Río Negro
Río Negro no cuenta con casos positivos de sarampión notificados
A nivel país hay 28 casos positivos.

Río Negro no cuenta con casos positivos de sarampión notificados, pero ejecuta acciones de vacunación y vigilancia epidemiológica, para evitar la circulación del virus en el área.
“A raíz de que hace un mes comenzaron a aparecer seguido casos de Sarampión en Argentina, de los cuales 28 de ellos positivos, se tomaron algunas decisiones a nivel nacional y jurisdiccional también, porque la provincia de Buenos Aires es la que está teniendo casos en este momento”, explicó Marcela González, coordinadora de Inmunizaciones del Ministerio de Salud de Río Negro.
Agregó que “las provincias que no tenemos casos confirmados por laboratorios, como es el caso de Río Negro, si tenemos muchas acciones para hacer. En primer lugar, incentivar a toda la población a que vaya y consulte que vacunas les están faltando. En el caso, del cumplimiento del calendario, los niños de 12 meses y de 5 a 6 años son los que tienen que tener sus dosis aplicadas”.
En este marco, se recomienda al equipo de Salud público y privado, acreditar dos dosis de vacuna Doble y Triple Viral, para estar adecuadamente protegido; o contar con serología igg positiva para sarampión y rubeola.
González indicó que “estamos cumplimentando la vacunación del personal de salud, tienen que tener dos dosis. Además, todas aquellas personas que nacieron después del año 1965, que hoy tienen 54 años o menos, se les ofrece una dosis de triple viral extra”.
Esta vacuna es obligatoria y está contenida en Calendario Nacional de Vacunación, por lo tanto es necesario verificar y completar el esquema de vacunación de acuerdo a la edad.
Además, a los residentes en Argentina que viajen al exterior, se les recomienda verificar que el esquema de vacunación contra el sarampión esté completo para la edad, según el Calendario Nacional de Vacunación (vacuna doble o triple viral). De no contar con las dos dosis recomendadas, la vacuna debe ser aplicada como mínimo 15 días antes del viaje.
En el caso de viajar con niños de seis a 11 meses a áreas de circulación viral activa, deben recibir una dosis de vacuna triple viral. Esta dosis no debe ser tenida en cuenta como esquema de vacunación. Se administrarán las dosis correspondientes al Calendario Nacional de Vacunación, al año de vida y al ingreso escolar.
En niños menores de seis meses de vida, se sugiere aplazar y/o reprogramar el viaje puesto que en ellos la vacuna triple viral está contraindicada.
Finalmente, intensificar la vigilancia epidemiológica de enfermedad febril exantemática. Para poder proceder a realizar las acciones de control, se debe notificar al snvs 2.0 (SISA), todo caso de fiebre más exantema asistido en efectores públicos o privados.
Se considera caso sospechoso, al paciente con fiebre (temperatura axilar mayor a 38ºc) y exantema, o cualquier caso en que el profesional de la salud sospeche sarampión o rubéola.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








