Río Negro
Carreras decretó la Emergencia Sanitaria en la provincia
Es en virtud de la pandemia declarada por la OMS por el brote coronavirus COVID-19.

La gobernadora, Arabela Carreras, decretó este viernes (13/03) la emergencia sanitaria en todo el territorio provincial, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el brote de nuevo coronavirus COVID-19.
La medida regula y ordena el funcionamiento de los distintos estamentos del Estado, ratificando el orden de las decisiones que se toman. Tiene vigencia por un año, prorrogable en caso de persistir la situación epidemiológica.
La norma deja establecido que la titular del Poder Ejecutivo será la única autoridad de quien emanen las instrucciones que deberán seguir los funcionarios y agentes públicos, ciudadanos de la provincia o eventuales visitantes a la provincia con la finalidad de conservar la seguridad y el orden en el marco de la emergencia aquí declarada.
Es importante destacar que la transgresión, sea por acción u omisión, de las pautas específicas establecidas en este Decreto, en los protocolos que se han dictado o se dicten en el futuro en relación a la temática, independientemente que dichas acciones provengan de funcionarios públicos, de ciudadanos de la provincia o de eventuales visitantes, habilitará según el caso, la aplicación de la normativa penal vigente, como así también las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder.
Mediante este decreto se faculta al Ministerio de Salud a disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario; realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad.
Asimismo, coordinará la distribución de los productos farmacéuticos y elementos de uso médico que se requieran para satisfacer la demanda ante la emergencia, y será el encargado de la entrega de medicamentos, dispositivos médicos u otros elementos sanitizantes.
El Ministerio de Salud tendrá a su cargo también la coordinación con las distintas reparticiones del Gobierno Provincial la aplicación obligatoria de medidas sanitarias de desinfección y la adopción por parte de éstos o de los privados en medios de transporte, salas de clases, lugares de trabajos y, en general, en cualquier lugar de acceso público o donde exista o pueda existir aglomeración de personas.
Por otra parte, el decreto de declaración de la Emergencia Sanitaria faculta a los Ministerios que conforman el Comité de Crisis a implementar los mecanismos más eficaces para la compra directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen y reglamento de compras y contrataciones de la Provincia.
En tanto, el Ministerio de Educación y Derechos Humanos coordinará con el Ministerio de Educación de la Nación las condiciones en que se desarrollará la escolaridad respecto de los establecimientos públicos y privados de todos los niveles durante la emergencia, de conformidad con las recomendaciones de la autoridad sanitaria y en coordinación con las autoridades competentes de las distintas jurisdicciones.
Los alcances del Decreto fueron analizados por el Comité de Crisis encabezado por la gobernadora Carreras, conformado además por el vicegobernador Alejandro Palmieri; y la presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Liliana Piccinini; así como representantes de distintos organismos provinciales.
Judiciales
No hizo el trámite a tiempo y su concubino falleció: Reconocen el derecho de una mujer sobre el inmueble que construyeron juntos
Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.

Un fallo reconoció el derecho de una mujer sobre el 50% de un inmueble ubicado en el balneario Las Grutas, tras un complejo proceso de usucapión. El terreno había sido cedido por la Municipalidad a un hombre. Cuando falleció, no se había concretado la adjudicación definitiva. Los hijos continuaron el trámite y la comuna, finalmente les otorgó el lote a su nombre.
Entonces, la concubina realizó una presentación contra la Municipalidad en el Juzgado Multifueros de San Antonio. La comuna argumentó que cumplió con el trámite y que la mujer no intervino en el momento y lugar que correspondía. Lo mismo argumentaron los herederos. En efecto, la señora debió haber realizado antes el procedimiento para ser co-titular.
En el expediente se probó que como pareja habían iniciado juntos la construcción de la vivienda en el 1992. Incluso ella amplió la casa luego de la muerte de su pareja.
En su demanda, la mujer relató que la vivienda fue edificada con sus ahorros personales -provenientes de la venta de una casa anterior y de su labor como enfermera-, además del esfuerzo conjunto con su pareja y albañiles contratados. La casa de dos plantas cuenta con living, cocina comedor, dormitorios, baños, paredones perimetrales y jardín.
El fallo valoró especialmente la participación activa y continua de la mujer en la construcción, mantenimiento y mejora del inmueble, así como el pago de tasas, impuestos y servicios durante más de tres décadas. También se destacó la ampliación de la vivienda realizada en 2017, ya fallecida su pareja.
La jueza interviniente subrayó la histórica invisibilización de los derechos patrimoniales de las mujeres, particularmente en el ámbito de la vivienda. Recordó que en décadas anteriores era frecuente que los bienes se inscribieran a nombre del varón, incluso cuando las mujeres habían contribuido significativamente a su adquisición o construcción.
Citó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a la Constitución Nacional. La magistrada sostuvo que los actos realizados por la actora no fueron gestos simbólicos, sino intervenciones materiales que demuestran una clara intención de poseer como dueña, con base en el esfuerzo propio y una relación activa y sostenida con el inmueble.
En consecuencia, se resolvió admitir parcialmente la demanda. Se reconoció el derecho de la mujer sobre la mitad del inmueble y manteniendo el otro 50% en cabeza de los herederos del hombre.
Deportes
Río Negro defenderá nuevamente el título en los Araucanía 2025
La Provincia es la máxima ganadora de los juegos con 15 conquistas.

Este año, Río Negro buscará ser por sexta vez consecutiva campeona de los Juegos Binacionales de la Araucanía, que tendrá lugar del 13 al 19 de octubre, con la participación de toda la Patagonia Argentina y el sur chileno.
La competencia será organizada este 2025 por Tierra del Fuego, según se ratificó en la reunión ordinaria de los Juegos que se llevó adelante la semana anterior en Valdivia, Chile.
En representación de la provincia asistieron el secretario de Deporte, Nahuel Astutti y el subsecretario de Competencias y Recreación, Aníbal Francischelli. Este último afirmó que “las disciplinas se distribuirán en cinco sedes entre Tierra del Fuego, Santa Cruz y Chubut, por lo que tenemos un intenso trabajo por delante para coordinar la logística”.
Cabe destacar que Río Negro defenderá por quinta vez consecutiva el título de campeona, luego de coronarse en 2018, 2019, 2022, 2023 y 2024 (en 2020 y 2021 la competencia se suspendió por la pandemia de COVID 19).
Además el deporte rionegrino es el máximo ganador de los Juegos con 15 conquistas, siendo la primera de ellas en el 2000.
La 32º edición de los Juegos Binacionales de la Araucanía tendrá lugar del 13 al 19 de octubre, con la participación de toda la Patagonia Argentina y el sur chileno y una vez más con Río Negro como protagonista.
Río Negro
Avanzan con la vacunación antigripal e instan a reforzar esquemas
La vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades.

Mientras Río Negro avanza con la estrategia de vacunación antigripal, con más de 52.800 dosis aplicadas y registradas, desde el Ministerio de Salud se insta a la población a reforzar esquemas.
El último registro indica que, al 30 de abril, el sistema público de Salud vacunó gratuitamente contra la gripe a 52.841 rionegrinas y rionegrinos incluidos en los grupos priorizados por el Programa Nacional de Inmunizaciones.
Del total, 7.186 dosis corresponden al personal de Salud, con una cobertura del 76,45%; 1.113 a embarazadas (28,45%), 15.575 dosis a personas de 2 a 64 años con factores de riesgo; 25.314 a personas mayores de 65 años; 214 dosis a puérperas, y 1.613 primeras dosis en menores de 6 meses a 2 años (22,32%) y 484 en segundas dosis en esta mismo grupo etario (4,40%).
Desde el Departamento de Inmunizaciones recordaron que la vacuna ayuda a reducir las probabilidades de propagar enfermedades y protegen contra infecciones que pueden ser graves. Asimismo, remarcaron la importancia de avanzar con el porcentaje de vacunación en los grupos priorizados, especialmente personal de salud.
La dosis antigripal forma parte del Calendario Nacional de Vacunación, es gratuita y obligatoria y tiene como principal propósito reducir las complicaciones, hospitalizaciones, secuelas y muertes ocasionadas por el virus de influenza en la población de riesgo en el país.