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Sociedad

El gobierno oficializó el congelamiento de alquileres e hipotecas por 6 meses

La medida, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial, dispone además el congelamiento del valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA

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El Gobierno oficializó hoy (29/03) el congelamiento de las hipotecas y prendas ajustables por UVA hasta el 30 de septiembre, según lo indica el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 319/2020 publicado en el Boletín Oficial.

En la norma se especifica que «hasta el día 30 de septiembre del año en curso, la cuota mensual de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados con el referido destino por la parte deudora o quienes la sucedan a título singular o universal, no podrá superar el importe de la cuota correspondiente, por el mismo concepto, al mes de marzo del corriente año».

Añade que «la misma medida de congelamiento y por el mismo plazo fijado en el párrafo anterior, se aplicará a las cuotas mensuales de los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA)».

Más adelante, en sus artículos 3° y 4°, el DNU establece que quedan suspendidas todas las ejecuciones hasta el 30 de septiembre próximo, como asimismo los plazos de prescripción y de caducidad de instancia».

En cuanto a las inscripciones registrales, la normativa dictamina que «la prórroga automática de todas las inscripciones registrales de las garantías, y no impedirán la traba y mantenimiento de las medidas cautelares en garantía del crédito».

«Asimismo, importan, por igual período, la suspensión del plazo de caducidad registral de las inscripciones y anotaciones registrales de las hipotecas y prendas, y de las medidas cautelares que se traben o se hayan trabado en el marco de los procesos de ejecuciones hipotecarias y prendarias», agregó.

En cuanto a las diferencias en el pago de las cuotas, mientras dure el congelamiento, el DNU señala que «la diferencia entre la suma de dinero que hubiere debido abonarse según las cláusulas contractuales y la suma de dinero que efectivamente corresponda abonar por aplicación del congelamiento del monto de las cuotas dispuesto en el artículo 2°, podrán abonarse en, al menos, tres cuotas sin intereses, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento de la cuota del crédito que contractualmente correspondiere al mes de octubre del corriente año. Si el número de cuotas pendientes del crédito con posterioridad al 30 de septiembre del corriente año, fueren menos de tres, la parte acreedora deberá otorgar el número de cuotas adicionales necesarias para cumplir con ese requisito».

Respecto de las deudas por falta de pago, el Gobierno estableció en el artículo 7° del DNU que «las deudas que pudieren generarse desde la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 30 de septiembre del año en curso, originadas en la falta de pago, en pagos realizados fuera de los plazos contractuales pactados, o en pagos parciales, podrán abonarse en, al menos, tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento de la cuota del crédito que contractualmente correspondiere al mes de octubre del corriente año».

«Podrán aplicarse intereses compensatorios, los que no podrán exceder la tasa de interés para plazos fijos en pesos a treinta días, que paga el Banco de la Nación Argentina, pero no podrán aplicarse intereses moratorios, punitorios ni ninguna otra penalidad. Este procedimiento para el pago en cuotas de las deudas contempladas en este artículo será de aplicación aun cuando hubiere operado el vencimiento del contrato», subrayó.

Tanto para las diferencias en el pago de las cuotas como para la falta de pago de las mismas, el DNU deja a criterio de las partes, una forma distinta que «no podrá ser más gravosa para la parte deudora que la establecida en el primer párrafo de este artículo», al tiempo que señala que «durante el plazo allí previsto, no será de aplicación el artículo 1529 del Código Civil y Comercial de la Nación».

Roca

A cuidar el agua: Corte de 24 horas en Roca

La interrupción del servicio comenzará a las 16 horas y finalizará mañana sábado a la misma hora.

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Aguas Rionegrinas informó que este viernes (10/04) se llevará a cabo una nueva intervención sobre el acueducto ubicado en calle Güemes, a la altura del tanque elevado, en General Roca, lo que implicará un corte programado del servicio.

Según detallaron, la interrupción del suministro de agua potable se extenderá desde las 16 horas del viernes hasta las 16 horas del sábado (11/04), debido a las características operativas del sistema.

La restricción afectará a la zona baja de la ciudad, incluyendo los barrios ubicados al sur del Canal Principal de Riego y al noreste de la intersección de Gelonch y Maipú, entre ellos Centro, Stefenelli, Supe, Universitario, 260 Viviendas y Malvinas, entre otros.

Desde la empresa indicaron que «las tareas forman parte de trabajos complementarios vinculados a una intervención realizada días atrás, con el objetivo de optimizar el funcionamiento del sistema y mejorar la prestación del servicio».

Durante el operativo trabajará personal técnico especializado, y se mantendrá informada a la comunidad a través de los canales oficiales.

Asimismo, solicitan a los usuarios tomar los recaudos necesarios, acopiando agua con antelación y haciendo un uso responsable de las reservas domiciliarias, priorizando el consumo esencial.

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Roca

Días de sol y calor antes de una semana que cierra con tormentas eléctricas y chaparrones

El pronóstico extendido de la AIC anticipa un fin de semana despejado con 28°C. El domingo el cielo se cubre y la semana arranca mayormente nublada

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El pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) para General Roca anticipa un fin de semana con buen tiempo antes de una semana que se irá complicando progresivamente.

Este viernes (10/04) el día estará despejado con una máxima de 28°C, viento del noreste de 14 km/h y ráfagas de hasta 16 km/h. Por la noche se mantiene despejado pero el viento rota al oeste y las ráfagas escalan hasta los 50 km/h, con una mínima de 10°C. Para mañana sábado (11/04) se replica el esquema: despejado durante el día con 28°C y viento del noroeste, aunque por la noche el cielo sigue despejado con mínima de 9°C y ráfagas de hasta 49 km/h.

El domingo (12/04) marca el primer cambio: cielo cubierto durante el día con 20°C y viento del sur con ráfagas de 49 km/h, y mayormente cubierto por la noche con una mínima de apenas 4°C.

La semana arranca el lunes (13/04) con cielo mayormente cubierto y 20°C de máxima, viento del noreste moderado. El martes (14/04) sube un poco la temperatura a 26°C pero el cielo sigue mayormente cubierto durante el día, aunque por la noche se despeja con mínima de 5°C.

El miércoles (15/04) trae el panorama más complejo de la semana: condiciones inestables durante el día con 27°C, y tormentas eléctricas, lluvias y chaparrones por la noche con una mínima de 11°C y ráfagas de hasta 45 km/h.

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Judiciales

Comerciante le inició un juicio penal a una mujer por una reseña en Google 

Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo y la Justicia dispuso el sobreseimiento de la imputada.

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Una mujer protagonizó un incidente vial y, en ese contexto, publicó un escrache en Google contra un comerciante de Cipolletti para presionar por una resolución. La reseña apareció en la ficha comercial del negocio y dio origen a una causa penal por presuntas calumnias e injurias.

Según el damnificado, ambas partes participaron en un incidente vial cuyas consecuencias se encontraban bajo tratamiento de las aseguradoras. El comerciante sostuvo que no existió relación comercial con la mujer y que ese episodio fue el único vínculo previo.

De acuerdo con la presentación, la mujer realizó un reclamo directo por fuera de los canales formales y advirtió que podía exponerlo públicamente si no accedía a sus exigencias. Tras la negativa, se concretó la publicación.

El escrache se difundió en la plataforma Google, dentro de la ficha comercial del establecimiento. El contenido incluyó expresiones como: «Pésimo, unos estafadores sinvergüenzas. No lo recomiendo! No consuman! Son la peor lacra, no se hacen cargo de lo que les corresponde y encima estafan gente!».

El comerciante afirmó que esas frases resultaron falsas, que la autora de la reseña no fue clienta y que la publicación afectó su honor, su reputación y su actividad comercial. En particular, señaló que una de las expresiones implicó la atribución de un delito.

A partir de ese hecho, impulsó una querella penal. El proceso incluyó audiencias orientadas a lograr un acuerdo entre las partes, aunque en una primera etapa no se alcanzó un entendimiento.

Con posterioridad, retomaron el diálogo y presentaron un acuerdo conjunto ante la Oficina Judicial. El documento incluyó la retractación de la publicación en Google y una disculpa en términos conciliatorios. También se dejó constancia de que no existió relación comercial entre las partes.

Además, el comerciante renunció a continuar con la acción penal y desistió de los planteos realizados. El acuerdo estableció que no habría nuevos reclamos vinculados con los hechos.

El juez interviniente consideró que se trató de delitos de acción privada, en los que la continuidad del proceso depende de la voluntad de quien impulsa la acción. También valoró la retractación prevista en la normativa penal. Con esos elementos, dispuso el sobreseimiento de la mujer imputada y dio por finalizado el proceso conforme a las normas aplicables.

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