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Judiciales

Primera condena por acoso callejero en Río Negro

El caso ocurrió camino a la Isla Jordán de Cipolletti y la víctima padeció insultos, violencia física y psicológica.

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La jueza de Paz de Cipolletti Gabriela Lapuente dictó una condena por acoso callejero, una modalidad que fue incorporada en mayo de este año como un acto de violencia contra la mujer. El acosador y todos los empleados de la empresa para la que había prestado servicios deberán capacitarse en perspectiva de género. También lo obligaron a formar parte de la organización de las actividades por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se realizará el 25 de noviembre.

El Poder Ejecutivo promulgó en mayo la Ley 27.501 que incorporó el acoso callejero como modalidad de violencia hacia la mujer y lo incluyó como delito dentro del Código Penal. Este proyecto fue sancionado por el Congreso en abril de este año.

El caso ocurrió camino a Isla Jordán de Cipolletti y tuvo como víctima a una joven que padeció insultos, violencia física y psicológica. El hombre reconoció su participación en el hecho.

El acusado manejaba un camión ploteado con el logo de una empresa de distribución de agua y hielo. La empresa involucrada probó en el expediente que no era la titular registral del camión. De hecho el vehículo es propiedad del hombre denunciado, a pesar de que en otro momento se lo había alquilado a un tercero quién tenía a su cargo el reparto de agua y hielo. En esas circunstancias la firma autorizó el ploteo pero después venció el contrato de alquiler y nunca se retiró el logotipo del rodado.

Con esos argumentos, la jueza consideró que la firma había sido negligente al permitir que circulara un vehículo con la identificación de su producto pese a que en ese camión ya no se repartía agua por el vencimiento del contrato.

De esta manera, la magistrada aceptó el ofrecimiento voluntario de la firma para instrumentar los medios y los contactos necesarios a fin de que todos los integrantes de la empresa (personal jerárquico, empleados y empleadores) participen en un programa de formación en género tendiente a sensibilizar a los participantes, promover valores de igualdad y la deslegitimación de la violencia contra las mujeres.

La jueza, en su resolución, no sólo ordenó al autor del hecho que se abstenga de volver a realizar este tipo de conductas sino que lo obligó a realizar un curso presencial de capacitación y sensibilización en género y diversidad.

También deberá participar de manera activa en la coordinación, armado y realización de la jornada de concientización por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer a realizarse por el Consejo Provincial de la Mujer y el Área Diversidad el 25 de noviembre. “A tales fines deberá ponerse a disposición del mencionado organismo para la asignación de tareas o servicios a realizar”, consignó Lapuente.

Los argumentos

La jueza de Paz consideró que el artículo 2 de la Ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres plantea como objeto la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres. Es decir concluyó que debía tomar medidas para erradicar los estereotipos de género. También estimó que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer pidió a los Estados en su Recomendación General Nro. 19 (1992) que actuaran con la debida diligencia para prevenir la violencia contra la mujer y responder a ella.

Sostuvo además la jueza que casos como este deben ser juzgados con perspectiva de género y que se deben visualizar situaciones de discriminación o asimetrías que obliguen a valorar la prueba de manera diferente para romper con esa desigualdad. De allí el concepto de “categorías sospechosas” que ya fue utilizado en otro fallo del fuero de familia de Cipolletti. Se explicó que son categorías sospechosas de sufrir discriminación las mujeres, niños, grupos LGTBTI y personas con discapacidad.

La nueva norma incorpora un inciso a la ley 26.485: “Violencia contra las mujeres en el espacio público: aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo”.

El texto completo de la ley puede consultarse en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/207142/20190508.

Judiciales

Violencia de género en Roca: Una joven terminó herida y un hombre quedó detenido

El acusado es el sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

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Una joven fue encontrada herida y en estado de shock durante una intervención policial por un hecho de violencia de género en General Roca. Por el episodio, un hombre de 22 años fue detenido y quedó a disposición de la Justicia. Se trata del sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

El llamado ingresó como una situación de violencia de género y movilizó a efectivos de la Comisaría 3° de Roca. Al llegar al lugar, los policías encontraron a la joven herida, en estado de shock y sin poder mantener un diálogo. Dos vecinas relataron que momentos antes un joven la había sacado por la fuerza hacia la vereda. Mientras la mujer era asistida por personal del SIARME, el sospechoso regresó al lugar.

Los efectivos procedieron a reducirlo, aunque opuso una fuerte resistencia al momento de ser detenido. Durante el cacheo, encontraron un cuchillo entre sus pertenencias.

En principio, la joven presentaba un corte en una de sus piernas. El hombre fue trasladado a la Comisaría 3° y quedó a disposición de la Justicia, en el marco de actuaciones por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.

La investigación deberá establecer qué ocurrió dentro de la vivienda y cuál fue la mecánica de la agresión. La víctima todavía no había podido brindar su versión al momento de la intervención debido al estado de shock, mientras que los testimonios de las vecinas forman parte de las primeras actuaciones.

