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Río Negro

Emotivo homenaje al Maruchito, a cien años de su muerte

Se celebró el primer Festival de Arte y Cultura Patagónica en Aguada Guzmán.

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Foto: Prensa IUPA.

Con el objetivo de fomentar y afianzar la identidad rionegrina a través de expresiones artísticas, se festejó ayer (19/10) en Aguada Guzmán el primer Festival de Arte y Cultura Patagónica. La celebración se realizó en el marco de la conmemoración de los 100 años de “El Maruchito”, conocido como el “santo del camino”.

Se trata de un Festival inédito de arte y cultura organizado por el Instituto Universitario Patagónico de Artes (IUPA) con el acompañamiento del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte de la provincia, en el que se presentó el documental “La Pasión del Maruchito”, realizado por la casa de altos estudios, y contó además con la participación de artistas de diferentes localidades rionegrinas.

Foto: Prensa IUPA.

En la oportunidad, el gobernador Alberto Weretilneck, quien encabezó la celebración acompañado por la comisionada de Fomento de Aguada Guzmán, Inelda Paredes, y el rector del Instituto Universitario Patagónico de Arte (IUPA), Gerardo Blanes, aseguró que a partir de hoy se sumarán muchos creyentes al maruchito “no solo porque están acá, sino porque a través del IUPA habrá miles de rionegrinos que van a comenzar a sentir lo que sentimos nosotros”.

Expresó que hay dos personas en la Provincia que “creo se imponen sobre todo y nos unen en la fe. Uno es Ceferino y el otro es el Marucho, creo que cuando hablamos de fe, de creencias, los rionegrinos encontramos eso que a veces no tenemos respuestas en otros lugares. Creo que son los dos que nos abrazan y que nos cobijan”.

Foto: Prensa IUPA.

Agregó que “Ceferino ya no es solamente rionegrino, sino que es de miles y miles de personas. Y el Marucho comenzó siendo para los que viven la zona, los que andamos por estas rutas permanentemente, y para quienes viven solos en la inmensidad de la provincia, pero creo que hoy el marucho es de todos los rionegrinos”.

Por otra parte, el mandatario indicó que la historia del Marucho nos deja un compromiso de esta época. “El compromiso es que los niños a esa edad tienen una sola responsabilidad y es estudiar. A esa edad la niñez estudia y se divierte, a esa edad la niñez hace cosas hermosas y fantásticas como esta: gozar y disfrutar de la música”, resaltó.

“Tenemos que asumir la responsabilidad de cuidar a nuestra niñez, que no se los maltrate, que tengan la mejor educación posible y, fundamentalmente, que tengan una niñez feliz y que el día de mañana cuando todos estos niños sean adultos puedan decir que vivieron mejor que nosotros”.

Finalmente, señaló que en homenaje al marucho “que vivió una infancia muy triste, y a todos los niños y niñas que no tuvieron la niñez con felicidad, sigamos comprometiéndonos para que a través de la fe y lo que nos da fuerza y animo tengamos un Río Negro cada día mejor”.

Foto: Prensa IUPA.

El Maruchito

El Maruchito, conocido así a Pedro Farías, fue un niño marucho de 12 años que murió hace 100 años por querer tocar una guitarra en Aguada Guzmán.

El Maruchito se convirtió con los años en el santo del camino, con miles de fieles y seguidores que se acercan a pedir protección y ayuda.

Río Negro

Desde EdERSA solicitan a quienes se cayeron del Nivel 2 a que realicen el trámite urgente para no pagar un 50% de electricidad

«Los usuarios que consideren que deben ser beneficiario del subsidios, deben realizar el trámite de la segmentación tarifaria», indicaron desde la empresa distribuidora de la energía.

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La quita de subsidios que ha dispuesto el gobierno nacional en las facturas de luz, y que ha golpeado y seguirá golpeando el bolsillo de miles de rionegrinos, puso en alerta a las autoridades de la empresa de energía EdERSA. Tanto es así, que llamaron a aquellos que se cayeron del Nivel 2 en la segmentación tarifaria (el de mayor beneficio) «a realizar el trámite urgente, porque si no pagarán una factura hasta un 50% más cara».

A su vez, pidieron «no confundir a los rionegrinos con el tema de las tarifas», porque los aumentos importantes «han sido en el Costo de Abastecimiento, que durante este año se incrementó entre un 500 y un 600%», todo por decisión del gobierno nacional explicó el gerente General de la distribuidora, Fernando Barreto.

El directivo señaló que «hay diferentes sectores que mezclan todo, haciendo que los usuarios no entiendan la situación. Incluso han dicho que el Ente Regulador (EPRE) le aprobó a EdERSA una suba del 23% en el costo de transporte de la energía, cuando éste es un concepto que tiene que ver con el Costo de Abastecimiento, que no se define en la provincia si no a nivel nacional», remató.

Barreto explicó que el Costo de Abastecimiento está conformado «por el valor de la generación de la energía, su transporte y el costo de potencia», y que esos conceptos y sus precios son «definidos por la secretaría de Energía de la Nación, el ENRE y la empresa del Mercado Mayorista CAMMESA». Y siguió: «acá la realidad es que los ajustes fuertes, las señales de sinceramientos de las tarifas, han sido de Nación. Tanto es así, que de la factura final de EdERSA, apenas un 27% es el que se define en la provincia. Ese porcentaje, el llamado VAD Operativo, es con el que nuestra distribuidora tiene que realizar todas sus acciones, tanto comerciales como operativas, además de realizar las inversiones, tener cada vez más inmuebles, comprar camionetas, camiones, grúas, etc».

En este sentido, explicó que los «ajustes tarifarios que recibió EdERSA en su VAD Operativo tuvieron que ver con el proceso inflacionario que se experimentó durante buena parte del año, en una espiralización que había complicado financieramente a la compañía. Ahora, la realidad es que los aumentos importantes fueron en el Costo de Abastecimiento (en el precio de la energía, del transporte y de la potencia)».

En relación a la pérdida del subsidio Nivel 2 de miles de rionegrinos (más de 13.000 entre octubre y noviembre), recordó que «los usuarios que consideren que deben ser beneficiario del subsidios, deben realizar el trámite de la segmentación tarifaria», al tiempo que aseguró que desde «EdERSA haremos todo lo posible para llegar a ellos con información, ayudarlos a que vuelvan a tener el beneficio», sin dejar de reconocer que la definición del Nivel de cada usuario es de la Secretaría de Energía nacional.

Barreto también informó que EdERSA motoriza un importante plan de obras durante este 2024, en el que invertirá alrededor de 15.000 millones de pesos, quintuplicando el del año pasado.

‘Tenemos proyectos terminados, iniciados y en ejecución en todas las localidades y regiones de la provincia. Obras chicas, medianas y otras emblemáticas, como una nueva Estación Transformadora en Choele Choel; nuevos alimentadores troncales en El Bolson; mejoras en el abastecimiento del Alto Valle. Trabajamos fuerte en el mantenimiento, mejora y modernización de todo el sistema, sobre todo previendo un verano que se pronostica con temperaturas muy por arriba del promedio histórica. Todo eso, en un contexto en el que la obra pública y privada se encuentra pasando por un momento complejo, nos parece por demás destacable», culminó.

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Judiciales

Compensación económica: En medio del divorcio prometió construirle una vivienda a su ex esposa

Dividirán un terreno a la mitad y en el plazo de 3 años, debe finalizar la construcción de la casa ubicada en ese inmueble.

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Dos personas que se divorciaron en Cipolletti acordaron una compensación económica en medio de la división de bienes. El ex esposo se comprometió a ceder el 50% de un lote y a terminar la construcción de una vivienda en ese sitio. Ella, a su vez, le permitirá exportar un local comercial por el plazo de 10 años. La jueza de Familia homologó el acuerdo, como solución al conflicto conyugal.

En medio de la división de bienes, la mujer, quien demandó una compensación económica, y el hombre alcanzaron un entendimiento para distribuir los bienes adquiridos durante su matrimonio y resolver la situación económica tras la disolución del vínculo.

El acuerdo establece que el hombre cederá el 50% de un inmueble en Cipolletti y finalizará la construcción de la vivienda ubicada en el terreno. En cuanto a la obra, ambas partes acordaron detalles específicos de terminaciones y calidad de los materiales, con un plazo de 3 años para su finalización.

