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Sociedad

Vía libre para las caminatas recreativas en Roca

Además los comercios de venta de productos no esenciales podrán abrir sus puertas de lunes a sábados, pero hasta 5 horas diarias. Ahora el Municipio debe adherir a la medida y establecer las pautas.

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El Gobierno de Río Negro amplió el alcance de las excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular en el marco de la pandemia de COVID-19 en 35 Municipios y la totalidad de Comisiones de Fomento.

Están referidas al comercio, actividades profesionales, obra privada, establecimientos de venta de comida elaborada, y alojamientos turísticos, entre otros. Sólo no están alcanzados por esta medida los Municipios de Lamarque, Choele Choel, Luis Beltrán y Chimpay. La norma invita a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir en forma total o parcial.

El decreto, firmado por la Gobernadora Arabela Carreras y que será oficializado en las próximas horas con su publicación en el Boletín Oficial, incorpora además a los Municipios de Allen, General Roca, Villa Regina y Cipolletti, a los habilitados para caminatas recreativas y de esparcimiento.

Entre las excepciones, se destacan:

A) Obra privada: se habilita con un máximo de hasta cinco obreros, uno cada 70 m2, más el director de obra y representante técnico. Se deben respetar los protocolos sanitarios establecidos por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad.

B) Ejercicio de profesiones liberales: atención al público de lunes a sábado, hasta un máximo de cuatro horas diarias, en el horario que dispongan las reglamentaciones municipales. Los Municipios deberán establecer esquemas de circulación de acuerdo a la terminación del D.N.I. de sus ciudadanos a los fines de regular la circulación interna en cada localidad de acuerdo a los parámetros sanitarios vigentes.

C) Comercios mayoristas y minoristas de productos no esenciales: podrán abrir sus puertas para la atención al público de lunes a sábado, hasta un máximo de cinco horas diarias, con iguales condiciones de las profesiones liberales. En ningún caso podrán atender los días domingo ni feriados.
Los establecimientos comerciales que cuenten con más de diez empleados en su nómina deberán garantizar el transporte a sus empleados, quedando vedada la utilización de transporte público a tales fines.

D) Trabajadoras y Trabajadores Afectados al régimen de servicio doméstico: podrán prestar tareas de lunes a viernes, un máximo de hasta cuatro horas diarias. No podrán prestar servicios el resto de los días de la semana ni feriados.

E) Peluquerías y barberías: podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes, un máximo de hasta cuatro horas diarias. No podrán atender el resto de los días de la semana ni feriados.

F) Trabajadores jardineros y parquistas: podrán prestar tareas lunes, miércoles y viernes, un máximo de hasta cuatro horas diarias. No podrán atender el resto de los días de la semana ni feriados.-

G) Establecimientos de venta de comida elaborada: podrán incorporar la modalidad de retiro en el local o “take away” de sus productos, de acuerdo a los protocolos sanitarios específicos que establezcan las reglamentaciones municipales.

H) Alojamientos turísticos: los establecimientos de alojamiento registrados ante el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte podrán brindar su servicio únicamente al personal esencial de salud, fuerzas de seguridad y agentes del Estado destacados exclusivamente para la atención de la emergencia sanitaria vigente. Será requisito para ser hospedado en dichos establecimientos la presentación del Certificado de Circulación vigente y el formulario de Declaración Jurada.

Caducidad de permisos

Por otra parte, el decreto establece a partir del 31 de mayo de 2.020, la caducidad de la totalidad de los permisos de circulación otorgados a la fecha mediante la aplicación “Circulación RN”, debiendo tramitarse nuevamente el permiso correspondiente mediante dicha aplicación.

Las personas afectadas a las actividades exceptuadas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio y Comisión de Fomento, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Por otra parte, se encomienda a los Intendentes e Intendentas y los Comisionados y las Comisionadas de Fomento que adhieran al presente, a fiscalizar y supervisar el debido cumplimiento de las actividades exceptuadas y a establecer los protocolos sanitarios específicos, dentro de sus ámbitos territoriales, previa autorización del Ministerio de Salud de la provincia.

Asimismo, se invita a los Consejos, Colegios, Círculos y Asociaciones Profesionales, Asociaciones Gremiales y Sindicales con funcionamiento regular en el ámbito provincial a colaborar en el monitoreo y supervisión del debido cumplimiento de la modalidad de trabajo y protocolos sanitarios.

Policiales

Un policía se arrojó al Canal Grande y logró rescatar a un hombre

Tras ser rescatada del agua, la víctima fue asistida por personal del SIARME y trasladado al Hospital Francisco López Lima para recibir atención médica.

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Un efectivo del Destacamento 178° de barrio Bagliani rescató a un hombre que se arrojó al Canal Grande, en General Roca. El hecho ocurrió alrededor de las 8.40 de ayer (30/08), cuando el 911 RN Emergencias recibió un llamado que alertaba sobre la presencia de un hombre dentro del Canal Principal, en jurisdicción del Destacamento 178°.

Al llegar al lugar, el suboficial mayor Claudio Pérez se dirigió hasta el sector y decidió ingresar al agua para asistir al hombre. Con la colaboración de personas que se encontraban en las inmediaciones, quienes facilitaron una soga, el efectivo consiguió llegar hasta el hombre y retirarlo con vida del canal.

Una vez fuera del agua, no fue posible identificarlo debido a que no llevaba documentación y se encontraba en estado de ebriedad, por lo que en ese momento tampoco fue posible obtener sus datos personales.

Ante esta situación, se solicitó la presencia del SIARME. Los profesionales evaluaron al hombre y determinaron su traslado al Hospital Francisco López Lima para recibir la atención correspondiente.

Los efectivos del Destacamento 178° acompañaron al hombre durante el traslado en la ambulancia y brindaron asistencia hasta su ingreso al centro de salud.

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Roca

Roca tendrá una semana cambiante, con viento y temperaturas en descenso desde el miércoles

El miércoles será el día más agradable con 19°C, mientras que el viernes se espera una mínima de -1°C.

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La semana comenzó con cielo cubierto en General Roca y temperaturas que se mantendrán moderadas durante las primeras jornadas, aunque el pronóstico anticipa un marcado descenso hacia el final del período.

Según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), este lunes (31/08) se espera una máxima de 18°C y una mínima de 2°C, con cielo cubierto y viento del oeste de hasta 20 km/h, con ráfagas que podrían alcanzar los 41 km/h.

Para el martes (01/09), las condiciones se mantendrán con cielo cubierto. La temperatura máxima llegará a 18°C, mientras que la mínima será de 5°C. El viento será más leve, con velocidades de entre 8 y 11 km/h.

El miércoles (02/09) se registrará la máxima más elevada de la semana, con 19°C, aunque también será una de las jornadas más ventosas. Se espera cielo cubierto durante el día y parcialmente nublado por la noche, con viento de hasta 35 km/h y ráfagas que podrían alcanzar los 57 km/h.

A partir del jueves (03/09), el cielo estará despejado durante el día y parcialmente nublado por la noche. La máxima será de 16°C y la mínima de 0°C, con ráfagas de hasta 53 km/h.

El viernes (04/09) continuará el descenso térmico, con una máxima de 15°C y una mínima de -1°C. El cielo se presentará despejado durante toda la jornada.

Finalmente, el sábado (05/09) será la jornada más fría del período en cuanto a temperatura máxima, con 12°C, mientras que la mínima se ubicará en 0°C. El cielo permanecerá despejado.

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Judiciales

Se separaron, él conservó el auto y ella pidió recuperarlo: La Justicia ordenó su devolución

El hombre utilizaba el vehículo para trabajar y se opuso a devolverlo, pero reconoció que la titularidad registral correspondía a su ex pareja.

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Una pareja puso fin a su unión convivencial, pero uno de los bienes quedó en el centro del conflicto. El hombre conservó un auto que utilizaba para trabajar, mientras que su ex pareja reclamó que se lo devolviera. La mujer sostuvo que el vehículo era suyo y que, pese a sus pedidos, no había logrado recuperarlo. Ante esa situación acudió al Poder Judicial y solicitó una medida urgente para obtener la restitución.

La mujer figura como única titular del vehículo. Por eso pidió que se ordenara su entrega inmediata. Durante el proceso, el demandado reconoció que la titularidad registral correspondía a su ex pareja.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la medida autosatisfactiva y ordenó restituir el vehículo a su titular. El fallo intimó al hombre a entregarlo dentro de las 72 horas. También estableció que, si no cumple dentro de ese plazo, podrá ordenarse el secuestro inmediato del automóvil.

El hombre se opuso al pedido. Explicó que había destinado el automóvil a un contrato de servicios con el municipio local y sostuvo que perder su utilización afectaría sus ingresos. También planteó que la medida solicitada comprometía el derecho de propiedad que invocaba y su derecho de defensa. Sin embargo, el fallo señaló que hasta ese momento no había iniciado ninguna acción judicial destinada a obtener el reconocimiento de un eventual derecho sobre el vehículo.

Una medida autosatisfactiva es una herramienta judicial para situaciones que necesitan una respuesta urgente. A diferencia de otras medidas provisorias, permite dar una solución inmediata cuando el derecho de quien hace el pedido aparece con claridad y la demora de un proceso ordinario podría causarle un perjuicio.

La sentencia explicó además cómo funciona el régimen de bienes en las uniones convivenciales. El Código Civil y Comercial establece que, si la pareja no realizó un acuerdo para distribuir los bienes, cada uno conserva aquellos que ingresaron a su patrimonio.
A diferencia de otros regímenes patrimoniales, la convivencia por sí sola no convierte en comunes los bienes que adquiere cada integrante de la pareja. En este caso, la documentación acreditó que el automóvil estaba inscripto exclusivamente a nombre de la mujer.

El fallo también tuvo en cuenta que ella había reclamado la devolución tanto antes de iniciar el expediente como dentro del proceso judicial. Pese a esos pedidos, continuaba sin poder disponer de un bien registrado a su nombre.

La sentencia consideró que esa situación la había privado de la posesión del vehículo contra su voluntad. Aclaró, a su vez, que el hombre conserva la posibilidad de iniciar otros reclamos si considera que realizó aportes económicos para la adquisición del automóvil. Esa discusión, sin embargo, no modifica quién aparece como titular.

El fallo evaluó el riesgo de mantener el automóvil en poder del demandado. La mujer señaló que él no tenía autorización para conducirlo y planteó que, como titular registral, podía quedar expuesta a consecuencias ante un eventual siniestro, además de posibles daños al vehículo o a terceros.

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