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Sociedad

Los comercios podrán abrir de lunes a sábados de 9 a 14

El Municipio adhirió al decreto del gobierno provincial y habrá mayores flexibilizaciones.

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El Municipio de Roca adhirió mediante Resolución 995/2020 al Decreto provincial 482/2020. De este modo, se extiende el horario de atención de los comercios no esenciales, que ahora será de lunes a sábados de 9 a 14 hs; mientras que los servicios profesionales podrán brindarse de lunes a sábado de 9 a 13 hs, con turnos previos.

Los servicios de Hotelería y Alojamiento quedan habilitados exclusivamente para quienes brindan servicios esenciales de salud, fuerzas de seguridad y agentes del Estado.

Se permiten las actividades administrativas de aseguradoras, colegios profesionales, clubes, etc, de lunes a viernes de 9 a 13 hs.

Esta nueva disposición habilitan además las caminatas, de lunes a domingo de 13 a 18 hs. con una duración máxima 60 minutos. Para realizar únicamente en forma unipersonal, excepto menores de 12 años que deben estar acompañados de una persona mayor conviviente.

Detalle de actividades con exención vigentes

-CICLISMO: Prorrogado hasta el 7 de Junio de 2020 inclusive.

-OBRA PRIVADA: Con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Dicha actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.

-EJERCICIO DE PROFESIONES LIBERALES: Podrán brindar atención al público de lunes a sábados de 9 hs a 13 hs, solo con turnos programados, permitiéndose la atención de un (1) cliente/paciente por hora. En ningún caso podrán reunirse personas en sala de espera, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios. Los locales/ oficinas donde se desarrollen las actividades comprendidas por la presente deberán llevar un registro de atención a los fines del control de las autoridades pertinentes.

-COMERCIOS MINORISTAS O MAYORISTAS DE VENTA DE PRODUCTOS NO ESENCIALES: Podrán abrir sus puertas para la atención al público de lunes a sábados, en el horario de 09:00 a 14:00 hs. No podrán atender los días domingos ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el comercio el personal perteneciente al mismo y público en general, con las siguientes limitaciones:
• Máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados (10 m2)
• Máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados (10m2)

-TRABAJADORAS Y TRABAJADORES AFECTADOS AL RÉGIMEN DE PERSONAL DE CASAS PARTICULARES SERVICIO DOMÉSTICO: podrán prestar tareas de lunes a viernes en un máximo de hasta 4 horas diarias acordadas en forma particular con sus patronales, no pudiendo prestar servicios el resto de los días de la semana ni feriados.

-CENTROS DE BELLEZA Y ESTÉTICA, PELUQUERIAS Y BARBERIAS: Podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 15:00 a 19:00 hs. No podrán atender el resto de los días de la semana ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el local el personal perteneciente al mismo y público en general, con las siguientes limitaciones:
• Máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados (10 m2)
• Máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados (10 m2)
• Únicamente mediante turnos otorgados por teléfono sin espera.
• No se podrá atender a personas consideradas de riesgo.
• Tanto el personal del local como los clientes que asistan deben utilizar obligatoriamente con tapabocas o barbijo casero.

-TRABAJADORES Y TRABAJADORAS JARDINEROS/AS Y PARQUISTAS: Podrán prestar tareas Lunes, Miércoles y Viernes en un máximo de cuatro horas diarias acordadas en forma particular con quien contrate el servicio. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados.

-ESTABLECIMIENTOS DE VENTAS DE COMIDA ELABORADA:
• De 09 a 23 hs para el rubro de comidas rápidas, confiterías y heladerías, sólo con retiro en ventanilla y delivery (solo para comidas y bebidas sin alcohol).
• De 10 a 19 hs el expendio de bebidas alcohólicas (cervecerías, vinerías) por ventanilla y delivery.

-SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERADOS Y AUTOSERVICIOS: Deberán cesar la atención al público a las 19hs, con cierre del comercio los días domingos.

-ALMACENES, DESPENSAS, KIOSCOS, VERDULERIAS, FERRETERIAS, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS Y OTROS: Deberán cesar la atención al público a las 19hs.

-ALOJAMIENTOS TURISTICOS: Podrán brindar su servicio únicamente al personal esencial de salud, fuerzas de seguridad y agentes del Estado destacados exclusivamente para la atención de la emergencia sanitaria vigente. Sera requisito para ser hospedado en dichos establecimientos la presentación del certificado de circulación vigente y el formulario de Declaración Juradas.

-ACTIVIDADES RELIGIOSAS individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas.

-ACTIVIDAD ASEGURADORAS y toda otra actividad que requiera atención administrativa (clubes sociales y deportivos, obras sociales y prepagas, etc.): Podrán abrir al público de lunes a viernes de 9hs a 13hs. En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

Autorizaciones y sanciones

Las personas que se desplacen por cualquiera de estas actividades, deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil o el Certificado que las autoridades pertinentes dispongan.

El incumplimiento de lo establecido en la Resolución 995 hará pasible al infractor de la clausura del comercio y de la aplicación de las sanciones previstas en el art 24 del código procesal de faltas municipales ordenanza 2359/96.

Estas medidas quedan sujetas a modificaciones según las últimas actualizaciones relacionadas con el COVID-19.

Río Negro

Estatales de Río Negro empezaron a cobrar sus sueldos

El cronograma finalizará el jueves.

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El Gobierno Provincial comenzó este martes (06/05) con el pago de haberes a trabajadores de Salud, guardias y horas extras; Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial.

Continuará el miércoles (07/05) con los sueldos de Docentes y Porteros; finalizando el jueves (08/05) con agentes de la Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios, Poder Legislativo, Judicial y organismos de control.

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Gremios

Tras fracasar las negociaciones, hay paro de colectivos

En Roca alcanza a la Cooperativa 1° de Septiembre y en la región a la empresa KoKo.

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Las negociaciones salariales de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) volvieron a fracasar esta tarde (05/05) y de esta forma, el gremio ratificó el paro de 24 horas que afectará este martes (06/05) a gran parte del país.

En el caso de Roca, la Cooperativa de Transporte 1° de Septiembre, que presta el servicio urbano de pasajeros, confirmó que no habrá servicio durante toda la jornada. Lo mismo ocurrirá con la empresa KoKo, quien está a cargo del interurbano en el Alto Valle de Río Negro y Neuquén.

Desde la Secretaría de Transporte de Nación catalogaron como «un paro extorsivo» la medida de fuerza adoptada por la UTA, ya que «por no haber recibido un aumento de sueldo del 40%, el cual supera ampliamente las pautas salariales del Gobierno, el gremio resolvió tomar de rehenes a los pasajeros y no prestar tareas luego de meses de negociación».

Cabe recordar que ya el Gobierno había evitado una medida de fuerza nacional de la UTA el pasado 10 de abril -en el marco del paro de la CGT-, pero como ya venció la conciliación obligatoria por lo que mañana no circularán los colectivos en gran parte del país.

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Roca

El Municipio ratificó que no se encuentra habilitado el servicio de Uber en la ciudad

Se detectaron vehículos que ya están utilizando la aplicación.

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A partir de haberse detectado la circulación de vehículos con la aplicación Uber en la ciudad, la Dirección Municipal de Tránsito y Transporte informó que ese servicio no cuenta con habilitación municipal y por ende, no se permite el traslado de pasajeros bajo esta modalidad.

«Utilizar un servicio de este tipo implica un riesgo para los usuarios ya que al no estar habilitado, el vehículo no realiza los controles de seguridad reglamentarios, es decir que no se garantiza la calidad del servicio ni las condiciones adecuadas para el traslado de personas, como por ejemplo que el conductor cuente con licencia de conducir profesional y seguro de responsabilidad civil de persona transportada, entre otros», indicaron desde el Municipio.

En este sentido, desde la comuna roquense recordaron que los vehículos de transporte de pasajeros debidamente habilitados como taxi deben tener cartel luminoso en el techo; obleas identificadoras en las puertas delanteras; número de Licencia en puertas y tapa baúl; credencial de conductor a la vista; reloj taxímetro a la vista; y libro de quejas a disposición.

Asimismo, el pasajero debe exigir el comprobante del viaje, donde conste el importe exacto del mismo, la fecha y horario de servicio.

La Dirección de Tránsito y Transporte continúa realizando operativos de control con el objetivo de retirar de circulación a estos vehículos no autorizados. En caso de detectar Uber o taxis no habilitados, se puede realizar la denuncia en forma anónima comunicándose al 0800-222-9742.

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