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Nueva fase de cuarentena: paso a paso, las medidas adoptadas por el Poder Judicial

La Justicia pasó paulatinamente, con distintas decisiones, de un esquema inicial de guardias pasivas a una actualidad que incluye el movimiento digital de expedientes de todos los fueros.

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Este domingo se cumplirán dos meses desde la primera Acordada del Superior Tribunal de Justicia en el marco del COVID 19. Caducará, asimismo, una nueva fase del aislamiento social obligatorio y los Poderes Ejecutivos Nacional y Provincial establecerán las condiciones de la etapa venidera.

Durante este lapso, mediante distintas Acordadas, Resoluciones, manuales, protocolos y sistemas de asistencia remota, el Poder Judicial ha ido ampliando la cantidad de servicios, siguiendo la dinámica de las recomendaciones sanitarias.

El compendio de normativas internas refleja no sólo el intenso trabajo de distintas áreas del Poder Judicial durante la cuarentena, sino también el incremento permanente de los mecanismos de acceso y los procesos judiciales con un norte claro: asegurar la continuidad del servicio de justicia sin poner en riesgo la salud de los justiciables, auxiliares y trabajadores judiciales.

De esta forma, el Poder Judicial pasó paulatinamente, con distintas decisiones, de un esquema inicial de guardias pasivas a una actualidad que incluye el movimiento digital de expedientes de todos los fueros, la realización de audiencias remotas, el dictado diario de sentencias con firma digital, la consolidación de las mediaciones virtuales y la regularización de pagos y transferencias judiciales.

Cronología

El 10 de marzo se dictó la primera Acordada de la pandemia, que dispuso una licencia obligatoria para los judiciales que habían viajado recientemente a zonas de riesgo.

El 16 de marzo la Acordada 09/2020 estableció el primer receso extraordinario con régimen de feria judicial, previéndolo hasta el 31 de marzo. Dispuso un sistema de guardias mínimas para la atención de casos urgentes y una incipiente organización del trabajo domiciliario.

Como integrante del Comité de Emergencia provincial, el STJ adhirió mediante la Acordada al decreto provincial 266/20 y concedió licencia preventiva a todos los trabajadores que integraban grupos de riesgo.

El 19 de marzo, a tono con las medidas del Ejecutivo Nacional y Provincial, el STJ dictó la Acordada 10/2020, en conjunto con la Procuración General, y relevó a todo el personal “de la obligación de concurrir a sus lugares de trabajo”. Estableció un sistema de guardias pasivas para todos los juzgados y organismos, a cumplimentar por el personal jerárquico, exceptuando a todos los empleados. Con los edificios judiciales cerrados por primera vez desde el inicio de la pandemia, se ordenó que en cada dependencia estuviesen a disposición de los ciudadanos los números telefónicos oficiales y/o particulares de los magistrados y funcionarios de guardia.

El lunes 30 de marzo, el STJ prorrogó el receso extraordinario hasta el 12 de abril, en consonancia con Nación, pero comenzó el proceso de ampliación de servicios a la ciudadanía, especialmente para los casos urgentes y las personas en situación de mayor vulnerabilidad, más allá de lo que reglamentariamente fuera materia de feria judicial. Así, se amplió el estado de “guardia pasiva” a la totalidad de los jueces, funcionarios y funcionarios de ley, disponiendo los puestos de trabajo domiciliario. El área de Informatización de la Gestión Judicial aceleró la carrera contrarreloj para adecuar cientos de computadoras domiciliarias en toda la provincia a las necesidades del servicio.

En simultáneo, se aceitaron nuevos procedimientos tecnológicos para la liberación de fondos depositados en cuentas judiciales, se flexibilizaron formalidades para la aprobación de acuerdos conciliatorios en cualquier fuero y se encomendó a la Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos la elaboración de un plan de promoción de los métodos autocompositivos, que cuatro días después derivó en la aprobación del primer programa de mediaciones virtuales del país en contexto de cuarentena.

