Río Negro
Decretaron la emergencia para el turismo y el comercio en Río Negro
Asimismo se lanzaron nuevos créditos blandos para el sector afectado por la pandemia Covid-19.

La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, dispuso por decreto la declaración de la emergencia del sector turístico y comercial y la puesta en marcha de un fondo de $150.000.000 para créditos destinados empresas turísticas, dos herramientas que buscan acompañar al sector durante el actual contexto por la pandemia de COVID-19.
La emergencia, declarada en toda la provincia a través del Decreto 573/20, regirá por el plazo de 180 días. Faculta al Ministerio de Economía y a la Agencia de Recaudación Tributaria a dictar las medidas que resulten necesarias para acompañar a los sectores más afectados, bajo la condición que no haya despidos, ni suspensiones sin justa causa o atribuibles a la crisis durante la emergencia.
Del mismo modo, el Gobierno de Río Negro puso a disposición un fondo de $150.000.000 para créditos especiales destinados a atender las necesidades de las empresas turísticas. Esta línea se suma a la del CREAR, que estableció un fondo especial de $100.000.000 para pequeñas y medianas empresas rionegrinas, a tasa 0% y con 90 días de gracia para iniciar el pago.
Estas medidas, buscan proteger las actividades económicas y sostener el empleo en medio del contexto actual, donde las medidas preventivas y restrictivas impuestas por Nación en el orden sanitario han generado una importante paralización de las actividades económicas.
De esta forma, Río Negro sigue respondiendo rápidamente a las necesidades de las pequeñas y medianas empresas, razón por la cual estudios privados la han destacado como una de las tres provincias del país que implementó mejores políticas públicas para amortizar la crisis económica.
La declaración de emergencia surge del consenso logrado en los encuentros mantenidos por el Consejo Económico Productivo con referentes del sector turístico y comercial, y además es una de las recomendaciones del Comité Provincial Evaluador de la Ley 4.677, establece el régimen general de emergencia o desastre ante eventos extraordinarios no previsibles o inevitables.
Las medidas tomadas hasta el momento
- Mediante Decreto N° 300/20 se adhirió a la medida nacional que suspende temporaria del corte de suministro de servicios centrales: energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, reglamentándose lo pertinente en orden a los servicios que se prestan a nivel provincial.
- Mediante Decreto N° 301/20 se prorrogó, por 30 días, las fechas de pago de las cuotas Agencia de Desarrollo Rionegrino (CREAR) y la empresa Río Negro Fiduciaria S.A.
- El 27 de marzo se decidió, en conjunto con el Banco Patagonia, poner a disposición $1.700.000.000 en créditos para acompañar a las PYMES de la provincia durante la emergencia sanitaria, destinados a financiar capital de trabajo, en especial pago de sueldos, pago a proveedores, reposición de mercadería y también, acompañar a los prestadores de salud con servicios de internación a una tasa reducida del 24%, con un plazo de devolución de 18 cuotas y 90 días de gracia para comenzar a pagar.
- Gestión para el pago de la Ayuda a Trabajadores Temporarios del Gobierno Nacional, para los trabajadores del sector gastronómico y hotelero de Río Negro y trabajadores del transporte vinculados al turismo por gestiones del Gobierno Provincial ante autoridades del Ministerio de Trabajo de la Nación. Esta ayuda implica un desembolso total de $45.880.000 para el bimestre julio/agosto de 2020, alcanzando a 149 empresas y 2.294 trabajadores del rubro turístico.
- Mediante Decreto de Naturaleza Legislativa N° 2/20 se estableció que el importe de las obligaciones correspondientes a los impuestos inmobiliario y automotor con vencimientos en abril y mayo de 2020, deberá ser prorrateado entre las cuotas que venzan después del 1 de junio de 2020. Además, se suspendió por 60 días el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago de ingresos brutos; la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago de los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, así como la iniciación y sustanciación de los juicios de ejecución fiscal; y la exigibilidad de presentación del Certificado Único de Libre Deuda.
- Se exceptuó del pago del monto mínimo del impuesto sobre los ingresos brutos, durante los meses de abril y mayo de 2020, a todos los contribuyentes inscriptos bajo el régimen general directo, y se dispuso que durante los meses de abril y mayo de 2.020, los contribuyentes «Sistema Único Tributario» (Monotributo Unificado) gozarán de reducciones en el impuesto a ingresar de acuerdo a la siguiente escala: a) 100% para las categorías A, B, C y D. b) 80% para las categorías E, F y G. c) 50% para las categorías H, I, J y K.
- Por Decreto de Naturaleza Legislativa N° 3/20 se decidió eximir de pago de impuesto de sellos a todos los actos, contratos y operaciones celebrados en el marco o como consecuencia de las medidas económicas dispuestas para mitigar los efectos de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
- Por Decreto de Naturaleza Legislativa N° 4/20 se prorrogó el vencimiento de las cuotas correspondientes a los impuestos automotor e inmobiliario que deban pagar aquellos contribuyentes inscriptos en el Régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) Ley N° 26.565, siempre que se encuentren alcanzados por el «Sistema Único Tributario» (Monotributo Unificado) o que sean contribuyentes del Régimen de Convenio Multilateral con jurisdicción sede en Río Negro, cuyos vencimientos operen durante los meses de junio y julio de 2.020, al 31 de diciembre de 2020.
- Se prorrogó el vencimiento de las cuotas correspondientes al impuesto automotor, con vencimiento en los meses de abril y junio de 2.020, al 31 de diciembre de 2.020, entre cuyos beneficiarios están el servicio de transporte automotor turístico de pasajeros; el servicio de transporte automotor de pasajeros; el alquiler de automóviles sin conductor y el alquiler de vehículos automotores, sin conductor ni operarios.
- Se suspendió hasta el 31 de julio de 2.020, inclusive, el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago realizados en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos por los mismos contribuyentes; se suspendió hasta el 31 de julio de 2.020, inclusive, la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago de los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, así como la iniciación y sustanciación de los juicios de ejecución fiscal durante el mismo plazo; la exigibilidad de presentación del Certificado Único de Libre Deuda dispuesto por Ley N° 4.798.
- Se exceptuó también del pago del monto mínimo del impuesto sobre los ingresos brutos, durante los meses de junio y julio de 2.020, a todos los contribuyentes inscriptos bajo el régimen general directo.
- Se dispuso que durante los meses de junio y julio de 2.020, los contribuyentes referenciados gozarán de reducciones en el impuesto a ingresar de acuerdo a la siguiente escala: 100% para las categorías A, B, C y D; 80% para las categorías E, F y G y 50% para las categorías H, I, J y K.
Judiciales
El ex intendente de Fernández Oro fue condenado por fraude y uso de documentación falsa
La causa continuará en una segunda etapa, donde se conocerá la pena a Reggioni.

El ex intendente de Fernández Oro, Juan Oscar Reggioni, fue hallado responsable del delito de administración fraudulenta y uso de documento ideológicamente falso. El tribunal tuvo por acreditado que utilizó una declaración jurada adulterada para destrabar el último desembolso de un plan nacional de viviendas.
El proyecto solo alcanzó a construir 6 de las 12 unidades previstas. El resto de las personas imputadas -tres presidentes de cooperativas y una intermediaria- fueron absueltas. La absolución se fundamentó en la falta de pruebas, en decisiones del Ministerio Público Fiscal o en violaciones al principio de congruencia.
