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Judiciales

Condenan a Claro por usar formularios engañosos y por deficiencias del servicio

Deberá indemnizar a una clienta de Roca por más de $600.000.

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La Cámara Civil de Apelaciones de Roca confirmó el fallo que condenó a la empresa AMX Argentina S.A. (Claro) a indemnizar a una usuaria con 620.000 pesos más intereses, por incumplimientos a la Ley de Defensa del Consumidor. La reparación se compone de 100.000 pesos por daño moral, 500.000 pesos por daño punitivo y 20.000 pesos por daño material.

En 2015 la mujer compró una línea telefónica y un celular nuevo a la empresa. A poco de usarlo comenzó a fallar y lo llevó en la sucursal Claro de Roca, donde lo había adquirido, para hacer valer la garantía. Pero se encontró entonces con el primer problema: para que le reciban el equipo debía firmar un formulario preimpreso en el que figuraba un número limitado de posibles “causas” de la falla: “equipo golpeado, equipo mojado, equipo rayado, display partido, accesorio no original, problemas con IMEI, sulfato en conectores o equipo intervenido”. Los problemas de fábrica o defectos de origen no aparecían entre las opciones, ni había espacio en el formulario para precisar “otras causas”. Así, la empleada que recibió el celular consignó en la ficha que el equipo estaba “golpeado”, sin que esa situación fuera real.

Tiempo después la mujer fue llamada a retirar el equipo reparado en la sucursal de Neuquén, donde le informaron que la garantía no cubriría el arreglo ser tratarse de un equipo golpeado. Advirtió además en ese momento que alguien había adulterado el formulario original, agregando un tilde en la opción “display partido”, sin ningún tipo de aviso o consentimiento por parte de la mujer.

A pesar de posteriores ingresos del equipo al service, el teléfono nunca funcionó bien y, en definitiva, tampoco fue reemplazado por otro nuevo.

Un segundo reclamo de la mujer apuntó a “la deficiencia en los servicios de llamadas e Internet”, por no tener señal fuera del microcentro de Roca.

Tras eso la línea fue suspendida por la empresa y la mujer terminó solicitando la baja definitiva. Sin embargo, recibió posteriormente intimaciones de pago por una supuesta deuda pendiente.

Los primeros planteos fueron ante la Oficina de Defensa del Consumidor, sin respuestas favorables. Luego la mujer inició el trámite ante el Centro Judicial de Mediación, con el mismo resultado. Por lo que finalmente debió interponer la demanda civil.

La sentencia de primera instancia dio la razón a la mujer, decisión que ahora confirmó la Cámara. El Tribunal concluyó que el formulario estaba abusivamente diseñado “en favor de la empresa”. Y en cuanto al deficiente servicio, aplicó las conclusiones de una pericia que había constatado la “lentitud, falta de respuesta e intermitencia” de la conectividad 3G que por entonces promocionaba la empresa en Roca.

En su apelación la empresa cuestionó la reparación del daño moral, alegando que fueron “simples molestias e inconvenientes que impone la vida en sociedad (…), propias y corrientes del mundo de los pleitos o de los negocios”.

La respuesta de la Cámara fue: “Quien compra un celular (…) no está haciendo un ‘negocio’, ni tiene la menor intención de estar pleiteando ni está preparada para ello, como sí lo están empresas como la demandada. Francamente me parece vergonzoso que una empresa que factura hasta el más mísero segundo de sus servicios y cobra altas tasas de intereses por escasa mora, pretenda que sus clientes deban soportar, sin derecho a reclamo, el tener que realizar innúmeros reclamos (…), con ninguneo y destrato permanente”.

En cuanto a la indemnización por daño punitivo, el Tribunal destacó la “notoria gravedad” de los abusos, especialmente por la “conducta generalizada” de la empresa de obligar a los clientes a firmar un formulario engañoso como requisito para ingresar los equipos a reparación.

“No podemos interpretar como una ingenuidad, ni un mero olvido” la falta de opciones en el formulario de ingreso; “todo nos lleva a pensar que el preimpreso tiene como finalidad limitar las defensas del consumidor. Y desde tal perspectiva no solo corresponde acoger el daño punitivo, sino que en mi opinión la gravedad de la conducta y la entidad de la empresa que cubre a millones de líneas, justificaría la aplicación de sanciones en el máximo autorizado por la ley”, enfatizó el Tribunal.

