Río Negro
Los afiliados al IPROSS podrán acceder a medicamentos a un menor costo
«Ya no se expenderán recetarios de la obra social, sino que se hará a través del RP con datos del afiliado y el nombre del genérico», manifestó el titular Claudio Di Tella.

El Instituto Provincial del Seguro de Salud presentó hoy una nueva modalidad de cobertura para los afiliados. Se trata del programa de Acceso a Medicamentos y Materiales Descartables que comenzará el 1 de octubre y contará con varios beneficios. Encabezó la presentación el gobernador Alberto Weretilneck, junto al vicegobernador Pedro Pesatti y el presidente del IPROSS, Claudio Di Tella.
Este programa representa un gran avance porque actualiza el listado de medicamentos cubiertos por la obra social y modifica la forma de acceso a medicamentos en farmacias permitiendo a los afiliados elegir las opciones de cobertura que mejor se ajusten a su economía.
Se trata de un programa de cobertura que regulará el convenio suscripto por el Colegio de Farmacéuticos y con las diferentes farmacias sindicales. El programa contiene 5 subprogramas y, a través del nuevo sistema informático de validación, permite a la Obra Social tener un registro de los afiliados/as y de sus coberturas de acuerdo a cada situación de salud.
Salvo para los subprograma de cobertura 100% se abona un monto fijo por medicamento –en cada genérico se promedian las marcas comerciales y sale un monto que es el que reconoce la obra social-. La diferencia abonada por el afiliado resultará de la diferencia entre el precio de venta al público y el monto fijo abonado por el IPROSS.
El validador y responsable de la auditoría será la obra social y el afiliado no necesitará más del recetario oficial impreso, emitido desde las delegaciones, porque con el RP que brinda el médico podrá acceder al medicamento.
“Cada medicamento, por su principio activo, tendrá un valor fijo que se modifica cada cuatro meses. El afiliado podrá optar por las distintas marcas y cuanto más barato es el medicamento mayor el porcentaje de bonificación, siempre teniendo en cuenta que el 50% es lo mínimo que se cubre por ley del IPROSS”, explicó el titular de la obra social provincial.
En este sentido, el funcionario explicó que “ya no se expenderán recetarios de la obra social, sino que se hará a través del RP con datos del afiliado y el nombre del genérico, como estable la Ley. Después el afiliado podrá optar por la marca de menor costo”.
Entre los beneficios para los afiliados destacó la cobertura 100% para anticonceptivos de probada eficacia y menor riesgo: “Se hará una cobertura anual de todo lo que es anticoncepción. Generalmente se cubre una caja por mes, pero la caja tiene 28 comprimidos y la persona está obligada a comprar dos por mes”. Y añadió: “que se incluyen además los materiales descartables, que antes se compraban por Delegaciones”.
“En algunos casos los pacientes deberán reempadronarse, porque esto también significará el análisis de nuevas políticas sanitarias con respecto a la situación actual y empezar a planificar otros programas”.
Es importante destacar que la auditoria en el convenio anterior se realizaba a través del Colegio de Farmacéuticos. En este caso la hará la obra social. “Lo mismo ocurre con el sistema de validación, que es el sistema de control. Antes lo tenía el Colegio y ahora será propiedad del IPROSS”, resaltó Di Tella.
Subprogramas
Ambulatorio y de uso eventual: La cobertura es por monto fijo. Se trata de los medicamentos con mayor demanda y uso abierto, sin auditoría previa. Para tratamientos menores a 30 días.
Autorización centralizada: Se trata de los medicamentos que requieren autorización desde la sede central del IPROSS.
Patologías crónicas: Son aquellos tratamientos farmacológicos crónicos. La cobertura es por monto fijo.
Planes Especiales: Son los regímenes especiales con cobertura del 100%.
Alto Costo/ baja incidencia: Tiene una cobertura del 100%. Las compras se realizan desde el IPROSS con auditoría y autorización centralizada. La dispensa, en la farmacia designada.
Policiales
Estafas telefónicas: Advierten sobre el aumento de casos en el territorio provincial
Lo que tenés que saber para evitar caer.

El Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro advirtió sobre el aumento de casos de estafas telefónicas en el territorio provincial. Por eso, es fundamental estar alerta y conocer algunas recomendaciones clave para proteger tu información y evitar ser engañado.
Las estafas telefónicas suelen presentarse mediante llamadas en las que una persona intenta obtener datos personales, bancarios o inducir a realizar transferencias de dinero. Ante estas situaciones, la prevención es la mejor herramienta.
Consejos para evitar estafas
- No compartas información personal o bancaria. Verificá siempre quién te está llamando.
- Confirmá la identidad del que llama. Si tenés dudas, cortá la comunicación y llamá a la institución a través de sus canales oficiales.
- Desconfiá de las llamadas que generan urgencia o miedo. Las estafas apelan al apuro para que actúes sin pensar.
- No realices pagos ni transferencias sin antes verificar. Contactá directamente a la entidad que supuestamente te contactó.
- Nunca compartas claves, contraseñas ni códigos de seguridad. Ninguna institución seria te pedirá esa información por teléfono.
- Si algo te parece sospechoso, colgá. Confiá en tu intuición.
Ante cualquier intento de estafa o si fuiste víctima, llamá de inmediato al 911 o acercate a la comisaría más cercana. Denunciar estos hechos ayuda a prevenir nuevos casos.
Río Negro
Ahora tu factura de Aguas Rionegrinas se paga en Rapipago sin boleta
Conocé cómo tenés que hacer.

Aguas Rionegrinas incorporó una nueva modalidad de pago a través de la red Rapipago, pensada para simplificar y agilizar el cumplimiento del servicio. Desde ahora, las y los usuarios pueden abonar su factura en cualquier Rapipago presentando únicamente su número de cuenta, sin necesidad de llevar la boleta impresa.
El número de cuenta se encuentra en el margen superior derecho de cualquier factura anterior. Se recomienda anotarlo, agendarlo o guardarlo para tenerlo siempre a mano.
Además, sigue vigente la oficina virtual de Aguas Rionegrinas, donde se pueden consultar, descargar y pagar las facturas en línea. Para acceder, hay que ingresar a www.aguasrionegrinas.com y registrarse.
Judiciales
No siempre tiene prioridad quien circula por la derecha: Condenan a conductor que no respetó la señal de Pare
Un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso.

Un fallo del fuero civil de Bariloche resolvió que la prioridad de paso cede cuando existe una señal clara que la contradice. Con ese criterio, un juez hizo lugar parcialmente a una demanda por daños y perjuicios presentada por una conductora que fue embestida en una intersección, pese a haber ingresado con prioridad de paso. La colisión ocurrió en una esquina señalizada con un cartel de Pare que el otro conductor no respetó.
El incidente ocurrió cuando un automóvil que circulaba por la calle Villegas, en sentido norte-sur, fue impactado en su lateral derecho por otro vehículo que se desplazaba por Tiscornia en sentido oeste-este. En dicha esquina existe señalización vial que impone la detención total para quienes transitan por Tiscornia.
La presencia del cartel fue confirmada por la Oficina de Tránsito de la Municipalidad y por una testigo que se encontraba justo detrás del vehículo embestido. La prueba pericial también coincidió en la mecánica del hecho, al ubicar el daño en la parte media del lateral derecho del rodado.
El juez interviniente aplicó el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito, que establece que la prioridad de paso corresponde a quien circula por la derecha, salvo que una señal indique lo contrario. En este caso, la existencia del cartel de Pare desplazaba la regla general. El fallo recordó que dicha señal no permite interpretaciones: impone la detención absoluta del vehículo y no una simple reducción de velocidad.
A la conducta del conductor que no respetó la señal se sumó la falta de prueba sobre la existencia de algún factor externo o culpa de la víctima que pudiera haber interrumpido el nexo causal. En consecuencia, la sentencia lo declaró responsable como guardián del vehículo, y también incluyó en la condena a la titular registral por la responsabilidad concurrente prevista en el artículo 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación.
El fallo incluyó los daños materiales comprobados y la privación de uso del vehículo. Se rechazaron los rubros por desvalorización, daño psicológico y daño moral por ausencia de pruebas suficientes. La aseguradora fue alcanzada por la condena conforme a los límites previstos en la póliza y dentro del marco legal aplicable.