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Río Negro

Más de 230 mujeres de Río Negro son monitoreadas por el botón antipánico

Se trata de un dispositivo que se les destina a las mujeres que han sido víctimas de violencia intrafamiliar.

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Desde el 2015, se está implementando el uso del botón antipánico en Río Negro para prevenir diferentes situaciones de violencia intrafamiliar.

Los resultados en cuanto a la prevención de hechos violentos, son sumamente positivos al tiempo que también han sido exitosas las intervenciones que los diferentes organismos tuvieron que realizar ante las contadas activaciones de alertas

A la fecha, un total de 235 mujeres de Río Negro, son monitoreadas por el botón antipánico.

La secretaria de Seguridad y Justicia, BetianaMinor, recordó que el año pasado, a través de la creación del área de Género, se incrementaron los sistemas de monitoreo, sumando el dispositivo dual. En lo referente estrictamente al botón antipánico “nos ha dado excelentes resultados y ha prevenido gran cantidad de hechos de violencia”, comentó.

Funcionamiento

El botón antipánico es un dispositivo que se les destina a las mujeres que han sido víctimas de violencia intrafamiliar. Son otorgados por los Juzgados de Familia, Juzgados de Paz o Fiscalías de acuerdo al tipo de hecho. La evaluación de riesgo es realizada exclusivamente por la Justicia.

“Bajo una orden judicial nosotros otorgamos el dispositivo que le permite a la usuaria que, al momento de encontrarse ante una situación de riesgo, pueda activar una alarma que se comunica inmediatamente con el centro de monitoreo, quien despacha un móvil policial al lugar donde se geoposiciona el dispositivo. Además, tiene la posibilidad de hablar con el operador y en el caso de que no pueda hacerlo debido a las circunstancias, el botón graba el sonido ambiente, brindando el contexto a la fuerza de seguridad para intervenir”, manifestó.

Causas multifactoriales

Tal como se indicó, actualmente son 235 las mujeres monitoreadas por botón antipánico, un número que se ha ido sosteniendo en los últimos dos años. Más allá de esa cifra, obviamente desde su implementación, el otorgamiento de botones fue aumentando si se lo compara con sus inicios. Esto guarda relación con el incremento de causas judiciales por violencia de género.

“Este incremento es multifactorial. La sanción de la Ley 26.485 ha ampliado el rango de las violencias, el empoderamiento de las mujeres que las anima a denunciar ha colaborado al incremento del uso de los dispositivos», destacó la funcionaria.

El trabajo con la víctima es articulado, si bien el Ministerio de Seguridad y Justicia interviene estrictamente en la seguridad, el área de Género, creada en julio de 2019, provee una primera red de contención a través del Departamento Psicosocial.

“Además nos permite hacer una evaluación y una serie de informes que posibilitan detectar algunas circunstancias que tal vez la Justicia no haya observado en su oportunidad tanto en relación al agresor como a la usuaria”.

Intervenciones exitosas

Anteriormente se hacía hincapié en las escasas intervenciones realizadas por alertas ante hechos de violencia. Dichas intervenciones no superan la decena y han sido todas exitosas.

“En todas las intervenciones se han logrado evitar los hechos de violencia. Han sido menores los casos registrados de mujeres que han denunciado hechos de violencia y lamentablemente los mismos se han producido porque las usuarias no han tenido el botón consigo o el mismo se encontraba apagado. En este aspecto también interviene el equipo psicológico, concientizando a la usuaria en un uso responsable. No obstante las intervenciones han sido todas efectivas y hemos logrado resguardar la vida de las mujeres”.

Ante la activación del botón, interviene en primera instancia el Centro de Monitoreo a través de un operador de RN Emergencias e inmediatamente se pone en marcha el protocolo de actuación.

Es así que los operadores, derivan móviles policiales al lugar donde se encuentre la usuaria.

“El rol de la policía de Río Negro en esto es fundamental y de hecho estamos llevando adelante un trabajo mancomunado muy efectivo”, resaltó Minor.

En cuanto a las localidades, Cipolletti es la ciudad con más mujeres que cuentan con botón antipánico, seguida de Bariloche y Viedma.

Como se señaló al principio, el botón antipánico no es el único sistema de prevención de violencia. Existe por ejemplo el dispositivo dual y este año se seguirá trabajando para desplegar dicho sistema en toda la provincia. A su vez, y respecto a objetivos en la materia, Minor enumeró “Articularemos políticas también a nivel nacional, coordinaremos con la nueva Secretaría de Igualdad de Géneros de la provincia y comenzaremos a trabajar en el diseño del programa de tratamiento de agresores de violencia doméstica que es un gran objetivo para este Ministerio”, concluyó.

Judiciales

Le sustrajeron la camioneta y apareció hundida en el río: ¿La aseguradora tiene que cubrir?

La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda y días después, la Policía la encontró sumergida en el lecho del río.

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Una aseguradora deberá indemnizar a un cliente luego de haberse negado a cubrir un siniestro ocurrido tras la sustracción de su vehículo, una Chevrolet Montana que apareció hundida en el río Negro. La sentencia de Cipolletti determinó que el costo de reparación superó el porcentaje previsto en la póliza para considerar la destrucción total y ordenó el pago de la cobertura.

La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda en Cipolletti. Días después, la policía la encontró sumergida en el lecho del río, en la zona de Isla Jordán, debajo del puente que conecta con Balsa Las Perlas. El cliente denunció el hecho a la compañía aseguradora y solicitó la aplicación de la cobertura correspondiente.

La aseguradora abrió el siniestro y designó un estudio liquidador, pero semanas más tarde comunicó el rechazo de la cobertura. Argumentó que el daño no alcanzaba el 80% del valor de mercado del vehículo, condición necesaria según la cláusula de «daño total» establecida en la póliza. El cliente cuestionó esa decisión y aportó presupuestos de talleres mecánicos que estimaban un monto de reparación muy superior al límite contractual.

Durante el proceso judicial, se incorporó una pericia que concluyó que la reparación era técnicamente posible, aunque resultaba antieconómica. El especialista explicó que el vehículo sufrió graves daños eléctricos, mecánicos y estructurales a causa del agua, y que el costo total de los arreglos triplicaba el valor de una unidad similar en plaza.

El juez observó que la aseguradora no presentó la póliza completa ni el informe técnico que habría servido de base para negar la cobertura. También destacó que la empresa desistió de una prueba contable ofrecida por ella misma, lo que impidió sustentar su postura. En el fallo se recordó que, en los contratos de consumo, las cláusulas deben interpretarse del modo más favorable al usuario y que el proveedor tiene el deber de colaborar activamente en el esclarecimiento de los hechos.

La sentencia tuvo por acreditado el hurto y el posterior hallazgo del vehículo sumergido. Consideró probado que el siniestro configuró un daño total conforme a las condiciones del contrato y que la negativa de la aseguradora careció de fundamento técnico suficiente.

Además, el juez reconoció el derecho del cliente a una compensación por la imposibilidad de usar el vehículo. Si bien el reclamo original se extendía por un período prolongado, la sentencia aplicó un plazo de 45 días, calculado en base al tiempo razonable que demandaría una reparación integral según la pericia técnica.

El fallo ordenó a la compañía Triunfo Cooperativa de Seguros Ltda el pago del valor actualizado del vehículo junto con la compensación por la privación de uso.

La causa tramitó ante el fuero Civil de Cipolletti y la sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Judiciales

Solicitó viajar al exterior con su hijo sin destino ni tiempo determinado: No podrá hacerlo sin notificar a la madre

Lo autorizaron pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días.

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Un hombre recurrió al Poder Judicial para obtener una autorización que le permitiera viajar al exterior con su hijo. Indicó que tiene familiares en Chile y que su padre atraviesa un problema de salud, por lo que necesita trasladarse para cuidarlo. Según el hombre, la madre del niño no le otorgó la autorización. El permiso solicitado no tenía límite de tiempo ni destino determinado.

El fuero de Familia de Villa Regina autorizó al hombre a salir del país con su hijo, pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días. Además, deberá notificar a la madre 5 días antes de cada viaje, indicando el lugar de destino, la duración, la fecha de salida y la de regreso al país. El permiso no habilita la radicación del niño en el extranjero.

La madre, por su parte, rechazó las afirmaciones del hombre. Señaló que nunca se opuso a autorizaciones puntuales, pero sí a una autorización general, sin fecha ni destino. Aclaró que está dispuesta a autorizar los viajes siempre que se le informe previamente con datos concretos sobre fechas y destinos.

Durante el trámite se emitió un dictamen del Defensor de Menores, que recomendó autorizar los viajes, pero con restricciones que garanticen la notificación previa a la madre y resguarden el arraigo del niño.

La jueza advirtió un conflicto persistente entre los progenitores que impide alcanzar acuerdos básicos. Reafirmó la importancia de preservar el interés superior del niño y de promover soluciones pacíficas.

En caso de incumplimiento, podrán aplicarse sanciones como multas o la revocación de la autorización. El padre queda facultado para realizar todos los trámites administrativos y legales necesarios para concretar los viajes.

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Judiciales

Octubre Rosa: El STJ autorizó una licencia a todas las mujeres para la mamografía anual

En el Poder Judicial de Río Negro trabajan más de 1.740 mujeres, quienes representan el 66% del total de la planta de personal.

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Todas las mujeres que trabajan en el Poder Judicial de Río Negro, sin distinción de cargos ni jerarquías, tendrán derecho a un día de licencia para controles preventivos de cáncer de mama. En el marco de las actividades por Octubre Rosa y como incentivo para que las mujeres efectivamente se realicen los controles anuales, la licencia se justifica con una constancia que acredite haberse practicado la mamografía y/o la ecografía mamaria.

Hasta ahora, las agentes y funcionarias del Poder Judicial debían utilizar un día de vacaciones, una licencia por «razones particulares» o bien debían solicitar permisos especiales de salida, con retorno al lugar de trabajo, para realizarse las prácticas y completar los habituales trámites administrativos previos. Ahora se reconocen estos estudios preventivos como una licencia por razones de salud aunque no exista ninguna enfermedad declarada ni un tratamiento en curso.

La Resolución N° 914/2025 fue dictada por la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia. La iniciativa fue promovida como una medida de acción positiva desde la Oficina de Derechos Humanos y Género y la Gerencia de Gestión Humana. Allí se destacó que en el Poder Judicial de Río Negro trabajan más de 1.740 mujeres, quienes representan el 66% del total de la planta de personal, y que tienen una edad promedio de 44 años, una edad crítica para el desarrollo del cáncer de mama.

Los fundamentos de la Resolución se hacen eco de los alarmantes índices relevados por la Sociedad Argentina de Mastología, que afirman que en Argentina se detectan 22.000 nuevos casos de cáncer de mama por año, lo que representa un promedio de 60 casos por día.

Además, rescatan las Estadísticas Vitales del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, que indican que 74 mujeres rionegrinas murieron en el año 2024 como consecuencia de cáncer de mama, una enfermedad cuya principal clave para un tratamiento potencialmente exitoso es la detección temprana.

El STJ destacó asimismo que Argentina asumió el compromiso de adoptar todas las medidas apropiadas para asegurar a las mujeres “el derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo”, tal como indica la Convención Cedaw.

Por otra parte, la Resolución precisó que «el derecho al autocuidado ha sido reconocido como un derecho humano a través de la Opinión Consultiva 31/2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos» y que, al estar estrechamente vinculado con el derecho a la salud, «también incumbe al Estado».

La medida se complementa con otras acciones de prevención y difusión de derechos, dado que en octubre también se conmemora el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo.

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