Además, una vez completada la vivienda, el hombre podrá explotar un local comercial en el mismo terreno por un periodo de 10 años sin pago de canon, plazo tras el cual cederá el uso y la propiedad del local a su ex esposa.

Asimismo, el hombre asumió la obligación de pagar una suma mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil hasta que la mujer pueda habitar la vivienda.

La jueza de Familia, al homologar este acuerdo, dio por finalizada la disputa entre las partes en relación con la compensación económica y la división de bienes.

¿Qué es la compensación económica?

La compensación económica en el Código Civil y Comercial de la Nación es un derecho que uno de los cónyuges o convivientes puede solicitar cuando, luego de la ruptura de una relación conyugal o de convivencia, su situación económica se ve significativamente desmejorada en comparación con la que tenía durante la relación. Este resarcimiento busca equilibrar las diferencias económicas generadas por los roles asumidos en la pareja y puede otorgarse en dinero, bienes o el uso de un inmueble.

El artículo 441 establece que procede cuando el divorcio produce un «desequilibrio manifiesto» que causa un empeoramiento en las condiciones de vida de una de las partes y que este deterioro guarde relación con la vida compartida. El objetivo de la compensación es que la persona afectada no sufra un perjuicio económico desproporcionado como consecuencia de la separación o divorcio.

Para determinar su monto y forma de pago, el juez o jueza considera factores como la duración de la relación, el trabajo y las contribuciones de cada cónyuge o conviviente a la vida familiar, la edad y el estado de salud de la persona que solicita la compensación, entre otros. La compensación se puede otorgar de manera única o en cuotas, y puede consistir en dinero, bienes, usufructo de propiedades, etc.

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Judiciales

Compró una PlayStation 5 y nunca se la entregaron: Condenan a la tienda de electrodomésticos

Un rionegrino compró por el sitio web de una conocida casa de artículos para el hogar y cuando fue a retirar el producto al local, empezaron los problemas.

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Un hombre de Cipolletti compró una PlayStation 5 en un sitio web, la pagó con su tarjeta y nunca recibió el producto. Después de varios reclamos, inició una demanda por menor cuantía. El Juzgado de Paz condenó a la compañía a indemnizar al cliente: tendrá que abonar una suma en concepto de daños materiales e intereses y una sanción por daño punitivo.

El consumidor realizó la compra de una consola de videojuegos PlayStation 5 en el sitio web de Naldo Lombardi S.A. y completó el pago con su tarjeta de crédito en 12 cuotas. La empresa informó que el cliente podría retirar el producto en el local de Cipolletti pero cuando se acercó le comunicaron que el artículo no estaba disponible. El personal del comercio le indicó que debía realizar el reclamo a un número de atención telefónica. Llamó pero no le ofrecieron solución.

Ante la falta de respuesta, el hombre se presentó en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Cipolletti para formalizar su denuncia. Durante el proceso administrativo, se convocó a una audiencia a la que la empresa no asistió. Posteriormente, el gerente de la sucursal local de Naldo Lombardi presentó un escrito en el que acreditaba una transferencia por el valor del producto al medio de pago utilizado por el cliente. Sin embargo, esta devolución ocurrió seis meses después de la compra original, sin que el hombre recibiera respuesta respecto a los intereses o ajustes por la demora.

En la demanda, el consumidor solicitó una compensación adicional por el tiempo en que el monto de la compra estuvo indisponible en su cuenta, así como una indemnización por daños y perjuicios.

Tras analizar la prueba presentada, el juzgado de Paz concluyó que la compra efectivamente se realizó y que la devolución sin previo aviso, junto con la falta de respuesta adecuada por parte de la empresa, configuraron un incumplimiento contractual. En este sentido, la jueza señaló que la conducta de la empresa violó el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece el deber de los proveedores de colaborar en el esclarecimiento de los hechos en procesos judiciales relacionados con consumidores.

En consecuencia, el fallo condenó a Naldo Lombardi S.A. a indemnizar al cliente con una suma específica en concepto de daño emergente, con intereses por la demora en la devolución de la suma, y una compensación adicional por daño punitivo. La jueza dispuso que el objetivo de esta última sanción es desalentar conductas similares de la empresa en el futuro, subrayando que se actuó sin considerar los derechos del consumidor.

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