El 3 de abril, mediante Acordada, el STJ y la Procuración General dispusieron un mecanismo para canalizar donaciones directas, voluntarias y confidenciales de los judiciales al sistema de Salud Pública.

Con la Acordada 13/2020, dictada el 12 de abril, llegó otro salto en el servicio de Justicia en contexto de cuarentena. Se extendió el receso extraordinario hasta el 26 de abril pero se amplió el uso de herramientas digitales para avanzar en el dictado de sentencias y se habilitaron mecanismos para el pago de cuotas alimentarias, indemnizaciones y honorarios.

Con un constante incremento de las terminales de teletrabajo –que dan acceso a todas las herramientas de la Intranet Judicial y los sistemas de gestión de expedientes-, se indicó a los jueces avanzar en la formulación de sentencias con firma digital, se habilitó en cada juzgado la recepción de escritos en formato PDF procedentes de los abogados particulares y la realización de audiencias virtuales en los casos que se considere “urgente y necesario”.

La Acordada refleja la gestión de soluciones del STJ con el Banco Patagonia para poder abonar, por ejemplo, las indemnizaciones laborales o las cuotas alimentarias a personas que no tienen cuenta bancaria. Para las personas y organismos que sí están bancarizados, en tanto, se habilitó el uso de home banking por parte de los juzgados para “las transferencias de fondos a Rentas, Caja Forense, Sitrajur o Colegio de Abogados”. Permitió además utilizar el sistema de Notificaciones Electrónicas o la aplicación Whatsapp para la liquidación de costas.

Mesa de entradas digital

El 17 de abril llegó la Resolución 137/2020 del STJ, que marcó un hito en el servicio judicial en cuarentena: la creación y reglamentación de la Mesa de Entradas de Escritos Digitales. La MEED comenzó a funcionar el 20 de abril. Unifica y organiza las presentaciones digitales de los abogados en los expedientes que revisten carácter de urgente, en los fueros Civil, Laboral y Familia, reemplazando el uso de mails directos a los organismos que se venía utilizando. La MEED fue desarrollada a pedido del STJ por el área de Informatización de la Gestión Judicial, con técnicos propios. Incluye dos manuales de gestión y explicativos para un óptimo aprovechamiento del sistema por parte de abogados particulares y de la Defensa Pública.

La MEED se empalma con la política sostenida de digitalización del Poder Judicial, que ya contaba con sistemas de gestión informatizados en los distintos fueros, sistema de notificaciones electrónicas, tramitación de firma digital, protocolo digital, publicación de edictos online, servicios web en la página oficial, procedimiento de juicio digital de Ejecuciones Fiscales, entre otros.

No sólo urgencias

El domingo 26 de abril se dictó la Acordada 14/2020, que prorrogó el receso extraordinario con régimen de feria judicial hasta el 10 de mayo pero amplió la posibilidad de avanzar en procesos judiciales no urgentes. Habilitó para eso el uso de la MEED para todo tipo de expedientes, nuevos o que se encontraban en trámite antes de la cuarentena. La Acordada además llama a los jueces de todos los fueros e instancias a dictar las sentencias pendientes en aquellos procesos que, sin ser urgentes, se vieron paralizados por el receso extraordinario y a cumplir “todo acto procesal que pueda implementarse de modo remoto”, ya sea en lo jurisdiccional como lo administrativo.

El lunes 27, en tanto, se iniciaron todas las audiencias judiciales virtuales bajo protocolos previamente diseñados y aprobados para los fueros de Familia, Civil, Laboral y Penal. Se formalizó el uso de herramientas de videoconferencia como Zoom, Meet u otras y se digitalizó todo el proceso: convocatoria, notificación, audiencia y firma del acta.

Con los servicios esenciales funcionando de manera remota, el siguiente paso del STJ fue el pasado 30 de abril, con la Resolución 141/2020 que aprobó el Protocolo de Higiene y Seguridad para la Emergencia Sanitaria COVID-19, de vigencia inmediata, aplicable a todos los agentes judiciales que por razones de servicio deban asistir a su lugar de trabajo.

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Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable

La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

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Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.

La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.

La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».

Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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