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Judiciales

Interpuso un amparo y ahora su prepaga deberá cubrirle el 100% del tratamiento contra el cáncer

La empresa médica ofrecía un tratamiento alternativo.

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Un hombre que padece cáncer interpuso un amparo contra su empresa de medicina prepaga y logró así la orden judicial de cobertura integral del tratamiento que recomendaba su médico de confianza y no el tratamiento alternativo que proponía la entidad.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia que había dictado la titular del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 3 de Roca y ordenó a Medicus S.A. “que en forma urgente proceda a dar cobertura en el 100% para el tratamiento que debe realizarse el amparista -radioterapia de intensidad modulada (IMRT)”, descartando así el tratamiento de “radioterapia 3D” que pretendía cubrir la prepaga a su afiliado.

“En conflictos de esta naturaleza -entre el médico tratante y la entidad prestadora de salud-, corresponde priorizar lo que el médico tratante evalúa con relación a la confiabilidad de lo que indica, a fin de optimizar la calidad de vida de quien le ha depositado su confianza. Se debe privilegiar la orden otorgada por el especialista oncólogo que atiende al paciente (…); el médico tratante es el especialista en quien el enfermo ha confiado ese control de calidad, es el llamado a determinar si su paciente realmente necesita un medicamento o un tratamiento determinado, con qué grado de urgencia y en qué estadio de la enfermedad”, sostuvo el STJ en su sentencia, reforzando un reciente precedente dictado en el mismo sentido.

El paciente es un hombre de 60 años que padece cáncer de próstata. El tratamiento IMRT, según alegó la prepaga, no está contemplado en el programa médico obligatorio (PMO) ni en el plan contratado por el afiliado. Para la empresa, la radioterapia 3D “no presentaría diferencias con la solicitada por el amparista” y una orden judicial que la obligue a brindar una cobertura más costosa, como la sugerida por el oncólogo, “implicaría un fuerte desequilibrio en la economía” de la entidad, “conformando una verdadera afectación a su derecho de propiedad”.

Contra esos argumentos, el STJ recordó que “la particular actividad que desarrollan las organizadoras del sistema médico (entre ellas las empresas de medicina prepaga) excede el marco puramente negocial, adquiriendo matices sociales y fuertemente humanitarios que lo impregnan”. El máximo tribunal sostuvo además que la empresa no brindó “argumentos científicos que demuestren que la prescripción del galeno resulta errónea o injustificada”. Por el contrario, el fallo destacó los informes del médico especialista y del Servicio de Oncología del Hospital Provincial Neuquén “Castro Rendón”, que desaconsejaron la aplicación de la radioterapia 3D para el diagnóstico específico que presenta el hombre.

“En casos como el de autos resulta necesario tener como principio rector la calidad de vida del paciente. Las personas tienen el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, garantía que se obtura al negarle al actor el acceso al tratamiento aconsejado por su médico tratante”, argumentó el Superior Tribunal.

La sentencia enfatizó que “se trata de proteger garantías constitucionales prevalecientes, como la salud, vinculada estrecha y directamente con el derecho primordial a la vida, sin el cual todos los demás (derechos) carecen de virtualidad y eficacia”.

Recordó finalmente el STJ que el programa médico obligatorio “es la prestación mínima que todas las entidades prestadoras de servicios de salud -públicas o privadas- deben cumplir, no es una norma cerrada o rígida, ya que la Ley 23661 (Ley del Sistema Nacional del Seguro de Salud) dispone en su artículo 28 la obligación de actualizarlo periódicamente”.

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Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos

La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

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Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.

Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».

«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.

Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.

Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.

La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.

Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.

De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.

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Judiciales

El acusado de dispararle a un joven en la zona norte, quedará 4 meses en prisión preventiva

Es mientras continúa la investigación. Es el único detenido por el hecho. La víctima continúa internada en el Hospital.

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Este mediodía (30/06), el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre de 24 años por un hecho ocurrido el pasado viernes (27/06), alrededor de las 21.00 horas, cuando el imputado le habría disparado desde una motocicleta a la víctima. Además, tras el pedido fiscal, el sujeto quedó detenido cumpliendo prisión preventiva por el plazo de 4 meses.

Según la acusación fiscal, «el imputado se movilizaba en una moto junto a un menor de edad y en la esquina de O`Higgins y Kennedy habrían interceptado a la víctima que iba caminando junto con dos jóvenes más».

«El imputado, que iría de acompañante, utilizando un arma de fuego tipo revolver, que portaba sin la debida autorización legal, le habría efectuado a la víctima al menos cinco disparos con la finalidad de ultimarlo. Dos impactaron en el cuerpo del joven herido, otro en el codo del brazo derecho y el otro en el rostro sector infraorbitario izquierdo, causándole lesiones de carácter graves«, describió la fiscal del caso. Luego de los disparos, el imputado y su acompañante se dieron a la fuga.

La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de «tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil», según los Artículos 79, 41 bis, 41 quáter, Art. 189 Bis 2º apartado 3º supuesto, 42, 55 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio presentado por la Fiscalía para esta instancia se encuentra: la intervención de la Comisaría 21º, las entrevistas, actas de allanamientos concretados en el marco de este legajo, intervención del Gabinete de Criminalística y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, certificado del médico policial que constató que la víctima presentaba al momento del examen lesiones graves, historia clínica del joven que resultó herido, proporcionada por el área de salud pública, entre otros.

Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente que «existen elementos de convicción suficiente para entender que el imputado es el autor del hecho, además sostenemos como peligro procesal el posible entorpecimiento a la investigación. Hay varios testigos que expresaron temor para prestar sus declaraciones, además que resta prueba por producir, entre ellas entrevistas, Cámara Gesell, análisis de cámaras, y de los proyectiles levantados en el lugar del hecho».

Por su parte, el defensor particular negó la autoría de su defendido en el hecho mencionado y se opuso a la aplicación de la medida cautelar, proponiendo una menos gravosa.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la Fiscalía. En el mismo sentido lo hizo con la prisión preventiva. De esta manera, el imputado deberá cumplir con la medida cautelar por el plazo de 4 meses.

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Acuchilló a su pareja en medio de una discusión y quedó detenida

El hombre se encuentra internado en terapia intensiva. La herida fue a la altura del pulmón.

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Este mediodía (26/06) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó la prisión preventiva de una mujer de 52 años por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. Pese a que el defensor público se opuso a la cautelar, la acusada continuará detenida por el plazo de un mes.

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado martes alrededor de las 2 de la tarde, en un domicilio ubicado en Rosario de Santa Fe al 3200 de General Roca.

«Previo mantener una discusión por celos, la imputada habría tomado un cuchillo de 33 centímetros de largo, con el fin de herir a su pareja, y le habría ocasionado una herida cortopunzante a la altura del pulmón», explicó la representante fiscal.

Tras el ataque, el hombre fue intervenido quirúrgicamente y «se encuentra en estado reservado en la Unidad de Terapia Intensiva», agregó la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento confeccionado por la Comisaría 21° tras un llamado al 911, el croquis referencial del lugar del hecho, el acta de entrevistas a allegados de la señora y otras personas, a personal policial.

«Hemos consultado también los legajos obrantes en el fuero de Familia, donde pudimos advertir que la relación tenía historicidad de violencia», dijo la fiscal del caso.

Intervino el Gabinete de Criminalística, se secuestraron el cuchillo, ropa con manchas símil sangre, celulares tanto en el lugar del hecho como en el lugar donde el hombre se encuentra internado, se suma a la prueba el relevamiento fotográfico, la historia clínica del paciente, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción.

El defensor público explicó que, tras asistir a la mujer, no iba a prestar declaración.

En relación al pedido de la medida cautelar por un mes, la fiscal argumentó que «hay elementos de convicción suficientes sobre quien fue la autora del hecho, si bien la señora no tiene antecedentes penales la calificación legal por la que hoy formulamos los cargos dependerá del avance o no del estado de salud del hombre», aclaró.

«El peligro procesal invocado es el de posible entorpecimiento a la investigación, basándonos en los dichos de la mujer que referenciaron los policías. Además, en caso de mejorar la víctima, necesitamos que él pueda prestar su testimonio con tranquilidad sin temor a ser amedrentado por la señora», agregó la representante fiscal.

El defensor penal público se opuso al pedido fiscal, «toda la prueba está preservada, se realizaron los secuestros pertinentes, la víctima está internada, ¿qué es lo que podría condicionar mi asistida?. Para esta parte, ese riesgo no está del todo presente en este caso. Por eso solicitamos que recupere inmediatamente la libertad y propongo que se le otorgue prisión domiciliaria con dispositivo electrónico».

La jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía. En relación a la medida cautelar explicó que «tal lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal habría ocultamiento de prueba, el señor además se habría negado a denunciar el hecho, sin embargo la Fiscalía continúo con la acusación teniendo presente la gravedad del hecho y como dijo la representante el delito imputado no podrá ser menor al que hoy se le ha descripto». Por todo lo anterior, la magistrada resolvió que la preventiva sea de un mes.

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