Seguinos

Judiciales

Coronavirus: Más de 10.000 procesos judiciales con continuidad y 2.200 sentencias y acuerdos alcanzados

3510 corresponden a legajos penales iniciados por el Ministerio Público y 6554 procesos en los fueros de Familia, Civil, Laboral y mediaciones a distancia.

el

10.064 procesos judiciales están en marcha en el marco del aislamiento social obligatorio. 3510 corresponden a legajos penales iniciados por el Ministerio Público y 6554 procesos en los fueros de Familia, Civil, Laboral y mediaciones a distancia.

El trabajo desplegado por el Poder Judicial durante el período de aislamiento social fue coordinado a través de los diversos Acuerdos por los vocales del Superior Tribunal de Justicia y el Procurador General.

En ese sentido, desde que se instó al dictado de fallos por parte la judicatura y se aprobó el protocolo -el primero en el país- para los métodos autocompositivos, se resolvieron 2296 sentencias y acuerdos.

Asimismo, se liberaron más de 1600 transferencias de fondos a través de distintos mecanismos bancarios electrónicos. Buena parte de ellos corresponden a indemnizaciones laborales, cuotas alimentarias y honorarios de abogados y abogadas.

Defensorías y Fiscalías

En las diferentes circunscripciones del Ministerio Público Fiscal se iniciaron desde el 20 de marzo, 3510 nuevos legajos. En el Ministerio Público de la Defensa, los defensores civiles continuaron con la atención de sus clientes brindando asesoramiento y tramitación de las cuestiones requeridas por más de 2000 personas y registrándose movimientos en más de 3700 expedientes judiciales que implicaban la atención de las cuestiones más urgentes.

En el fuero penal, durante la pandemia, más del 70 % de los legajos fueron iniciados por incumplimiento a las normas para evitar la propagación de una pandemia o por desobediencia emanada de la autoridad competente (Art. 205 y 239 del Código Penal). No obstante el incumplimiento a la cuarentena se redujo conforme avanzó la misma, registrándose desde mediados de abril una reducción del 36 por ciento.

En circunstancias normales, el porcentaje mayor de delitos registrados corresponde a aquellos efectuados contra la propiedad (incluyendo robos y hurtos de distinto tipo), que durante el período de cuarentena constituyeron el 8 % de las denuncias realizadas. Entre el primer período de aislamiento (20 de marzo al 13 de abril) y esta segunda parte hubo una baja de los mismos superior al 30 %.

En este sentido es importante destacar que la población carcelaria es atendida en más de un 95 % por la defensa pública penal, cuyos referentes mantuvieron más de 230 entrevistas por videoconferencia buscando relevar la situación de cada uno de los internos. En este proceso intervino además la Oficina de Atención al Detenido y Condenado.

En cuanto al fuero civil y de familia, los defensores oficiales atendieron especialmente cuestiones referidas a violencia de género, restituciones de niñas, niños o adolescentes, prestaciones alimentarias y la resolución de inconvenientes relacionados con la cobertura médica por parte de las obras sociales.

Sentencias y procesos autocompositivos

El Superior Tribunal de Justicia instó dos semanas atrás al dictado de fallos por parte de juezas y jueces. Poco antes, Río Negro había sido la primera provincia en elaborar un protocolo para permitir las mediaciones a distancia. Desde entonces, 2296 sentencias y procesos autocompositivos se culminaron en el Poder Judicial rionegrino.

En cuanto a las 1600 transferencias de fondos, fueron posibles gracias a las gestiones con el Banco Patagonia para poder abonar, por ejemplo, las indemnizaciones laborales o las cuotas alimentarias a personas que no tienen cuenta bancaria. Para las personas y organismos que sí están bancarizados, en tanto, se habilitó el uso de home banking por parte de los juzgados para dichas operaciones.

En relación a la continuidad de procesos no penales, 5375 fueron las presentaciones efectuadas tanto por Defensores y defensoras oficiales como por colegiadas y colegiados a través de la Mesa de Entrada de Escritos Digitales (MEED). Este desarrollo informático fue creado por el Poder Judicial durante la pandemia y destacado por los Colegios de Abogados como una herramienta muy útil. Se puso en funcionamiento primero para cuestiones urgentes y luego se amplió a todas las temáticas.

También 1179 audiencias de mediación y conciliación fueron programadas, y la mitad de ellas realizadas por los defensores y defensoras oficiales y mediadores de manera virtual. Esto fue posible gracias a una pionera resolución que aprobó un protocolo para la concreción de estos métodos autocompositivos en contexto de aislamiento social obligatorio. El método más utilizado fueron las videollamadas y las temáticas más frecuentes las cuotas alimentarias y los regímenes de comunicación, arribándose a más de un 42% de acuerdos.

Las decisiones y los datos dan cuenta que el Poder Judicial ha procurado, sobre todo mediante herramientas tecnológicas, conciliar la protección de la salud con la prestación del servicio. El funcionamiento, como todos los organismos públicos, dista de ser el normal, pero en el contexto nacional se encuentra entre las provincias con mayores prestaciones judiciales.

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

el

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

Continuar leyendo

Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

Continuar leyendo

Judiciales

Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca

Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

el

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de  Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.

«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.

El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.

«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.

La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement