “la madurez del movimiento estudiantil que en forma casi absoluta emitió votos positivos y que hizo oídos sordos a los planteos destituyentes y antidemocráticos”. Felicitó a las listas estudiantiles que compitieron en dos de las tres sedes ya que, además de reivindicar la democracia universitaria, integrarán unas y otras los órganos colegiados del próximo gobierno.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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