Judiciales
Condena a Telefónica por triple falta: no respetó una “promo”, facturó cargos indebidos y desobedeció al Juzgado de Paz
Por más que el fallo aún no está firme, la empresa de telefonía debería abonar una indemnización de $100.000.

Una mujer de Allen contrató en 2011 un servicio de telefonía e internet para su casa, aceptando una promoción de $99 mensuales por un año. Sin embargo, la primera facturación que recibió en su domicilio casi duplicaba el valor prometido, y así comenzó una historia de reclamos administrativos y judiciales que derivó, ahora, en una condena civil contra la empresa Telefónica de Argentina SA por más de $150.000, más los intereses acumulados desde el inicio del conflicto.
Al recibir la primera sobrefacturación, la mujer hizo un reclamo ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, con sede en Viedma, y recibió una resolución favorable que ordenó a la empresa dar “estricto cumplimiento a la promoción ofrecida”.
Luego la mujer llevó el reclamo al Juzgado de Paz de Allen, donde a finales de 2011 se dictó la sentencia que ordenó a Telefónica rescindir totalmente el contrato por haber incumplido su oferta.
Pero los problemas no terminaron allí, porque la empresa no la dio “de baja” como clienta sino hasta mediados de 2016 y en ese lapso acumuló una supuesta deuda de casi $16.000, que fue asentada en el registro de deudores morosos Veraz. Hasta mediados de 2018, seguía figurando como deudora en ese banco de datos.
Ante tal cúmulo de situaciones, la mujer interpuso una demanda ante el Juzgado Civil y Comercial N° 9 de Roca, reclamando a la empresa una indemnización por daño material, daño moral y daño punitivo, en en marco legal del régimen de Defensa del Consumidor.
La mujer reclamó a Telefónica estar “abusando de su posición dominante en el mercado”, sometiéndola a una “situación jurídica abusiva, injusta y agraviante, pues no solo incumplió en forma deliberada con el contrato, sino que hace añicos la sentencia de la Justicia de Paz, desde que emite una deuda sin causa que la justifique, obligándola a continuar con la desgastante situación de litigio”.
Por su parte la empresa alegó que la generación de la deuda fue por un “error motivado por el cambio de sistema” y que nunca hizo ninguna gestión de cobro por ese concepto.
Los daños
El daño moral fue reclamado por “el destrato” y los sentimientos de “indignación, impotencia e irritación” que le causaron a la mujer tantos años de reclamo. Por ese rubo la jueza Civil reconoció $50.000 de resarcimiento, más los intereses acumulados desde 2011. “Existieron molestias que excedieron el marco de una mera inquietud o incomodidad que ha de tolerarse en lo cotidiano, para tornarse en una situación en la cual se causó (…) un serio disgusto que debe ser indemnizado”, consideró la magistrada.
En tanto que por daño punitivo, como sanción civil que se aplica a las empresas que violan los derechos del consumidor, se fijó una indemnización de $100.000. La jueza tuvo a la vista la cantidad de denuncias que existen contra Telefónica en Río Negro y Neuquén por esa misma temática y concluyó “que no se trata de un caso aislado, sino que se trata de una cuestión habitual de la empresa”. También valoró que en el caso, el accionar de la compañía “no ha quedado configurado sólo como incumplimientos contractuales sino también un incumplimiento de una sentencia judicial por casi 5 años”.
Cabe señalar que el fallo aún no está firme, pues corren para ambas partes los plazos legales para apelar.
Judiciales
Comenzó el juicio contra cuatro policías acusados de torturar a dos adolescentes en Alta Barda
El juicio se extenderá durante cinco jornadas más y contará con la declaración de más de 30 testigos.

Comenzó el debate oral por el hecho que investiga una serie de acciones que cuatro policías habrían cometido contra dos adolescentes en junio de 2024, en el playón deportivo del barrio Alta Barda de General Roca.
El Tribunal Colegiado comenzó a escuchar a los primeros testigos propuestos por el Ministerio Público Fiscal, teniendo en cuenta que la pretensión punitiva supera los 3 años de prisión.
Durante la primera jornada declararon la madre de uno de los jóvenes, la hermana de ella y dos enfermeras del servicio de emergencias.
El debate continuará durante cinco jornadas más. Para este miércoles (19/08) está prevista, entre otras medidas probatorias, la reproducción de las Cámaras Gesell.
Según la teoría del caso presentada por la Fiscalía, el hecho ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30, cuando los cuatro imputados, que se movilizaban en un móvil policial tipo pick up y prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez, llegaron al playón deportivo del barrio Alta Barda.
La acusación sostiene que uno de los policías habría efectuado disparos al aire para dispersar a quienes se encontraban en el lugar y que, posteriormente, tras identificar a los dos adolescentes, los habría hecho subir al móvil frente a sus tres compañeros.
De acuerdo con el relato fiscal, una de las policías conducía, otra se encontraba en la cajuela y el restante ocupaba el asiento trasero junto a los adolescentes.
La acusación plantea que los jóvenes fueron trasladados a un descampado y que allí uno de los policías habría golpeado a ambos. Según la Fiscalía, las dos mujeres policías le pedían que detuviera su accionar, mientras el otro hombre observaba.
Siempre según la acusación, posteriormente el mismo efectivo les habría ordenado correr y efectuado nuevas detonaciones hacia los pies de los adolescentes. Uno de ellos habría sufrido una herida en el muslo izquierdo producto del impacto de un perdigón.
La Fiscalía también sostuvo que el policía habría amenazado a los jóvenes mientras tenía un arma cargada y que finalmente ambos lograron escapar hacia la zona de las sierras, donde permanecieron ocultos.
La calificación legal es torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por el carácter de funcionario policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma. Uno de los policías respondería como autor, mientras que los otros tres lo harían en carácter de partícipes necesarios.
Las defensas, en tanto, cuestionaron tanto la teoría de la fiscalía como la calificación legal. El defensor penal público Juan Pablo Chirinos sostuvo que su asistido reconoció el hecho, aunque no en el grado ni con la participación que plantea la acusación, y afirmó que para esa parte no existió tortura.
Por su parte, Flavia Rojas planteó que la defensa discutirá la teoría fiscal a partir de la desigualdad existente en la fuerza policial entre hombres y mujeres y su impacto en la labor de su asistida.
El juicio está previsto durante toda esta semana, desde las 8.30, en los Tribunales de General Roca.
Judiciales
Identificaron al joven que fue asesinado a tiros en la zona oeste de Roca
La investigación busca determinar cómo ocurrió el crimen, identificar a los responsables y localizar las armas que habrían sido utilizadas.

Un joven de 19 años fue asesinado durante la noche del jueves (14/08) en la zona oeste de General Roca, luego de recibir múltiples disparos de arma de fuego. La víctima fue identificada como Diego Nicolás Gutierrez, quien murió como consecuencia de las heridas provocadas durante el ataque.
El hecho ocurrió dentro de la jurisdicción de la Comisaría 47° y es investigado por el Ministerio Público Fiscal, bajo la coordinación de la fiscal Verónica Villarruel.
En la escena trabajaron integrantes de la Fiscalía de Turno, el Gabinete de Criminalística, la Unidad Operativa del Ministerio Público, la Policía de Río Negro y la Brigada de Investigaciones.
El cuerpo del joven fue trasladado a la Morgue Judicial de General Roca, donde profesionales médicos realizarán la autopsia para determinar con precisión la causa y las circunstancias del fallecimiento.
Mientras tanto, los investigadores continúan con distintas diligencias para reconstruir lo ocurrido, identificar a los responsables del homicidio y avanzar en la búsqueda de las armas utilizadas en el ataque.
Judiciales
Acusan a un hombre de enviar mensajes y audios sexuales a una adolescente
La Fiscalía sostuvo que el imputado contactó a la víctima entre julio y agosto de 2025 y le envió mensajes y audios de contenido sexual, sabiendo que era menor de edad.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por el delito de acoso sexual infantil, en una causa en la que se investiga el contacto que habría mantenido con una adolescente a través de WhatsApp y el envío de mensajes y audios de contenido sexual.
La audiencia se realizó este viernes (14/08) en el Foro Penal de General Roca. La fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo detalló que los hechos investigados ocurrieron entre julio y agosto de 2025.
Según la acusación, el hombre se comunicó con la adolescente mediante WhatsApp y le envió mensajes y audios de contenido sexual, a sabiendas de que se trataba de una menor de edad. La calificación legal propuesta es acoso sexual infantil en carácter de autor.
La investigación comenzó luego de que la madre de la joven escuchara a su hija hablar por teléfono con una persona desconocida, a quien le brindaba información sobre sus rutinas y horarios. Ante esta situación, la mujer realizó la denuncia penal que dio inicio a las actuaciones judiciales.
Como principal evidencia, la Fiscalía presentó un informe técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones. El análisis de los teléfonos del imputado y de la víctima permitió identificar más de 1.000 páginas de registros, conversaciones y archivos de audio que sustentan la acusación.
El legajo también incorpora el acta del allanamiento realizado en la vivienda del imputado, en Cipolletti, y un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. Este último documento explicó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar una entrevista en Cámara Gesell a la adolescente. Además, se anexó como prueba el Certificado Único de Discapacidad de la menor.
Durante la audiencia, la defensa del acusado, a cargo del abogado Pablo Barrionuevo, no presentó objeciones formales a la imputación, aunque señaló que discutirá la interpretación que la Fiscalía realiza de los mensajes. El imputado, por su parte, hizo uso de su derecho constitucional y optó por no declarar.
Tras escuchar a las partes, el juez de Garantías Gustavo Quelín dio por iniciada la etapa de investigación penal preparatoria por un plazo de cuatro meses.
¿Qué es el grooming?
El grooming es una forma de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el entorno digital, mediante la cual una persona adulta establece contacto con fines sexuales a través de medios tecnológicos, utilizando estrategias de engaño, manipulación y sometimiento emocional.
En Argentina, el delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal y contempla una pena de prisión de seis meses a cuatro años.








