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Sociedad

Río Negro actualizó las normas de vigilancia epidemiológica por COVID-19

Es con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.

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Foto: Carlos Mir (Patagonia FotoPress)

El Ministerio de Salud de Río Negro aprobó la actualización de las normas de vigilancia epidemiológica en el marco de la pandemia de COVID-19, con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.

Además, se avanza en la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.

La determinación ya fue comunicada a los directores y directoras de hospitales y centros de atención de salud, quienes deberán acatar y adecuar la aplicación del nuevo protocolo.

Con las modificaciones actuales, las definiciones de casos quedan establecidas de la siguiente manera:

Caso sospechosos de COVID-19

Toda persona que presente:

Criterio 1: Fiebre (37,5 grados o más) y uno o más síntomas respiratorios: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia/disgeusia, sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica; y que además en los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19 ó tenga un historial de viaje fuera del país ó tenga un historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID-19 en Argentina.

Criterio 2: Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico.

Criterio 3: Todo personal de salud que asistió a un caso sospechoso o confirmado de COVID-19, que presente fiebre ó dos o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia, disgeusia.

Criterio 4: Todo paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra etiología definida y, ante la presencia aislada de estos síntomas, se evaluará el contexto epidemiológico.

Zonas definidas con transmisión local en Argentina: Ciudad Autónoma de Buenos Aires y área Metropolitana de Buenos Aires. Provincia de Chaco; en Tierra del Fuego: Ushuaia; en Río Negro: Bariloche, Choele Choel, Catriel, Cipolletti; en Santa Fe: Santa Fe, Rosario y Rafaela; en Córdoba: Ciudad de Córdoba, Alta Gracia, Río Cuarto y en Neuquén: Loncopue

Caso confirmado de COVID-19

Todo caso sospechoso que presente resultados positivos por rt-PCR para SARS CoV-2.

Identificación y seguimiento de contactos

Contacto estrecho: deben ser aislados obligatoriamente durante 14 días con monitoreo estricto por parte del personal sanitario designado en cada localidad.

Tipos de Contacto estrecho:

Personal de salud o cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso probable o confirmado mientras el caso presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas. Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a dos metros (como convivientes o visitas) con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas. Personas que han trabajado con un caso confirmado de COVID-19 en estrecha proximidad ó ha compartido la misma aula que un caso confirmado (no se ha determinado tiempo de exposición específico). En un avión/bus: Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de casos confirmados, que hayan estado sintomáticos durante el vuelo y a la tripulación que haya tenido contacto con dichos casos. En un buque: Todas las personas que compartieron un viaje en buque con casos confirmados.
Acciones ante contactos estrechos: Teniendo en cuenta la información actual disponible se indica que:

El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos.

Principales acciones para control de contactos estrechos:

Se indicará aislamiento domiciliario por un periodo de 14 días y tener indicaciones concretas para comunicarse con el referente jurisdiccional ante la presencia de algún síntoma u otra inquietud. Las autoridades sanitarias deberán realizar un monitoreo diario durante 14 días de signos y síntomas (incluida fiebre, tos o dificultad para respirar, anosmia, disgeusia). El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos En el paso del personal de salud – cualquiera sea su puesto o establecimiento de trabajo – que fue aislado como contacto estrecho, se le realizará PCR en tiempo real para COVID-19 en muestra de hisopado nasofaríngeo, 24 horas previas a la finalización del aislamiento (14 días), para el alta definitiva. El mismo deberá ser notificado en el SISA en el evento contacto de caso COVID-19, con la clasificación de día 14 asintomático – fin de seguimiento y derivar la muestra virtualmente. Si la muestra es positiva el caso se considera confirmado y se lo debe internar.

El equipo de salud debe indicar:

Evitar situaciones en las que pudiera entrar en contacto cercano con otras personas (cara a cara a menos de 2 metros). Evitar salir de la casa para asistir a reuniones sociales, trabajo, escuela, casas de culto, transporte público, centros de atención de la salud y atención a personas mayores, eventos deportivos, restaurantes y todas las otras reuniones públicas. También deben evitar recibir visitas en su hogar. No se deben compartir platos, vasos, cubiertos, toallas, almohadas u otros artículos con otras personas en el hogar. Después de usar estos artículos, deben lavarse minuciosamente.. Cubrirse la boca y la nariz con un pañuelo descartable al toser o estornudar, o utilizar el pliegue del codo. Los pañuelos usados deben tirarse en un tacho de basura. Lavarse las manos de manera frecuente con agua y jabón durante al menos 60 segundos. Se puede usar un desinfectante de manos si no hay agua y jabón disponibles. Utilizar protector facial (tapa nariz, boca y mentón) mientras la persona se encuentre asintomática. En caso de comenzar con síntomas se deberá colocar un barbijo y contactar a la autoridad sanitaria local. Ventilar regularmente los ambientes. Desinfectar superficies comunes como mesa, escritorios, baños, cocinas, etc., con una solución de agua e hipoclorito de sodio según normas de bioseguridad. Evitar viajes locales, nacionales, internacionales.

Principales acciones para realizar ante personas que regresan a la provincia desde áreas con circulación viral local:

Se indica aislamiento domiciliario preventivo y obligatorio durante 14 días, manteniendo el distanciamiento social con el grupo conviviente y las medidas higiénicas establecidas en el punto anterior.

Alta de Casos COVID-19

Casos asintomáticos o leves: luego de 3 (tres) días sin fiebre se realizan 2 pruebas de rt-PCR con una diferencia de 24 horas entre ambas y si las dos son negativas, la persona se va de alta y termina de cumplir el aislamiento de 14 días en su domicilio, con estricto monitoreo del equipo de salud. Casos moderados o graves: para programar su alta deben haber transcurrido al menos 15 días desde el inicio de los síntomas, más mejoría clínica y 72 hs. afebril. También deben tener 2 pruebas de rt-PCR negativas tomadas con 24 horas de diferencia entre ambas. Casos excepcionales: se han reportado casos pacientes leves o asintomáticos en la jurisdicción, que luego de 21 (ventiún) o más días sin presentar síntomas, continuaron con rt-PCR positivas. En ese caso, serán dados de alta con seguimiento del equipo de atención domiciliaria y se darán pautas para reforzar el aislamiento social. Dado que dicha situación reviste carácter excepcional, se realizarán estudios especiales coordinados con el Instituto Malbrán a los fines de poder evaluar su condición infectante.

Judiciales

«La empresa me obligó a mentir»: La confesión de un vendedor de planes de ahorro terminó en condena

La Justicia declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones.

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Un vecino de Viedma inició una demanda luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La historia comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando las concesionarias permanecían cerradas al público y muchas operaciones se realizaban de forma virtual.

Mientras navegaba por internet, el vecino vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Completó un formulario y, días después, recibió el llamado de un asesor comercial que le explicó distintas opciones para adquirir una camioneta mediante un plan de ahorro.

Según el relato que luego llegó al expediente judicial, la propuesta incluía beneficios y una entrega prevista luego de algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, aceptó la oferta y realizó los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el paso de los meses comenzaron las dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes eran más altas que las que le habían informado. Tampoco recibió el contrato ni información precisa sobre el grupo y orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Le dijo que existía una alternativa mejor: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para eso debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de la esposa.

La pareja siguió esas indicaciones. Realizaron nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca ocurrió y tampoco recibieron respuestas claras sobre el estado de la operación.
Meses más tarde, el propio vendedor volvió a llamar. Según consta en la causa, durante esa conversación les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, les manifestó que había sido «forzado por la empresa a mentir con el fin de vender».

A partir de ese momento comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también se registraron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Ante la falta de respuestas y las irregularidades detectadas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Luego inició reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una mediación. Ninguna de esas instancias tuvo respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. La jueza analizó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia se indicó que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó «ofertas confusas y engañosas» y solicitó pagos que no correspondían. También se señaló que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La jueza explicó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido remarcó que «las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado», por lo que deben actuar con mayor diligencia.

En el fallo también se concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además se advirtió que la documentación aportada reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

La jueza sostuvo que estas conductas implicaron una vulneración de derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó devolver el dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, el fallo también dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa.

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Judiciales

Inició una demanda para poder hacer su viaje de 15 años

El viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes.

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Una adolescente de Viedma obtuvo autorización judicial para realizar su viaje de 15 años a Estados Unidos. Debió recurrir al Poder Judicial para garantizar el permiso de salida del país. El caso se tramitó el fuero de familia. El padre de la joven inició el expediente para obtener la autorización necesaria para que su hija pudiera concretar el viaje recreativo. Era el regalo familiar por sus 15 años.

Según se explicó en la presentación, el viaje fue costeado con esfuerzo familiar y debía contar con la autorización de la mamá antes de una fecha límite fijada por la agencia de viajes. Ante esa situación, el padre promovió el proceso judicial para asegurar que la adolescente pudiera realizar el viaje.

En el expediente también se dejó constancia de que la joven ya había ejercido su derecho a ser oída en actuaciones vinculadas al caso y expresó su voluntad de realizar el viaje. La madre, por su parte, manifestó que no se oponía al destino ni al carácter recreativo del viaje.

Con esos elementos, la jueza autorizó la salida del país por un período de hasta 15 días, durante los meses de mayo o junio de este año, cuando se confirme el itinerario definitivo. La sentencia también dispuso que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la madre.

La magistrada entendió que el padre se vio obligado a iniciar el trámite judicial para obtener la autorización y que la demandada no realizó gestiones extrajudiciales que permitieran evitar el dictado de la sentencia.

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Roca

Lanzan nueva campaña en Roca para recolectar aparatos electrónicos en desuso

La iniciativa se realizará del 25 al 27 de marzo en Plaza Belgrano y busca reutilizar equipos informáticos a través de un curso de eco-recuperación.

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El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Ambiente, realizará una nueva campaña de recepción de aparatos eléctricos y electrónicos en desuso, en el marco de lo establecido por la Ordenanza N° 4605/10.

En esta oportunidad, se recibirán televisores, celulares, computadoras y CPU, que serán destinados al curso Eco-Recuperación de Equipos Informáticos, una capacitación que se desarrollará de manera conjunta con la USEP municipal.

La campaña se llevará adelante los días martes (25/03), miércoles (26/03) y jueves (27/03), en el horario de 9 a 16, en Plaza Belgrano.

Desde el Municipio invitaron a vecinos, vecinas, empresas e instituciones a participar acercando los equipos electrónicos que ya no utilicen, con el objetivo de promover su recuperación, reutilización y una correcta disposición.

Quienes no puedan asistir en esas fechas también podrán coordinar la recepción de los aparatos comunicándose al teléfono 4431400, interno 2305.

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