Judiciales
Marcharán a la Ciudad Judicial para que De Piano no salga en libertad
Se realizará una audiencia donde se comenzará a evaluar la situación del condenado a 5 años y 6 meses de prisión, que podría empezar a gozar de salidas transitorias.

Familiares de Claudia Segura, la mujer que falleció arrollada en enero de 2017 en calle Vitterbori a pocos metros del Paseo del Bicentenario, se movilizarán hoy (31/07) a las 9 horas a la Ciudad Judicial en el marco de una nueva audiencia donde se comenzará a evaluar la situación de Oscar De Piano, condenado a 5 años y 6 meses de prisión por el delito de “homicidio culposo agravado”. En este sentido, se analizará cuáles son las condiciones y las obligaciones que deberá respetar el procesado al momento de comenzar con los beneficios.
Ya De Piano cumplió con la mitad de la condena que le impuso la justicia.
Cabe recordar que el detenido fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión tras la muerte de la vecina de barrio Mosconi quien conducía una moto por calle Viterbori. El día del accidente, De Piano conducía con más de 3 gramos de alcohol en sangre y de manera inmediata quedó detenido.
En caso de lograr el beneficio, el condenado comenzará -en una primera etapa- a salir de manera transitoria del Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 y dependerá de su comportamiento que esas horas de beneficio se vayan incrementando con el paso de los meses.
«Estaremos nuevamente pidiendo justicia por Claudia Segura para que descanse en paz. Lamentablemente ya no creo nada en la Justicia pero lucharé hasta lo último, solo lo dejaré en mano de Dios, ya que para la Justicia la vida de una persona no vale nada. Solo para los que tienen plata hay justicia», reclamó Claudio Canales, viudo de Segura.
Judiciales
El padre falleció antes de reconocer a la niña: Se estableció la filiación por una prueba genética de los abuelos
El resultado marcó un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre.

Una mujer inició una demanda de filiación post mortem. Mantuvo una relación sentimental con el padre de sus hijos, pero el hombre falleció antes del nacimiento de su segunda hija. El primer hijo fue reconocido por el padre; sin embargo, la niña no obtuvo ese reconocimiento biológico.
La mujer solicitó el reconocimiento de la filiación de su hija y requirió la realización de una prueba genética con los abuelos paternos.
La jueza de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y estableció judicialmente la filiación entre los hermanos. Ambos niños pasarán a tener el mismo apellido. También se ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.
Del análisis de la pericia genética se concluyó que existía un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre fallecido. Resultó relevante también el testimonio de la mujer, quien declaró que la pareja reconocía a la niña por nacer como su hija.
Durante el proceso se designaron defensores de menores tanto para la niña como para el niño. Se ordenaron extracciones de ADN, efectuadas por el Cuerpo de Investigación Forense, y se realizaron diversas audiencias.
La sentencia se enfocó en el interés superior de la niña y en preservar su verdad biológica. También reafirma el valor probatorio de los análisis genéticos en juicios de filiación.
«El caudal probatorio que aporta la prueba biológica en las acciones de filiación es altamente significativo, y dada la probabilidad alcanzada en el presente caso, resulta razonable la procedencia del reclamo de filiación», concluyó la jueza.
Judiciales
¿Que consulta la gente cuando llega al Poder Judicial de Río Negro?
En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género.

¿Dónde acuden las y los rionegrinos cuando necesitan información sobre como iniciar un trámite judicial o resolver un conflicto en su comunidad? La respuesta está en las Oficinas de Atención a las Personas, espacios del Poder Judicial que en el primer semestre de 2025 recibieron 2.383 consultas en toda la provincia. Los datos surgen del Informe Estadístico del primer semestre de 2025, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
La oficina de Viedma atendió 591 consultas, la de Roca 700, la de Bariloche 593 y la circunscripción que reúne Cipolletti y Cinco Saltos concentró 499. Estos números evidencian la importancia de los espacios de atención primaria que reciben de manera directa las inquietudes de la ciudadanía. La Corte Suprema mide periódicamente estos mecanismos de acceso a Justicia y mantiene a Río Negro entre los primeros puestos de ese monitoreo.
En Viedma predominó la demanda de información vinculada a trámites judiciales. En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género. En Bariloche se destacaron los planteos vinculados a garantías constitucionales y en Cipolletti junto con Cinco Saltos se concentraron principalmente los reclamos en materia de salud.
De esta forma, las Oficinas de Atención a las Personas consolidan su función como espacios de cercanía en toda la provincia, con un perfil de demandas que varía en cada ciudad pero con un mismo objetivo: garantizar a la ciudadanía un acceso rápido y confiable al Poder Judicial de Río Negro.
Judiciales
Compró materiales en una ferretería de Roca, nunca se los entregaron y le dieron un cheque anulado: Condenaron a los responsables
Los demandados ya contaban con antecedentes penales por estafas reiteradas.

Un hombre compró materiales en un corralón con el sueño de terminar su vivienda. Pagó los insumos para la construcción, pero nunca se los entregaron. Ante los reclamos, los titulares alegaron inconvenientes con sus proveedores y ofrecieron devolverle el dinero. Cuando el comprador se presentó en el local, lo encontró cerrado. Más tarde, le entregaron un cheque, pero fue anulado antes de su vencimiento.
Para poder terminar la casa, el hombre se vio obligado a vender su auto. Luego, recurrió al Poder Judicial e inició una demanda por daños y perjuicios contra los responsables de la firma ficticia Terrasur.
Un fallo del fuero Civil de Roca condenó a los titulares del comercio a pagarle el valor de los materiales más los intereses. También se reconocieron daños morales por la incertidumbre, el estrés emocional y la imposibilidad de continuar la construcción.
Los demandados no se presentaron en el trámite juducial, por lo que se declaró su rebeldía. Esta situación implica una presunción de veracidad respecto de los hechos denunciados.
El juez consideró probada la existencia de un contrato de compraventa de materiales, el incumplimiento en la entrega, los intentos fallidos de devolución y la falta de restitución del dinero.
Además, se acreditó que el hombre no fue el único perjudicado. Los demandados ya contaban con antecedentes penales por estafas reiteradas.
El fallo destaca el deber de protección al consumidor y adopta un enfoque jurisprudencial basado en la sana crítica , el Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor.