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Judiciales

Confirmaron condena al ex intendente Reggioni

La pena es de un año y medio de prisión en suspenso, más la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

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Por pedido de la Fiscalía, el Tribunal de Impugnación confirmó la condena en contra de los cuatro acusados por negociación incompatible con el ejercicio de la función pública. Entre ellos se encuentra el ex intendente Juan Reggioni.

«La Fiscalía trabajó este caso desde sus inicios como un hecho de corrupción que incluyó no sólo a un ex intendente, sino también a su familia y una cuarta persona», explicó el fiscal del caso, Guillermo Merlo. «Los Tribunales que evaluaron las pruebas que produjimos en el juicio coincidieron con nuestra postura de que engañaron y se aprovecharon de una mujer en estado de vulnerabilidad para apropiarse de un terreno social», agregó.

En la audiencia de impugnación, el fiscal Guillermo Merlo y la fiscal adjunta Vanina Bravo solicitaron al Tribunal que rechace las impugnaciones intentadas por las defensas técnicas de los acusados y que ratifiquen el fallo del Tribunal Unipersonal.

Tanto la defensa oficial a cargo de Silvana Ayenao que representó al hijo del ex intendente Reggioni, como el abogado particular, Pablo Barrionuevo que asistió a los restantes imputados, habían pedido la revocatoria del fallo y la absolución de sus clientes.

El Tribunal de Impugnación compuesto por Miguel Cardella, Rita Custet Llambí y Adrián Zimmermann resolvió por unanimidad rechazar los planteos absolutorios.

En su resolución, los magistrados consideraron que “por la lectura de la sentencia y los registros audiovisuales del juicio, se acredita el que hubo un aprovechamiento sobre la condición personal, social y económica de la víctima, ella pedía auxilio económico para pagar el lote social o bien entregarlo a quien lo necesitaría”.

Además sostuvieron que “la maniobra del despojo del lote social es muy clara, se estableció cierta ingeniería jurídica, donde aparece un contrato de mutuo por un monto muy bajo”, agregando que el contrato “tiene un título intencionalmente mal colocado, porque sin duda alguna es un contrato de venta encubierto” que buscaba evadir las regulaciones municipales que impedían transferir el bien.

Según la acusación fiscal y que motivara la declaración de culpabilidad, Reggioni, su esposa, su hijo y una cuarta mujer, participaron de una maniobra mediante la cual lograron engañar a la víctima para que firmara un documento en octubre de 2010 que otorgaba un poder especial en favor de una conocida quien tiempo después, transfirió el mencionado poder en favor del hijo del ex intendente.

En el año 2015, el hijo del ex mandatario escrituró el terreno en representación de la víctima mediante escritura pública y actuando su padre como representante del ejecutivo municipal, siendo imposible que ellos desconozcan el vínculo familiar que existía entre ambos.

Posteriormente se procedió a la construcción de un vivienda unifamiliar en el lugar, la cual – siguiendo la acusación – habría sido alquilada mediante un contrato firmado por la esposa del ex intendente, ingresando los montos previstos por los alquilares al patrimonio familiar del referente político local. Tras un incendio ocurrido en la vivienda, el inquilino intentó que el ex jefe comunal reconociera parte de las pérdidas económicas sufridas por el siniestro, circunstancias en las cuales grabó una conversación donde el ex mandatario explicaba que a fines de este año transferirían la propiedad del terreno a nombre de su nieta.

Todo lo anterior fue realizado a espaldas de la damnificada y según la resolución del Juez de Juicio Álvaro Meynet, las maniobras “no hacen otra cosa que poner evidencia el verdadero propósito de hacer ingresar como sea el bien al patrimonio familiar”,

Teniendo en cuenta la calificación legal del caso, los imputados fueron condenados a penas de cumplimiento condicional y a la inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

Judiciales

Piden prisión perpetua para Pedro Acuña por el femicidio de Marisa Galdame

El hecho ocurrió el año pasado en Allen.

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Esta mañana (21/10) las partes realizaron sus alegatos en la audiencia de cesura de pena del juicio que se lleva adelante por el femicidio de Marisa Galdame. La Fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para el imputado Pedro Acuña; por su parte, la jueza interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes (25/10) a las 10.30 en los Tribunales de General Roca.

La Fiscalía presentó prueba informativa, «de esta manera el Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no registra antecedentes penales», explicó el equipo fiscal.

Según la acusación, el hecho ocurrió en la madrugada del 30 de octubre del año pasado, en una vivienda del barrio Islas Malvinas de Allen, y tras el llamado de un vecino, personal de la Comisaría 6ta. realizó las primeras intervenciones. Fue así que la policía ingresó a la casa señalada, y encontró a Marisa Galdame, de 30 años, sin vida y a su lado a Acuña, quien hoy está imputado, padre de los dos hijos de la víctima fatal, de 5 y 13 años.

Accedé a los alegatos de la fiscalía

Tras la audiencia la fiscal jefe explicó que «solicitamos la pena de prisión perpetua, accesorias legales del Artículo 12 y costas del proceso, teniendo presente la prueba que se acreditó durante el juicio por jurados concretado en agosto pasado. Considero que la pena es justa para el tipo penal por el cual ya fue declarado culpable, también tengo presente el grado de violencia con el que fue cometido el hecho contra una mujer que era su pareja».

«Hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, del contexto de violencia de género en el que sucedió este caso, que se coartó la vida de una mujer joven, madre de dos hijos, la extensión del daño, es una pena ajustada y plenamente justificada a todo lo descripto», agregó la fiscal jefe.

La querella adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa expresó que la legislación vigente no les permite solicitar una pena menos gravosa.

Acaban de culminar los alegatos del juicio de cesura de pena, la resolución de la jueza interviniente se conocerá el próximo 25 de octubre a las 10.30

Cabe recordar que fue el decimonoveno juicio por jurados de Rio Negro y se llevó a cabo durante los primeros días de agosto de este año.

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Deudor alimentario no podrá cargar combustible hasta que no cumpla con la cuota de sus cuatro hijos

Así lo dictaminó una jueza rionegrina.

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Un hombre que ya fue apercibido por no pagar la cuota alimentaria de sus cuatro hijos no podrá cargar combustibles en las estaciones de servicio de su localidad hasta que no cumpla con su obligación. Para ello, la jueza de Familia de Viedma ordenó informar a las estaciones de YPF que tienen prohibido venderle gasolina.

Además, como abastece a un supermercado de una ciudad de la región Sur rionegrina, se le prohibió brindar cualquier servicio a ese establecimiento. Esto incluye contratar, vender productos, bienes, transporte, mudanzas, entre otros, «hasta tanto acredite fehacientemente el pago de la prestación alimentaria en favor de sus cuatro hijos’, dice el fallo. Para hacer efectiva esta prohibición, también se notificó al supermercado.

Como medida final, la magistrada también dispuso el embargo del 15% de las contrataciones que el deudor alimentario tiene con la Municipalidad de la localidad. En este caso, se incluyen contratos de locación de obras y servicios en general.

La contraparte había solicitado también el embargo de las cuentas y plazos fijos, pero primero deberá precisar cuáles son las entidades financieras que requieren la medida.

Las demandas, en números

En lo que va del año, el fuero de Familia de Río Negro tramitó 709 demandas por alimentos, sobre un total de 9.393 nuevos ingresos. Más de la mitad, corresponden a procesos sobre violencia.

Las demandas por alimentos y los divorcios, son parte de los procesos más frecuentes según el último informe del Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

El fuero de Familia en Río Negro se compone por 16 organismos entre juzgados, juzgados multifueros y unidades procesales.

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Judiciales

Cámara Gesell remota: Logran entrevistar a un niño a más de 600 kilómetros

Un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho.

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Gracias a la tecnología, un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho. La investigación está a cargo del Poder Judicial de Mendoza, aunque después de la denuncia la familia damnificada se mudó al Alto Valle. La Oficina Judicial de Cipolletti ofreció el soporte digital para concretar la Gesell a más de 600 kilómetros de distancia.

La tecnología que incorporó el Poder Judicial de Río Negro para la reforma procesal penal y la digitalización que se consolidó en pandemia permitieron realizar una Gesell a distancia. En esta investigación, la Fiscalía de Mendoza solicitó dos intervenciones. Primero para tomar el testimonio de la víctima y luego para realizar una pericia clave.

En las dos oportunidades, la Oficina Judicial de Cipolletti estuvo a cargo de la logística para la conexión remota. La colaboración del Poder Judicial de Río Negro evitó la revictimización del niño, que no tuvo que viajar al lugar donde ocurrió el hecho. También aportó celeridad a las instancias procesales para que la denuncia pueda llegar rápidamente a juicio.

La Cuarta Circunscripción acumula experiencia en la realización de cámaras Gesell remotas. La última cámara Gesell en implementarse, el año pasado, fue la de Catriel. Antes de la incorporación del dispositivo en la localidad petrolera, los niños, niñas y adolescentes debían viajar hasta la ciudad cabecera de la Cuarta Circunscripción y en algunas ocasiones no coincidían los horarios de los servicios de colectivos, por lo que regresaban muy tarde a sus hogares.

En estas circunstancias, se buscó una solución para evitar la revictimización y el estrés de las infancias y aumentar el estándar fijado por la guía de buenas prácticas de Unicef, al que el Superior Tribunal de Justicia adhirió, y otros protocolos nacionales e internacionales.

Con la combinación de distintas tecnologías, el juez o jueza se conecta desde una sala en Cipolletti junto con las partes. La víctima, en cambio, es entrevistada por una psicóloga de cámara Gesell en el edificio del Poder Judicial de Catriel.

En lo que va del año, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica, se realizaron más de 350 Gesell en toda la provincia.

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