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Sociedad

Río Negro actualizó las normas de vigilancia epidemiológica por COVID-19

Es con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.

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Foto: Carlos Mir (Patagonia FotoPress)

El Ministerio de Salud de Río Negro aprobó la actualización de las normas de vigilancia epidemiológica en el marco de la pandemia de COVID-19, con el objetivo de detectar casos de manera temprana y mejorando la atención de los pacientes.

Además, se avanza en la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.

La determinación ya fue comunicada a los directores y directoras de hospitales y centros de atención de salud, quienes deberán acatar y adecuar la aplicación del nuevo protocolo.

Con las modificaciones actuales, las definiciones de casos quedan establecidas de la siguiente manera:

Caso sospechosos de COVID-19

Toda persona que presente:

Criterio 1: Fiebre (37,5 grados o más) y uno o más síntomas respiratorios: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia/disgeusia, sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica; y que además en los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19 ó tenga un historial de viaje fuera del país ó tenga un historial de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID-19 en Argentina.

Criterio 2: Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico.

Criterio 3: Todo personal de salud que asistió a un caso sospechoso o confirmado de COVID-19, que presente fiebre ó dos o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia, disgeusia.

Criterio 4: Todo paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra etiología definida y, ante la presencia aislada de estos síntomas, se evaluará el contexto epidemiológico.

Zonas definidas con transmisión local en Argentina: Ciudad Autónoma de Buenos Aires y área Metropolitana de Buenos Aires. Provincia de Chaco; en Tierra del Fuego: Ushuaia; en Río Negro: Bariloche, Choele Choel, Catriel, Cipolletti; en Santa Fe: Santa Fe, Rosario y Rafaela; en Córdoba: Ciudad de Córdoba, Alta Gracia, Río Cuarto y en Neuquén: Loncopue

Caso confirmado de COVID-19

Todo caso sospechoso que presente resultados positivos por rt-PCR para SARS CoV-2.

Identificación y seguimiento de contactos

Contacto estrecho: deben ser aislados obligatoriamente durante 14 días con monitoreo estricto por parte del personal sanitario designado en cada localidad.

Tipos de Contacto estrecho:

Personal de salud o cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso probable o confirmado mientras el caso presentaba síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas. Cualquier persona que haya permanecido a una distancia menor a dos metros (como convivientes o visitas) con un caso confirmado mientras el caso presentaba síntomas. Personas que han trabajado con un caso confirmado de COVID-19 en estrecha proximidad ó ha compartido la misma aula que un caso confirmado (no se ha determinado tiempo de exposición específico). En un avión/bus: Todos los pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de casos confirmados, que hayan estado sintomáticos durante el vuelo y a la tripulación que haya tenido contacto con dichos casos. En un buque: Todas las personas que compartieron un viaje en buque con casos confirmados.
Acciones ante contactos estrechos: Teniendo en cuenta la información actual disponible se indica que:

El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos.

Principales acciones para control de contactos estrechos:

Se indicará aislamiento domiciliario por un periodo de 14 días y tener indicaciones concretas para comunicarse con el referente jurisdiccional ante la presencia de algún síntoma u otra inquietud. Las autoridades sanitarias deberán realizar un monitoreo diario durante 14 días de signos y síntomas (incluida fiebre, tos o dificultad para respirar, anosmia, disgeusia). El período de incubación estimado es de 1-12 días. Se recomiendan 14 días de seguimiento en contactos. La transmisión sería por vía respiratoria de gota, microgotas y contacto. Aislamiento domiciliario de contactos estrechos En el paso del personal de salud – cualquiera sea su puesto o establecimiento de trabajo – que fue aislado como contacto estrecho, se le realizará PCR en tiempo real para COVID-19 en muestra de hisopado nasofaríngeo, 24 horas previas a la finalización del aislamiento (14 días), para el alta definitiva. El mismo deberá ser notificado en el SISA en el evento contacto de caso COVID-19, con la clasificación de día 14 asintomático – fin de seguimiento y derivar la muestra virtualmente. Si la muestra es positiva el caso se considera confirmado y se lo debe internar.

El equipo de salud debe indicar:

Evitar situaciones en las que pudiera entrar en contacto cercano con otras personas (cara a cara a menos de 2 metros). Evitar salir de la casa para asistir a reuniones sociales, trabajo, escuela, casas de culto, transporte público, centros de atención de la salud y atención a personas mayores, eventos deportivos, restaurantes y todas las otras reuniones públicas. También deben evitar recibir visitas en su hogar. No se deben compartir platos, vasos, cubiertos, toallas, almohadas u otros artículos con otras personas en el hogar. Después de usar estos artículos, deben lavarse minuciosamente.. Cubrirse la boca y la nariz con un pañuelo descartable al toser o estornudar, o utilizar el pliegue del codo. Los pañuelos usados deben tirarse en un tacho de basura. Lavarse las manos de manera frecuente con agua y jabón durante al menos 60 segundos. Se puede usar un desinfectante de manos si no hay agua y jabón disponibles. Utilizar protector facial (tapa nariz, boca y mentón) mientras la persona se encuentre asintomática. En caso de comenzar con síntomas se deberá colocar un barbijo y contactar a la autoridad sanitaria local. Ventilar regularmente los ambientes. Desinfectar superficies comunes como mesa, escritorios, baños, cocinas, etc., con una solución de agua e hipoclorito de sodio según normas de bioseguridad. Evitar viajes locales, nacionales, internacionales.

Principales acciones para realizar ante personas que regresan a la provincia desde áreas con circulación viral local:

Se indica aislamiento domiciliario preventivo y obligatorio durante 14 días, manteniendo el distanciamiento social con el grupo conviviente y las medidas higiénicas establecidas en el punto anterior.

Alta de Casos COVID-19

Casos asintomáticos o leves: luego de 3 (tres) días sin fiebre se realizan 2 pruebas de rt-PCR con una diferencia de 24 horas entre ambas y si las dos son negativas, la persona se va de alta y termina de cumplir el aislamiento de 14 días en su domicilio, con estricto monitoreo del equipo de salud. Casos moderados o graves: para programar su alta deben haber transcurrido al menos 15 días desde el inicio de los síntomas, más mejoría clínica y 72 hs. afebril. También deben tener 2 pruebas de rt-PCR negativas tomadas con 24 horas de diferencia entre ambas. Casos excepcionales: se han reportado casos pacientes leves o asintomáticos en la jurisdicción, que luego de 21 (ventiún) o más días sin presentar síntomas, continuaron con rt-PCR positivas. En ese caso, serán dados de alta con seguimiento del equipo de atención domiciliaria y se darán pautas para reforzar el aislamiento social. Dado que dicha situación reviste carácter excepcional, se realizarán estudios especiales coordinados con el Instituto Malbrán a los fines de poder evaluar su condición infectante.

Policiales

Murió un hombre mientras entrenaba en un gimnasio de Roca

La víctima se descompensó repentinamente mientras realizaba su rutina. Pese a las maniobras de RCP, no logró ser reanimado.

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Un hombre de aproximadamente 50 años falleció esta mañana (24/02) en un gimnasio de General Roca mientras realizaba su rutina de entrenamiento.

El trágico hecho ocurrió poco después de las 7 horas en un centro de entrenamiento ubicado en calle Chile casi España. Según relataron testigos, el hombre se desplomó de manera repentina en plena actividad física.

De inmediato, los profesores presentes comenzaron a practicar maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) mientras se daba aviso al sistema de emergencias. Al lugar arribó personal del SIARME, quienes continuaron con los intentos de estabilización durante varios minutos. Sin embargo, pese a los esfuerzos realizados, los trabajadores de salud confirmaron que no pudieron salvarle la vida.

Efectivos policiales montaron un operativo para resguardar la zona y facilitar una eventual derivación, aunque finalmente se constató el fallecimiento en el lugar.

La Justicia deberá determinar si se realizará una autopsia para establecer las causas exactas del deceso.

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Roca

El Municipio aseguró que la Fiesta de la Manzana dejó más de $10.000 millones en la economía local

El neto total invertido por la comuna roquense fue de $2.372 millones.

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La Fiesta Nacional de la Manzana cerró su edición 2026 con un balance «altamente positivo», según evaluó el Municipio de Roca. La nueva disposición del predio y las condiciones climáticas favorables generaron el marco ideal para que miles de personas disfrutaran durante las tres jornadas.

Desde la organización destacaron la diversidad de propuestas artísticas, la integración de los espacios y la fluidez en la circulación dentro del predio. También se subrayó el operativo de seguridad, tanto en el interior como en el exterior del evento, que permitió un desarrollo sin incidentes de gravedad pese a la masividad.

En el plano económico, se estima que el movimiento generado en la ciudad y el Alto Valle superó los 10.000 millones de pesos, con fuerte repercusión en los sectores hotelero, gastronómico, turístico, comercial y de servicios.

La intendenta María Emilia Soria, presidenta de la Comisión Organizadora de la FNM, destacó el trabajo del personal municipal, fuerzas de seguridad, salud y bomberos. «El cuidado de cada detalle de la organización, el control de accesos, el predio bien iluminado, cómodo y limpio, permitió que el público disfrutara sintiéndose tranquilo y seguro», expresó.

En cuanto a los números oficiales, el neto total invertido en la FNM 2026 fue de $2.372.052.361, compuesto por $3.019.718.941 de egresos y $647.666.580 de ingresos.

Entre los principales ingresos se contabilizaron la venta de stands y puestos de artesanos ($303.713.549), entradas ($172.315.000), aportes de empresas auspiciantes ($138.538.031) y otros conceptos como licitaciones y publicidad ($33.100.000).

Respecto a los egresos, las mayores partidas se destinaron a la contratación de artistas ($1.211.991.460), escenario, sonido y pantallas ($859.887.916), alojamientos ($17.438.341) y gastos generales y preparación del predio ($930.401.224). Dentro de este último ítem se incluyó la contratación de adicionales de la Policía de Río Negro por $113.382.700, con el objetivo de reforzar la seguridad sin afectar el servicio en la ciudad.

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Judiciales

Vendió su vehículo de trabajo para cancelar un plan, pero el auto nunca llegó: Deberán entregarle uno nuevo y compensar el daño causado

La sentencia ordenó entregar el vehículo pactado y una indemnización total de 13,5 millones de pesos.

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Confió en la palabra del vendedor, reorganizó su economía familiar y tomó una decisión que afectó de manera directa su actividad profesional: vendió la camioneta con la que trabajaba para cancelar anticipadamente un plan de ahorro y así acceder al modelo que le habían prometido. El vehículo nuevo nunca fue entregado y el conflicto culminó con una sentencia del fuero Civil de Bariloche que ordenó cumplir con la entrega del rodado y pagar una indemnización millonaria.

El fallo responsabilizó en forma solidaria a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y a la concesionaria oficial Automotores Fiorasi y Corradi S.A., al considerar acreditado el incumplimiento contractual y la vulneración de derechos básicos del consumidor, en especial el deber de información clara y detallada.

El hombre, maestro mayor de obras, había suscripto un plan de ahorro para una Volkswagen Saveiro en su versión base, pero según expuso en la demanda, desde el inicio recibió la promesa de que podría cambiar a una versión superior si cancelaba la totalidad del plan antes de tiempo y abonaba la diferencia correspondiente, beneficio que incluía además ciertas bonificaciones comerciales ofrecidas por el concesionario.

Con esa expectativa y ante la necesidad de contar con un vehículo adecuado para su actividad laboral, decidió vender su camioneta, una Ford Ranger que utilizaba como herramienta de trabajo, y destinó el dinero obtenido a cancelar el plan en su totalidad, convencido de que ese paso destrabaría la adjudicación y permitiría concretar el cambio de modelo.

Sin embargo, tras la cancelación comenzaron las dilaciones, los pedidos de pagos adicionales sin precisión suficiente sobre los montos y las explicaciones cambiantes respecto de la disponibilidad de la unidad. En un momento se le informó que existía un vehículo asignado, pero la operación no avanzó y luego se le comunicó que esa unidad ya no estaba disponible, situación que lo llevó a formular reclamos administrativos ante Defensa del Consumidor, donde obtuvo una resolución favorable que tampoco logró la entrega efectiva.

Ante la persistencia del incumplimiento, promovió una demanda civil en la que reclamó la entrega del vehículo comprometido y una indemnización por los daños sufridos, entre ellos el impacto emocional, la imposibilidad de utilizar un rodado propio para trabajar y la conducta que consideró abusiva por parte de las empresas involucradas.

Uno de los ejes centrales de la sentencia fue el deber de información. El juez interviniente consideró probado que el plan estaba cancelado y que existía adjudicación, pero entendió que las demandadas no acreditaron haber brindado información cierta, clara y detallada acerca de los requisitos finales, los importes exigibles para el cambio de modelo y los pasos concretos para efectivizar la entrega. Aplicó el principio de cargas probatorias dinámicas, según el cual en las relaciones de consumo la empresa tiene la obligación de aportar al proceso la documentación y los datos que obran en su poder, de modo que la falta de precisión y respaldo documental jugó en su contra.

La sentencia ordenó entregar el vehículo pactado -o uno de similares características si el modelo ya no se comercializa- y respetar las bonificaciones ofrecidas en el marco de la operación. Además fijó una indemnización total de 13,5 millones de pesos en concepto de daño moral, privación de uso y daño punitivo.

Para cuantificar el daño moral, el juez tuvo en cuenta la frustración generada por la falta de respuesta eficaz, la prolongación del conflicto y la afectación emocional acreditada mediante pericia psicológica, que dio cuenta de ansiedad y malestar vinculados con la situación. Reconoció también un monto por privación de uso del vehículo, al considerar que la indisponibilidad impactó de manera directa en la actividad profesional del demandante. El fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.

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