Judiciales
Escracharon a los rionegrinos que no pagan la cuota alimentaria de sus hijos
En total, 86 son de Roca.

En el registro público de deudores rionegrinos se publicaron los nombres de los 444 padres que deben más de tres cuotas consecutivas a sus hijos. Entre ellos, 86 de los escrachados son de General Roca.
En la lista pubicada por el diario LMCipolletti, puede verse a aquellos deudores alimentarios morosos que adeuden en total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas.
Lista completa de deudores:
464 Ulloa Rodrigo Eliazer 23/12/2019
465 Huichal Javier Sergio 23/12/2019
466 Vergara Darío Hernán 23/12/2019
467 Correa Luis Miguel 23/12/2019
468 Castro Carlos Alberto 27/12/2019
469 Chávez Claudio Javier 27/12/2019
470 González Facundo Javier 27/12/2019
471 Prats Rodrigo Emanuel 27/12/2019
93 Abalos Luis Gabriel Viedma
249 Abidin Javier Héctor Gral. Roca
44 Abraham Fabio Ismael Gral. Roca
296 Aburto René Ariel Cipolletti
273 Acevedo Maximiliano Viedma
291 Aguera Alejandro Bariloche
411 Aguila José Francisco El Bolsón
9 5 Aguilar Adrián Marcelo Gral. Roca
218 Alan Matías Sebastián Viedma
377 Alfonsín Lucas Javier Viedma
380 Almonacid Leandro Andrés Bariloche
349 Alonso Fernando Jesús *No Informa
99 Altamirano Eduardo Florentino Gral. Roca
277 Altamirano Héctor Fabián Gral. Roca
358 Álvarez José Ariel *No Informa
36 Alvarez Luis Adrián Gral. Roca
75 Alvarez Toro Enrich Fernando Gral. Roca
25 Amado Pantano Mario Cristian Gral. Roca
285 Andrade Leonardo Martín Viedma
420 ángel Rodolfo Di Donatto Villa Regina
92 Angeloni Miguel Ángel Gral. Roca
400 Antonio Hugo Alberto Viedma
233 Añual Diego Enrique Bariloche
63 Arangues Miguel Angel Allen
59 Arcajo Fredi Andrés Viedma
230 Arce Carlos Alberto Viedma
13 Ares Ariel Emilio Gral. Roca
62 Arias Víctor Epifanio Neuquén
246 Arias Ariel Orlando Gral. Roca
32 Arriola Guillermo Horacio Gral. Roca
318 Ayala Miranda Pablo Enrique Chubut
220 Ayelef Claudio Samuel Viedma
47 Ayup Miguel Javier Gral. Roca
340 Balda Adalberto Melchor *No Informa
203 Barlet Fernando Oscar Viedma
448 Baroni Fabio Hugo *No Informa
2 Barra Walter Hugo Gral. Roca
456 Barra Francisco Andrés Villa Regina
166 Barria Matamala Francisco Choele Choel
234 Barroso Hugo Benito Viedma
22 Baumgartner Crisanto Gabino Cinco Saltos
85 Becerra Juan Manuel Gral. Roca
64 Benavente Héctor Fabián Cipolletti
51 Benavídez Miguel Angel *No Informa
108 Benegas Pablo Antonio Gral. Roca
232 Beninatti Diego Rubén Viedma
115 Beroiza Carlos Ernesto Cipolletti
79 Berón Darío Rodolfo Villa Regina
334 Bertone Gaglio Claudio Gustavo Gral. Roca
158 Betancourt Aldo Martín Villa Regina
165 Boch Guillermo Enrique Cipolletti
124 Borel José Luis Gral. Roca
174 Bravo Adolfo Adolfo Atilio Bariloche
418 Briceño Mauro Andrés *No Informa
4 Bugnest Carlos Aníbal Gral. Roca
339 Burgos Eduardo Emilio *No Informa
289 Burgos Matías Emanuel Las Grutas
106 Burgos José Daniel Viedma
236 Burguera Matías Exequiel Allen
459 Buscemi Gustavo Rafael Villa Regina
221 Bustos Luis Alberto Viedma
299 Bustos Alejandro Cipriano Cipolletti
244 Bustos Ceferino Diego Hernán Viedma
188 Calfin Claudio Ignacio Viedma
152 Calfuquir Víctor Gabriel Viedma
238 Calvo Guillermo Adrián C.de Patagones
133 Calvo Nelson Omar Gral. Roca
398 Campos Daniel Oscar Gral. Roca
305 Campos Jonathan Alexis Viedma
410 Campos Cyntia Ivana Neuquén
445 Canales Daniel Eduardo *No Informa
381 Cancino Obando Héctor Guillermo *No Informa
128 Canelaf Adrián Abel Viedma
19 Capetta Jorge Luis Gral. Roca
121 Cárdenas Leonardo Fabián Gral. Roca
17 Cárdenas Emilia Del Carmen Gral. Roca
425 Cardoso Gastón Ariel Villa Regina
116 Carmona Daniel Humberto Villa Regina
253 Caro Luis Alberto *No Informa
335 Carranza Maxim. Lionel Viedma
309 Carranza Maxim. Lionel Viedma
348 Carrasco Sergio Ignacio Villa Regina
454 Carrasco Matías Alejandro *No Informa
94 Carrillan Dionisio Rolando Gral. Roca
202 Carrillo Sergio Viedma
387 Carriqueo Héctor Fabián Comallo
185 Carrizo Gustavo Marcelo Viedma
135 Carugo Marcelo Alejandro Viedma
395 Castillo Jorge Martín Bariloche
457 Castillo Alan Martín Gral. Roca
468 Castro Carlos Alberto Allen
159 Castro Abraham Marcos Cipolletti
442 Castro Laureano Agustín Villa Regina
438 Catriquir Ezio Abel Mainque
357 Cayupe José Antonio *No Informa
446 Cayutur Cipriano Alberto *No Informa
182 Cejas Pablo Ariel Viedma
172 Cejas Ricardo Alberto Viedma
408 Cejas Mauricio Hernán Viedma
351 Cesar Nahuel Bariloche
469 Chavez Claudio Javier Villa Regina
214 Chazarreta Martín Silvio O. Viedma
322 Chible Omar Leandro Viedma
310 Chirino Lucas Villa Regina
451 Chirinos Jorge Andrés Villa Regina
402 Choque Raul Orlando Bariloche
274 Choque Raul Orlando *No Informa
388 Cifuente Tulio Arcadio Gral. Conesa
307 Cominao Juan Domingo Viedma
432 Condori Armin Daniel Allen
11 Contreras Hugo Walter Allen
393 Contreras Mauricio Raul Chimpay
120 Contreras Marcelo Alejandro Gral. Roca
96 Corbalan Alejandro Gabriel Bariloche
240 Coronel Eladio Simeon *No Informa
467 Correa Luis Miguel *No Informa
147 Correa Luis Alberto Bariloche
34 Cors Carlos Aníbal Gral. Roca
72 Corsi Cristian Abel Bariloche
222 Cruz Jesús Antonio Viedma
130 Dal Piva Maxim. Silvio Villa Regina
416 Danto Cristina Valeria *No Informa
384 De Filippis Néstor Mario *No Informa
68 Despos Lucas Emilio Cipolletti
427 Di Franco José Luis Gral. Conesa
458 Díaz Miguel Villa Regina
146 Díaz Diego Roberto Viedma
443 Díaz Emilio Silenio Catriel
112 Dieser Jose Alberto Chubut
342 Dina Federico Darío Viedma
278 Domínguez Oscar Eduardo Bariloche
330 Doto José Luis Viedma
148 Drimoni Gustavo Daniel Gral. Fdez. Oro
304 Entraigas Emilio Sebastián C.de Patagones
401 Epulef Marcelo Ezequiel Dina Huapi
373 Erices Alberto Segundo *No Informa
406 Escudero Angel César Villa Regina
397 Esparza Manuel Heraldo Villa Regina
171 Estevanacio Leandro Ezequiel Viedma
242 Fagotti Rubén Darío Villa Regina
316 Feltaño Adriana Daniela Viedma
65 Fernández Rubén Darío Cipolletti
42 Ferreyra Jorge Jesús Gral. Roca
61 Ferroni Miguel Angel Allen
396 Figueroa Jorge Luis Villa Regina
16 Figueroa Candia Américo Alberto Gral. Roca
163 Fischer Jan Hendrik Bariloche
10 Fleitas Abel Mario Gral. Roca
314 Flores Darío Ricardo Viedma
328 Flores Darío Ricardo Viedma
175 Flores Sonia Gral. Roca
80 Flores Moises Amado Gral. Roca
417 Fraser Sergio Darío Villa Regina
376 Fresco Hugo Ramón Choele Choel
329 Frosi Jorge Andrés Viedma
366 Gajardo Zurita Miguel Esteban Viedma
279 Ganuza Marcelo Bariloche
7 7 García Oscar David Cipolletti
239 García Juan Pablo Bahía Blanca
181 García Leandro Jonatan Viedma
177 Garrido Lara Jaime Villa Regina
264 Giacomelli Guillermo Federico Bariloche
423 Gil Rubén Alberto Viedma
362 Giménez Carlos Renee Gral. Roca
327 Giménez Angel Antonio Viedma 1
91 Giménez Angel Antonio Viedma
5 Golisch Ricardo Alberto Gral. Roca
195 Gómez Gustavo Gabriel Viedma
168 Gómez Roberto Carlos San Juan
7 Goncalves Fernando Vicente Viedma
268 González Sebastián Néstor Villa Regina
444 González Gastón Abelardo Villa Regina
54 González Héctor Fabián Gral. Roca
470 González Facundo Javier Villa Regina
237 González Juan Esteban Villa Regina
369 González Matías Nicolás Viedma
430 González Vilches Víctor Eduardo *No Informa
359 Goycochea Erik Julián San Javier
229 Greco Marcos Ariel Viedma
231 Guaquinchay Jorge Luis Viedma
132 Guglielmi Calabresi Diego Ricardo
19 Bariloche 200 Guzmán Mauricio Nicolás Viedma
204 Henriquez Marcelo Andrés Cipolletti
39 Heredia Miguel Angel Gral. Roca
45 Hernández Alberto César Gral. Roca
308 Hernández Diego Manuel R. Ing. Huergo
258 Hernández Cupertino Villa Regina
142 Herrera Eduardo Cipolletti
333 Hoet Javier Andrés Viedma
105 Holzemer Jorge Huberto Villa Regina
266 Huentelaf Carlos Fabián Viedma
263 Huichal Javier Sergio *No Informa
465 Huichal Javier Sergio Viedma
56 Ibañez Aníbal Walter Viedma
187 Ibañez Boris Eduardo Viedma
407 Inostrosa Fabio Elías *No Informa
208 Insaurralde Alberto Miguel A. Viedma
441 Jelves Cristian Adrián Cipolletti
303 Jerez Miguel Angel Bariloche
360 Konrad Rodrigo Gastón Gral. Fdez. Oro
201 Kunisch F Fernando Damián Viedma
452 La Scaleia Carlos Ramiro Bariloche
288 Lagos Jonathan Ezequiel Cipolletti
225 Lamberta Gustavo Miguel Viedma
189 Lara Alejandro Darío Viedma
50 Laurin Oscar Gral. Roca
26 Leiva Walter Fabián Allen
311 Leiva Cristian Daniel Gral. Roca
449 León Angel Roberto Viedma
153 León Belmar Angel Roberto Viedma
271 Lescano Gerson *No Informa
403 Leyes Oscar Octavio *No Informa
197 Leyes Oscar Octavio
199 Viedma 286 Leyro Díaz Juan José Conesa
184 Licera Cristian Efrain Viedma
196 Linch Gustavo Bariloche
199 Lincopan Gustavo Ariel Cipolletti
297 Lizama Luis Fernando Cipolletti
43 Llancañir Héctor Atilio Bariloche
209 Llanqueleo Martín Diego Viedma
157 López Anselmo Francisco Chimpay
183 López Flores Juan Freddy Viedma
455 Lozon Ariel Ceferino Viedma
156 Luca Hugo Ariel Viedma
415 Luna Jorge Oscar *No Informa
293 Luna Jorge Damián Cipolletti
216 Luna Ernesto Ariel Viedma
356 Luqui Brian Gastón Viedma
226 Luqui Brian Gastón Viedma
123 Maidana Tomás Walter Bariloche
129 Maizares Oscar Hugo Viedma
344 Marabolis Fabio Alberto Bariloche
439 Marin Pablo Daniel Gral. Roca
48 Marinao Elio Enrique Gral. Roca
33 Martín Ángel Daniel Gral. Roca
270 Martínez Javier Leopoldo *No Informa
134 Martínez Facundo Leandro Viedma
332 Martínez César Gabriel Viedma
426 Martínez Walter Duilio Catriel
321 Martínez Pablo Armando Bariloche
325 Martínez Julio César Gral. Conesa
30 Martínez Julio Enriquez Gral. Roca
179 Mate Horacio Antonio C. Viedma
91 Mayo Lefiñanco Heber Arnos Gral. Roca
437 Medel Manuel Roberto *No Informa
324 Melipil Carlos Edmundo Pje. Las Perlas
127 Mena José Luis Viedma
337 Méndez Julián Andres *No Informa
259 Méndez Rubén Darío Cipolletti
389 Méndez Alberto Manuel Viedma
141 Menéndez Pablo Bariloche
312 Mera Carlos David Cipolletti
98 Mera Ricardo Esteban Gral. Roca
83 Mercado Claudio Alejandro Gral. Roca
12 Merlo Gustavo Daniel Gral. Roca
228 Miguel Osvaldo Miguel Bariloche
248 Miller José Luis Sierra Grande
392 Miran Amilcar David Viedma
15 Miranda Marcos Rodrigo Viedma
440 Miranda Cristian Eliseo *No Informa
320 Moline Víctor Fabián *No Informa
81 Mora Hugo Alberto Gral. Roca
136 Morel Gustavo Fabián Viedma
162 Moreno Horacio Alberto Viedma
379 Moreno Manuel Antonio Catriel
347 Moreno Maicol Michel Villa Regina
338 Moreyra Lucas Daniel A. *No Informa
53 Moya Julio César Gral. Roca
223 Moyano Mario Darío Viedma
167 Muñoz Domingo Nazareno Ing. Huergo
331 Muñoz Emanuel Alejandro Viedma
190 Muñoz Raul Horacio Viedma
424 Muñoz Pablo Ariel *No Informa
433 Muñoz Pedro Antonio Villa Regina
28 Murillas Marcelo Daniel Gral. Roca
250 Nahuelguer Juan Ernesto Viedma
243 Namoncura Silvio Hector San Ant. Oeste
139 Negro Marcelina Ethel Viedma
164 Neira Sergio David Viedma
341 Neme Gabriel Enrique *No Informa
447 Nieto Liberato Sebastián Río Colorado
38 Norambuena Fabio Daniel Gral. Roca
370 Novoa Leandro *No Informa
255 Obreque Claudio Ernesto *No Informa
114 Olivera Cristobal Salvador Gral. Roca
20 Olivera Néstor Oscar Gral. Roca
247 Olmedo Fernando Daniel *No Informa
206 Ommerborn Rodrigo Mario M. Viedma
313 Opazo Mario Alberto Cipolletti
73 Orce José Fernando Gral. Roca
137 Orellana Lucas Adrián Gral. Roca
88 Orellana Claudio Allen
298 Orellano Enzo Roberto Allen
261 Ormeño Osvaldo Andrés Allen
58 Ortiz Pablo Vicente Allen
102 Oses Fernando Emanuel Cipolletti
118 Oses Mauricio Cesar Viedma
375 Otoizaga Ariel Horacio *No Informa
434 Ovejero César Gerardo Villa Regina
317 Pacheco Jorge Emanuel Viedma
49 Pagano Esteban Nicolás Gral. Roca
267 Paillalef Cader Ramiro Abdal Viedma
295 Palavecino Ramón Jesús Allen
160 Palavecino Jesus Allen
140 Pallao Horacio Alberto Viedma
21 Pardo Cristian Octavio Gral. Roca
70 Pasqualotto Mario Javier Cipolletti
176 Pazo Jaime Omar C.de Patagones
404 Pazos Franco Guillermo Viedma
350 Peña Héctor Luis Gral. Roca
125 Peña Daniel Omar Viedma
235 Pereyra Marcos Ramón Gral. Roca
7 6 Pereyra Alvarez Jaime Diego Villa Regina
414 Pérez Angel Ermindo Gral. Roca
355 Pérez Germán Adrián Bariloche
383 Pérez Fabián Ceferino Choele Choel
217 Pichon Osvaldo Enrique Viedma
46 Picunche Alberto Gregorio Gral. Roca
219 Pintos Cristian Angel Gral. Roca
103 Pintos Carlos Alberto Bariloche
41 Ponce Gajardo Juan Pablo Gral. Roca
207 Prada Carlos Alejandro Viedma
471 Prats Rodrigo Emanuel Villa Manzano
82 Prosperi Cristian Omar Gral. Roca
409 Puefil Alejandro Alberto Lamarque
143 Purrayan Gustavo Alberto Gral. Roca
290 Quezada Darío Nicolas Bariloche
386 Quijada Marcelo David Villa Regina
405 Quintana Lodran Calixto Villa Regina
180 Quintana Parada Cristian Omar Gral. Roca
52 Quiroga Darío Francisco Gral. Roca
119 Rame Carlos Fernando Neuquén
144 Ramírez Marcos Antonio Viedma
378 Ramírez Francisco Maxim. *No Informa
421 Ramírez Juan Pablo N. Cipolletti
138 Ramon Sebastián Feliciano Viedma
343 Rando Maxim. Andrés Gral. Conesa
117 Retamal Claudio Alejandro Gral. Roca
419 Retamal Henriquez Alexis *No Informa
35 Reyes Héctor Manuel Gral. Roca
178 Ricci Diego Maximiliano Viedma
110 Rios Daniel Sergio Bariloche
245 Riquelme Juan Pablo Chichinales
9 Rivas Bruno Luciano Gral. Roca
227 Robledo Alberto Apolinario Viedma
363 Rodríguez Mauro Alexis Villa Regina
399 Rodríguez Adan Diego Bariloche
8 7 Rodríguez Neri Ariel Gral. Roca
276 Rodríguez Carlos Sebastián Viedma
284 Rodríguez Marcos Aníbal Viedma
345 Rojas Diego Enrique Cipolletti
23 Rojas Eduardo Matías Gral. Roca
14 Romero Néstor Fabián Gral. Roca
149 Romero Anselmo Ramón Los Menucos
57 Romero Adrián Norberto Viedma
269 Romero Daniel Enrique *No Informa
122 Romero Juan José Cipolletti
254 Romero Romero Noe San Javier
213 Rosales Santiago Germán Viedma
2 7 Rosenberg Noriega Rosendo Viedma
169 Rost Carlos Alberto Viedma
257 Roth Luis Alfredo Gral. Conesa
352 Rubinsky Matías Jorge E. Viedma
131 Rubinsky Matías Jorge E. Gral. Roca
161 Ruiz Gustavo Alberto Viedma
272 Saavedra Guillermo Emanuel *No Informa
319 Saavedra Emilio Villa Regina
462 Sainz Jorge Aníbal *No Informa
374 Sala Daniel Humberto *No Informa
215 Salazar Iván Santiago Viedma
109 Salazar Enri Antonio Gral. Roca
55 Sales Manuel Bariloche
104 Salgado Parra Ernesto Eliacer Viedma
241 Salicioni Martín Eduardo Viedma
252 Salinas Ricardo Ariel Viedma
212 Salone Walter Antonio Viedma
287 Salvo Jonathan Hernán Viedma
145 Sánchez Raúl Gral. Roca
24 Sánchez Rubén Oscar Gral. Roca
394 Sánchez Javier Enrique Gral. Conesa
60 Sánchez Francisco Héctor Gral. Roca
372 Sandoval Omar Fernando Allen
367 Sandoval MaximilianoJoaquín Viedma
353 Sandoval Omar Fernando Allen
18 Sanhueza Retamal Eduardo Arturo Roca
346 Santagiuliana Luis Alberto Villa Regina
453 Schulz Erico Alberto Bariloche
29 Scuadroni Néstor Vicente Gral. Roca
84 Seco Omar Alcides Villa Regina
78 Sepulveda Darío Ernesto Bariloche
371 Sepulveda Nicolás Matías *No Informa
413 Sequeira Miguel Angel *No Informa
8 Sierra Sergio Enrique Gral. Roca
186 Silva Carlos Emanuel Viedma
260 Silva Vera Elio Sadoc *No Informa
294 Smario Angel Leopoldo Gral. Roca
151 Sosa Héctor Dionisio Viedma
71 Sosa Hugo Orlando Cipolletti
198 Sosa Hugo Darío Viedma
205 Strahl Sergio Daniel Viedma
391 Sullca Mauricio Agustín Viedma
224 Sullca Mauricio Agustín Viedma
193 Tagliani Carlos Fabián La Pampa
3 7 Tagliapietra Aldo José Gral. Roca
251 Tapia Jorge Fabián Gral. Conesa
262 Taraborrelli Bruno Francisco Viedma
7 4 Torres Armando Gral. Roca
9 0 Torres Matías Daniel Gral. Roca
364 Torres Luengo Alejandro Cesar G. Fdez. Oro
429 Udi Elio José *No Informa
464 Ulloa Rodrigo Eliezer Villa Regina
436 Urra Jonathan Osvaldo Villa Regina
113 Valdez Pablo Esteban Cipolletti
336 Valenzuela Adelse Fabián Gral. Conesa
412 Valledor Diego Martin *No Informa
382 Vargas Cristian Fabián *No Informa
422 Vargas Moreira Jorge Adrián *No Informa
265 Vásquez Héctor Hugo Viedma
463 Vázquez Lucas Javier *No Informa
275 Velasco Matías Nicolás Cipolletti
315 Vera Paulo Ernesto Viedma
466 Vergara Darío Hernán Cipolletti
461 Villa Jorge Luis Catriel
385 Villablanca Daniel Andrés *No Informa
126 Villagra Barria Luis Humberto Cervantes
361 Villanueva José Manuel Cipolletti
368 Villarreal Christian M. Río Colorado
173 Villegas Luis Javier Viedma
170 Wagner Alejandro Bahía Blanca
354 Yañez Diego Exequiel Gral. Roca
431 Ymaz Juan Manuel Bariloche
326 Zabala Silvio Fernando Cipolletti
69 Zambrano Joan Alexis Bariloche
428 Zeron Cristian René *No Informa
Judiciales
Tras la sentencia de la Ruta Nacional N° 40, Río Negro espera definiciones por la 151
La Ruta N° 151 atraviesa uno de los corredores más transitados y productivos del norte rionegrino.

Con la sentencia de la Ruta Nacional N° 40 ya firme y en marcha, el Gobierno de Río Negro insistió en que la situación de la Ruta Nacional N° 151 continúa sin avances por la apelación de Nación, pese al deterioro extremo acreditado en la Justicia y a un fallo que ya ordenó un plan de obras urgentes, con plazos de ejecución y un mantenimiento integral que sigue sin cumplirse.
La Ruta N° 151 atraviesa uno de los corredores más transitados y productivos del norte rionegrino. Su deterioro extremo está acreditado judicialmente: baches profundos, deformaciones, banquinas descalzadas, señalización insuficiente y un nivel de riesgo que afecta todos los días a miles de personas. Es un tramo clave para la conectividad entre Cipolletti y el límite con La Pampa, y para actividades esenciales como la educación, los traslados sanitarios, la producción frutícola, la minería, el turismo y la industria hidrocarburífera.
El Juzgado Federal de General Roca ya había hecho lugar al amparo colectivo impulsado por el gobernador Alberto Weretilneck, junto a intendentes y entidades empresariales, y ordenado a Vialidad Nacional presentar un plan de acción en 10 días e iniciar las obras dentro de los 90 días. La sentencia, firmada por el juez Hugo Greca, también responsabilizó al organismo nacional por el incumplimiento de su deber legal de conservación y le exigió elaborar un plan integral de mantenimiento para sostener la seguridad vial en el tiempo.
Aquella decisión judicial reconoció la gravedad del abandono y el impacto real sobre la vida cotidiana: más de 10.000 estudiantes y 2.300 docentes de 70 escuelas afectados por los traslados, dificultades en emergencias sanitarias y perjuicios directos a sectores productivos centrales para la región. «Teníamos razón. No era un capricho, es un derecho. La Ruta N° 151 pone en riesgo vidas todos los días y necesita una solución definitiva», había expresado el gobernador, al conocerse el fallo.
Pero, a diferencia de lo ocurrido ahora con la Ruta N° 40, cuya sentencia quedó firme y obliga a Nación a ejecutar obras inmediatas con plazos estrictos y tareas precisas, la causa por la 151 continúa frenada por la apelación del Gobierno Nacional. Esa decisión impide que comiencen las obras ordenadas judicialmente y prolonga un problema que ya fue comprobado, documentado y reconocido incluso por el propio organismo vial.
La Provincia reiteró que sigue esperando definiciones y que la 151 no admite más demoras. «Cuando el Estado Nacional se desentiende, Río Negro defiende lo suyo», había señalado Weretilneck. El planteo vuelve a tomar fuerza ante el contraste con la sentencia firme de la Ruta N° 40.
Judiciales
La Justicia confirmó una multa del Municipio de Roca a Ferrosur por ruidos que afectaban a los vecinos
Personal municipal había realizado inspecciones en domicilios cercanos a la playa de logística de la empresa, efectuó mediciones acústicas y constató contaminación sonora en horarios prohibidos.

Un grupo de vecinos denunció ruidos molestos provenientes de la playa de logística y cargas de la empresa Ferrosur Roca. Personal municipal realizó inspecciones en domicilios cercanos, efectuó mediciones acústicas y constató contaminación sonora en horarios prohibidos.
El personal labró las actas correspondientes. La intendenta María Emilia Soria dictó una resolución y el Juzgado de Faltas impuso una multa por infracción a la Ordenanza N° 4552/08 sobre ruidos molestos.
En ejercicio de la potestad del Poder Judicial de revisar actos sancionatorios administrativos, Ferrosur promovió una demanda contra la Municipalidad de Roca y solicitó la nulidad de lo actuado por la comuna.
En su apelación, Ferrosur alegó la falta de tipicidad de la conducta sancionada, la ausencia de dolo o culpa y la falta de fundamentación adecuada en la resolución municipal que confirmó la sanción. Sostuvo que la normativa no describe específicamente la conducta y que la sanción se basó en una interpretación analógica y extensiva.
El fuero Contencioso Administrativo de Roca rechazó la demanda. El juez consideró que, aunque los artículos de la ordenanza describen situaciones de forma general, es admisible cierto grado de apertura en los tipos normativos. Señaló que este criterio reviste especial importancia en materia ambiental.
«Entiendo que en el caso. no cuestionada la competencia municipal y reconociéndose la infracción a la normativa de ruidos molestos, la Administración no podría quedar impedida de aplicar una sanción con el argumento de ausencia de tipicidad, tal como lo afirma la actora», expresó el juez.
La sentencia concluyó que la resolución de la intendenta no carece de motivación, ya que se basó en pruebas concretas, actos administrativos previos y fundamentación razonada. También reconoció que la empresa no cuestionó la competencia del municipio ni negó los hechos, sino que centró su reclamo en la interpretación legal de los artículos aplicados, argumento que no fue admitido por el tribunal.
Durante el proceso judicial se informó que la empresa, más allá de la apelación, adoptó distintas medidas para sanear la situación denunciada: mantenimiento de unidades, calibración del sistema de bocina, limitación de su uso a situaciones imprescindibles, capacitación del personal maquinista, colocación de carteles de prohibición de generar ruidos y ajuste de los rieles de las vías férreas. Además, testigos declararon que, luego de la denuncia, no hubo nuevas afectaciones.
La Municipalidad, por su parte, defendió el procedimiento, la validez de las actas como instrumentos públicos y la competencia exclusiva del municipio en materia de faltas. Argumentó que los artículos invocados contienen tipos normativos abiertos, lo que permite sancionar conductas que, aun sin estar listadas de forma exhaustiva, afectan el ambiente y la calidad de vida. También destacó que la empresa reconoció haber adoptado medidas para mitigar los ruidos tras los reclamos.
Judiciales
Fallo judicial permite recuperar deuda de obras sociales
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas.

El Gobierno Provincial logró un fallo judicial que permite recuperar una deuda superior a los $65 millones que la Obra Social de Obreros Empacadores de Fruta mantiene con el Ministerio de Salud, en el marco de la ejecución iniciada por Fiscalía de Estado.
En total, las obras sociales y prepagas acumulan más de $1.040 millones de deuda con el sistema de salud estatal. El listado completo se puede verificar en este link: https://tinyurl.com/24dqtrnt
Esta es la primera sentencia de tres causas similares impulsadas gracias a la Ley 5754, que le brindó a la Provincia un andamiaje legal moderno y ágil, necesario para avanzar en estas acciones luego de que Nación eliminara la Superintendencia de Servicios de Salud.
La resolución de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa Nº13 de Viedma habilita la ejecución por un capital de $65.066.112, más intereses y costas estimados en $36.290.624, lo que representaría ingresos por $101.356.736 para las arcas provinciales.
Según la normativa vigente, el 32% de lo recuperado se podrán destinar directamente a un fondo estímulo para el personal y el resto a los hospitales para su funcionamiento diario, en forma proporcional a la facturación de cada uno.
El fallo otorga un plazo de cinco días para que la obra social pague voluntariamente o presente excepciones. En caso contrario, se avanzará directamente con el cumplimiento forzado.
La acción judicial fue impulsada por la Fiscalía de Estado mediante los abogados Gastón Pérez Estevan, Luciano Minetti Kern y Federico Rosbaco, responsables de llevar adelante el reclamo y asegurar la restitución de los recursos públicos.
Más de $1.042 millones de deuda total con Salud
Los certificados de deuda del Ministerio de Salud suman $1.042.459.789 en obligaciones impagas por parte de obras sociales, aseguradoras y prepagas. A agosto, entre los mayores deudores se encuentran:
- OSECAC, con más de $219 millones.
- OSPRERA, con casi $188 millones.
- OSPECON, con $133 millones.
- Unión Personal Civil de la Nación, con más de $31 millones.
- SANCOR Medicina Privada, OSDE, Swiss Medical y otras grandes prestadoras, con deudas que van de $3 a $9 millones.
El listado, que supera los 150 ítems, incluye obras sociales de sectores industriales, comercio, medios, transporte, seguridad, alimentación y servicios, lo que refleja la magnitud de los recursos que la Provincia adelanta para garantizar la atención.
Ley 5754: la base legal que permite recuperar costos y fortalecer el sistema
La Ley 5754, promulgada a fines de 2024, fue impulsada por el Poder Ejecutivo para garantizar la sostenibilidad financiera de los hospitales provinciales, obligando a los terceros pagadores -obras sociales, prepagas y ART- a cubrir el costo de las prestaciones brindadas a sus afiliados en el sistema público.
La norma dio a Río Negro un marco sólido para el recupero de costos, especialmente después de la eliminación de los mecanismos nacionales que aseguraban el cobro. En este contexto, el ministro de Salud, Demetrio Thalasselis, destacó que «contar con esta herramienta legal nos permitirá avanzar en la recuperación de las deudas acumuladas por las obras sociales y prepagas, para que esos fondos se destinen a fortalecer nuestro sistema de salud y mejorar el financiamiento de nuestros hospitales, especialmente en el actual contexto de crisis económica».









