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Río Negro

Los juicios por jurados serán suspendidos por seis meses

Es ante la imposibilidad de llevar adelante el proceso que implica el desplazamiento y reunión de personas en el contexto de la pandemia del Covid-19.

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La Legislatura de Río Negro sancionó hoy (30/06), por mayoría, la suspensión del sistema de juicio por jurados del Poder Judicial por el término de seis meses, ante la imposibilidad de llevar adelante el proceso que implica el desplazamiento y reunión de personas en el contexto de la pandemia del Covid-19.

El legislador Lucas Pica (JSRN) afirmó que es la respuesta institucional que encontraron los tres poderes del Estado para que, en este contexto sanitario, no se resienta el servicio de administración de justicia.

Explicó que el juicio por jurados prevé una serie de audiencias previas para llegar a una sentencia judicial, que implica movimiento y conglomerado de gente que hoy no se pueden realizar en virtud de las decisiones sanitarias, políticas e institucionales que se tomaron para cuidar a los rionegrinos.

Pica indicó que busca que, de manera transitoria y excepcional, aquellos juicios que deberían ser realizados por jurados populares se realicen por juicios técnicos.

Manifestó que no se trata de una discusión entre juradistas y antijuradistas “porque Río Negro ya adoptó el sistema procesal penal acusatorio y no va a volver a atrás”, aclaró.

En este sentido, afirmó que se redujo el plazo que originariamente planteaba el proyecto, de un año a seis meses, y que si antes del 31 de diciembre del 2020 se resuelve la cuestión sanitaria, esta ley pierde vigencia.

Respecto a las dudas sobre la constitucionalidad de este proyecto, afirmó que en este esquema de emergencia y excepcionalidad este proyecto es constitucional y que así lo manifestaron el Procurador Jorge Crespo y la presidenta del STJ, Liliana Piccinini, en las comisiones que se llevaron adelante en las últimas semanas.

El legislador Pablo Barreno (FDT) adelantó el voto favorable de su bancada y argumentó que este proyecto es una “confesión de parte del STJ” que demuestra las deficiencias estructurales y conceptuales que existen para llevar adelante los juicios por jurado.

Juan Martín (Juntos por el cambio), por su parte, celebró el amplio debate que se llevó adelante en torno a esta iniciativa, pero manifestó su desacuerdo porque consideró que la Justicia podría destinar parte de su presupuesto a garantizar los elementos de protección al personal que interviene en los juicios y que, además, se podrían llevar adelante por teleconferencia, tal como se realizan hoy las sesiones legislativas.

Facundo López (JSRN) expresó que se trata de una necesidad y un pedido del Poder Judicial por el temor del vencimiento de plazos para aquellos casos en que había un presunto autor de un delito que está cumpliendo prisión preventiva y que podía quedar en libertad. El líder de la bancada oficialista expresó que existen seis casos de juicios por jurado hasta fin de año.

En el mismo orden, la Cámara sancionó dos leyes propuestas por el STJ para modificar la ley de Ministerio Público y establecer la aplicación y utilización de los Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (MARC) en Río Negro. A su vez, avaló en primera vuelta la iniciativa que incorpora como Libro Cuarto “Áreas de Acceso a Justicia, MARC y Oficinas de Atención a las Personas”.

Pica explicó que este proyecto busca “fortalecer estructuras vigentes y darle una nueva organicidad jerárquica para acompañar este proceso” y que, con su aprobación, se está dando el último paso para instaurar el nuevo esquema de resolución del conflictos.

“Hoy estamos dando un salto de calidad institucional muy grande aprobando la triada que del proyecto que acompañó y puso en debate el STJ”, destacó.

Juan Martín (Juntos por el Cambio) adelantó su voto favorable y valoró la intención del Poder Judicial de acercarse a la sociedad civil, aunque consideró “inoportuno” avanzar con este esquema en este contexto de emergencia económica, porque estimó que “sí prevé nuevas estructuras y eso significa dinero”.

El legislador Barreno votó en contra de las tres iniciativas vinculadas a las MARC.

Río Negro

Río Negro inicia la Vacunación Antigripal en todo el territorio provincial

La vacuna es totalmente gratuita, voluntaria y puede aplicarse en vacunatorios y centros de salud rionegrinos.

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Río Negro se suma al lanzamiento nacional de vacunación antigripal, dirigida a la población objetivo, definida por el Calendario Nacional de Vacunación. La decisión de adelantar su inicio responde al comportamiento epidemiológico observado en la región, con circulación temprana de virus respiratorios y la presencia de una nueva variante de influenza A (H3N2).