El detenido cuenta además con un antecedente judicial reciente. El 24 de agosto de este año, el juez federal de General Roca, Hugo Greca, dictó su procesamiento en la causa que investiga la muerte de Teo Vázquez, una joven de 19 años fallecida el 31 de enero de 2024.

En esa investigación, el procesamiento consideró, con el grado de probabilidad propio de esa etapa, que el imputado habría suministrado sustancias que, combinadas con alcohol, provocaron el cuadro que terminó con la muerte de la joven. Por esa causa fue procesado por homicidio simple con dolo eventual y suministro gratuito de estupefacientes, además de falsificación de recetas médicas y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

En julio del 2025, el joven había recuperado la libertad con tobillera electrónica y supuestas estrictas medidas cautelares.

Se trata de dos investigaciones diferentes y será la Justicia la que determine las responsabilidades correspondientes en cada una. Mientras tanto, la joven permanece bajo asistencia médica y continúa la investigación por el episodio de violencia de género.

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Irá a juicio el hombre acusado de disparar dentro de un céntrico bar de Roca

El hecho ocurrió el 15 de mayo en un bar de calle 9 de Julio. El acusado cumple prisión preventiva desde la formulación de cargos.

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La causa contra un hombre acusado de efectuar disparos dentro de un bar de General Roca avanzó hacia la etapa de juicio oral y público, luego de que la Fiscalía y la defensa presentaran la prueba con la que cuentan. El hecho ocurrió el 15 de mayo, alrededor de las 4 de la madrugada, en un bar ubicado sobre calle 9 de Julio, casi Italia.

Según explicó la fiscal Verónica Villarruel, el imputado primero intentó proponerle a una empleada del lugar llevarla hasta su casa y luego realizó la misma propuesta al encargado del bar. Ante la negativa de ambos, habría extraído una pistola calibre .380, que no contaba con autorización para su portación.

De acuerdo con la acusación, el hombre efectuó al menos dos detonaciones y una de ellas impactó contra el cristal de una heladera.

La situación continuó cuando un efectivo policial que realizaba tareas de prevención se acercó caminando al lugar. El agente advirtió que el imputado empuñaba el arma y lo apuntaba. Tras darle la voz de alto, se abalanzó sobre él y logró quitarle la pistola.

La Fiscalía solicitó avanzar hacia el juicio por abuso de armas, portación ilegal de arma de guerra y atentado contra la autoridad, todo en concurso real.

Entre la prueba incorporada se encuentran informes de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) sobre el imputado y el arma, el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3°, la denuncia del encargado del bar, material fílmico analizado, informes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, tareas del Gabinete de Criminalística y el croquis del lugar.

También fueron incorporadas las pericias balística y armera. La Fiscalía anunció que llevará a juicio a la policía que intervino, a los denunciantes y a otros testigos.

Durante la audiencia, las partes acordaron una convención probatoria respecto del arma secuestrada: establecieron que se trataba de un arma de fuego de guerra, que su mecanismo de disparo funcionaba al momento del secuestro y que guardaba correspondencia con las vainas y proyectiles encontrados en el lugar.

Debido a la pretensión punitiva, superior a 3 años de prisión, el Ministerio Público Fiscal solicitó que el debate sea llevado adelante por un Tribunal Colegiado.

La defensa particular adhirió a la prueba presentada por la Fiscalía y agregó a una persona más como testigo.

Finalmente, el juez Gastón Martin resolvió elevar el legajo a la siguiente etapa procesal. El acusado permanece en prisión preventiva desde la formulación de cargos.

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Judiciales

Caso Iraira: Allanaron una vivienda en Roca y secuestraron un arma y celulares

Durante el allanamiento encontraron un revólver calibre 22 y dispositivos electrónicos que serán sometidos a peritajes.

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Un allanamiento realizado este viernes (18/09) en la zona norte de General Roca terminó con el secuestro de un revólver calibre 22, cuatro teléfonos celulares y una computadora portátil, en el marco de la investigación por la muerte de Maximiliano Iraira.

El procedimiento fue encabezado por personal de la Comisaría 21°. Para garantizar el ingreso seguro a la propiedad ubicada en calle Don Bosco al 2800, también participaron efectivos del Grupo Especial COER, encargados de la irrupción táctica. Durante la inspección de la primera vivienda del predio, los policías encontraron y secuestraron un revólver calibre 22 y dos teléfonos celulares.

En un segundo inmueble ubicado dentro del mismo lote, los agentes incautaron otros dos teléfonos y una computadora portátil, elementos que serán sometidos a los correspondientes peritajes.

El Gabinete de Criminalística realizó las diligencias técnicas para preservar y asegurar la evidencia recolectada durante el procedimiento.

Tras tomar conocimiento de los resultados del allanamiento, el fiscal de turno dispuso el inicio de un nuevo legajo judicial por tenencia ilegal de arma de fuego.

En el marco de esa nueva causa, un hombre de 38 años y una mujer de 29 fueron notificados de la formación del expediente.

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