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Río Negro

En octubre entra en vigencia el Monotributo Unificado en Río Negro

Es la quinta provincia en incorporarlo; ya lo tienen Córdoba, Mendoza, San Juan y Jujuy.

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A partir del 1 de octubre los contribuyentes de Ingresos Brutos Río Negro que son monotributistas en AFIP tributarán de forma conjunta el impuesto nacional y provincial a través del Monotributo Unificado. Esta nueva modalidad permite a los contribuyentes cubrir en un mismo pago el monotributo de AFIP e Ingresos Brutos de la provincia. Además simplifica los canales de trámites en el sitio Mi Monotributo de www.afip.rionegro.gov.ar y elimina todo tipo de retención o percepción.

Desde la Agencia de Recaudación de la Provincia se está informando a los contribuyentes alcanzados. Particularmente se hace hincapié en cómo comenzará a operar y aquello que deben saber sobre modalidad de pago, canales de atención y situaciones especiales.

Toda la información se encuentra publicada en su página web. Asimismo se inició un ciclo de charlas en los consejos de profesionales y cámaras de comercio. Justamente el pasado 22 de agosto se realizó en la Cámara de Comercio de Viedma.

En el mismo marco, los contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos y monotributistas en AFIP no deben hacer trámite alguno, la Agencia informará a AFIP los alcanzados y esta incorporará el componente provincial (Ingresos Brutos). Es decir que desde octubre pagarán ambos impuestos directamente con la boleta de monotributo.

Además el sitio Mi Monotributo de AFIP, al cual se accede vía web o desde la app de AFIP, será el canal para realizar trámites como adhesión al débito, alta, baja o modificaciones como también la reimpresión de la credencial.

Por su parte todos aquellos que quieran iniciar una actividad comercial a partir de octubre deberán utilizar el micro sitio inscribiéndose a nivel provincial y nacional en un mismo lugar siempre que se encuadren en alguna de las categorías de monotributo.

Cabe aclarar que están alcanzados solo aquellos contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos que son monotributistas en AFIP. No así los inscriptos en Convenio Multilateral o responsables inscriptos.

Otra ventaja de esta nueva modalidad es que se eliminan todas las retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias. En lo que respecta a las bonificaciones el componente provincial estará bonificado de forma automática.

Río Negro es la quinta provincia en incorporar el Monotributo Unificado. Ya lo tienen Córdoba, Mendoza, San Juan y Jujuy.

Al respecto, el director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación, Leandro Sferco expresó: “Hace varios años que venimos trabajamos para hacer más fácil el pago de los impuestos en Río Negro, en especial a los pequeños contribuyentes. Por eso entendemos que la eliminación de las percepciones y retenciones bancarias, la no exigencia en la presentación de declaraciones juradas que los exime de las multas por esta falta sumado a la posibilidad de autogestión del tributo, bajan considerablemente el costo administrativo a los 45.000 monotributistas que estarían alcanzados por esta medida. Ahora en un solo pago cumplen con las obligaciones tributarias provinciales y nacionales, esperamos que durante el año 2020 podamos incluir el componente municipal de aquellos municipios que se adhieran a éste régimen”.

Ingresando a www.agencia.rionegro.gov.ar, Ingresos Brutos, Monotributo Unificado esta toda la información que deben saber los contribuyentes.

Río Negro

Estatales rionegrinos: ¿Qué se cobrará el 30 de abril?

Los pagos se realizarán para el personal del escalafón general y salud.

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El Gobierno de Río Negro informó los pagos que se realizarán el 30 de abril para el personal comprendido en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud.

En primer lugar, todos los agentes comprendidos en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud recibirán la primera cuota de $50.000 en concepto de indumentaria.

Por otra parte, el mismo día y a través de una planilla complementaria, se abonarán las diferencias correspondientes a los salarios de marzo y anticipos de abril para el personal de la Ley N° 1844 de Salud Pública. Se trata del personal cuyas liquidaciones tuvieron un error en los cálculos y rápidamente se resolvió enmendarlo de este modo.

En este sentido, la Provincia ratificó «el compromiso continuo con el diálogo, el consenso y la colaboración conjunta con los gremios de trabajadores en este difícil contexto económico y social, mientras a la vez se sostienen las obligaciones financieras».

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Río Negro

ARSA ofrece una moratoria para que los usuarios regularicen sus deudas

Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

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Aguas Rionegrinas puso a disposición el Plan de Regularización de deuda, con el objetivo de que los usuarios del servicio puedan pagar sus deudas con la empresa, y evitar así instancias de intimaciones y corte de servicio. Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

Desde la entidad aclararon que pagar al contado, hasta el 15 de mayo, implica la quita del 100% de intereses de todo tipo al costo final de la deuda. En el caso contrario, hasta el 15 de junio, podrán abonar en 4 cuotas con la deducción del 50% de los intereses, o en 12 cuotas con los intereses de financiación.

Al respecto, el gerente general de Aguas Rionegrinas, Javier Iud, explicó que la idea de esta moratoria es la de «acercar al contribuyente una propuesta que les permita resolver su problema de deudas, porque la etapa posterior ya será la de intimaciones, corte de servicio y juicio ejecutivo para quien no sostenga una voluntad de querer pagar».

Iud destacó la buena voluntad de los más de 600 contribuyentes que ya se han acercado recientemente para regularizar sus deudas, pero aclaró que «tenemos expectativas mayores, porque los deudores son muchos y esperamos que, en los próximos días se acerquen más, por eso vamos alertando que es hasta el 15 de mayo para el pago contado y hasta el 15 de junio quienes elijan la modalidad de cuotas».

¿Cómo acceder a la moratoria?

Para hacerlo, los usuarios pueden acercarse de manera presencial a las oficinas de aguas rionegrinas y realizar el pago directamente. Asimismo, lo pueden hacer de manera digital entrando a la página de aguas rionegrinas www.aguasrionegrinas.com. Allí se encontrarán con un código QR y se deberá tener a mano el DNI y alguna boleta para identificar el número de usuario. Con esta información, ARSA enviará, a través de la modalidad elegida, el plan de pago.

También aquellos que quieran hacerlo al contado, pueden hacerlo desde la app de Aguas Rionegrinas, en donde con el número de usuario ya tienen disponible el plan de pago y efectuarlo directamente desde allí, sin ningún trámite

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Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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