Es importante señalar que, como todos los años, los grupos priorizados son el personal de salud, las personas gestantes en cualquier momento del embarazo, personas puérperas, población general a partir de los 65 años, niñas y niños de 6 a 24 meses de edad, y quienes tengan entre 2 y 64 años con factores de riesgo.

La vacunación tiene por objetivo reducir las complicaciones, hospitalizaciones, muertes y secuelas ocasionadas por la infección por el virus influenza en la población de riesgo en Argentina y la provincia.

Cabe remarcar que la vacuna es gratuita, voluntaria y se puede aplicar junto con cualquier otra vacuna en todos los vacunatorios y centros de salud de la Provincia.

El ministro de Salud de Río Negro, Demetrio Thalasselis, destacó que «las inmunizaciones son importante para prevenir las complicaciones de la gripe, estar vacunados previene internaciones, neumonías, y otras complicaciones que pueden traer estos virus de la gripe».

«Nosotros estamos distribuyendo en toda la provincia las vacunas que llegaron desde el Ministerio de Salud de la Nación, el año pasado superamos las 100.000 personas vacunadas en Río Negro, los alentamos y les pedimos que se acerquen a los vacunatorios de los hospitales y a los Centros de Salud de toda la provincia», indicó.

Por su parte la referente del Departamento de Inmunización, Marcela González, indicó que «Nación nos envió más de 37.000 dosis, que nos permitió vacunar a importante porcentaje del personal de salud y a más de 4.500 adultos mayores, que es nuestro objetivo y ya comenzamos a vacunar en menores cantidades, al resto de los grupos priorizados».

Además destacó que este año «Nación adelantó el envío de vacunas, y eso es muy bueno, nos va a permitir tener vacunado a un porcentaje muy alta de la población de riesgo antes de que comiencen a circular los virus en el invierno».

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Política

Plan Castello: Río Negro realizó un nuevo pago y redujo su deuda 55%

El saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones.

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El Gobierno de Río Negro realizó un nuevo pago del Plan Castello por más de U$S 41 millones, avanzando en el proceso de desendeudamiento iniciado en diciembre de 2023. De esta manera, la Provincia redujo en un 55% el saldo del financiamiento del plan.

Con el pago de U$S 41.694.412 correspondiente a la quinta cuota del Plan Castello -entre capital e intereses- el saldo del bono se redujo de U$S 320 millones a U$S 142 millones. Esto representa una disminución del 55% desde el inicio del proceso de cancelación.

Entre diciembre de 2023 y marzo de 2026, Río Negro redujo su deuda total en dólares de U$S 413 millones a U$S 302 millones, es decir, U$S 111 millones menos (-27%). En paralelo, el peso de la deuda sobre los ingresos corrientes cayó del 71% al 15%, lo que representa una mejora histórica del 79% en los indicadores de sostenibilidad fiscal.

«Este proceso de ordenamiento financiero fortalece la solvencia de la Provincia y mejora su posicionamiento ante organismos internacionales de financiamiento como el BID, la CAF y la AFD. De esta manera, Río Negro consolida su capacidad para acceder a financiamiento destinado a obras de infraestructura y proyectos estratégicos que acompañen el desarrollo productivo y el crecimiento de la provincia», indicaron desde el Ejecutivo rionegrino.

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Judiciales

Fallo contempló el cuidado exclusivo de una madre y fijó una cuota de siete salarios mínimos

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior.

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El cuidado cotidiano que la madre ejerce de manera exclusiva sobre su hija fue uno de los factores centrales para fijar una cuota alimentaria equivalente a siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles. La sentencia, dictada en Bariloche, también dispuso que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios vinculados con la crianza.

La demanda fue presentada por la madre en representación de su hija de 8 años. Señaló que el progenitor reside en Buenos Aires y que el contacto con la niña es esporádico, ya que se ven una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.

Según la presentación, el padre pagaba de manera directa un colegio privado, el comedor y algunas actividades. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales, que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que ese aporte resultaba insuficiente frente al conjunto de gastos de crianza.

El progenitor respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Indicó que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no hubo acuerdo.

En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña, vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene con el salario de la madre.

Al analizar el caso, la sentencia destacó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe considerarse al fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la progenitora.

El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante AFIP. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado indicó que, ante ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.

Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias acreditadas en el proceso, la sentencia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios.

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