Seguinos

Río Negro

¿Cumplen con todas las normativas los radares de Chimpay y Darwin?

Conductores que son multados, siguen efectuando denuncias en la Defensoría del Pueblo de Río Negro.

el

Foto: Gentileza LM Cipolletti.

A pesar de las constantes quejas y reclamos formales elevados ante la Defensoría del Pueblo de Río Negro, los radares para detectar la velocidad a la que circulan vehículos por la Ruta Nacional N° 22 en las localidades de Chimpay y Darwin siguen en funcionamiento.

Cabe recordar que en marzo pasado, se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Disposición Nº 95/19 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que suspendía por 6 meses, desde el 22 de marzo, la autorización y homologación del uso de los 4 cinemómetros-radares ubicados en la localidad de Chimpay.

En los considerandos la ANSV, menciona que “a raíz de las denuncias realizadas por los ciudadanos, recibidas en la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Río Negro, y puestas en conocimiento de este organismo, como también en el marco de las auditorias aleatorias realizadas por esta Agencia Nacional de Seguridad Vial, llevadas a cabo para la correcta utilización de los dispositivos autorizados y su adecuación de la normativa vigente en la materia, se constató en el Municipio de Chimpay, irregularidades en los operativos de control de velocidad mediante la utilización de cinemómetros controladores de velocidad de instalación móvil”.

Entre las irregularidades detectadas, la ANSV menciona en su Disposición “la presencia de una casilla metálica para el alojamiento de cinemómetros, modalidad ilegítima”, ya que se había concedido bajo la modalidad de instalación móvil; también refiere a “la ausencia de enconado de seguridad que advierte la presencia de un puesto de control de velocidad (…). Que por otra parte el equipo era operado por personal que no acreditó haber sido matriculado por esta Agencia Nacional”.

No obstante, a pesar de que desde octubre fueron nuevamente habilitados, tanto el Municipio de Chimpay como el de Darwin, siguen violando las normas de la ANSV, que establecen que el sector en el que se encuentran los radares debe ser identificado con la ubicación de conos cada 100 o 150 metros en el trayecto de un kilómetro y la fijación de cartelería indicativa de que esa zona está siendo controlada por radar en al menos tres puntos de ese trayecto (Hay tan sólo un cartel en los ingresos a las localidades).

Desde ambos Municipios aseguran que cumplen con todas las normativas vigentes pero, además de las mencionadas, tampoco se cumple la señalización adecuada de los límites de velocidad (de 20 km/h a 60 km/h) ya que se encuentran pintadas en el asfalto y no con cartelería ubicada a la vera de la ruta.

Actualmente, las multas van de $7.000 -si se pagan en menos de 30 días- a más de $15.000 si no se abonan en tiempo y forma.

En definitiva, la polémica sigue y a pesar de que varios «infractores» deciden pagar el monto de la multa, otros recurren a organismos como la Defensoría del Pueblo para efectuar una denuncia formal.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

el

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

Continuar leyendo

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

el

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

Continuar leyendo

Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement