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Sociedad

¿Qué dice la resolución municipal sobre las caminatas recreativas?

Conocé punto por punto todas las medidas preventivas que tenés que tomar para salir a caminar en la ciudad.

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El Municipio de Roca adhirió mediante Resolución 995/2020 al Decreto provincial 482/2020 por la cual se habilitan las caminatas recreativas, de lunes a domingo de 13 a 18 hs. con una duración máxima 60 minutos. Para realizar únicamente en forma unipersonal, excepto menores de 12 años que deben estar acompañados de una persona mayor conviviente.

«Las caminatas deben realizarse en un radio máximo de 500 metros del domicilio, con uso obligatorio de protector facial. El distanciamiento mínimo con otros peatones es de 2 metros (excepto para los menores de 12 años respecto de su acompañante), y no se encuentran habilitadas las plazas y parques. Es obligatorio llevar DNI y kit sanitario», explicó Mario López, secretario de Producción y Desarrollo Sustentable del Municipio de Roca, en diálogo con Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super FM 96.3).

López agregó que «tal como lo estipula el decreto emitido por el gobierno nacional, las caminatas no podrán realizarse en lugares de esparcimiento público como el Canal Grande, el Canalito o el Paseo del Bicentenario. Por lo menos por ahora», agregó.

Caminatas Recreativas de Proximidad

Se habilitan las Caminatas Recreativas de Proximidad siempre y cuando la misma se realice de forma individual y manteniendo el distanciamiento social, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico de la población, en los siguientes términos y condiciones:

• Podrán realizarse de lunes a domingos en el horario de 13 a 18 horas.

• Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

• Se debe circular con el Documento de Identidad para constatar el domicilio ante las autoridades que lo requiera.

• En ningún caso se podrá usar transporte público o vehicular y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, conforme lo determina en la resolución municipal Nº 787/2020.

• Se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

• No se encuentran habilitadas para tal fin las plazas, parques o similares, conforme lo establece el Decreto N° 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus prorrogas.

• No están permitidas las salidas en grupos.

• No se permite la salida ante la presencia del algún síntoma (fiebre, dolores musculares, dolor de garganta, decaimiento, etc.)

• No se puede compartir ningún tipo de hidratación o elemento de seguridad

• Para la limpieza, desinfección y cuidados de sus pertenecías, las personas deberán:

1. Mantener higienizadas las manos antes y después de cada salida.

2. Desplazarse provisto de un kit de higiene personal (alcohol en gel, alcohol al 70%, toallitas sanitizantes, u otros).

El Poder Ejecutivo podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública. No está autorizada por el momento la actividad de running o salidas a correr.

Cada peatón será responsable de sus actos y ante el incumplimiento de cualquier norma o protocolo será sancionado.

Las personas afectadas estas actividades y servicios deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca el Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Roca

Importante reparación en el acueducto de Güemes: Sin agua desde el viernes por la tarde hasta el sábado al mediodía en varios barrios de Roca

La obra es impostergable porque el sector está próximo a ser asfaltado y el ducto abastece a más de la mitad de la ciudad.

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Aguas Rionegrinas realizará este viernes (27/03) un operativo de reparación en el acueducto de calle Güemes, a la altura del tanque elevado, en inmediaciones de Mendoza, en Roca. Como consecuencia de las tareas, el suministro de agua potable será interrumpido desde las 17 del viernes (27/03) hasta el mediodía del sábado (28/03), aproximadamente.

La obra se llevará a cabo sobre el tramo del acueducto ubicado entre las calles Chaco y Formosa. Debido a la complejidad de las maniobras y a los elevados niveles de presión con los que opera el ducto, será necesario vaciarlo por completo antes de iniciar los trabajos. En el lugar actuará un equipo de técnicos e ingenieros de Roca y de toda la provincia.

La restricción afectará exclusivamente a la zona baja de la ciudad, que comprende los barrios situados al sur del Canal Principal y al noreste de la intersección de Gelonch y Maipú: Centro, Stefenelli, Gómez, J.J. Gómez, Supe, Universitario, 260 Viviendas y Malvinas, entre otros.

La empresa provincial destacó que los trabajos son impostergables, ya que el sector está próximo a ser asfaltado y el acueducto es una pieza clave de la infraestructura local: transporta agua desde la planta potabilizadora para abastecer a más de la mitad de la población de la localidad.

«Se solicita a los vecinos acopiar agua con antelación y hacer un uso responsable de las reservas, priorizando el consumo para necesidades básicas. Quienes no cuenten con tanque de reserva pueden almacenar agua en recipientes limpios y seguros. Para consultas o reclamos, está disponible la línea gratuita 0800-999-24827», indicaron desde Aguas Rionegrinas al respecto.

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Roca

Cómo sigue el tiempo en Roca: Inestabilidad hasta el sábado y una semana que cierra con sol radiante

El sábado será el día más complicado de la semana, con tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h.

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Tres días de tormenta y luego sol. Así resume el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) los próximos días en General Roca.

Este jueves (26/03) se esperan tormentas eléctricas con lluvias y chaparrones, con una máxima de 26°C y vientos moderados del sudoeste. La noche será inestable. El viernes (27/03) el tiempo mejorará parcialmente durante el día -posibles tormentas con 29°C-, pero la noche volverá a ser inestable.

El sábado (28/03) representará el pico de la mala racha: tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h, con una máxima de 32°C. La noche del sábado, en cambio, cerrará despejada con 9°C.

Desde el domingo (29/03) el tiempo dará un giro claro. Cielo despejado con 29°C, vientos muy suaves y una noche mayormente tranquila darán paso a un lunes (30/03) con sol radiante y 31°C.

El martes (31/03) también se presentará despejado con 28°C, aunque los vientos del sudoeste podrían intensificarse con ráfagas de hasta 51 km/h.

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Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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