Sociedad
Río Negro actualizó las normas de vigilancia epidemiológica por COVID-19
Es con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.

El Ministerio de Salud de Río Negro aprobó la actualización de las normas de vigilancia epidemiológica en el marco de la pandemia de COVID-19, con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.
Además, se avanza en la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
La determinación ya fue comunicada a los directores y directoras de hospitales y centros de atención de salud, quienes deberán acatar y adecuar la aplicación del nuevo protocolo.
Con las modificaciones actuales, las definiciones de casos quedan establecidas de la siguiente manera:
Caso sospechosos de COVID-19
Toda persona que presente:
Criterio 1: Fiebre (37,5 grados o más) y uno o más síntomas respiratorios: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia/disgeusia, sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica; y que además en los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19 ó tenga un historial de viaje fuera del país ó tenga un historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID-19 en Argentina.
Criterio 2: Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico.
Criterio 3: Todo personal de salud que asistió a un caso sospechoso o confirmado de COVID-19, que presente fiebre ó dos o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia, disgeusia.
Criterio 4: Todo paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra etiología definida y, ante la presencia aislada de estos síntomas, se evaluará el contexto epidemiológico.
Zonas definidas con transmisión local en Argentina: Ciudad Autónoma de Buenos Aires y área Metropolitana de Buenos Aires. Provincia de Chaco; en Tierra del Fuego: Ushuaia; en Río Negro: Bariloche, Choele Choel, Catriel, Cipolletti; en Santa Fe: Santa Fe, Rosario y Rafaela; en Córdoba: Ciudad de Córdoba, Alta Gracia, Río Cuarto y en Neuquén: Loncopue
Caso confirmado de COVID-19
Todo caso sospechoso que presente resultados positivos por rt-PCR para SARS CoV-2.
Identificación y seguimiento de contactos
Contacto estrecho: deben ser aislados obligatoriamente durante 14 días con monitoreo estricto por parte del personal sanitario designado en cada localidad.
Tipos de Contacto estrecho:
Personal de salud o cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso probable o confirmado mientras el caso presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas. Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a dos metros (como convivientes o visitas) con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas. Personas que han trabajado con un caso confirmado de COVID-19 en estrecha proximidad ó ha compartido la misma aula que un caso confirmado (no se ha determinado tiempo de exposición específico). En un avión/bus: Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de casos confirmados, que hayan estado sintomáticos durante el vuelo y a la tripulación que haya tenido contacto con dichos casos. En un buque: Todas las personas que compartieron un viaje en buque con casos confirmados.
Acciones ante contactos estrechos: Teniendo en cuenta la información actual disponible se indica que:
El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos.
Principales acciones para control de contactos estrechos:
Se indicará aislamiento domiciliario por un periodo de 14 días y tener indicaciones concretas para comunicarse con el referente jurisdiccional ante la presencia de algún síntoma u otra inquietud. Las autoridades sanitarias deberán realizar un monitoreo diario durante 14 días de signos y síntomas (incluida fiebre, tos o dificultad para respirar, anosmia, disgeusia). El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos En el paso del personal de salud – cualquiera sea su puesto o establecimiento de trabajo – que fue aislado como contacto estrecho, se le realizará PCR en tiempo real para COVID-19 en muestra de hisopado nasofaríngeo, 24 horas previas a la finalización del aislamiento (14 días), para el alta definitiva. El mismo deberá ser notificado en el SISA en el evento contacto de caso COVID-19, con la clasificación de día 14 asintomático – fin de seguimiento y derivar la muestra virtualmente. Si la muestra es positiva el caso se considera confirmado y se lo debe internar.
El equipo de salud debe indicar:
Evitar situaciones en las que pudiera entrar en contacto cercano con otras personas (cara a cara a menos de 2 metros). Evitar salir de la casa para asistir a reuniones sociales, trabajo, escuela, casas de culto, transporte público, centros de atención de la salud y atención a personas mayores, eventos deportivos, restaurantes y todas las otras reuniones públicas. También deben evitar recibir visitas en su hogar. No se deben compartir platos, vasos, cubiertos, toallas, almohadas u otros artículos con otras personas en el hogar. Después de usar estos artículos, deben lavarse minuciosamente.. Cubrirse la boca y la nariz con un pañuelo descartable al toser o estornudar, o utilizar el pliegue del codo. Los pañuelos usados deben tirarse en un tacho de basura. Lavarse las manos de manera frecuente con agua y jabón durante al menos 60 segundos. Se puede usar un desinfectante de manos si no hay agua y jabón disponibles. Utilizar protector facial (tapa nariz, boca y mentón) mientras la persona se encuentre asintomática. En caso de comenzar con síntomas se deberá colocar un barbijo y contactar a la autoridad sanitaria local. Ventilar regularmente los ambientes. Desinfectar superficies comunes como mesa, escritorios, baños, cocinas, etc., con una solución de agua e hipoclorito de sodio según normas de bioseguridad. Evitar viajes locales, nacionales, internacionales.
Principales acciones para realizar ante personas que regresan a la provincia desde áreas con circulación viral local:
Se indica aislamiento domiciliario preventivo y obligatorio durante 14 días, manteniendo el distanciamiento social con el grupo conviviente y las medidas higiénicas establecidas en el punto anterior.
Alta de Casos COVID-19
Casos asintomáticos o leves: luego de 3 (tres) días sin fiebre se realizan 2 pruebas de rt-PCR con una diferencia de 24 horas entre ambas y si las dos son negativas, la persona se va de alta y termina de cumplir el aislamiento de 14 días en su domicilio, con estricto monitoreo del equipo de salud. Casos moderados o graves: para programar su alta deben haber transcurrido al menos 15 días desde el inicio de los síntomas, más mejoría clínica y 72 hs. afebril. También deben tener 2 pruebas de rt-PCR negativas tomadas con 24 horas de diferencia entre ambas. Casos excepcionales: se han reportado casos pacientes leves o asintomáticos en la jurisdicción, que luego de 21 (ventiún) o más días sin presentar síntomas, continuaron con rt-PCR positivas. En ese caso, serán dados de alta con seguimiento del equipo de atención domiciliaria y se darán pautas para reforzar el aislamiento social. Dado que dicha situación reviste carácter excepcional, se realizarán estudios especiales coordinados con el Instituto Malbrán a los fines de poder evaluar su condición infectante.
Judiciales
Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria
Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.
Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.
La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.
Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.
La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.
Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.
El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.
Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.
Roca
Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias
La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.
Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.
La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.
Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.
Roca
Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo
Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.
Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.
Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.
La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.
No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.