Ayer (12/05) se conoció el veredicto en la causa vinculada al plan de viviendas ACU994, implementado en Fernández Oro entre 2014 y 2015. El tribunal analizó si existió una maniobra para obtener fondos nacionales sin que se cumplieran las condiciones establecidas en el convenio firmado entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
El acuerdo preveía construir 12 viviendas en 6 meses, con fondos que serían liberados en cuatro etapas contra certificaciones de obra. Reggioni gestionó tres de los cuatro desembolsos, es decir, el 75% del financiamiento total. En su declaración jurada, afirmó haber ejecutado ese 75%, lo que equivaldría a haber construido 9 viviendas. Sin embargo, durante el juicio se acreditó que solo se construyeron 6 viviendas, sumando tanto las completadas como las parcialmente ejecutadas. Esto representa apenas el 50% del total comprometido.
A pesar de ello, se presentó una rendición de cuentas que informaba un avance físico del 75%, lo que permitió que Nación aprobara el cuarto y último desembolso. Para ello, se utilizó una declaración jurada suscripta en agosto de 2015 que no contaba con la firma del maestro mayor de obras que había intervenido en las certificaciones anteriores. Esa omisión, unida al porcentaje irreal de avance informado, constituyó el núcleo de la maniobra observada por el tribunal, según la prueba presentada en el juicio.
Este fue el único punto que justificó la declaración de culpabilidad: se descartó que Reggioni hubiera falsificado documentos materiales o que se hubiera apropiado del dinero en beneficio propio. La resolución judicial lo encontró responsable del delito de administración fraudulenta agravada contra la administración pública y del uso de documento ideológicamente falso. Determinó que violó los deberes emergentes del convenio, al permitir que se presentara una certificación que no reflejaba el estado real de las obras.
En cuanto al resto de las personas imputadas, el tribunal dictó la absolución de todos ellos.
Fabio Huenchunao, presidente de una de las cooperativas, fue absuelto a pedido del fiscal jefe, quien consideró que había actuado como un instrumento de Reggioni sin conocimiento suficiente ni capacidad real de decisión. Los jueces y la jueza que intervinieron señalaron que, al haberse retirado la acusación en su contra, no existía jurisdicción para emitir una sentencia condenatoria.
A partir de ese criterio, también fueron absueltos Diego Quintero y Luis Méndez, presidentes de otras dos cooperativas. Se indicó que las pruebas no evidenciaban diferencias sustanciales en sus conductas respecto a Huenchunao, y que no se había probado una responsabilidad penal concreta. Además, el tribunal consideró arbitrario mantener la acusación contra ellos sin argumentación suficiente.
Por su parte, Carina Marín, quien operó como nexo informal entre el municipio y las cooperativas, también fue absuelta. El veredicto consideró que la acusación fue modificada sustancialmente al final del juicio, sin respetar el principio de congruencia procesal ni permitirle ejercer una defensa efectiva. Se señaló que no existió evidencia concreta que respaldara ni la acusación inicial ni la reformulación posterior.
La resolución descartó que Reggioni se hubiera apropiado del dinero para fines personales y también desestimó que el perjuicio económico derivado del cuarto desembolso pudiera atribuírsele, ya que su ejecución correspondía a la gestión municipal siguiente. En ese sentido, el veredicto advirtió que el cuarto desembolso se concretó en marzo de 2016, ya fuera del mandato de Reggioni, y que su trazabilidad fue dificultada por la mezcla de fondos con otros planes nacionales, como “Techo Digno”. También se consignó que la investigación no siguió la ruta del dinero.
Ante esta situación, se remarcó que la falta de documentación, el desorden administrativo y las inconsistencias en los archivos del municipio deberán ser investigadas por el Ministerio Público Fiscal.
La causa continuará en una segunda etapa, según lo prevé el Código Procesal Penal rionegrino, enfocada exclusivamente en la aplicación de la pena respecto del ex intendente Reggioni.
Política
«La reiterancia permitirá que delincuentes esperen su proceso detenidos»
Así lo aseguró el ministro Gatti. El proyecto se trata el 22 de mayo en la Legislatura.

El próximo 22 de mayo, la Legislatura de Río Negro tratará, entre otros proyectos, la Ley de Reiterancia, iniciativa que suma una herramienta clave para frenar el delito reiterado y que permitirá a los fiscales pedir prisión preventiva para quienes acumulen múltiples causas penales activas. «Esto soluciona dos aspectos: la tranquilidad de la gente y la aceleración de los procesos», dijo el ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti.
El proyecto fue presentado por el gobernador, Alberto Weretilneck. «De esta forma, la Provincia se pone del lado de las víctimas y de cada vecino que espera vivir más seguro», agregó Gatti.
«El proyecto tiene que ver con una idea que se viene planteando hace un tiempo, buscar terminar con la ideología que todavía está vigente en muchos sectores, poderes judiciales, universidades de derecho, que tiene que ver con lo que hemos denominado el abolicionismo penal, que puso el eje a partir de considerar al delincuente una víctima de la sociedad, y revirtió los valores que tienen que ver que con la honestidad y el cumplimiento de la ley», comentó el ministro en declaraciones a Radio Noticias de Viedma.
El funcionario indicó que las normas que rigen actualmente generan «un estado de confusión por parte de la ciudadanía y de desazón en la fuerza policial. Cuando la persona, después de dos detenciones o con dos procesos, uno con elevación a juicio, esperará su sentencia detenido. Ya no podrá especular con dilatar los tiempos para seguir en libertad porque será de su interés máximo que se resuelva».
«Esto soluciona dos aspectos: la tranquilidad de la gente y la aceleración de los procesos», dijo Gatti.
Con respecto al proyecto que se va a tratar el 22 de mayo, el ministro sostuvo que «se nutre de otras iniciativas presentadas anteriormente y la cuales vamos a debatir en comisiones, previo a la sesión. Todos harán su aporte en esa instancia».
Río Negro
La importancia de proteger a las aves migratorias
Cada año, diversas especies de aves migratorias llegan a Río Negro desde distintos puntos del continente.

El 10 de mayo se conmemoró el Día Internacional de las Aves Migratorias. La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Río Negro invita a reflexionar sobre la conservación de estas especies y sus hábitats clave.
Cada año, diversas especies de aves migratorias llegan a Río Negro desde distintos puntos del continente. Entre ellas, el Playero Rojizo, el Rayador, el Chorlo Ártico y la Golondrina Parda surcan miles de kilómetros para encontrar alimento y descanso en nuestras costas, lagunas y estepas.
Estos viajes extraordinarios hacen de Río Negro una provincia estratégica para su conservación. Áreas Naturales Protegidas como Bahía de San Antonio, Punta Bermeja o las Lagunas de Carri Laufquen funcionan como refugios esenciales para estas especies.
El Playero Rojizo, un símbolo de conservación
De las aves migratorias que visitan la provincia, el Playero Rojizo (Calidris canutus rufa) se destaca por su asombrosa travesía: recorre más de 15.000 kilómetros desde el Ártico canadiense hasta nuestras costas. En particular, el Área Natural Protegida Bahía de San Antonio le ofrece alimento y descanso clave para su supervivencia.
La especie se encuentra catalogada como vulnerable, y su conservación depende directamente del estado de los ecosistemas costeros. Su presencia en nuestras playas no sólo es una maravilla natural, sino también un llamado de atención sobre la necesidad de proteger los hábitats que estas aves utilizan en sus ciclos migratorios.
Las aves migratorias dependen de la buena salud de los ecosistemas que visitan. La preservación de los humedales, costas y cuerpos de agua es crucial para su supervivencia. Por eso, desde la Secretaría de Ambiente se refuerzan acciones para proteger estos entornos y se impulsa el turismo responsable y la educación ambiental.
«La migración de las aves nos recuerda que la naturaleza no reconoce fronteras. Cada acción local suma en la conservación global», expresó Oscar Cozani, Subsecretario de Área Naturales Protegidas.
En este día, se invita a la ciudadanía a conocer, valorar y cuidar estos espacios que conectan a Río Negro con el resto del mundo a través del vuelo de sus aves.