Sociedad
El Senado aprobó la Ley de Góndolas con el apoyo de la oposición
El proyecto recibió 56 votos afirmativos y cuatro abstenciones. Los tres senadores rionegrinos votaron que si.

El Senado, con el apoyo de la oposición, sancionó ayer (28/02) la Ley de Góndolas, que busca ordenar la distribución de los productos en los supermercados y favorecer a las Pymes y a las economías regionales, en el marco de la política gubernamental para combatir la suba de los precios de los alimentos.
El oficialismo consiguió dar aval a la normativa con 56 votos a favor, ninguno negativo y cuatro abstenciones, en una sesión en la que el interbloque de Cambiemos calificó como «inocua», al considerar que «no resuelve el problema de la inflación», aunque decidió acompañar el proyecto en la votación en general y en particular.
El jefe de los senadores del Frente de Todos, José Mayans, dijo que le «alegraba» el acompañamiento de la oposición a la iniciativa; afirmó que servirá para avanzar en la búsqueda de «una Argentina más justa» y consideró que se trata de «una ley más con la intención de tener precios justos».
Desde la oposición, senadores de Cambiemos encabezados por Luis Naidenoff objetaron la medida al calificarla de «inocua» y advirtieron que ya existen «herramientas» como las leyes de defensa de la competencia y de defensa del consumidor que sirven para controlar la suba de precios, pero que «lamentablemente no se aplican por falta de decisión política».
Los bloques opositores, incluido el del ex gobernador Alberto Weretilnek de Juntos Somos Río Negro, apoyaron no obstante la nueva ley, con excepción de Martín Lousteau, Lucila Crexel, Esteban Bullrich y el santacruceño Eduardo Costa, a quien la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner le dirigió un gesto irónico por su abstención.
El proyecto establece que las cadenas comerciales podrán otorgar a un grupo empresario o proveedor el 30 por ciento del espacio de una góndola, que deberá compartir con al menos otros cinco proveedores.
También determina que se le deberá brindar 25 por ciento a los productos de las Pymes y un 5 por ciento a los de la agricultura familiar.
Además, dispone que en las islas de exhibición y anaqueles contiguos a las cajas -que configuran los sectores más codiciados para la venta- se deberán presentar en un 50 por ciento del espacio productos elaborados por micro y pequeñas empresas nacionales o por cooperativas y mutuales.
La senadora del Frente de Todos, Ana Almirón, que preside la comisión de Legislación General y fue la encargada de exponer los argumentos en favor de la iniciativa, destacó la necesidad de sancionar la ley en «un momento muy complejo del país en el que está en juego la pobreza y el hambre».
«Es una deuda pendiente, en un momento complejo donde el precio de los alimentos tiene impacto en la economía de las familias», sostuvo la legisladora por Corrientes en representación del oficialismo.
Almirón también cuestionó la posición del sector empresarial «que se aprovecha», dijo, «del hambre de los argentinos», con decisiones que impactan en la suba de precios.
La senadora por Mendoza Anabel Fernández Sagasti sostuvo que la meta de la nueva normativa es impedir que «los grandes oligopolios se queden con la mejor tajada», en desmedro de los pequeños productores y de los consumidores.
Sagasti cuestionó a quienes sostienen que «el Poder Ejecutivo pretende ir góndola por góndola con una reglita viendo en qué lugar está cada cosa» y consideró que esa afirmación «simplifica la discusión y es poco seria».
La normativa había sido promovida desde la Cámara de Diputados por la diputada Elisa Carrió, una de las fundadoras de Cambiemos, y recibió media sanción en esa cámara la semana pasada con el nuevo impulso que le imprimió la administración de Alberto Fernández.
Fuente: Agencia Télam.
Roca
El Hospital de Roca modernizó su sala de radiología
Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.

El Hospital Francisco López Lima dio un salto cualitativo en materia de diagnóstico por imágenes tras la adquisición e instalación de un nuevo equipo de rayos X y un Sistema Digital Directo de RX convencional. Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.
En el marco del plan de modernización hospitalaria que lleva adelante el Ministerio de Salud, el Hospital de General Roca renovó integralmente su capacidad de respuesta en diagnóstico radiológico. La incorporación de este sistema digital directo no solo optimiza la calidad de las imágenes, sino que redefine los estándares de seguridad y rapidez para los pacientes rionegrinos.
Entre los beneficios más destacados de esta tecnología se encuentran la menor exposición a la radiación, que el nuevo sistema reduce la incidencia de radiación ionizante entre un 50% y un 80% en comparación con los equipos convencionales. Gracias a la nitidez de la captura, ya no son necesarias exposiciones reiteradas para obtener una imagen clara.
Además, al ser un proceso digital, los diagnósticos son fidedignos y se obtienen en menor tiempo, agilizando el flujo de atención en la sala de guardia y consultorios.
Otro de los beneficios es que el sistema elimina el uso de películas y líquidos reveladores, lo que se traduce en un ahorro de costos operativos y una eliminación total de desechos químicos contaminantes.
Tecnología única para estudios complejos
Más allá de la radiología convencional, este nuevo equipo cuenta con un software especializado que permite realizar estudios de alta complejidad, tales como:
Espino-gramas: unión de imágenes para visualizar la columna completa (desde el cuello hasta la pelvis) en una sola placa, fundamental para el tratamiento de la escoliosis.
Medición de miembros inferiores: visualización panorámica de huesos largos para detectar asimetrías óseas desde la cadera hasta el tobillo.
Impacto regional
La actualización de la sala de radiología no solo beneficia a los habitantes de General Roca, sino que fortalece la red sanitaria de todo el Alto Valle. Con esta inversión, el Hospital «Francisco López Lima» se posiciona a la vanguardia tecnológica, garantizando un servicio de salud pública más eficiente, seguro y preciso para toda la comunidad.
Sociedad
Pidió gasoil y le cargaron nafta: Tendrán que compensar los daños en el vehículo
El error ocurrió en una estación concesionada de la región y derivó en fallas mecánicas y un reclamo judicial.

Pidió gasoil para una camioneta diésel, pero en el surtidor le cargaron nafta. A las pocas cuadras el motor empezó a fallar y el conductor volvió de inmediato a la estación para reclamar. Ese error en la carga activó un traslado al taller y, más tarde, un nuevo desperfecto en plena ruta. El episodio terminó en un juicio por daños y perjuicios en Cipolletti con una sentencia favorable al dueño de la Mitsubishi Montero.
Según surge del fallo, el hecho ocurrió en una estación de servicio concesionada de la región. La persona que conducía el vehículo solicitó expresamente gasoil, aunque la factura acreditó que se despachó nafta. Tras advertir fallas en el funcionamiento, regresó al lugar y efectuó el reclamo. Desde la estación se informó que se harían cargo del inconveniente y se dispuso el traslado del rodado a un taller mecánico.
En ese primer ingreso al taller se realizaron tareas de vaciado y limpieza del sistema de combustible, además de la carga del combustible correspondiente. El vehículo regresó a la estación y fue retirado por su titular, quien firmó una constancia vinculada a los trabajos realizados. Sin embargo, el conflicto no terminó allí.
De acuerdo con la versión expuesta en el expediente, tiempo después el vehículo volvió a presentar fallas mientras circulaba en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías de Fernández Oro. Ante esa situación, el conductor intentó comunicarse con personal de la estación y, al no obtener respuesta inmediata, recurrió a un tercero para recibir asistencia. Luego llevó la camioneta a otro taller mecánico, donde se efectuó un nuevo diagnóstico y reparaciones más amplias.
La estación de servicio reconoció que existió una carga errónea de combustible, aunque sostuvo que el pedido efectuado por el cliente había generado confusión. Aun así, afirmó que asumió los costos del primer traslado, de la descontaminación y de una segunda intervención posterior, que incluyó el cambio de determinadas piezas, todo sin cargo para el usuario. También destacó que en ambas oportunidades el vehículo fue retirado en marcha y con constancias firmadas de conformidad.
Durante el proceso judicial declararon mecánicos que intervinieron en las reparaciones y personal de la estación. Un taller explicó el procedimiento habitual ante una contaminación de combustible y sostuvo que, tras la limpieza, el rodado no presentó fallas. El otro taller describió un cuadro distinto, con componentes afectados y la necesidad de trabajos adicionales. El expediente incorporó documentación, testimonios y registros que dieron cuenta de ambas intervenciones.
Al analizar el caso, el juez encuadró el conflicto dentro de una relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo tuvo por acreditado el hecho central: se suministró un producto distinto al solicitado, lo que constituyó una prestación defectuosa del servicio. El magistrado remarcó que el control de la operación de carga recae en quien la ejecuta y que la estación debía extremar los cuidados por tratarse de un producto riesgoso.
Uno de los puntos clave fue la relación entre el error inicial y los daños posteriores. La sentencia señaló que no se produjo una pericia mecánica que permitiera establecer con precisión el alcance técnico de la contaminación ni la causa exacta de las fallas detectadas tiempo después. Frente a esa falta de prueba concluyente, el juez aplicó el principio de interpretación favorable al consumidor cuando subsisten dudas razonables.
Con ese criterio, el Poder Judicial responsabilizó a la estación de servicio por los daños materiales acreditados y reconoció un resarcimiento por las molestias y padecimientos derivados del episodio. Por eso la firma Servicios Cipolletti S.R.L deberá indemnizar al cliente. El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
Roca
Controles de tránsito en Roca: 38 vehículos retenidos y 14 alcoholemias positivas en una semana
Las multas por alcoholemia positiva pueden superar los 3 millones de pesos.

La Dirección de Tránsito del Municipio de General Roca informó los resultados de los controles vehiculares realizados durante la última semana en distintos puntos de la ciudad, en el marco de los operativos preventivos habituales.
Entre el lunes (02/02) y el domingo (08/02), los inspectores municipales confeccionaron 114 actas de infracción. En ese período se detectaron 14 casos de alcoholemia positiva, lo que motivó la retención de 10 vehículos. Sumadas a otras 28 retenciones por diferentes infracciones, el total de rodados retenidos ascendió a 38, entre motos y automóviles.
Las infracciones más reiteradas fueron la falta de licencia habilitante y de seguro, ambas consideradas faltas graves por la normativa vigente.
En ese sentido, recordaron que en la ciudad rige la Ordenanza 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir con cualquier graduación alcohólica en sangre. Las sanciones por incumplir esta norma van de 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a montos de entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.









