Judiciales
Escracharon a los rionegrinos que no pagan la cuota alimentaria de sus hijos
En total, 86 son de Roca.

En el registro público de deudores rionegrinos se publicaron los nombres de los 444 padres que deben más de tres cuotas consecutivas a sus hijos. Entre ellos, 86 de los escrachados son de General Roca.
En la lista pubicada por el diario LMCipolletti, puede verse a aquellos deudores alimentarios morosos que adeuden en total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas.
Lista completa de deudores:
464 Ulloa Rodrigo Eliazer 23/12/2019
465 Huichal Javier Sergio 23/12/2019
466 Vergara Darío Hernán 23/12/2019
467 Correa Luis Miguel 23/12/2019
468 Castro Carlos Alberto 27/12/2019
469 Chávez Claudio Javier 27/12/2019
470 González Facundo Javier 27/12/2019
471 Prats Rodrigo Emanuel 27/12/2019
93 Abalos Luis Gabriel Viedma
249 Abidin Javier Héctor Gral. Roca
44 Abraham Fabio Ismael Gral. Roca
296 Aburto René Ariel Cipolletti
273 Acevedo Maximiliano Viedma
291 Aguera Alejandro Bariloche
411 Aguila José Francisco El Bolsón
9 5 Aguilar Adrián Marcelo Gral. Roca
218 Alan Matías Sebastián Viedma
377 Alfonsín Lucas Javier Viedma
380 Almonacid Leandro Andrés Bariloche
349 Alonso Fernando Jesús *No Informa
99 Altamirano Eduardo Florentino Gral. Roca
277 Altamirano Héctor Fabián Gral. Roca
358 Álvarez José Ariel *No Informa
36 Alvarez Luis Adrián Gral. Roca
75 Alvarez Toro Enrich Fernando Gral. Roca
25 Amado Pantano Mario Cristian Gral. Roca
285 Andrade Leonardo Martín Viedma
420 ángel Rodolfo Di Donatto Villa Regina
92 Angeloni Miguel Ángel Gral. Roca
400 Antonio Hugo Alberto Viedma
233 Añual Diego Enrique Bariloche
63 Arangues Miguel Angel Allen
59 Arcajo Fredi Andrés Viedma
230 Arce Carlos Alberto Viedma
13 Ares Ariel Emilio Gral. Roca
62 Arias Víctor Epifanio Neuquén
246 Arias Ariel Orlando Gral. Roca
32 Arriola Guillermo Horacio Gral. Roca
318 Ayala Miranda Pablo Enrique Chubut
220 Ayelef Claudio Samuel Viedma
47 Ayup Miguel Javier Gral. Roca
340 Balda Adalberto Melchor *No Informa
203 Barlet Fernando Oscar Viedma
448 Baroni Fabio Hugo *No Informa
2 Barra Walter Hugo Gral. Roca
456 Barra Francisco Andrés Villa Regina
166 Barria Matamala Francisco Choele Choel
234 Barroso Hugo Benito Viedma
22 Baumgartner Crisanto Gabino Cinco Saltos
85 Becerra Juan Manuel Gral. Roca
64 Benavente Héctor Fabián Cipolletti
51 Benavídez Miguel Angel *No Informa
108 Benegas Pablo Antonio Gral. Roca
232 Beninatti Diego Rubén Viedma
115 Beroiza Carlos Ernesto Cipolletti
79 Berón Darío Rodolfo Villa Regina
334 Bertone Gaglio Claudio Gustavo Gral. Roca
158 Betancourt Aldo Martín Villa Regina
165 Boch Guillermo Enrique Cipolletti
124 Borel José Luis Gral. Roca
174 Bravo Adolfo Adolfo Atilio Bariloche
418 Briceño Mauro Andrés *No Informa
4 Bugnest Carlos Aníbal Gral. Roca
339 Burgos Eduardo Emilio *No Informa
289 Burgos Matías Emanuel Las Grutas
106 Burgos José Daniel Viedma
236 Burguera Matías Exequiel Allen
459 Buscemi Gustavo Rafael Villa Regina
221 Bustos Luis Alberto Viedma
299 Bustos Alejandro Cipriano Cipolletti
244 Bustos Ceferino Diego Hernán Viedma
188 Calfin Claudio Ignacio Viedma
152 Calfuquir Víctor Gabriel Viedma
238 Calvo Guillermo Adrián C.de Patagones
133 Calvo Nelson Omar Gral. Roca
398 Campos Daniel Oscar Gral. Roca
305 Campos Jonathan Alexis Viedma
410 Campos Cyntia Ivana Neuquén
445 Canales Daniel Eduardo *No Informa
381 Cancino Obando Héctor Guillermo *No Informa
128 Canelaf Adrián Abel Viedma
19 Capetta Jorge Luis Gral. Roca
121 Cárdenas Leonardo Fabián Gral. Roca
17 Cárdenas Emilia Del Carmen Gral. Roca
425 Cardoso Gastón Ariel Villa Regina
116 Carmona Daniel Humberto Villa Regina
253 Caro Luis Alberto *No Informa
335 Carranza Maxim. Lionel Viedma
309 Carranza Maxim. Lionel Viedma
348 Carrasco Sergio Ignacio Villa Regina
454 Carrasco Matías Alejandro *No Informa
94 Carrillan Dionisio Rolando Gral. Roca
202 Carrillo Sergio Viedma
387 Carriqueo Héctor Fabián Comallo
185 Carrizo Gustavo Marcelo Viedma
135 Carugo Marcelo Alejandro Viedma
395 Castillo Jorge Martín Bariloche
457 Castillo Alan Martín Gral. Roca
468 Castro Carlos Alberto Allen
159 Castro Abraham Marcos Cipolletti
442 Castro Laureano Agustín Villa Regina
438 Catriquir Ezio Abel Mainque
357 Cayupe José Antonio *No Informa
446 Cayutur Cipriano Alberto *No Informa
182 Cejas Pablo Ariel Viedma
172 Cejas Ricardo Alberto Viedma
408 Cejas Mauricio Hernán Viedma
351 Cesar Nahuel Bariloche
469 Chavez Claudio Javier Villa Regina
214 Chazarreta Martín Silvio O. Viedma
322 Chible Omar Leandro Viedma
310 Chirino Lucas Villa Regina
451 Chirinos Jorge Andrés Villa Regina
402 Choque Raul Orlando Bariloche
274 Choque Raul Orlando *No Informa
388 Cifuente Tulio Arcadio Gral. Conesa
307 Cominao Juan Domingo Viedma
432 Condori Armin Daniel Allen
11 Contreras Hugo Walter Allen
393 Contreras Mauricio Raul Chimpay
120 Contreras Marcelo Alejandro Gral. Roca
96 Corbalan Alejandro Gabriel Bariloche
240 Coronel Eladio Simeon *No Informa
467 Correa Luis Miguel *No Informa
147 Correa Luis Alberto Bariloche
34 Cors Carlos Aníbal Gral. Roca
72 Corsi Cristian Abel Bariloche
222 Cruz Jesús Antonio Viedma
130 Dal Piva Maxim. Silvio Villa Regina
416 Danto Cristina Valeria *No Informa
384 De Filippis Néstor Mario *No Informa
68 Despos Lucas Emilio Cipolletti
427 Di Franco José Luis Gral. Conesa
458 Díaz Miguel Villa Regina
146 Díaz Diego Roberto Viedma
443 Díaz Emilio Silenio Catriel
112 Dieser Jose Alberto Chubut
342 Dina Federico Darío Viedma
278 Domínguez Oscar Eduardo Bariloche
330 Doto José Luis Viedma
148 Drimoni Gustavo Daniel Gral. Fdez. Oro
304 Entraigas Emilio Sebastián C.de Patagones
401 Epulef Marcelo Ezequiel Dina Huapi
373 Erices Alberto Segundo *No Informa
406 Escudero Angel César Villa Regina
397 Esparza Manuel Heraldo Villa Regina
171 Estevanacio Leandro Ezequiel Viedma
242 Fagotti Rubén Darío Villa Regina
316 Feltaño Adriana Daniela Viedma
65 Fernández Rubén Darío Cipolletti
42 Ferreyra Jorge Jesús Gral. Roca
61 Ferroni Miguel Angel Allen
396 Figueroa Jorge Luis Villa Regina
16 Figueroa Candia Américo Alberto Gral. Roca
163 Fischer Jan Hendrik Bariloche
10 Fleitas Abel Mario Gral. Roca
314 Flores Darío Ricardo Viedma
328 Flores Darío Ricardo Viedma
175 Flores Sonia Gral. Roca
80 Flores Moises Amado Gral. Roca
417 Fraser Sergio Darío Villa Regina
376 Fresco Hugo Ramón Choele Choel
329 Frosi Jorge Andrés Viedma
366 Gajardo Zurita Miguel Esteban Viedma
279 Ganuza Marcelo Bariloche
7 7 García Oscar David Cipolletti
239 García Juan Pablo Bahía Blanca
181 García Leandro Jonatan Viedma
177 Garrido Lara Jaime Villa Regina
264 Giacomelli Guillermo Federico Bariloche
423 Gil Rubén Alberto Viedma
362 Giménez Carlos Renee Gral. Roca
327 Giménez Angel Antonio Viedma 1
91 Giménez Angel Antonio Viedma
5 Golisch Ricardo Alberto Gral. Roca
195 Gómez Gustavo Gabriel Viedma
168 Gómez Roberto Carlos San Juan
7 Goncalves Fernando Vicente Viedma
268 González Sebastián Néstor Villa Regina
444 González Gastón Abelardo Villa Regina
54 González Héctor Fabián Gral. Roca
470 González Facundo Javier Villa Regina
237 González Juan Esteban Villa Regina
369 González Matías Nicolás Viedma
430 González Vilches Víctor Eduardo *No Informa
359 Goycochea Erik Julián San Javier
229 Greco Marcos Ariel Viedma
231 Guaquinchay Jorge Luis Viedma
132 Guglielmi Calabresi Diego Ricardo
19 Bariloche 200 Guzmán Mauricio Nicolás Viedma
204 Henriquez Marcelo Andrés Cipolletti
39 Heredia Miguel Angel Gral. Roca
45 Hernández Alberto César Gral. Roca
308 Hernández Diego Manuel R. Ing. Huergo
258 Hernández Cupertino Villa Regina
142 Herrera Eduardo Cipolletti
333 Hoet Javier Andrés Viedma
105 Holzemer Jorge Huberto Villa Regina
266 Huentelaf Carlos Fabián Viedma
263 Huichal Javier Sergio *No Informa
465 Huichal Javier Sergio Viedma
56 Ibañez Aníbal Walter Viedma
187 Ibañez Boris Eduardo Viedma
407 Inostrosa Fabio Elías *No Informa
208 Insaurralde Alberto Miguel A. Viedma
441 Jelves Cristian Adrián Cipolletti
303 Jerez Miguel Angel Bariloche
360 Konrad Rodrigo Gastón Gral. Fdez. Oro
201 Kunisch F Fernando Damián Viedma
452 La Scaleia Carlos Ramiro Bariloche
288 Lagos Jonathan Ezequiel Cipolletti
225 Lamberta Gustavo Miguel Viedma
189 Lara Alejandro Darío Viedma
50 Laurin Oscar Gral. Roca
26 Leiva Walter Fabián Allen
311 Leiva Cristian Daniel Gral. Roca
449 León Angel Roberto Viedma
153 León Belmar Angel Roberto Viedma
271 Lescano Gerson *No Informa
403 Leyes Oscar Octavio *No Informa
197 Leyes Oscar Octavio
199 Viedma 286 Leyro Díaz Juan José Conesa
184 Licera Cristian Efrain Viedma
196 Linch Gustavo Bariloche
199 Lincopan Gustavo Ariel Cipolletti
297 Lizama Luis Fernando Cipolletti
43 Llancañir Héctor Atilio Bariloche
209 Llanqueleo Martín Diego Viedma
157 López Anselmo Francisco Chimpay
183 López Flores Juan Freddy Viedma
455 Lozon Ariel Ceferino Viedma
156 Luca Hugo Ariel Viedma
415 Luna Jorge Oscar *No Informa
293 Luna Jorge Damián Cipolletti
216 Luna Ernesto Ariel Viedma
356 Luqui Brian Gastón Viedma
226 Luqui Brian Gastón Viedma
123 Maidana Tomás Walter Bariloche
129 Maizares Oscar Hugo Viedma
344 Marabolis Fabio Alberto Bariloche
439 Marin Pablo Daniel Gral. Roca
48 Marinao Elio Enrique Gral. Roca
33 Martín Ángel Daniel Gral. Roca
270 Martínez Javier Leopoldo *No Informa
134 Martínez Facundo Leandro Viedma
332 Martínez César Gabriel Viedma
426 Martínez Walter Duilio Catriel
321 Martínez Pablo Armando Bariloche
325 Martínez Julio César Gral. Conesa
30 Martínez Julio Enriquez Gral. Roca
179 Mate Horacio Antonio C. Viedma
91 Mayo Lefiñanco Heber Arnos Gral. Roca
437 Medel Manuel Roberto *No Informa
324 Melipil Carlos Edmundo Pje. Las Perlas
127 Mena José Luis Viedma
337 Méndez Julián Andres *No Informa
259 Méndez Rubén Darío Cipolletti
389 Méndez Alberto Manuel Viedma
141 Menéndez Pablo Bariloche
312 Mera Carlos David Cipolletti
98 Mera Ricardo Esteban Gral. Roca
83 Mercado Claudio Alejandro Gral. Roca
12 Merlo Gustavo Daniel Gral. Roca
228 Miguel Osvaldo Miguel Bariloche
248 Miller José Luis Sierra Grande
392 Miran Amilcar David Viedma
15 Miranda Marcos Rodrigo Viedma
440 Miranda Cristian Eliseo *No Informa
320 Moline Víctor Fabián *No Informa
81 Mora Hugo Alberto Gral. Roca
136 Morel Gustavo Fabián Viedma
162 Moreno Horacio Alberto Viedma
379 Moreno Manuel Antonio Catriel
347 Moreno Maicol Michel Villa Regina
338 Moreyra Lucas Daniel A. *No Informa
53 Moya Julio César Gral. Roca
223 Moyano Mario Darío Viedma
167 Muñoz Domingo Nazareno Ing. Huergo
331 Muñoz Emanuel Alejandro Viedma
190 Muñoz Raul Horacio Viedma
424 Muñoz Pablo Ariel *No Informa
433 Muñoz Pedro Antonio Villa Regina
28 Murillas Marcelo Daniel Gral. Roca
250 Nahuelguer Juan Ernesto Viedma
243 Namoncura Silvio Hector San Ant. Oeste
139 Negro Marcelina Ethel Viedma
164 Neira Sergio David Viedma
341 Neme Gabriel Enrique *No Informa
447 Nieto Liberato Sebastián Río Colorado
38 Norambuena Fabio Daniel Gral. Roca
370 Novoa Leandro *No Informa
255 Obreque Claudio Ernesto *No Informa
114 Olivera Cristobal Salvador Gral. Roca
20 Olivera Néstor Oscar Gral. Roca
247 Olmedo Fernando Daniel *No Informa
206 Ommerborn Rodrigo Mario M. Viedma
313 Opazo Mario Alberto Cipolletti
73 Orce José Fernando Gral. Roca
137 Orellana Lucas Adrián Gral. Roca
88 Orellana Claudio Allen
298 Orellano Enzo Roberto Allen
261 Ormeño Osvaldo Andrés Allen
58 Ortiz Pablo Vicente Allen
102 Oses Fernando Emanuel Cipolletti
118 Oses Mauricio Cesar Viedma
375 Otoizaga Ariel Horacio *No Informa
434 Ovejero César Gerardo Villa Regina
317 Pacheco Jorge Emanuel Viedma
49 Pagano Esteban Nicolás Gral. Roca
267 Paillalef Cader Ramiro Abdal Viedma
295 Palavecino Ramón Jesús Allen
160 Palavecino Jesus Allen
140 Pallao Horacio Alberto Viedma
21 Pardo Cristian Octavio Gral. Roca
70 Pasqualotto Mario Javier Cipolletti
176 Pazo Jaime Omar C.de Patagones
404 Pazos Franco Guillermo Viedma
350 Peña Héctor Luis Gral. Roca
125 Peña Daniel Omar Viedma
235 Pereyra Marcos Ramón Gral. Roca
7 6 Pereyra Alvarez Jaime Diego Villa Regina
414 Pérez Angel Ermindo Gral. Roca
355 Pérez Germán Adrián Bariloche
383 Pérez Fabián Ceferino Choele Choel
217 Pichon Osvaldo Enrique Viedma
46 Picunche Alberto Gregorio Gral. Roca
219 Pintos Cristian Angel Gral. Roca
103 Pintos Carlos Alberto Bariloche
41 Ponce Gajardo Juan Pablo Gral. Roca
207 Prada Carlos Alejandro Viedma
471 Prats Rodrigo Emanuel Villa Manzano
82 Prosperi Cristian Omar Gral. Roca
409 Puefil Alejandro Alberto Lamarque
143 Purrayan Gustavo Alberto Gral. Roca
290 Quezada Darío Nicolas Bariloche
386 Quijada Marcelo David Villa Regina
405 Quintana Lodran Calixto Villa Regina
180 Quintana Parada Cristian Omar Gral. Roca
52 Quiroga Darío Francisco Gral. Roca
119 Rame Carlos Fernando Neuquén
144 Ramírez Marcos Antonio Viedma
378 Ramírez Francisco Maxim. *No Informa
421 Ramírez Juan Pablo N. Cipolletti
138 Ramon Sebastián Feliciano Viedma
343 Rando Maxim. Andrés Gral. Conesa
117 Retamal Claudio Alejandro Gral. Roca
419 Retamal Henriquez Alexis *No Informa
35 Reyes Héctor Manuel Gral. Roca
178 Ricci Diego Maximiliano Viedma
110 Rios Daniel Sergio Bariloche
245 Riquelme Juan Pablo Chichinales
9 Rivas Bruno Luciano Gral. Roca
227 Robledo Alberto Apolinario Viedma
363 Rodríguez Mauro Alexis Villa Regina
399 Rodríguez Adan Diego Bariloche
8 7 Rodríguez Neri Ariel Gral. Roca
276 Rodríguez Carlos Sebastián Viedma
284 Rodríguez Marcos Aníbal Viedma
345 Rojas Diego Enrique Cipolletti
23 Rojas Eduardo Matías Gral. Roca
14 Romero Néstor Fabián Gral. Roca
149 Romero Anselmo Ramón Los Menucos
57 Romero Adrián Norberto Viedma
269 Romero Daniel Enrique *No Informa
122 Romero Juan José Cipolletti
254 Romero Romero Noe San Javier
213 Rosales Santiago Germán Viedma
2 7 Rosenberg Noriega Rosendo Viedma
169 Rost Carlos Alberto Viedma
257 Roth Luis Alfredo Gral. Conesa
352 Rubinsky Matías Jorge E. Viedma
131 Rubinsky Matías Jorge E. Gral. Roca
161 Ruiz Gustavo Alberto Viedma
272 Saavedra Guillermo Emanuel *No Informa
319 Saavedra Emilio Villa Regina
462 Sainz Jorge Aníbal *No Informa
374 Sala Daniel Humberto *No Informa
215 Salazar Iván Santiago Viedma
109 Salazar Enri Antonio Gral. Roca
55 Sales Manuel Bariloche
104 Salgado Parra Ernesto Eliacer Viedma
241 Salicioni Martín Eduardo Viedma
252 Salinas Ricardo Ariel Viedma
212 Salone Walter Antonio Viedma
287 Salvo Jonathan Hernán Viedma
145 Sánchez Raúl Gral. Roca
24 Sánchez Rubén Oscar Gral. Roca
394 Sánchez Javier Enrique Gral. Conesa
60 Sánchez Francisco Héctor Gral. Roca
372 Sandoval Omar Fernando Allen
367 Sandoval MaximilianoJoaquín Viedma
353 Sandoval Omar Fernando Allen
18 Sanhueza Retamal Eduardo Arturo Roca
346 Santagiuliana Luis Alberto Villa Regina
453 Schulz Erico Alberto Bariloche
29 Scuadroni Néstor Vicente Gral. Roca
84 Seco Omar Alcides Villa Regina
78 Sepulveda Darío Ernesto Bariloche
371 Sepulveda Nicolás Matías *No Informa
413 Sequeira Miguel Angel *No Informa
8 Sierra Sergio Enrique Gral. Roca
186 Silva Carlos Emanuel Viedma
260 Silva Vera Elio Sadoc *No Informa
294 Smario Angel Leopoldo Gral. Roca
151 Sosa Héctor Dionisio Viedma
71 Sosa Hugo Orlando Cipolletti
198 Sosa Hugo Darío Viedma
205 Strahl Sergio Daniel Viedma
391 Sullca Mauricio Agustín Viedma
224 Sullca Mauricio Agustín Viedma
193 Tagliani Carlos Fabián La Pampa
3 7 Tagliapietra Aldo José Gral. Roca
251 Tapia Jorge Fabián Gral. Conesa
262 Taraborrelli Bruno Francisco Viedma
7 4 Torres Armando Gral. Roca
9 0 Torres Matías Daniel Gral. Roca
364 Torres Luengo Alejandro Cesar G. Fdez. Oro
429 Udi Elio José *No Informa
464 Ulloa Rodrigo Eliezer Villa Regina
436 Urra Jonathan Osvaldo Villa Regina
113 Valdez Pablo Esteban Cipolletti
336 Valenzuela Adelse Fabián Gral. Conesa
412 Valledor Diego Martin *No Informa
382 Vargas Cristian Fabián *No Informa
422 Vargas Moreira Jorge Adrián *No Informa
265 Vásquez Héctor Hugo Viedma
463 Vázquez Lucas Javier *No Informa
275 Velasco Matías Nicolás Cipolletti
315 Vera Paulo Ernesto Viedma
466 Vergara Darío Hernán Cipolletti
461 Villa Jorge Luis Catriel
385 Villablanca Daniel Andrés *No Informa
126 Villagra Barria Luis Humberto Cervantes
361 Villanueva José Manuel Cipolletti
368 Villarreal Christian M. Río Colorado
173 Villegas Luis Javier Viedma
170 Wagner Alejandro Bahía Blanca
354 Yañez Diego Exequiel Gral. Roca
431 Ymaz Juan Manuel Bariloche
326 Zabala Silvio Fernando Cipolletti
69 Zambrano Joan Alexis Bariloche
428 Zeron Cristian René *No Informa
Judiciales
Acordaron casi todo en el divorcio, pero el padre retuvo los pasaportes de sus hijos hasta que les prohibieran la salida del país
Conocé qué resolvió la Justicia.

Aunque el divorcio se presentó con un acuerdo integral sobre alimentos y cuidado compartido, la discusión se desplazó hacia un punto inesperado: la entrega de los pasaportes de los hijos. El padre condicionó la entrega de los documentos a una prohibición judicial de salida del país ante el temor de que la madre se radicara en Chile.
El matrimonio, celebrado en España y con dos hijos menores de edad que también poseen ciudadanía española, había logrado ordenar casi todos los aspectos de la separación. En el convenio regulador fijaron la cuota alimentaria, el sistema de cuidado personal compartido y el régimen de comunicación. Incluso acordaron resolver en forma privada la liquidación de bienes. Sin embargo, en una de las cláusulas que dispuso el progenitor se estableció que los pasaportes serían entregados solo si antes una jueza dictaba una medida que impidiera a los niños salir de la Argentina.
La madre objetó esa condición cuando respondió la demanda de divorcio. Sostuvo que necesitaba contar con la documentación de sus hijos y que no existía ninguna orden judicial que justificara la retención. La Defensoría de Menores también cuestionó el punto y advirtió que la cláusula afectaba el derecho de los chicos a su documentación y a su identidad.
La jueza de Familia de Bariloche que intervino en el proceso decretó el divorcio, homologó el acuerdo en lo relativo a alimentos y cuidado, pero marcó un límite: si el padre pretendía una prohibición de salida del país, debía promover el trámite correspondiente. Mientras tanto, ordenó la entrega de los pasaportes en el plazo de tres días.
El padre apeló la decisión y sostuvo que el riesgo era concreto, ya que la madre gestionaba una autorización para radicarse en Chile. Con el recurso concedido con efecto suspensivo, la entrega quedó en pausa y el conflicto se trasladó a un nuevo expediente.
La madre inició una medida cautelar autónoma y denunció que los documentos permanecían retenidos. Señaló además que el padre trabaja en Europa con estadías prolongadas fuera del país, lo que dejaba a los niños sin documentación ante cualquier urgencia.
En ese trámite, el hombre finalmente presentó los pasaportes ante el juzgado y pidió que no fueran entregados hasta que se resolviera la prohibición de salida. Los documentos quedaron bajo resguardo judicial mientras avanzaban en paralelo el recurso en la Cámara de Apelaciones y un pedido de autorización para el eventual cambio de residencia de los chicos.
La Cámara cerró el debate principal. Señaló que ninguna cláusula acordada entre las partes puede obligar a un juez a dictar una medida cautelar y que la procedencia de una prohibición de salida depende de la evaluación judicial de sus requisitos legales. También remarcó que la documentación de los niños no puede quedar supeditada a un acuerdo condicionado a una decisión futura.
Con esos fundamentos, confirmó la orden de entrega y dejó en claro que cualquier restricción para salir del país deberá tramitarse en el expediente específico. La medida de prohibición aún no cuenta con una resolución definitiva y deberá resolverse junto con el planteo sobre el eventual cambio de radicación de los niños a Chile, que continúa en trámite.
Judiciales
Aceptaron un juicio abreviado por un robo en banda y ya cumplen condena
La víctima fue golpeada y le robaron una mochila con pertenencias.

Dos hombres fueron condenados este martes (24/02) en el marco de un juicio abreviado tras reconocer haber cometido varios delitos contra un hombre en la ciudad. La víctima prestó su conformidad para la realización del acuerdo.
Uno de los imputados comenzó a cumplir una pena única de 4 años y 8 meses de prisión efectiva, con declaración de primera reincidencia y el pago de las costas del proceso. En tanto, el otro recibió 3 años de prisión con estrictas reglas de conducta, entre ellas la prohibición de acercamiento a la víctima en un radio de 50 metros.
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 31 de agosto alrededor de las 21 horas, cuando la víctima caminaba por calle San Juan entre Gavilán y Los Cisnes. En ese momento fue abordada por los dos imputados y un tercer sujeto que actualmente tiene pedido de captura.
Los agresores golpearon al hombre y le sustrajeron una mochila que contenía zapatillas, ropa, dinero en efectivo y documentación. Las lesiones provocadas fueron calificadas como leves.
Entre las pruebas valoradas se encuentran la denuncia penal, entrevistas realizadas por la fiscalía en el hospital y en la sede del Ministerio Público, un allanamiento donde se recuperaron los elementos robados, el informe de la OFAVI, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense, el trabajo del Gabinete de Criminalística, la historia clínica y testimonios.
El juez interviniente homologó el acuerdo bajo la calificación legal de coautores de robo agravado por ser cometido en poblado y en banda y coacción en concurso real, conforme a los artículos 45, 55, 167 inciso 2° y 149 bis último párrafo del Código Penal.
Como las partes renunciaron a los plazos procesales, las penas comenzaron a cumplirse de manera inmediata.
Judiciales
Vendió su vehículo de trabajo para cancelar un plan, pero el auto nunca llegó: Deberán entregarle uno nuevo y compensar el daño causado
La sentencia ordenó entregar el vehículo pactado y una indemnización total de 13,5 millones de pesos.

Confió en la palabra del vendedor, reorganizó su economía familiar y tomó una decisión que afectó de manera directa su actividad profesional: vendió la camioneta con la que trabajaba para cancelar anticipadamente un plan de ahorro y así acceder al modelo que le habían prometido. El vehículo nuevo nunca fue entregado y el conflicto culminó con una sentencia del fuero Civil de Bariloche que ordenó cumplir con la entrega del rodado y pagar una indemnización millonaria.
El fallo responsabilizó en forma solidaria a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y a la concesionaria oficial Automotores Fiorasi y Corradi S.A., al considerar acreditado el incumplimiento contractual y la vulneración de derechos básicos del consumidor, en especial el deber de información clara y detallada.
El hombre, maestro mayor de obras, había suscripto un plan de ahorro para una Volkswagen Saveiro en su versión base, pero según expuso en la demanda, desde el inicio recibió la promesa de que podría cambiar a una versión superior si cancelaba la totalidad del plan antes de tiempo y abonaba la diferencia correspondiente, beneficio que incluía además ciertas bonificaciones comerciales ofrecidas por el concesionario.
Con esa expectativa y ante la necesidad de contar con un vehículo adecuado para su actividad laboral, decidió vender su camioneta, una Ford Ranger que utilizaba como herramienta de trabajo, y destinó el dinero obtenido a cancelar el plan en su totalidad, convencido de que ese paso destrabaría la adjudicación y permitiría concretar el cambio de modelo.
Sin embargo, tras la cancelación comenzaron las dilaciones, los pedidos de pagos adicionales sin precisión suficiente sobre los montos y las explicaciones cambiantes respecto de la disponibilidad de la unidad. En un momento se le informó que existía un vehículo asignado, pero la operación no avanzó y luego se le comunicó que esa unidad ya no estaba disponible, situación que lo llevó a formular reclamos administrativos ante Defensa del Consumidor, donde obtuvo una resolución favorable que tampoco logró la entrega efectiva.
Ante la persistencia del incumplimiento, promovió una demanda civil en la que reclamó la entrega del vehículo comprometido y una indemnización por los daños sufridos, entre ellos el impacto emocional, la imposibilidad de utilizar un rodado propio para trabajar y la conducta que consideró abusiva por parte de las empresas involucradas.
Uno de los ejes centrales de la sentencia fue el deber de información. El juez interviniente consideró probado que el plan estaba cancelado y que existía adjudicación, pero entendió que las demandadas no acreditaron haber brindado información cierta, clara y detallada acerca de los requisitos finales, los importes exigibles para el cambio de modelo y los pasos concretos para efectivizar la entrega. Aplicó el principio de cargas probatorias dinámicas, según el cual en las relaciones de consumo la empresa tiene la obligación de aportar al proceso la documentación y los datos que obran en su poder, de modo que la falta de precisión y respaldo documental jugó en su contra.
La sentencia ordenó entregar el vehículo pactado -o uno de similares características si el modelo ya no se comercializa- y respetar las bonificaciones ofrecidas en el marco de la operación. Además fijó una indemnización total de 13,5 millones de pesos en concepto de daño moral, privación de uso y daño punitivo.
Para cuantificar el daño moral, el juez tuvo en cuenta la frustración generada por la falta de respuesta eficaz, la prolongación del conflicto y la afectación emocional acreditada mediante pericia psicológica, que dio cuenta de ansiedad y malestar vinculados con la situación. Reconoció también un monto por privación de uso del vehículo, al considerar que la indisponibilidad impactó de manera directa en la actividad profesional del demandante. El fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.