Por último, la Cámara ordenó informar del contenido del expediente judicial a la Agencia de Recaudación Tributaria provincial, que es la autoridad de aplicación del Sistema de Protección de los Consumidores, para que ejerza las “funciones de control, prevención y sanción que le acuerdan las leyes correspondientes”.

Judiciales

Dos sujetos seguirán presos por una seguidilla de robos con violencia

La jueza abrió la investigación penal preparatoria por cuatro meses. Los imputados cumplirán prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra dos personas por una serie de hechos ocurridos en el transcurso de dos días consecutivos, que incluyeron agresiones físicas y robos, y la Justicia dispuso la prisión preventiva de ambos imputados.

Según la acusación fiscal, el primer hecho se produjo durante la madrugada del sábado (04/01), cuando una mujer se encontraba en la puerta de su domicilio. En ese contexto, uno de los imputados la habría golpeado, para luego ingresar a la vivienda y sustraer una mochila con pertenencias personales y un teléfono celular, dándose posteriormente a la fuga.

De acuerdo a lo expuesto en la audiencia, al día siguiente, domingo (05/01), se registró un segundo episodio en la vía pública, en el que el mismo imputado actuó junto a otra persona. Ambas habrían interceptado a una víctima, a quien lesionaron con un arma blanca para luego robarle sus pertenencias.

Fue la propia persona damnificada quien dio aviso a la Policía, indicando el lugar donde se encontraban los presuntos autores. Minutos después, el personal policial logró la detención de ambos, encontrando en su poder el teléfono celular sustraído instantes antes.

La Fiscalía detalló que el procedimiento quedó respaldado con actas policiales, secuestro de elementos y registros fotográficos, y que además uno de los detenidos vestía prendas que habían sido robadas durante el hecho del día anterior. Por estos acontecimientos, el Ministerio Público Fiscal imputó a ambas personas el delito de robo agravado por el uso de arma, en carácter de coautores.

Durante la audiencia, la defensa penal planteó una versión distinta, sosteniendo que el segundo episodio habría sido una pelea. Sin embargo, la jueza interviniente consideró que no resultaba claro cómo el teléfono celular terminó en poder de los imputados, cuestión que deberá ser esclarecida durante la investigación.

Finalmente, la magistrada tuvo por formulados los cargos, dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el plazo de cuatro meses y ordenó la prisión preventiva de los imputados, al considerar la medida adecuada en función de la gravedad de los hechos y el estado inicial del proceso.

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Judiciales

Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba

El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

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Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.

Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.

«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.

«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.

Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».

«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.

Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.

Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.

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Judiciales

Violencia de género: Un hombre fue imputado por agredir a su ex pareja y romperle el celular

El hecho ocurrió en el domicilio de la víctima y le dejó lesiones de carácter grave.

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Ayer (29/12) al mediodía, el equipo del Ministerio Público Fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común, en el marco de una causa por violencia de género. El imputado no podrá acercarse a la víctima ni a su vivienda en un radio de 200 metros, y deberá utilizar un dispositivo electrónico de control.

De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió el sábado 21 de diciembre alrededor de las 20.00, en el patio de la vivienda que compartía la pareja. Según se expuso en audiencia, el hombre habría comenzado a insultar a la mujer y, sin motivo alguno, la agredió físicamente.

«El imputado le pegó en la cabeza, impactando uno de los golpes en el oído izquierdo y otro en la mano, donde la víctima sostenía su teléfono celular», explicó la Fiscalía. Posteriormente, el hombre le habría arrebatado el dispositivo y lo arrojó al suelo, provocando la rotura de la pantalla.

Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió lesiones de carácter grave, situación que fue acreditada mediante la historia clínica del Hospital donde fue atendida y el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.

La calificación legal por la cual quedó imputado es la de lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real, conforme a los artículos 45, 90 en función del 92, 80 incisos 1° y 11, y 183 del Código Penal.

El defensor penal público señaló que se trataría del primer conflicto de este tipo entre la pareja y que no existirían antecedentes previos ni denuncias en el marco de la Ley N° 3040, por lo que solicitó como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y la prohibición de acercamiento.

Finalmente, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dispuso que el imputado cumpla con las medidas cautelares propuestas, mientras continúa el proceso judicial.

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